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lunes, 3 de agosto de 2015

Burunda 1831 - 1832 Ayuntamiento y medidas ante el cólera

Burunda: 1831
            “En el sitio y paraje de Bazarramendi del Valle de Burunda a 30 de septiembre de 1831... estando junto y congregados los vecinos de los seis lugares del mismo, en Ayuntamiento General, con arreglo a sus Fueros, Usos y Costumbre, en que se halla, se procedió al nombramiento de Alcalde, Teniente y Diputado General y Rexidores de los seis lugares, de que se compone este referido Valle, para tiempo de un año, y los que así han sido elegidos y nombrados son los siguientes:
Don Andrés Pozueta, Alcalde
Don Juan Thomás Aguirre, Teniente
Don Juan Miguel Urdiain, Diputado General, los tres vecinos del lugar de Ciordia.

Pedro Esteban López de Goicoechea y Francisco Aguirre, Rexidores del lugar de Ciordia.
Francisco Miguel López de Goicoechea y Miguel Ciordia, Rexidores del de Olazagutia.
Diego Francisco Lecea y Agustín de Goicoechea, Rexidores de Alsasua.
Juan Miguel Pérez de Andía y Lucas de Echeberría, Rexidores de el de Urdiain.
Juan José Miquélez de Mendiluce y Miguel Esteban Galarza, Rexidores del de Iturmendi.
Juaquín Isidro Anso y Francisco Esteban López de Zubiría, Rexidores del de Bacaicua.
            De cuyos individuos se debe componer el Ayuntamiento del Valle de Burunda, siendo como son personas de probidad y en quienes concurren las partes y circunstancias para obtener y exercer dichos empleos”. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Alsasua, Miguel Albizu, legajo 98 n.º 199)
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Burunda: 1832
“Cólera morbo asiático”
2 De mayo de 1832: “Auto otorgado por el Ayuntamiento del Valle de Burunda sobre que no se permitan vaguen los gitanos por los pueblos, ni tampoco los pobres, sino que cada lugar y pueblo mantenga los suyos”. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Alsasua, Miguel Albizu, legajo 99 n.º 96)
2 De mayo de 1832: Nombramiento de una Junta de Sanidad, “sobre que tenga cuidado en el caso de que se desarrolle la enfermedad del cólera morvo asiático, que a invadido la capital de Francia”. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Alsasua, Miguel Albizu, legajo 99 n.º 97)
23 De mayo de 1832: “Auto disponiendo las Lazaretos en este Valle para el caso de desarrollar la enfermedad epidémica o contagiosa del cólera-morbo”.
            “Un Lazareto en la Casa de Campo existente en la altura de monte denominado Ameztia, jurisdicción del lugar de Olazagutia, que distará cerca de una legua de Ciordia, Olazagutia y Alsasua, y servirá para estos tres pueblos y para los otros tres pueblos de Urdiain, Iturmendi y Bacaicua en la hermita de San Miguel de Sarabe”.
            Mandan que se limpien las calles, las aguas empantanadas, y que se extreme el cuidado en la carnicería. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Alsasua, Miguel Albizu, legajo 99 n.º 108)
Impreso sobre las condiciones de los Lazaretos:
“Consejo Supremo de Navarra. Sanidad
Instrucción