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viernes, 17 de abril de 2020

1840 1842 1864 1869 1870 1872 Irañeta América




1840
            El día 14 de agosto de 1840 se firman tres escrituras para viajar a América.
            María Lucía Zabaleta da permiso a su marido Juan Bautista Erbiti, para que vaya a Cuba, a ver “si mejora de fortuna”; irá donde su hermano, José Erbiti, que ya residía en Cuba. (AGN, Protocolos Notariales, Notaría de Huarte Araquil, Juan Antonio Peruchena, legajo 33 n.º 65)
            Martín José Echeverría y Martija, de Baraibar, recibe permiso de sus padres, Pedro y María Miguel, para ir a Cuba, con el fin de “averiguar el estado del herencio de Don Martín José Martija, su tío carnal, que según noticias ha fallecido poco hace en la ciudad de Matanzas”. (Ídem n.º 66)
            Miguel Goicoa de la casa de “Marieder” decide el mismo día 14 de agosto ir a “Montebideo” y le autorizan su padre Miguel Francisco, y su hermano también llamado Miguel Francisco Goicoa “a probar fortuna”. (Ídem n.º 67)

1842
            El 21 de enero de 1842 Josefa Arbillaga autoriza a su marido, Rafael Garciandía, a “pasar a Montevideo con el objeto de probar fortuna”; irá también su hermano soltero Ramón Garciandía; saldrán a últimos de diciembre y cada uno p

miércoles, 1 de octubre de 2014

Iturmendi: 1818 - 1888: Salen para América

Iturmendi – América
Diferentes personas se embarcan para las Américas en el siglo XIX.
1818
El 13 de noviembre de 1818 a los 13 años, desde Urdiain, se irá Juan Miguel Pozueta, a donde un tío suyo del mismo nombre, que ya reside en Caracas, para dedicarse con él al comercio; se embarcará en Cádiz y además de ser de buena conducta y limpia sangre también declara que no “tiene parentesco alguno con Colón, Pizarro, Cortés ni otro conspirador u revolucionario.” (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Alsasua, Miguel Albizu, legajo 87 n.º 201 y 202)

viernes, 6 de septiembre de 2013

Alsasua: 1779: hidalguía de Arza para ir a América y escudo de Celaya



Alsasua: 1779: expediente de Martín de Arza para ir a América.



“Alsasua y septiembre 17 de 1779. Información de filiación y limpieza de sangre recibida a instancia de Martín de Arza, natural del mismo lugar, y residente en la ciudad de Tudela como comisionado y encargado de Miguel de Arza su hijo, y de que no tiene este impedimento, reparo ni óbice para el embarque y pase a los Reinos de Indias y habilitarse en la Carrera de ellas.”

miércoles, 4 de septiembre de 2013

Alsasua: 1772: Martín Zubiría decide irse a América.



Alsasua: 1772: Zubiría



“Información de filiación y nobleza de Martín de Zubiría, natural de Alsasua, para las Indias.”



“Martín de Zubiría, natural y residente en el lugar de Alsasua del Valle de Burunda, Reino de Navarra, y obispado de Pamplona, dize intenta pasar a los Reynos de Nueva España, y para ello desea justificar su filiación y limpieza de sangre, para lo qual alega y probar entiende lo contenido en los artículos siguientes:



1.º Primeramente que dicho Martín de Zubiría,

lunes, 24 de junio de 2013

Alsasua: a América en el siglo XIX para mejorar de fortuna



1850: Fernando López de Zubiría y Albizu, decide el 21 de agosto de 1850 “pasar al Puerto de Mazatlan de la Intendencia de Sonoras en el Reyno de Mégico, con el objeto de mejorar de fortuna”. La solicitud la tenía hecha antes y ahora le obligan a poner fianzas por si le tocaba responder del servicio militar en el sorteo y quintas y poder pagar un sustituto. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Alsasua, Juan Miguel Goicoechea, legajo 114 n.º 74).

1853: Santiago Noblea, casado con Luisa Lecea, tenía un hijo, Pablo, que decide marchar a “México con el objeto de mejorar de fortuna”, cuando tenía 18 años, el 1 de diciembre de 1853. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Alsasua, Juan Miguel Goicoechea, legajo 117 n.º 153).

1855: Juan Noblea, viudo de Polonia Gastesi, hace testamento el 25 de noviembre de 1855, y nombra herederos universales a sus nietos, hijos de Fidel.
Fidel Noblea, casado con Josefa López de Zubiría, tenía tres hijos: Juan Eladio, Juana Francisca y Fidela. Fidel se hallaba ausente en Ultramar. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Alsasua, Juan Miguel Goicoechea, legajo 119 n.º 214).

1868: El 18 de agosto de 1868 Domingo Elizalde y Ciordia, de 19 años, decide pasar a la ciudad de Montevideo, “a fin de mejorar de fortuna”; sus padres habían muerto ya, y se hace responsable de él, por las cuestiones de quintas y lo que fuere, Juan José Bengoechea y Goicoechea, de 40 años. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Alsasua, Miguel de Jorge, legajo 132 n.º 162).

1868: El 20 de agosto de 1868 un joven de Olazagutia decide también irse a Montevideo, Juan Francisco Echandia Beinaran, de 19 años; le avala su padre con relación a los gastos de quintas, por el sistema que regía en el pueblo. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Alsasua, Miguel de Jorge, legajo 132 n.º 163).

lunes, 8 de abril de 2013

Olazagutia: 1775 y 1787: Expedientes para el embarque a las Américas.

6 De octubre de 1775:

“Información de filiación y limpieza de sangre y de ser libre y soltero Francisco Miguel Sáez de Munain, natural del lugar de Olazagutia, residente en la ciudad de Cádiz, y no tener impedimento alguno para el embarque y pase a los Reinos de Indias.”

“Diego Domingo Sáez de Munain, vecino del lugar de Olazagutia en el Valle y Universidad de Burunda, en nombre de Francisco Miguel Sáez de Munain su hijo, residente en la ciudad de Cádiz, como mejor proceda y sin perjuicio de qualquiera derechos, que a mi parte competen, digo que al suio conviene dar información que in continenti ofrezco de ser dicho Francisco Miguel Sáez de Munain, natural del citado lugar de Olazagutia, libre y soltero, y capaz de tomar el estado de matrimonio u otro que eligiere, hijo lexítimo del mencionado Diego Domingo Sáez de Munain y María Josepha de Muniain su muger naturales y vecino del mismo lugar de Olazagutia:

Nieto por parte paterna de Miguel Sáez de Munain y Cathalina de Gainza, y por la materna de Martín de Muniain y Epifanía de Galbete, su lexítima muger, todos naturales y vecinos que fueron del referido lugar de Olazagutia:

Que el nominado Francisco Miguel Sáez de Munain, suplicante, como también sus mencionados padres y fueron sus abuelos paternos y maternos arriba nombrados, y demás ascendientes de ambas líneas, es christiano viejo, limpio de toda mala raza y sin mezcla, ni mancha de moros, judíos, agotes, mulatos, hereges, castigados, ni penitenciados por el Santo Tribunal de la Inquisición, ni de otra secta alguna de las reprobadas por derecho, ni haber exercido ninguno de ellos oficios viles, ni bajos, naturales todos de estos Reinos de España sin mezcla alguna de extrangería, y que dicho Diego Domingo Sáez de Munain, padre de Francisco Miguel suplicante, en la lista que se ha recibido de este Valle el mes de septiembre último en virtud de Reales órdenes de Su Magestad (que Dios guarde) para el anual reemplazo de su real exército, ha ido en la clase de exentos por hijodalgo y noble, por cuios motivos no tiene dicho Francisco Miguel Sáez de Munain impedimento alguno para el pase y envarque a los Reinos de Indias, y havilitarse en la Carrera de ellas, y para que lo pueda hacer constar donde, ...

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27 De abril de 1787: 

Olazagutia: Juan Diego Pérez de Albéniz y Lezea y Zufiaurre.

“Información recibida con asistencia del Alcalde del Valle de Burunda a instancia de Juan Diego Pérez de Albéniz y Lecea, natural del mismo lugar, sobre su vida y costumbres, de ser libre y soltero y no tener delito alguno para pasar a los Reinos de Indias.”

“Juan Diego Pérez de Albéniz y Lecea, natural del lugar de Olazagutia en el Valle de Burunda, dice que Fray Lucas de Zufiaurre, su thío, residente en la Puebla de los Ángeles, en los Reinos de Indias, por su carta, que se halla sin fecha escrita a Joseph de Galbar su cuñado, vecino del lugar de Iturmendi, comprenso en el mismo Valle, le llama a su compañía, y a este fin, con consentimiento y aprobación de Andrés Pérez de Albéniz y Lecea y Cathalina de Zufiaurre, sus padres vecinos del dicho lugar de Olazagutia, desea embarcarse en el Puerto de Pasage, o en algún otro que se le proporcione de maior conveniencia para el de Havana o Veracruz, a donde participa dicho su thío, se presente el suplicante para que de qualquiera de ambos Puertos, pueda emplearse en los fines y destinos que fueren de la satisfacción de aquel, y para acreditar que el suplicante es soltero y libre, de buena vida, conducta y costumbres sin haver estado en tiempo alguno, ni hallarse actualmente procesado, ni capturado y menos precisarle su viaje crimen alguno, sino es con la única mira de ocuparse en los fines que le pareciere al referido su thío, desea justificar quanto queda expresado en forma, en cuia consideración a Vm. suplica mande recibir información sobre el contexto de este pedimento por testimonio del escribano de Aiuntamiento y Juzgado de este Valle, para efecto de presentarse en el Consejo Real de Indias, y constando lo necesario, solicitar el permiso y licencia para su embarque, y libre navegación a su referido destino y pide justicia.

Juan Diego Pérez de Albéniz y Lezea.”

“Como se pide”.

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