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martes, 21 de diciembre de 2021

1804 Pamplona terrenos reales

            “Relación de las tierras blancas de cultibo y las que no lo son, que tiene Su Magestad en las inmediaciones de esta Plaza con expresión de los parages donde se hallan situadas, número de robadas y almutadas, que componen y renta anual, que pagan los sujetos que actualmente las tienen en arriendo”

Piezas que son de cultivo..............................................................  Robadas  Robos

 

1

Una tierra en el fuerte que llaman del Príncipe que le rodea por toda la circunferencia hace 65 robadas la lleba en arriendo Florencio Idoy y paga 65 robos de trigo

65

65

 

            Nolasco Unciti y Juan Miguel de Esturiz de mancomún lleban en arriendo las piezas de cultivo siguientes:                                                      Robadas Almutadas

2

Una tierra sita detrás del Castillo junto al camino real de la Provincia desde la inmediación de la Cruz Negra hace 21 robadas

21

 

3

Otra en la Cuesta de la Reina hace 10 robadas y 8 almutadas

10

8

4

Otra en el camino que de la Puerta de S. Nicolás dirije al Fuerte del Príncipe, hace 2 robadas y 12 almutadas

2

12

5

Otra en el glasis de la segunda fortificación de dicho fuerte hace 6 robadas

6

 

6

Otra en el glasis de la primera fortaleza del mismo fuerte hace 4 robadas y 10 almutadas

domingo, 19 de diciembre de 2021

1609 1626 acostamientos fallecidos

Cuentas salarios deudas

            “Miguel de Arbiçu y don Luis su hijo... quenta de lo que huvo de haver desde primero de henero de 1601 hasta 3 de mayo de 1609, en que día murió don Luis de Arbiçu de los 40 mil maravedís de Castilla, que se dieron a su padre en 23 de septiembre de 1570 porque desde el dicho día hasta fin del año 1600 cobró enteramente lo corrido”: “40 mil maravedís de Castilla, que hacen de Nabarra, 42.666 maravedíes”.

            “Sancho de Biguria”, murió el 27 de marzo de 1605; tenía 20 mil maravedíes de acostamiento al año, por merced que se le hizo el 18 de enero de 1598.

            Víctor de Mauleón murió el 12 de mayo de 1615; tenía de renta 15.000 maravedíes de Castilla anuales desde el 13 de agosto de 1567.

            “Don Pedro de Berrio” murió el 14 de abril de 1615; percibía 30.000 maravedíes de acostamiento.

            “Don Pedro Pasquier”, murió el 9 de agosto de 1626

sábado, 6 de noviembre de 2021

1616 Echarri Aranaz cuentas

 1616 Echarri Aranaz cuentas

            Proceso de residencia contra los regidores de la villa

            Por un auto del Consejo Real “en razón de las residencias hecho en 26 de marzo de 1613”, deben dar cuenta de lo averiguado los jueces dentro de 4 días; no tendrán en cuenta los gastos menores y las partidas impugnadas las reclamarán a los alcaldes, jurados, tesoreros o vinculeros; las partes podrán hacer alegaciones durante 50 días. Se indicaba así mismo el modo de llevar y presentar los libros de las cuentas locales.

            El 27 de diciembre de 1616 se notifica el nombramiento de juez de residencia, que será el licenciado Felipe de Zuazu (por orden del Consejo del día 24), a “Bernardo Artieda, alcalde, Antón Biribil, Joanes Aguado, Gregorio Ochoa y Pedro de Arbiçu, jurados” y los además vecinos de Echarri.

            El juez de residencia Zuazu ya ese día 27 va contra todos los que han tenido cargo en la villa durante los últimos 10 años; manda que le presenten los nombres de los regidores y la memoria de todos los ingresos.

“Memoria de los alcaldes y jurados”

viernes, 30 de abril de 2021

1562 Echarri Aranaz puerto de Lazcoz

 1562 Echarri Aranaz puerto de Lazcoz

            “Echarri Aranaz contra Burunda y otros sobre contribución a los gastos por obras de reparación de los caminos en la sierra de Lascoz”

            El jueves 3 de agosto de 1562 Echarri reclama, tras el arreglo del puerto de Lazcoz, el gasto de 30 ducados, más lo correspondiente a 200 hombres durante 2 días. A esta reclamación se añaden otras de años posteriores; en mayo de 1569 se ha arreglado con gran esfuerzo y gasto el puerto de Lizarraga; consta así mismo una sentencia del Consejo Real del 4 de junio de 1569 acerca de la reclamación de Bacaicoa para que Echarri arregle un mal paso: “Se manda que el merino desta ciudad aga reparar el camino contencioso a costa de los pueblos cercanos conforme a la necesidad y aprobechamiento de los dichos pueblos y lo aga azer por todo este mes de junio y así se declara y manda”.

            Pasó el mes de junio y al no haberse arreglado el Puerto de Lazcoz, los de Bacaicoa reclamaron su ejecución el 8 de julio del mismo año y se mandó que hiciese ese mes y que de ello se encargase el merino, que era Luis de Arbizu.

jueves, 23 de julio de 2020

1674 Satrustegui de la fundación de una capellanía a la ruina de la familia

1674 Satrustegui de la fundación de una capellanía a la ruina de la familia
            “Proceso de Juanes de Granxa, vecino del lugar de Satostegui, eredero de Martín de Granxa, su tío, contra Esteban de Goldaraz, vecino del lugar de Villanueba y después Fausta Larribar, viuda, sobre que restituia éste todos los vienes y efectos de trigo, ganado y demás referidos en la memoria, que sacó el defendiente como almirante del valle de Araquil de poder del demandante y cobro de sus deudores con executoria y poder del mismo; y aviéndose sentenciado y obtenido citación para la liquidación de ella por el dicho Granxa contra Fausta Larribar, viuda del dicho Goldaraz, quedó.”
            El 14 de octubre del año 1648 se hizo el contrato matrimonial entre Juanes de Granja y María de Andueza (hija de don Juan de Andueza, por eso la dota también otro clérigo, don Simón de Gastea López).
            El caso es que con el cuento de una capellanía le fueron quitando sus bienes a Granja, hasta reducirlo a la última miseria.
            “Joseph Quadrado, procurador de Juanes de Granja en la causa que trata contra Estevan de Goldaraz, alego y probar entiendo lo necesario de los artículos siguientes:

miércoles, 22 de julio de 2020

1699 Satrustegui torre y campanario de la iglesia 1720 Murguindueta obra de cantería de la iglesia

1699 Satrustegui torre y campanario de la iglesia
1720 Murguindueta obra de cantería de la iglesia

         “Declaración jurada de maestros canteros para las obras de la torre y campanario de la iglesia del lugar de Satrustegui: año de 1699”

            “En el lugar de Satrustegui a veinte y ocho de maio de mil seiscientos noventa y nuebe ante mi el escribano y testigos infrascritos constituido en persona don Sancho de Lizasoain, vicario de la iglesia parroquial del dicho lugar, propuso que, reconoziendo la ruina que amenaza a las paredes de la torre y campanario de la dicha parroquial, a acudido ante el Muy Ilustre Señor Don León de Garro y Xavier, canónigo profeso de la santa yglesia catedral de la ciudad de Pamplona y Visitador General de este obispado, eligido y nombrado por el Muy Ilustre Cabildo de dicha santa iglesia en sede episcopal vacante, para que concediese lizencia y facultad para

sábado, 18 de julio de 2020

1619 Satrustegui cotos y paramentos 1652 Satrustegui Ordenanzas 1761 Satrustegui condiciones de las bordas y frascales 1841 Satrustegui acuerdo sobre el ganado y Andía

1619 Satrustegui cotos y paramentos
1652 Satrustegui Ordenanzas
1761 Satrustegui condiciones de las bordas y “frascales”
1841 Satrustegui acuerdo sobre el ganado y Andía

         “Coptos y paramentos del lugar de Satrustegui: a 23 de abril de 1619 años”

            “En el lugar de Satrustegui a los beynte y tres días del mes de abril del año mil seiscientos y dezinuebe en presencia de mi el escribano público y testigos abaxo nombrados, constituidos en personas los jurados, vezinos y conçejo del dicho lugar de Satrustegui, estando juntos y congregados en su conçejo y ayuntamiento donde tienen de huso y costumbre de se juntar para espedir y librar semejantes y otros negocios tocantes al bien común del dicho conçejo y conçejantes a llamamiento de los dichos jurados en su lugar acostumbrado, que es en la casa de Miguel de Cia, vezino del dicho lugar, donde de tiempo ynmemorial a esta parte suelen y acostumbran hazer sus juntas y baçarres comforme a la costumbre del dicho lugar, donde para esta vez estaban juntos Pedro de Huarte y Joanes de Senosiain, vezinos del dicho lugar y jurados del en este presente y dicho año y
Martín de Hurbiçu de la casa de Micheto Bengoa,
Pedro de Hureta de la casa de Filipherena,
el dicho Miguel de Cia de la casa de Oremus,

jueves, 16 de abril de 2020

1710 1714 Irañeta préstamo de 50 ducados en carta de gracia toponimia préstamo de 25 ducados en carta de gracia toponimia

1710 Irañeta préstamo de 50 ducados en carta de gracia toponimia
1714 Irañeta préstamo de 25 ducados en carta de gracia toponimia

1710 Irañeta préstamo de 50 ducados en carta de gracia toponimia

            “En 16 de noviembre de 1710. Traslado de la escritura censal de los Sasturain de este lugar de Irañeta de cinquenta ducados de principal a quatro por ciento en favor de Miguel de Zubiria y su muger dueños de la casa de Juan de Iriberri”
            “En el lugar de Irañeta a diez y seis de noviembre del año de mil setecientos y diez, ante mi el escribano y testigos abajo nombrados, parecieron presentes Juan Miguel de Huarte, Isabel de Errazquin, su muger, Pedro de Aranguren y María de Arrube, su muger, vecinos de este dicho lugar y dueños de la casa de Sastruain de este dicho lugar y las dichas mugeres con licencia y expreso consentimiento de los dichos sus maridos, que para lo imfrascrito aquí se la pidieron y ellos se la dieron en presencia de mi el dicho escribano, de que doy fee precedente la qual juntos y de mancomún en boz de uno y cada uno de por sí y por el todo simul et insolidum, renunciando como renuncian la auténtica oc hita de duobus reis debendi y las demás leies de la mancomunidad, de cuias disposiciones fueron abisados por mi el dicho escribano de que doy fee, digeron que al cabildo de la

viernes, 3 de abril de 2020

1626 Irañeta arca de misericordia 1633 Irañeta tras tres años de pedregadas recurre a un préstamo toponimia

1626 Irañeta arca de misericordia
1633 Irañeta tras tres años de pedregadas recurre a un préstamo toponimia

1626 Irañeta arca de misericordia

            “Paramento del conçejo de Irañeta: 1626”
            “En el lugar de Irañeta a veinte y cinco de febrero del año mil seiscientos veinte y seis, ante mi el escribano y testigos abaxo nombrados, constituidos en persona los jurados, vezinos y concejo del dicho lugar de Irañeta, estando juntos y congregados en su lugar acostumbrado para expedir y librar los negocios y cosas tocantes al dicho concejo donde se hallaron presentes:
García de Echaberri y Juanes de Ariçaleta, jurados,
Simón Goycoa, Juanes de Ilçarve menor, Sancho Garriz, Juanes de Villanueba tornero, Juan Martínez de Goñi, Miguel de Irañeta, Juanes de Ilçarve maior, Martín de Ansa sozmerino, Martín Preboste, Juanes de Goiçueta, Fernando de Cia, Francisco Escudero, Juanes de Añezcar, Pedro de Garralda, Martín Flandes, Miguel de Villanueba de la casa de Juancerain, Miguel de Villanueva de Juan de Iriberri, Miguel de Çuaçu, Pedro de Yavar, Bernart de Huarte, Martín de Ecay y Arbiçu, Martín Marco, Juanes de Huarte de Simonena, Juanes de Echaçarra, todos vezinos del dicho

jueves, 26 de marzo de 2020

1699 Irañeta iglesia arreglos

El 12 de mayo de 1699 revisan la situación de la iglesia y ven la necesidad de asegurar la torre con el campanario, que amenaza ruina; por la parte de poniente hay que poner “un estribo en su medio... y abiendo visto el presbiterio de dicha iglesia estar indecente, por estar aquel sin gradas y sin losas el rellano de dicho presbiterio y nabe y estar aquel con tierra, declara es preciso azer unas gradas con su rellano enlosado en la nabe, lo que dicen las capillas coraterales”; se calcula un gasto de 240 ducados. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Villanueva, Martín Gastea López, legajo 53)
            Las obras adjudican, el 13 de marzo de 1704, a Pedro de Erausquin, cantero guipuzcoano, de Albistur, vecino de Beizama y residente en Echarri después, en 200 ducados. (Ídem)
            Se recibe la obra el 15 de junio de 1706 así en el “interior la mesa altar con su tarima y grada de piedra labrada”. (Ídem)

1712: “Quitamiento de Pedro de Erausquin, cantero en favor del abbad de Irañeta y las rentas de su iglesia parroquial. En la villa de Echarri Arañaz a catorze de mayo de mil setecientos y doze, ante mi el escribano y testigos imfrascritos constituido en persona Pedro de Erausquin, cantero vezino al presentes de la villa de Beizama en la probincia de Guipúzcoa y hallado en esta de Echarri, dixo qu

lunes, 16 de marzo de 2020

1826 Irañeta obras en la iglesia propia de la villa


1826 Irañeta obras en la iglesia propia de la villa
            “Escritura otorgada entre el Patronato de la yglesia parroquial de la villa de Irañeta y don Xavier de Irisarri vezino de Iturmendi, sobre la egecución de la vóbeda de la yglesia de Irañeta: 28 de mayo de 1826”.
            “En la villa de Irañeta a veinte y ocho de mayo de mil ochocientos veinte y seis constituidos personalmente ante mi el infrascrito escribano real y testigos, que irán nombrados, de la una parte los señores don Juan Ángel Sagastibelza de Areso y don Esteban Zabalo, presbíteros, abad y beneficiado de esta yglesia parroquial, Juan Antonio Lacunza y Martín José Gastesi, alcalde y uno de los dos regidores de esta villa y como tales patronos de esta dicha yglesia parroquial y de la otra don Xabier de Irisarri, Maestro de Obras, vecino del lugar de Iturmendi, propusieron los primeros que en representación de tales patronos acudieron al Tribunal Eclesiástico de este obispado esponiendo que en virtud de licencia del mismo se egecutó el edificio de dicha yglesia y aviendo faltado los fondos se dejo de concluir en sus bóbedas y en las de la sacristía, y siendo su ejecución mui urgente concluyeron suplicando su permiso y facultad para tomar a censo seiscientos ducados de capital, en cuya vista el Señor Provisor y Vicario General de este obispado se dignó de concederles dicho permiso en decreto de veinte y quatro de abril último, como constará del despacho obtenido en su razón, que va unido a la escritura censal, que se otorgó en veinte y nuebe de abril último, al que en lo necesario se remiten.

martes, 10 de marzo de 2020

1570 Irañeta retablos de Pierres Picart 1683 1693 Irañeta dorado de los retablos

Contenido
  • 1570 Irañeta retablos de Pierres Picart
  • 1683 Irañeta dorado del retablo


1570 Irañeta retablos de Pierres Picart


            “In Dey nomine amen. Sepan quantos esta presente carta de conbenios y obligación verán e oyrán que en el año del nasçimiento de Nuestro Señor Jesuchristo de mil quinientos y setenta a los dezinuebe días del mes de abril en el lugar de Irañeta del Valle de Araquil en presencia de mi el escribano y de los testigos infrascritos constituydos en persona don Sancho de Erbiti, rector del lugar de Irañeta y Joanot de Aguirregui y Guillén Pérez, primicieros de la yglesia parrochial del dicho lugar de Irañeta y Sancho Garriz y Joanes Flandes, vezinos del dicho lugar, tanto por sí como en vez y nombre de los vezinos y conçejo del dicho lugar de Irañeta de la una parte, y maestre Pierres Picart, entallador, abitante en la villa de Huart, de la otra en razón de y a causa de tres retablos que se an de azer por el dicho Pierres Picart, para la yglesia del dicho lugar de Irañeta, los quoales dichos convenios son del tenor seguiente:
            1 Primeramente el dicho abad, primicieros y en seguiente nombrados se obligaron con sus personas y vienes de dar como de echo dieron al dicho Pierres Picart entallador la obra y el azer de tres retablos para la dicha yglesia de Irañeta con que el reverendísimo de Pamplona o su bicario general den licencia para azer los dichos retablos y que por el tanto más o menos no darán la dicha obra a otra persona ni oficial, sino al dicho Pierres Picart.

sábado, 11 de enero de 2020

1609 1659 1691 Irañeta cuentas


  • “Memoria de las rentas del año 1609 del lugar de Irañeta siendo jurados Martín de Villanueba y Martín de Aguinaga, vezinos del dicho lugar de Irañeta, son las siguientes:
  • “Libro de cuentas de Juanes de Echarren y Juanes de Ilçarbe, regidores del lugar de Irañeta desde últimos de septiembre de 1657 hasta el fin del dicho mes del año siguiente de 1658”
  • 1691: Cuentas de Irañeta:
  • 1724: Cuentas de Irañeta:
  • 1744: Cuentas de Irañeta:
  • 1746: Cuentas de Irañeta:





            Desde finales de septiembre de 1608 a las mismas fechas de 1609

         “Memoria de las rentas del año 1609 del lugar de Irañeta siendo jurados Martín de Villanueba y Martín de Aguinaga, vezinos del dicho lugar de Irañeta, son las siguientes:

                                                         Cargo                                                reales  tarjas
Primeramente se arrendó la tabierna por Juan de Eguiarreta por nueve ducados y çinco cántaros de vino
99

Iten la panadería se arrendó por Juan de Errazquin(1) vecino del dicho lugar por seis ducados
66

Iten el mesón se arrendó por un real
1

Iten se vendió el cabrón por veynte reales
20

Iten se arrendaron las yerbas y agoas de los términos de Irañeta por honze ducados y se le dio a los de Yabar siete reales y una tarja y media
113
3
Iten se les haze cargo de ocho reales que dio Juanes de Irañeta de Machinto
8


Total
307
3

Descargo que dan los dichos jurados

viernes, 3 de enero de 2020

1819 Irañeta reparto del donativo por soldados

1819 Irañeta reparto del donativo por soldados
            Situación de los vecinos el 15 de enero de 1819
            “Distribución que se hace de los 6.808 reales vellón que le corresponde a esta villa de Irañeta en el reparto hecho por la Ilustrísima Diputación de este Reino para pagar a Su Magestad lo que se le ha ofrecido de la gente, que debía sortearse para soldados, pues debe entenderse aquella paga en quatro plazos iguales así como cita la misma orden o reparto y los comisionados nombrados después de haber reflexionado el asunto han tomado el medio de repartir, como es a cada robada de tierra a 2 maravedís, los vacunos y yeguas con inclusión de las crías a 16 maravedís, las cabras y ovejas a 8 maravedís y los ganados de cerda a 8 maravedís y en cada plazo de los 4 corresponde pagar 1.702 reales si se hace en la manera siguiente en reales fuertes”.
Casas vecinales
Mosolonea                                                                             Reales   Maravedíes
72 robadas de tierra a dos maravedíes
3
10
4 bueyes y 2 yeguas a 16 maravedíes
2
28
51 ovejas y cabras a 8 maravedíes
10
28
3 cerdos
24
Por la vecindad
19
Porción de molino
19
Por el fuego de su casa
6
19

Total
24
33

jueves, 2 de enero de 2020

1612 Irañeta cuentas


1612 Irañeta cuentas
            “Cuentas del lugar de Irañeta de Joanot de Huarte y Françés de Aizcorbe: a 22 de septiembre de 1613”
            “Memoria de las rentas y arriendos del lugar de Irañeta deste año de mil seiscientos y treze, siendo jurados del dicho lugar Joanot de Huarte y Françés de Aizcorbe, vezinos del dicho lugar:
                                                      Cargo                                      Reales tarjas cornados
Primeramente se arrendó la panadería por Joanes de Villanueva tornero en treinta y ocho reales y medio
28
2
4
Iten se arrendó la tabierna del dicho lugar por la alcabala del Rey nuestro Señor, que el conçejo debe por un año y çinco reales y medio
5
2
4
Iten recebieron del ministro dos ducados
22


Iten del juglar de Huarte seis reales
6


Iten de los de Urdinaco de Huarte seis reales y se bebieron en conçejo



Iten reçebieron del licenciado 44 robos de trigo y se mermaron dos robos en linpiar y se vendieron en seis reales
6


Y el trigo se vendió a cinco reales menos un quartillo
199
2
4
Iten vendieron las yerbas de la Marga por deziocho reales y gastaron al tiempo un real
17


Iten se les haze cargo de quarenta robos de trigo de la pieza conçejil



Iten se les haze cargo de veynte robos de trigo de la comida dezmal



Iten más dos robos de trigo que reçebieron de Juanes de Exquer y Pedro de Yabar, 10 reales
10


Iten más deziseis reales por los pazturajes
16



Suma el cargo trescientos y veinte reales, una tarja y quatro cornados
320
1
4

domingo, 15 de diciembre de 2019

1683 Villanueva casa de la vicaría 1686 cubierto delante de la iglesia 1714 capellanía de San Babil 1721 pago de obras en la iglesia

1683 Villanueva casa de la vicaría

            “Tasación de la casa de la vicaría y demás obras que se an echo del lugar de Villanueva: 1683”
            “Ilustre Señor. El vicario y primicieros de la parroquial del lugar de Villanueba del valle de Araquil, dice que precedentes licencias se an echo diferentes obras y reparos en dicha yglesia, como es un pilar o estribo; drezar la vóveda, hacer una escalera de madera para el campanario y mucha parte de la casa de la vicaría y otras obras y reparos y para que se sepa su valor y montamiento y si está comforme arte, piden y suplican a V. S.ª mande nombrar maestros o dar comisión a los suplicantes para que de parte de la dicha yglesia los nombren y que a una con los que nombraren los oficiales, que an echo dichas obras y reparos reconozcan aquellas y declaren si están conforme arte y a lo pactado y su valor y montamiento y pide justicia. Juan de Muro. y Heraso”.
            “Decreto. Vista esta petición se manda tasar las obras contenidas en esta petición, para lo qual damos facultad a los suplicantes para que en nombre de la yglesia nombren maestros peritos, que a una con el que nombraren los oficiales que las an echo, las tasen con toda distinción y claridad. Licenciado don Diego de Echarren.”
            “Auto. Proveyó y mando lo sobredicho el Muy Ilustre Señor Licenciado D. Diego de Echarren, Governador y Vicario General deste obispado en Pamplona a onze de marzo de mil seiscientos ochenta y tres ante my, Christóbal de Huarte, notario. Por traslado por el secretario Ollo, Christóbal de Huarte, notario”.

viernes, 13 de diciembre de 2019

1617 Villanueva sagrario de la iglesia 1628 Villanueva contrato con el pintor Pedro de Landa 1629 Villanueva cuentas con Pedro de Landa

1617 Villanueva sagrario de la iglesia
1628 Villanueva contrato con el pintor Pedro de Landa
1629 Villanueva cuentas con Pedro de Landa

“A 13 de mayo de 1617. Conbenios para hazer el sagrario y un escaño para la iglesia parroquial del lugar de Villanueba”.
            “En el lugar de Villanueba a treze días del mes de mayo del año mil seiscientos y diez y siete, en presencia de mí, el escribano público y testigos abaxo nombrados, constituidos en persona don Miguel de Villanueba, vicario del dicho lugar de Villanueba y Pedro de Villanueba, primiciero de la iglesia parroquial del dicho lugar y vezino del dicho lugar de la una parte y Fermín de Barrena, ensamblador, vecino del dicho lugar de Villanueba de la otra parte, los quales en razón de hazer un sagrario y un escaño para la dicha yglesia en virtud de la licencia, que tienen del señor vicario general deste obispado de Panplona, que es del tenor siguiente:
            Nos el Doctor Don Juan del Balle, Vicario General deste obispado de Pamplona por el Ilustrísimo y Reverendísimo Señor Don Prudencio de Sandobal, obispo del dicho obispado, del Consejo de Su Magestad, etc., a bos Fermín de Barrena, ensamblador, hazemos saber que de parte del vicario y beneficiado del lugar de Villanueva se presentó ante nos la petición seguiente:
            Ilustre Señor: el vicario y primiciero del lugar de Villanueba del balle de Araquil, dizen que (en) la yglesia parroquial del dicho lugar ay mucha necesidad de un sagrario para el Santísimo Sacramento, por ser el que al presente es muy viejo y pequeño y no estar por este respeto con la decencia y reberencia que se debe y también ay grande falta de un escaño en el coro para cantarse, el vicario y beneficiados, mayormente quando suelen venir los clérigos circunbezinos a entierros y onrras y porque la dicha yglesia está sobrada y sin deudas, suplican a V. Md., atento que en el dicho lugar vibe y es vezino Fermín de Barrena, ensamblador, persona perita para hazer estas obras, sea servido conceder licencia para que puedan hazer el dicho sagrario y escaño por el dicho Barrena, porque ninguno les será con más comodidad que en ello recibirán bien () y por nos vista la dicha petición acordamos por las presentes por cuyo tenor os damos licencia y facultad para que podáis hazer el escaño y sagrario referidos en la dicha petición como se pide por ella para lo qual mandamos al vicario y primicieros suplicantes que so pena de excomunión dentro de tres días agan con bos escriptura de concierto en forma de que acabaréis bien y perfetamente el dicho escaño y sagrario y que os pagarán su balor de los vienes y rentas de la dicha yglesia, para que después que así se acabaren los mandaréis tasar conforme está dispuesto por las Constituciones Sinodales deste obispado. Dada en Pamplona a nuebe de deziembre del año mil y seiscientos y deziseis. El Doctor Juan del Valle. Por mandado de su merced Andrés de Treviño, asentaron los convenios seguientes:
1 Primeramente que el dicho Fermín de Barrena, ensamblador, aya de hazer y aga un sagrario conforme a la traza que dieron el vicario, primiciero y vezinos del dicho lugar de Villanueba, que está firmado por el dicho vicario, Martín de Echeçarra y Joan de Aldaz, vezinos del dicho lugar a dos días del mes de abril último pasado deste presente y dicho año y aya de acabar bien y perfectamente dentro de quatro años desde oy fecha desta escriptura y que así bien aya de hazer y aga el dicho escaño para el coro de la dicha yglesia para el efeto que la dicha licencia refiere dentro del dicho tiempo de los dichos quatro años, con que después que así estubieren echas y acabadas bien y perfectamente se ayan de tasar como se manda por la dicha licencia.
2 Ítem que así bien se le ayan de pagar todo lo que fueren estimados el dicho sagrario y el escaño de las rentas y bienes de la premicia de la dicha yglesia cada año conforme valiere la arrendación de la dicha premicia cada año, quedando della diez ducados en cada año para otras cosas necesarias para la dicha yglesia y la primera paga le darán para el día del Señor San Juan Bauptista primero veniente y en adelante en cada... PDF

jueves, 12 de diciembre de 2019

1679 Villanueva retablo y puertas de la iglesia 1709 Villanueva cuentas del retablo y puertas de García de Peruzurguin 1723 Villanueva fin de pago del retablo y puertas de García de Peruzurguin

1679 Villanueva retablo y puertas de la iglesia
1709 Villanueva cuentas del retablo y puertas de García de Peruzurguin
1723 Villanueva fin de pago del retablo y puertas de García de Peruzurguin

1679 Villanueva retablo y puertas de la iglesia
            “Tasación del retablo y puertas de la yglesia de Villanueva”
            “Ilustre Señor. Joan de Ascarate, procurador de Magdalena de Elola, vezina de la villa de Arviçu, viuda de Garzía de Peruzurguin, su marido, dize que el susodicho hizo para la parrochial del lugar de Villanueba del valle de Araquil, hizo la obra de arquitectura del retablo principal de dicha parroquial y para que se sepa su valor, suplica a V. M. nombrar de parte de la yglesia persona para que a una con la que nombrare de la suya mi parte, tasen y estimen la dicha obra y pide justicia y costas. Joan de Ascarate”.
            “Auto. En Pamplona en Audiencia a diez de marzo de mill seiscientos setenta y nueve, ante el señor licenciado don Diego de Echarren oficial principal deste obispado haciendo audiencia por sí y por el señor Vicario General, Ascarate, procurador suplicante presentó esta petición y leyda, su merced, mandó y por el presente auto nombra de parte de la yglesia parroquial de Villanueba por maestro a Joseph de Huyci e Ituren, vehedor de obras deste obispado y que éste, con la persona que nombrare la suplicante, vean, tasen y estimen la obra de arquitectura que refiere la dicha petición y su valor asienten por auto con juramento en forma y hecho se presente ante su merced para en su vista prover justicia así lo mandó su merced, asentar y despachar por auto a my, Dionisio de Ollo, secretario. Por traslado, por el secretario Ollo, Christóbal de Huarte”.

miércoles, 11 de diciembre de 2019

1637 Villanueva cuentas de la iglesia sagrario imagen de San Martín custodia de plata 1643 Villanueva inventario de la iglesia 1643 Villanueva inventario de la iglesia

1637 Villanueva cuentas de la iglesia sagrario imagen de San Martín custodia de plata
1643 Villanueva inventario de la iglesia
1643 Villanueva poder notarial

1637: “Quentas dadas por don Miguel de Villanueva, vicario de Villanueva, de las rentas de la parrochial del dicho lugar”.

            “Nos el doctor don Miguel Pérez Anguix, provisor y vicario general de todo este obispado de Pamplona por el Ilustrísimo Señor Don Pedro Fernández Zorrilla, obispo del dicho obispado del Consejo de Su Magestad, a don Joan de Ureta, abad de Yrurçun, azemos saver que en el pleyto que ante nos se ha llevado y lleba a ynstancia de don Joan de Goldaraz, presbítero y vicario ynterinario del lugar de Villanueba y primiciero eclesiástico, contra don Miguel de Villanueba, vicario del dicho lugar, en raçón de la executoria, que pide de ducientos y nueve ducados y quarenta y seys tarjas, en que fue alcançado en las últimas quentas pronunciadas a los honce del año último pasado la declaración del tenor siguiente:
            En este negocio de don Joan de Goldaraz, presbítero del lugar de Villanueba contra don Miguel de Villanueba, vicario del dicho lugar y Olaçagutia su procurador, vistos los autos se manda sin perjuycio del estado de la causa y de las quentas que el dicho don Joan de Goldaraz dio en nombre del dicho vicario de Villanueba por ebitar nuledades, atendiendo a la enfermedad del dicho vicario, que el abad de Irurçun aconpañado con escrivano o notario reciba nuebas quentas al dicho

martes, 10 de diciembre de 2019

1692 Villanueva casa abacial y cementerio 1699 Villanueva caseta junto a la iglesia

1692 Villanueva casa abacial y cementerio
1699: Villanueva caseta junto a la iglesia

 

1692 Villanueva casa abacial y cementerio

            “Auto jurado sobre la casa de la vicaría de Villanueva y el zimiterio”
            “En el lugar de Villanueva a veinte y uno de diziembre de mil seiscientos novena y dos, ante mí, el escribano y testigos imfrascritos parecieron presentes Martín de Aranaz, maestro carpintero, residente en el lugar de Yabar, y Ignacio de Michelena, maestro cantero residente en el lugar de Zuazu y dijeron que a instancia de don Martín de Herice, vicario de la parroquial de este lugar an visto y reconocido con todo cuidado la casa de la vicaría del dicho lugar y a efecto de declarar las obras de que necesita para habitar en ella y mediante juramento, que prestó en manos de mi el dicho escribano, de que doy fee, el dicho Martín de Aranaz dijo y declaró que es necesario componer los tres suelos que tiene la dicha casa y que para ello son menester treinta maderos, que llaman solibos, aprobechándose algunos viejos y ducientas tablas o zerroles para los dichos suelos y siete puertas de las mismas tablas y mil clabos y además de ello es necesario hacerse una escalera desde lo alto de la casa asta la cavalleriza, que todo ello es preciso y necesario para estar habitable la dicha casa y costarán los dichos materiales con su acarreto y composición setenta y cinco ducados.