viernes, 19 de enero de 2018

1841 IRURZUN ECHEBERRI MUÑAGORRI 1846 FERRERÍA DE IRIZAR Y ARCELUS

1841 Irurzun Echeberri Muñagorri
1846 Ferrería de Irizar y Arcelus

José Antonio Muñagorri compra un terreno en las Dos Hermanas a Irurzun y Echeberri el 16 de junio de 1841:

            “Terreno en el paraje llamado Nobleta o Noala(1), contiguo a las peñas de las Dos Hermanas y el río, con derecho de hacer presa y las demás obras, que combinieren para fábricas, y conociendo el interés, que resultaría a los habitantes de los dos pueblos del establecimiento de fábricas...” (además se hallaban apremiados por las deudas) “debiendo entenderse que dicho terreno se extiende desde donde construyera la presa hasta los límites del camino de coches y dando principio por toda la orilla del ría hasta los mojones, que se hallaban fijados por la parte de abajo hacia el pueblo de Irurzun, sin que el resultante no pueda reclamar ahora ni en tiempo alguno goce de vecindad por razón de dicho terreno”.
            Genaro Sarrasín, de Irurzun, pagó a nombre de “José Antonio de Muñagorri, Caballero Comendador de la Real Orden Americana de Isabel la Católica, vecino de la villa de Tolosa”(2), 24 onzas de oro, por dicho terreno. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Villanueva, Pablo Cia, legajo 112 n.º 89)
(1) “Nobelaga” se cita el año 1771 junto al río y el camino real. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Lacunza, Juan José Bergera, legajo 1 n.º 39)
(2) Fue asesinado el 14 de octubre de 1841.


1846 Ferrería de Irizar y Arcelus

El 23 de marzo de 1846 se firma el “Auto de resolución otorgado por los lugares de Irurzun y Echeverri sobre la venta de un terreno para construir una fábrica”.
            “Propusieron que Don Juan Miguel Irizar y Don José Antonio de Arcelus, vecinos de lugar de Lecumberri y ciudad de San Sebastián, han solicitado a los constituyentes un terreno común de cabida de unas 20 robadas, poco más o menos, para construir una Fábrica de Fierro y otras obras, que tuviesen por conveniente, sito dicho terreno común en el paraje llamado Astigarria, junto a las Dos Hermanas. Acuerdan su venta y que se tase su valor por peritos. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Villanueva, Pablo Cia, legajo 117 n.º 42)
            Poder de la Comunidad del 1 de agosto de 1847 “para la construcción de algunas obras en los terrenos, que se han egecutado en las Dos Hermanas, jurisdicción del Valle de Araquil y pueblo de Irurzun por cuenta de José María Arcelus”. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Echarri Aranaz, Martín Francisco Saralegui, legajo 120 n.º 42)
            Irurzun y Echeberri el 16 de mayo de 1849 ajustan un préstamo de 3.200 reales vellón para 4 años a un interés del 6%, que reciben ambos pueblos de Miguel Oroquieta de Villanueva, “para atender a la construcción de un edificio, que ha de servir de habitación para el maestro de instrucción primaria y escuela de niños”. Miguel Oroquieta figura como labrador de Villanueva, pero actúa como prestamista por el valle. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Villanueva, Pablo Cia, legajo 120 n.º 89)
            El 5 de junio de 1849 acuerdan para la Ferrería la conducción de 15.000 cargas de carbón de Aralar, del paraje de “Albigoyena”; el dueño de la “Fábrica de las Dos Hermanas” es Juan Miguel Irizar, vecino de Pamplona, y su administrador Genaro Mendía. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Villanueva, Pablo Cia, legajo 121 n.º 98)
            Irurzun y Echeberri ajustan el 6 de julio de 1853 la venta hecha a la Ferrería; antes, el 23 de marzo de 1846 solicitaron a la Diputación permiso para vender un terreno común de los dos pueblos, “situado en el paraje llamado Astigardia, junto a las Dos Hermanas, pagando su importe a tasación de peritos con el objeto de construir una Fabrica de Fierro”; la Diputación autoriza “subasta pública” del mismo el 24 de marzo de 1846.
            Se situaba dicho terreno en el “paraje llamado Astigardia, junto a las Dos Hermanas, afrontado a montes, río principal y heredad de Don Martín Saralegui”; se lo venderían a “Juan Miguel Irizar y don José María Arcelus”. El predio tenía 14 robadas y su importe era de 32 onzas de oro; así es que ese año de 1846 ajustaron la venta con estas condiciones:
            “1.ª Que existiendo en el interior del terreno un camino, que dirige al castañal, los compradores aun cuando determinasen construir en él cualquiera edificio, no podrán embarazar su paso, pero si sucediese ocuparle, tendrán obligación de habrir a su costa por el extremo superior otro camino, de modo que siempre ha de permanecer espedito”.
            “2.ª Llegado el caso de construirse cualquier edificio en el indicado terreno, a excepción del que ocupe éste, con lo demás que necesite el edificio para el uso a que fuere destinado y la extensión de dos robadas, que podrán dedicarse para huerta, lo restante del terreno quedará desembarazado sin que los compradores puedan cerrarlo”.
            “3.ª Ínterin permanezca el terreno en el estado, que hoy se encuentra, podrán pacer en él libremente y disfrutar del pasto, que presten los árboles, los ganados de ambos pueblos, quedando la propiedad de los árboles existentes en el expresado terreno para los compradores”.
            “4.ª Si los compradores o sus sucesores determinasen construir presa para el uso de cualquier edificio, el Concejo de ambos pueblos deberá franquearles el terreno necesario sin retribución alguna para habrir el cauce por donde haya de dirigirse el agua a la fábrica”.
            “5.ª Al edificio o edificios que lleguen a construir en ese terreno los compradores no podrán agregarles el derecho de vecindad”.
            Este acuerdo lo hacen ahora oficial “en favor de los repetidos don José María Arcelus y Doña Josefa Azcue, viuda del referido don Juan Miguel Irizar. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Villanueva, Ignacio Cia, legajo 126 n.º 95)
            Sobre las 14 de antes, el 6 de julio de 1853 les venden robada y media más “en el paraje llamado Astigardia, junto a las Dos Hermanas, afrontado a monte, río principal y heredad de don Martín Saralegui, en favor de don José María Arcelus y doña Josefa Azcue, viuda de don Juan Miguel Irizar... existiendo a la inmediación del citado terreno otro de cabida de robada y media, que afronta al mismo terreno adquirido, heredad del referido don Martín Saralegui y a otro de la casa de Pascualena del indicado lugar de Echaverri”; vale 3 onzas de otro. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Villanueva, Ignacio Cia, legajo 126 n.º 96)
            El 8 de abril de 1856 en Pamplona se procede a la “protocolización de un poder especial para pleitos del Sr. D. Eleuterio Irizar, vecino de Cienfuegos, Isla de Cuba, en favor de D. Genaro Mendía de esta ciudad”. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Pamplona, Leandro Nagore, legajo 2078(?) n.º 62)
El 30 de julio de 1856 se cita la “Fábrica de Fierro de San Miguel, situada en jurisdicción del lugar de Arruiz... (y a los ) señores Irazusta y Yeregui, dueños propietarios de esa Fábrica de San Miguel”, que compran en Iribas 6.000 cargas de carbón. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Villanueva, Ignacio Cia, legajo 130 n.º 161)
            La “Sociedad titulada «Viuda de Irizar y Compañía»”, tiene comprado carbón el 20 de abril de 1857 en dos parajes del Realengo de Aralar, denominados “Belaztan y Egurlaz”. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Villanueva, Ignacio Cia, legajo 131 n.º 81)
            Se construirá en Latasa un puente según escritura del 22 de marzo de 1858: “Obligación mancomunada para la construcción de un puente de nueva planta y otras obras a la inmediación de la Fábrica de Cobre y Fierro, situado en la jurisdicción del lugar de Latasa. Lo pagará “María Ana Arroqui, viuda y propietaria de dicha fábrica”.
El 23 de septiembre de 1858 se escritura el: “Arriendo para tiempo de 9 años de ambas fábricas de cobre y hierro otorgado por Doña María Ana Arroqui, viuda de Guibert, propietaria de dichas fábricas, residente en ellas, en favor de la sociedad titulada Viuda de Irizar y Compañía”. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Villanueva, Ignacio Cia, legajo 132 n.º 61 y 117)
            Cuatro mil cargas de carbón se conducirán, según acuerdo del 27 de marzo de 1862, desde Urdanoz hasta Ilzarbe, para seguir hasta la “Ferrería de las Dos Hermanas”, propiedad de la “Viuda de Irizar y Compañía”, cuyo representante es Genaro Mendía. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Villanueva, Ignacio Cia, legajo 140 n.º 83)
            Genaro Mendía el 5 de noviembre de 1862 seguía de administrador de la fábrica y era “apoderado de Don Pedro Eleuterio Irizar, propietario y alcalde ordinario de segunda denominación de la villa de Cienfuegos en la Isla de Cuba, según lo hace constar con un tanto del que le confirió el día 15 de febrero de 1858 por testimonio del escribano Don Cipriano Villafuente”. Dice que a “Don Pedro Eleuterio Irizar le corresponden en la villa de Legazpea el vínculo, casa solar de Lecuona y sus pertenecidos... y es el caso de habérsele intimado orden de que la empresa de la Vía Férrea del Norte, que cruza por dichos límites, trata de apropiarse de parte de los mencionados terrenos”; nombra a su hermano Bernardo Mendía, de Villarreal, para que gestione sus derechos. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Villanueva, Ignacio Cia, legajo 141 n.º 224)
            Poderes dados por Genaro Mendía:
            “Poder para pleitos a favor de D. Julián Sánchez, procurador de Medina del Campo”, del 27 de mayo de 1867. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Pamplona, Leandro Nagore, 1867, número 165)
“Poder para pleitos a favor de D. Benito de Pablo y Martín, procurador del juzgado de Toledo”, dado el 8 de octubre de 1867. (Ídem N.º 285)
            “Poder para representarlo en la Junta de Acreedores de don Nazario Echanobe como apoderado de los Señores Irizar y Compañía a favor de don Cipriano Guinea de Vitoria”, del 20 de enero de 1868. (Ídem 1868, n.º 16)
            “Carta de pago y subrogación de un crédito importante 867 reales 25 céntimos a favor de Don Santiago Dulac”, del 4 de julio de 1868. (Ídem n.º 221)
            “Poder para el cobro de 2.129 reales 75 céntimos a favor de D. Manuel Salcedo, procurador de los Tribunales de Madrid”, dado el 13 de julio de 1868. (Ídem n.º 225)
            “Poder para la... de una finca urbana a favor de D. José María Aramburu”, firmado el 16 de diciembre de 1869. (Ídem 1869, n.º 338)
            Poder para cobrar cantidades a favor de Francisco Salcedo, dado el 30 de mayo de 1870. (Ídem 1870, n.º 164)
            “Poder para pleitos a favor de Tiburcio García y su hijo D. Pablo”, del 27 de julio de 1871. (Ídem 1871, n.º 161)
            “Poder para negocios y asuntos judiciales otorgado a favor de D. Pablo García”, firmado el 29 de octubre de 1876. (Ídem 1876, n.º 405)

            “Ferrería de las Dos Hermanas”: el 28 de mayo de 1869 al hallarse enfermo hace testamento Victorio Antonio Irizar y Azcue (de 20 años), hijo de Juan Miguel Irizar y Josefa Azcue; tenía una hermana a la que nombra heredera: Epifanía Ciriaca Irizar Azcue; manda que si muere sea enterrado en el cementerio de la iglesia parroquial de Zumárraga. El administrador de todo es su primo Genaro Mendia y Goenaga. A la muerte de sus padres había sido Genaro nombrado tutor en la escribanía de Leandro Nagore, donde consta el oportuno expediente e inventario de existencias, ocurrido el año 1856. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Villanueva, Ignacio Cia, legajo 153 n.º 194)

            Genaro Mendia Goenaga, vecino de Zumárraga, escritura el 2 de enero de 1880 la venta de una casa, número 2 de la calle San Ignacio en Pamplona, por 15.300 duros, pagados al contado, a favor de Martín Plaza Garaicoechea, el comprador, vecino de Lecaroz; medía 237 metros cuadrados y tenía 4 pisos; le venía por herencia de Doña Epifanía Ciriaca de Irizar y Azcue de Zumarraga, en su testamento del 4 de julio de 1871 ante el notario Miguel de Izaguirre. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Pamplona, Leandro Nagore, 1880, legajo 2114, número 3)... PDF

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