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viernes, 25 de marzo de 2022

1784 Irurzun Echeberri Erroz molino

 1784 Irurzun Echeberri Erroz molino

            Irurzun y Echeberri contra José Joaquín Eraso sobre que no se les impida el corte de árboles, que necesitan por su parte para la construcción de un molino y otras cosas.

            Se trataba de la construcción del molino de Erroz, cuyos planos había hecho José Aguirre, maestro albañil, vecino de Pamplona, “Cholorio”, para seis pueblos.

            En Izurdiaga había un molino aprovechando una regata, pero no podía moler más de medio año: “una regata de poco caudal, que desciende del monte, que se halla contiguo a él”; lo mismo le pasaba al molino de “Aldaz Echabacoiz”.

            A finales de 1784 Irurzun, Echeberri, Aizcorbe, Urrizola, Izurdiaga y Erroz deciden asociarse para construir un molino en Erroz.

            El 22 de diciembre de ese año el Subdelegado de Montes, José Ramón Oc

lunes, 22 de enero de 2018

1704 Irurzun asalto en Noblaga

1704 Irurzun asalto en Noblaga
            Se cometió un robo el 21 de abril de 1704 con este resultado de los testimonios recogidos:
            “Resulta. Por la información de oficio recivida con comisión y asistencia del señor Francisco de Beramendi, teniente de alcalde de esta valle de Araquil, sobre el rovo y maltratos egecutados en las personas de Beltrán de Casanueba y Juan de Ole, naturales franceses de oficio marchante o quinquillero, por las declaraciones recividas a ambos los susodichos, que ban contestes se adbrigua que la tarde del día lunes último, contado veinte y uno del corriente y a lo que serían las cinco oras de la tarde, con poca diferencia, salieron desde el lugar de Latasa con ánimo de llegar a acer noche al de Izurdiaga, que dista una legua corta de camino y viniendo por el camino real a lo que llegaron al término llamado Noblaga y junto al seto de una pieza que ai en él, les salieron tres onbres mozos con sendos palos y sin aver precedido ni ablado razones algunas, el uno de ellos le pegó un golpe en la caveza con el palo, que traía en la mano al dicho Beltrán de Casanueba y otro de dichos tres ombres tanbién pego un golpe en la caveza al dicho Juan de Ole y a anbos aviéndolos erido gravemente con los referidos golpes los derrivaron en tierra y después de lo referido todos tres les pidieron les diesen los dineros, que tenían y por averles respondido no tenían dinero alguno, volvieron a pegarles

domingo, 21 de enero de 2018

1790 Irurzun Echeberri mesón

1790 Irurzun Echeberri mesón
Se da el 29 de octubre de 1789 un poder para pleitos por los “vecinos de este dicho lugar (de Irurzun) y de el de Echabarri, que hacen un Concejo”, ante el escribano Juan Francisco Beragaña:
            “En el lugar de Irurzun y su Casa Concejil, a veinte y nuebe de octubre de mil setecientos ochenta y nuebe, ante mi el escribano y testigos infrascritos se juntaron y congregaron con haviso ante diem según lo tienen de uso y costumbre los vecinos de este dicho lugar y de el de Echabarri, que hacen un Concejo, y por esta vez concurrieron Juan Esteban de Guerendiain, Juan Antonio Martínez de Munarriz (Muniain), Miguel Antonio de Irurzun, Juan Miguel de Arregui y Miguel Francisco de Huarte, Esteban de Oroquieta, Juan Martín de Garriz y Miguel Ramón de Arano, Rexidor y vecino de este dicho lugar, y Juan Fermín de Irurzun, Juan Josef Larrainzar, Josef Echauri, Martín Antonio de Iribarren(1) y Juan Manuel de Yaben, Rexidor

sábado, 20 de enero de 2018

1849 Irurzun cuartel guardia civil

1849 Irurzun cuartel guardia civil
            El 6 de julio del año 1849 toman el siguiente acuerdo:
            “Auto acordando la construcción de un edificio para cuartel de la guardia civil del puesto de Irurzun, otorgado por D. Esteban Goñi y consortes alcaldes de los valles de Araquil, Atez, Goñi, Gulina, Ollo e Imoz, y poder de los mismos para practicar varias diligencias hasta llevar a cabo dicha obra en favor del referido D. Esteban Goñi y otros”.
            Ello “a virtud de órdenes comunicadas por el Señor Jefe Superior Político de esta provincia relativas a que los expresados valles de consuno acuerden la construcción de un edificio, que ha de servir de cuartel a la guardia civil, situado en este punto de Irurzun”. Hacen un plan y la contestación del Jefe Político es otro plan más caro; responden que no tienen recursos para llevarlo adelante y nombran tres representantes, que resuelvan el tema: Esteban Goñi, Miguel Oroquieta y Joaquín Erbiti (éste último de Imoz); se pagará su coste proporcionalmente por las contribuciones. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Villanueva, Pablo Cia, legajo 121 n.º 105)
            El 27 de julio del mismo 1849 se subasta la obra del cuartel y se adjudica a José María San Sebastián de Pamplona en 15.700 reales. (Ídem legajo 121 n.º 109)
            El 4 de agosto entre todos los pueblos compran una robada de terreno a Juan Goñi y Martina Sarrasin por 320 reales. Dicha robada era parte de una pieza “afrontada por el oriente, norte y

viernes, 19 de enero de 2018

1841 IRURZUN ECHEBERRI MUÑAGORRI 1846 FERRERÍA DE IRIZAR Y ARCELUS

1841 Irurzun Echeberri Muñagorri
1846 Ferrería de Irizar y Arcelus

José Antonio Muñagorri compra un terreno en las Dos Hermanas a Irurzun y Echeberri el 16 de junio de 1841:

            “Terreno en el paraje llamado Nobleta o Noala(1), contiguo a las peñas de las Dos Hermanas y el río, con derecho de hacer presa y las demás obras, que combinieren para fábricas, y conociendo el interés, que resultaría a los habitantes de los dos pueblos del establecimiento de fábricas...” (además se hallaban apremiados por las deudas) “debiendo entenderse que dicho terreno se extiende desde donde construyera la presa hasta los límites del camino de coches y dando principio por toda la orilla del ría hasta los mojones, que se hallaban fijados por la parte de abajo hacia el pueblo de Irurzun, sin que el resultante no pueda reclamar ahora ni en tiempo alguno goce de vecindad por razón de dicho terreno”.
            Genaro Sarrasín, de Irurzun, pagó a nombre de “José Antonio de Muñagorri, Caballero Comendador de la Real Orden Americana de Isabel la Católica, vecino de la villa de Tolosa”(2), 24 onzas de oro, por dicho terreno. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Villanueva, Pablo Cia, legajo 112 n.º 89)
(1) “Nobelaga” se cita el año 1771 junto al río y el camino real. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Lacunza, Juan José Bergera, legajo 1 n.º 39)
(2) Fue asesinado el 14 de octubre de 1841.

jueves, 18 de enero de 2018

1841 Irurzun Echeberri Muñagorri

José Antonio Muñagorri compra un terreno en las Dos Hermanas a Irurzun y Echeberri el 16 de junio de 1841:
            “Terreno en el paraje llamado Nobleta o Noala(1), contiguo a las peñas de las Dos Hermanas y el río, con derecho de hacer presa y las demás obras, que combinieren para fábricas, y conociendo el interés, que resultaría a los habitantes de los dos pueblos del establecimiento de fábricas...” (además se hallaban apremiados por las deudas) “debiendo entenderse que dicho terreno se extiende desde donde construyera la presa hasta los límites del camino de coches y dando principio por toda la orilla del ría hasta los mojones, que se hallaban fijados por la parte de abajo hacia el pueblo de Irurzun, sin que el resultante no pueda reclamar ahora ni en tiempo alguno goce de vecindad por razón de dicho terreno”.
            Genaro Sarrasín, de Irurzun, pagó a nombre de “José Antonio de Muñagorri, Caballero Comendador de la Real Orden Americana de Isabel la Católica, vecino de la villa de Tolosa”(2), 24 onzas de oro, por dicho terreno. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Villanueva, Pablo Cia, legajo 112 n.º 89)
(1) “Nobelaga” se cita el año 1771 junto al río y el camino real. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Lacunza, Juan José Bergera, legajo 1 n.º 39)
(2) Fue asesinado el 14 de octubre de 1841.

miércoles, 17 de enero de 2018

1761 Irurzun Echeberri casa concejil

1761 Irurzun Echeberri casa concejil
“Declaración jurada del valor de la cantería y carpintería de la casa concegil del lugar de Irurzun echa por maestros, cantero y carpintero: Irurzun y maio 3 de 1761”.
            “En el lugar de Irurzun del Valle de Araquil a tres de maio de mil setecientos sesenta y uno. Ante mi el escribano real y testigos avaxo nombrados parecieron presentes Joseph de Alsueta, maestro cantero y Pedro de Andico Verria, maestro carpintero, ambos vecinos del lugar de Larumbe en el Valle de Gulina, y mediante juramento, que voluntariamente cada uno de por sí a prestado en mi mano en toda forma, de que doi fee yo el dicho escribano, dixeron que con horden de los señores Rexidores, vecinos y Concejo de este lugar y el de Echaverri han visto y reconocido cada uno en su arte y facultad con particular cuidado una casa propia de dichos dos lugares sita en esta de Irurzun y la misma que compraron los mismos lugares según son informados, los que declaran a Margarita Arano, viuda de Martín de Urroz, Miguel de Hugarte y Graciosa de Urroz, su yerno e hixa, vecinos que fueron de este dicho lugar, llamada Vastaguillanecoa por escritura de quince de febrero de mil setecientos y seis ante Fermín de Huici, escribano real, y siendo la comisión dada a los declarantes tasen y valúen el valor de la cantería y carpintería de dicha casa, declara, como es el referido Alsueta, que toda la obra de su cantería está amenazando pronta ruina y tanto por esta razón como porque no lleva parte alguna de piedra picada y la que tiene de manpostería, como ba dicho, por estar caiéndose, tasa y valúa dicha cantería en cinco ducados.
            Y el mencionado Pedro de Andicoverria declara que toda la obra de carpintería de la citada casa, inclusa su teja, erraje, ripia y lo demás que comprende, vale treinta y siete ducados y no más, por estar todo el material viejo, desecho y pudrido en mucha parte.
            Y ambos declarantes previenen que ha concurrido para efecto de hacer esta declaración, entre otros vecinos, Miguel Francisco Lazcoz, dueño de la casa de Sastrenecoa de este lugar, autor, heredero y subcesor de los dichos Miguel de Hugarte, Margarita Arano y Graciosa Urroz, vendedores.
            Esto declararon a la fuerza de dicho juramento según sus conciencias, práctica y inteligencia, que tienen en el conocimiento y estimación de estimar obras de dicha calidad, en este lugar siendo testigos Miguel de Ezcutari(1), vecino de la villa de Echarri Aranaz y Pedro de Belarra, hallado al presente en este lugar y natural de (la) villa de Ezcurra; firmó el primero de éstos por sí y los demás dixeron no savían escrivir y en fee de ello y de que a todos conozco, firmé yo el escribano.
Miguel de Ezcutari
Ante my, Lorenzo de Ibañes, escribano”. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Echarri Aranaz, Lorenzo Ibáñez, legajo 72 n.º 69)

(1) Es quien redacta el escrito; actuaba ya de escribano en Echarri, yendo sus protocolos del año 1760 a 1795. PDF

martes, 16 de enero de 2018

1682 Irurzun jular

1682 Irurzun jular
“Escritura de los mozos y mozas del lugar de Irurzun sobre el traer jular: 15 de abril de 1682”
            “En el lugar de Irurçun a los quinze días de abril de mil seyscientos ochenta y dos. Ante mi el escribano y testigos abajo nombrados parezieron presentes Antonio de Satrustegui, Juan de Satrustegui, Miguel de Alegría, Joseph de Jáuregui, Miguel de Ibero, Martín de Echalecu, Martín de Lassa, Joanes de Zarranz, Joseph de Irurzun, Miguel de ( ), Alejandro de Gogorza, Diego de Luquin, Martie de Udave, Mariana de Satrustegui, Francisca de Echalecu, Juana María de ( ), Margarita de Arano, Margarita de Artieda, Mari Juan de Beramendi, María Juan de Zarranz, Águeda de Salbatierra, Catalina de Ibero, todos naturales y residentes en el dicho lugar y dijeron que tratan de traer jular como se acustunbra asta el día de San Pedro con condizión de que cada una de las susodichas aya de pagar a cada tres quartales de trigo y la demás restante cantidad paguen los barones a la persona que biniere con el dicho jular y en lo que concertaren y los dichos Martín de Echalecu y Martín de Lassa se conponen y se entienda el que ayan de pagar por uno y para ello los barones se obligan con sus personas y todos juntos con todos los demás bienes así muebles como rayces, que cunplirán con todo lo contenido en esta escritura pena de costas y daños y dieron todo su poder cunplido a todos los juezes y justicias de Su Magestad en forma de re judicata como si fuese sentencia pasada en cosa juzgada de que no a lugar apelación ni otro recurso alguno, a cuya jurisdicción se sometieron y renunciaron su propio fuero juez y domicilio y la ley si conbenerit de jurisdictione omnium judicum y así lo otorgaron siendo presentes por testigos Joseph de Lassa, Joseph de Satrustegui, estudiantes, y firmaron los que sabían a una con mi el escribano.
Antonio de Satrustegui
Ante mi, Pedro de Ziriza, escribano”. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Villanueva, Pablo Ciriza, legajo 48 n.º 16)

lunes, 15 de enero de 2018

1837 Irurzun caxerna fuerte de las Dos Hermanas

1837 Irurzun caxerna fuerte de las Dos Hermanas

            El 3 de febrero de 1837 se escritura en Irurzun la “regulación de los jornales, que cita la relación o documento de lo que el ingeniero encargado de la obra ejecutada en el punto de las Dos Hermanas, desde el día 30 de agosto hasta el 9 de diciembre último, que es cuando se concluyó ésa”. Intervinieron canteros, carpinteros, peones y yuntas de bueyes. Ha quedado su recuerdo bajo el topónimo de Kaxerna. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Villanueva, Pablo Cia, legajo 108 n.º 14)

1839 Fuerte carlista de las Dos Hermanas


            “Excmo. e Ilustrísimo Señor.
            El Governador del Fuerte de las Dos Hermanas, me entregó el oficio de V. E. I. en el que se me mandad que a cuenta de la cuota asignada a este Valle en el reparto general, contribuia a dicho Fuerte con las raciones diarias que necesite la tropa estacionada en dicho Fuerte, y ha quedado comforme el Valle con dicho Gobernador en suministrarle desde el día 1.º del corriente.
            Lo que pongo en conocimiento de V. E. I. así como me lo tiene mandado en dicho oficio.
            Dios guarde a V. E. I. por muchos años. Valle de Araquil y mayo 2 de 1839.
            Excmo. e Ilustrísimo Señor.
            Martín José Erviti, Alcalde”.

jueves, 4 de enero de 2018

1831 Irurzun Echeberri Saralegui

Contenido
  • 1831 Irurzun Echeberri Saralegui
    • “Juan Miguel de Izurdiaga y consortes contra los lugares de Irurzun y Echeberri sobre el pago de la cuota que está asignada a cada cabeza de ganado, que entre a disfrutar las yerbas y aguas de los caseros”.
  • 1834 Irurzun Echeberri Saralegui
    • Ambos pueblos contra Don Martín Francisco Saralegui, escribano real, sobre confirmación de un auto fijando la cantidad, que deben pagar los inquilinos, que gozan de vecindad por el goce de pastos con sus ganados de cerda.


 

1831 Irurzun Echeberri Saralegui

“Juan Miguel de Izurdiaga y consortes contra los lugares de Irurzun y Echeberri sobre el pago de la cuota que está asignada a cada cabeza de ganado, que entre a disfrutar las yerbas y aguas de los caseros”.

            La casa “Echeverría”, “la Casa Nueva” era de Martín Francisco Saraleg

miércoles, 3 de enero de 2018

1548 Irurzun toponimia y pechas-1571 Irurzun pechas

Contenido
  • 1548 Irurzun toponimia y pechas
    • Proceso “de Pasquala Arruiz, mujer de Pedro Villanueva, contra María de Aguiregui, mujer de Lopecho de Irurzun y María Echarri, mujer de Petri Basco y Juanes Petri Basco, mayor y menor, hijos de estos vecinos de Irurzun, sobre la pertinencia de la mitad de cierta casa y bienes, que fueron de Juanes de Aguirregui y paga de 100 florines”.
  • 1571 Irurzun pechas
    • Proceso del abad, monjes y convento del monasterio de Iranzu contra Miguel de Irurzun, vecino del lugar de Irurzun, sobre pedir los demandantes se les mantenga en la posesión de cobrar anualmente un almud de trigo y otro de avena en calidad de pecha por el mes de agosto o septiembre por la casa y bienes, que posee el defendiente, que fue de Martín de Ecay, pellejero, y paguen los plazos vencidos.

1548 Irurzun toponimia y pechas

Proceso “de Pasquala Arruiz, mujer de Pedro Villanueva, contra María de Aguiregui, mujer de Lopecho de Irurzun y María Echarri, mujer de Petri Basco y Juanes Petri Basco, mayor y menor, hijos de estos vecinos de Irurzun, sobre la pertinencia de la mitad de cierta casa y bienes, que fueron de Juanes de Aguirregui y paga de 100 florines”.

            El 30 de enero de 1548 “Johanes de Aguiregui, llamado Babur”, dice que lleva casado en Irurzun 22 años con Pascuala de Arruiz; no hicieron papeles, ni tienen hijos de este matrimonio, ni esperan tenerlos; pero como sí los tienen de matrimonios anteriores, señala sobre su casa, piezas y viñas de Irurzun 100 florines, de a 15 groses, a Pascuala; la escritura se redacta en “Zuazti”, por el escribano Pedro Burguete, muriendo el mismo año.

martes, 2 de enero de 2018

1697 Irurzun Echeberri puente sobre el río Ajita

Contenido
  • 1697 Irurzun Echeberri puente sobre el río Ajita
    • “Declaración de la obra del puente de los lugares de Irurzun y Echaberri: en 21 de octubre 1697”
  • 1699 Puente
    • “Declaración de las obras y reparos del puente de Irurzun y Echaberri: en 9 de septiembre 1699”
  • 1723 Puente y pesca
    • El 6 de mayo de 1723 sacan Irurzun Echeberri a subasta las obras de su puente, que es el lugar de reunión para los asuntos propios(1) y exponen:
  • 1769 Puente
    • “Escritura de obligación de construir el puente de Irurzun y Echaberri otorgada por Juan Miguel de Gastesi, vezino de Irañeta, en favor de los lugares de Irurzun y Echaberri, que componen un Conzejo y obligación otorgada por 5 diputados de éstos en nombre de aquellos: Irurzun, Irañeta y diziembre 11 de 1769”
  • 1797 Puente
    • “Auto de resolución otorgado por los lugares de Irurzun y Echeberri: 23 de agosto de 1797”.
  • 1800 Puente
    • “Escritura de conbenios entre los lugares de Irurzun y Echeberri para la construcción de un nuebo puente: 10 de marzo de 1800”


 1697 Irurzun Echeberri puente sobre el río Ajita

“Declaración de la obra del puente de los lugares de Irurzun y Echaberri: en 21 de octubre 1697”

            “En el lugar de Irurzun a los veinte y un días del mes de octubre del año mil seiscientos y noventa y siete, ante mi, el escribano y testigos infrascritos, parecieron presentes Joseph de Camio, vezino del lugar de Larumbe y Martín de Artola, residente en el lugar de Izurdiaga, ambos maestros canpinteros, y dijeron que con orden de los jurados, vezinos y Conzejo de este dicho lugar y del de Echaberri, y de Juan de Aldaz, también maestro cantero, vezino del lugar de Urriza, an visto y reconocido a su satisfaczión la obra nueva de cantería, que

lunes, 1 de enero de 2018

1719 Irurzun Echeberri regidor -1744 Vecindad

Contenido
  • 1719 Irurzun Echeberri regidor
  • 1744 Vecindad
    • “Auto de nombramiento de Rejidor del lugar de Irurzun, en 10 de febrero de 1919”
  • 1719 Irurzun Echeberri
    • “Auto de desistimiento del empleo de Rejidor de los lugares de Irurzun y Echaverri otorgado por Juan de Echalecu: en 27 de marzo de 1719”
  • 1744 Irurzun Echeberri vecindad
    • “Auto de admisión de vecindad otorgado por los lugares de Irurzun y Echaverri en favor de Martín Joseph de Veramendi: Irurzun y octubre 19 de 1744”

1719 Irurzun Echeberri regidor

1744 Vecindad

“Auto de nombramiento de Rejidor del lugar de Irurzun, en 10 de febrero de 1919”

            “En el lugar de Villanueba del Valle de Araquil a diez días del mes de febrero del año mil setezientos diez y nuebe por testimonio de mi, el escribano real avajo no

martes, 12 de diciembre de 2017

1681 Irurzun Leiza aprendizaje de albéitar

1681 Irurzun Leiza aprendizaje de albéitar
            “Escritura de aprendizaje de Alejandro de Gorza a fabor de Joan de Echalecu”
            “En el lugar de Irurzun a los veinte y ocho días del mes de mayo del año mil seiscientos ochenta y uno, ante my el escribano y testigos abaxo nombrados pareció presente Francisco de Gorca, vezino de la villa de Leyza y dijo que tiene un hijo de edad de quinze o diezseis años y trata de poner por aprendiz con algún Maestro Albáitar por haver servido unos dos años para el dicho ministerio en las errerías de la Provincia, y así certificado de su derecho en la mexor vía que puede y debe dijo que pone por tal aprendiz a Alexandro de Gorca, su hijo, con Juan de Echalecu, Maestro Albáitar, para tiempo y espacio de cinco años y medio con las condiciones siguientes:
            1 Primeramente el dicho Francisco de Gorca dijo que todo el tiempo que estubiere el dicho Alexandro de Gorca, su hijo, en casa del dicho Juan de Echalecu por tal aprendiz, que son los cinco años y medio, le aya de dar todo lo necesario de su bestuario al dicho su hijo fuera de las camisas, de suerte que pueda andar decentemente y conforme se acostumbran andar los dichos aprendices y juntamente le aya de hazer el dicho Echalecu buena compañía y enseñarle bien en su ofic

domingo, 10 de diciembre de 2017

1709 Irurzun casa abacial

Contenido
  • 1709 Irurzun casa abacial
  • “Escritura de obligación y declaración de las obras y reparos, que se han hecho de cantería en la caseta del lugar de Irurzun”.
  • 1717: Irurzun torre campanario y coro
  • El 6 de junio de 1717, a causa de que la torre y el campanario amenazaban ruina, firman un contrato con Gaspar de Gaztelu:
  • El 10 de octubre de 1717 cobra el constructor: “Confieso yo Gaspar de Gaztelu, vecino
  • “Carta de pago otorgada por Francisco Juachín de Albar, artífice de fundir canpamas, vecino de Pamplona en favor de Vicente Flores y su mujer”.
  • 1752: Irurzun iglesia
  • “Escritura de la obra de la iglesia de la parroquial de Irurzun, otorgada por Francisco Lopetegui y su fiador, vecinos de Lacunza. Irurzun y abril 4 de 1752”
  • 1753: Irurzun traslación iglesia
  • “Auto de resolución y obligación sobre que se construia la iglesia en el cuerpo del lugar otorgado por el abad y vezinos de Irurzun, deziembre 14 en 1753: traslación iglesia”.
  • 1761: Irurzun iglesia
  • “Auto otorgado por el abad y lugar de Irurzun sobre las obras que se an de hacer en el coro de su iglesia parroquial y trasladazión de su escalera. Irurzun y junio 12 de 1761”.


 

1709 Irurzun casa abacial

“Escritura de obligación y declaración de las obras y reparos, que se han hecho de cantería en la caseta del lugar de Irurzun”.

            “En el lugar de Irurzun a veinte y siete días del mes de abril de mil setecientos y nuebe ante mi el escribano y testigos abajo nombrados parecieron presentes de la una parte el Señor Don Juan de Beramendi, abad de la parroquial de este dicho lugar y de la otra Martín de Goyeneta, Maestro Cantero residente en el lugar de Villanueba en la Valle de Araquil y el dicho Don Juan de Beramendi dijo que la casa de la dicha abadía está inabitable, de suerte que ame

Irurzun Echeberri toponimia

Irurzun Echaberri toponimia
Contenido



1581 Irurzun

“Carta de compra y venta otorgada por Corborán de Sangüesa y su muger Leonor de Irurçun, vezinos de la Puente, en favor de Martín de Irurçun y su muger Gracia, vezinos de Irurçun”.

            “En el lugar de Irurçun a doze días del mes de

Irurzun y Echeberri hacen facerías con Aguinaga Aizcorbe Echarren Goldaraz Izurdiaga y Latasa toponimia

Contenido
  • 1594 Irurzun Echeberri Goldaraz facería
  • 1602: Irurzun Echeberri Echarren facería
  • 1621: Irurzun Echeberri Izurdiaga facería
  • 1636: Irurzun Echeberri Aizcorbe facería
  • 1654: Irurzun Echeberri Aizcorbe facería
  • 1695: Irurzun Echeberri Aizcorbe facería
  • 1703: Irurzun Echeberri Echarren facería
  • 1707: Irurzun Echeberri Aizcorbe facería
  • 1714: Irurzun Echeberri Latasa facería
  • 1724: Irurzun Echeberri Aizcorbe facería
  • 1724: Irurzun Echeberri e Izurdiaga facería
  • 1733: Irurzun Echeberri y Echarren facería
  • 1740: Irurzun Echeberri y Aguinaga facería
  • 1742: Irurzun Echeberri Aizcorbe facería
  • 1748: Irurzun Echeberri y Goldaraz facería
  • 1751: Irurzun Echeberri y Goldaraz facería
  •  


1594 Irurzun Echeberri Goldaraz facería

El alcance de una facería en algunos despachos se enmarca tan erráticamente que únicamente puede entenderse como mensaje mal intencionado y que solo le iguala, pero no le supera la versión que mantienen forzadamente sobre algunas cañadas, por donde además no anda ni una cabra.
            “Escriptura de convenios y fazería dentre los concejos de Irurçun y Echaberri con los de Goldaraz para doze años: 27 de noviembre 1594”

martes, 7 de noviembre de 2017

1542 Irurzun Echeberri carta censal de Roncesvalles a Eraso por el molino de Ajita

Contenido
  • 1542 Irurzun Echeberri carta censal de Roncesvalles a Eraso por el molino de Ajita
    • “Proceso del monasterio de Roncesvalles contra Charles de Eraso, cuyo es Ijurieta, sobre la pertenencia del molino de Ajieta, sito en los términos del lugar de Irurzun”.
  • 1594 Molino de Ajita
    • “Escriptura de arrendación otorgada por Miguel de Arce, clavero de Atarrabia, en favor de los de Irurçun del molino de Axita”
  • 1616 Arriendo del Molino de Ajita para tres años
  • 1646 Molino de Ajita
    • “Arrendación del molino de Axita por el año de 1647; arrendador Joanes de Mendioroz por 100 robos de trigo”
  • 1652: “Molino de Ajita”
  • 1713 Molino de Ajita y pesquera
  • 1726 Molino de Ajita y pesquera
  • 1752 Molino de Ajita y camino
  • 1761 Molino de Ajita y pesca
    • “Irurzun, Echeverri y marzo 26 de 1761. Escritura de arrendación del río mayor de los lugares de Irurzun y Echeverri otorgada por sus Rexidor y vezinos a favor de Gerónimo de Echeverría molinero de Agita”.
  • 1761 Molino de Ajita y camino real
    • “Irurzun 29 de agosto de 1761. Declaración jurada de los reparos que se necesitan acer en el Camino Real, que ay en los términos del lugar de Irurzun y se dirige de Pamplona a Guipúzcoa”.
  • 1800 Molino de Ajita
    • “Escritura de rearriendo del Molino arinero llamado de Agita, propio del Mayorazgo de Doña Michaela de Eraso, otorgada por Don Juan Tomás de Olondriz, vezino de Pamplona, arrendador de dicho Mayorazgo, en favor de Fernando Garate, molinero”.
  • 1815 Molino de Ajita
    • El 14 de octubre de 1815 precisan la situación de los bienes procedentes de los Eraso, que habían recibido el año anterior:
  • 1817 Irurzun Echeberri
    • “Proceso de los lugares de Irurzun y Echeberri contra los marqueses de Góngora sobre el goce de las yerbas y aguas. Sobre la propiedad de las yerbas y aguas de los términos de dichos lugares y paga del importe de cinco reses carnereadas a los marqueses”.
  • 1829 Molino de Ajita
  • 1856 Molino de Ajita
  • 1857 Molino de Ajita
  • 1860 Molino de Ajita
  • 1872 Molino de Ajita



“Proceso del monasterio de Roncesvalles contra Charles de Eraso, cuyo es Ijurieta, sobre la pertenencia del molino de Ajieta, sito en los términos del lugar de Irurzun”.

            El 10 de julio de 1542 celebra junta el Cabildo de Roncesvalles para dar cuenta de que Charles de Eraso tiene el “molino de Axieta” en perjuicio de sus rentas; nombran a su representante, Bertol del Bayo, abogado del Real Consejo
            El día 14 del mismo Charles de Eraso dice: “El molino de Axieta, el qual perbino en mí por vía de permuta y sentencia arbitraria”; para arreglarse con Roncesvalles nombra a Martín de Navaz, abogado del Consejo Real.

lunes, 6 de noviembre de 2017

1595 1611 Irurzun Izurdiaga contratos matrimoniales toponimia

  • 1595 1611 Irurzun Izurdiaga contratos matrimoniales toponimia
  • “Contrato matrimonial de Miguel de Irurçun, çapatero, y Lucía de Idoy, su mujer. Año 1595”
  • 1611: “Contrato matrimonial dentre Miguel de Guiçurdiaga y María de Aroztegui, su mujer”



         “Contrato matrimonial de Miguel de Irurçun, çapatero, y Lucía de Idoy, su mujer. Año 1595”

            “Sepan quoantos esta presente carta de contrato matrimonial, pacto y combenios verán e oyrán, que inspirante la gracia de Dios ynterbeniendo personas de vien, capítulos matrimoniales an sido tratados, afirmados y concluidos entre Martín de Irurçun, hijo de Lope de Irurçun, vezino del dicho lugar de Irurçun, de la una, y María Martín de Esayn, viuda muger por tiempo de Eneco de Idoy, residenta en el dicho lugar de Irurçun, de la otra, a causa y razón del santo matrimonio, que se espera celebrar entre Miguel de Irurçun, hijo legítimo del dicho Martín de Irurçun y María Joan de Oreyan, su muger ya difunta, y de Lucía de Idoy, hija legítima de la dicha María Martín de Esain y de Eneco de Idoy, su marido ya difunto, en razón del qual con acuerdo de los contraientes se asentaron los capítulos seguientes:
            1 Primeramente fue capitulado y concluydo entre las dichas partes que los dichos Migu

domingo, 5 de noviembre de 2017

1775 Irurzun Echeberri Eraso y viñas

1775 Irurzun Echeberri Eraso y viñas
José Joaquín Eraso contra Irurzun y Echeberri sobre cierta cantidad retenida procedente de su doble porción en el pasto.
            El 16 de octubre de 1775 F. R. de Cáseda explica la organización de ambos pueblos, que forman un concejo:
            “S. M. Francisco Ramón de Cáseda, procurador del lugar de Echeverri del Valle de Araquil, como mejor proceda dice que el lugar, mi parte, y el de Irurzun gozan de términos comunes, que componen un concejo, deliverando en él todo lo concerniente al govierno de ambos pueblos, egerciendo los oficios por turno de casas, teniendo dos Regidores, el uno principal y el otro como ayudante o theniente de Regidor, de modo que el principal corre por casas como se lleva dicho en un pueblo y en el otro el theniente de suerte que acavado el turno de Regidor principal en el lugar de Irurzun, pasa a ser en el de Echeverri y las Juntas se hacen, siendo el tiempo bueno, en el Puente, y que está a poca diferencia a la mitad de la distancia de ambos pueblos, y quando hace mal tiempo, se junta en el lugar de la residencia del Regidor principal, y tamvién pasan el cargo de costieros por