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domingo, 24 de septiembre de 2017

1808 Irurzun Araquil cuentas de la Guerra de la Independencia

1808 Irurzun Araquil cuentas de la Guerra de la Independencia
“El Valle de Araquil contra Huarte Araquil sobre paga de 7.685 reales vellón de alcance de cuentas de suministros de la Guerra de la Independencia”.
El 14 de febrero de 1824 se dicta una orden de embargo contra Huarte Araquil, pues había sido condenada la villa al pago de 7.685 reales y 8 maravedíes, a los que había que añadir las costas, que ascendían a 147 tarjas y 10 cornados.
El día 21 del mismo fue notificada la ejecución de esta deuda al Alcalde Miguel Esteban de Huarte y a los Regidores, Francisco Ansa, y Joaquín y Martín Irañeta; no se anota el nombre del otro Regidor de los cuatro, de que se rige la gestión municipal.
Huarte Araquil presenta alegaciones contra esta ejecutoria ante la Real Corte el 28 de febrero de 1824, diciendo entre otras cosas:
“2.º Ítem que en el año 1808 se formó una Comunidad o Sociedad compuesta de los valles de Araquil, Ergoyena, lugar de Lizarragabengoa, villas de Echarri Aranaz, Arbizu, Lacunza, Arruazu, Irañeta y Huarte Araquil, para atender al suministro de raciones y demás servicios de las tropas

jueves, 29 de septiembre de 2016

1811 Araquil gastos con los franceses

1821 Araquil gastos con los franceses
Santiago Lara, vecino de Pamplona, reclama 5.139 reales y 31 maravedíes al Valle de Araquil.
Para el litigio presenta el Valle este poder notarial de 1815:
            “En el lugar de Eguiarreta, Valle de Araquil, a veinte y seis de junio de mil ochocientos y quince; ante mi, el escribano real y testigos infraescritos, estando presentes los Señores:
Fermín Juaquín Yarza, Alcalde,
Francisco Antonio Urriza, Regidor del lugar de Murguindueta,
Pedro Miguel Zubiría, Rexidor de el de Yabar,
Joseph Juaquín de Echarri de el de Villanueva,
Martín Joseph de Ongay de el de Satrustegui,
Juan Antonio de Osaquar de el de Zuazu,
Pedro Miguel de Mendinueta de el de Ecay,
Juan Manuel de Garayoa de el de Echarren,
Juan Martín Sarasa de el de Urrizola,
Gerónimo de Aldaz de el de Erroz,
Pedro Joseph Lizasuain de el de Izurdiaga,
Juan Bautista Guerendiain de el de Aizcorbe,
Juan Estevan de Guerendiain de el de Irurzun,
Martín Joseph de Irurzun de el de Echeverri, y
Miguel Antonio Nuin de este de Eguiarreta,

martes, 26 de enero de 2016

Soldados: 1803: a las Armas los vagos y mal entretenidos

Contenido
  • Soldados: 1803: “Representación de la Diputación del Reino a S. M. para que suspenda en Navarra la ejecución de la Real Orden, que mandaba que este Reino y las Provincias Vascongadas aprontasen 2.000 hombres para el reemplazo del ejército. Quejábase también la Diputación del modo con que Don Juan Ángel Morales, Alcalde de Corte, ejecutaba la Orden de levas.”
  • Año: 1804: “Real orden a virtud de queja de la Diputación del Reino, para que ésta, dentro de un breve término, presentase las justificaciones de la queja dada contra el Alcalde de Corte Don Juan Ángel Morales por los excesos, que cometió en la ejecución de la leva, y apronto de mozos para el reemplazo del ejército.”
  • Año: 1805:  “Representación de la Diputación del Reino al Rei, hecha de acuerdo y consiguiente a las conferencias tenidas con Don Eugenio Izquierdo, acerca del cumplimiento de la Real Orden de 9 de septiembre. En ella se proponen diferentes variaciones accidentales de la Ley del Servicio, propuestas por las Cortes de Olite”.
  • Año: 1806: “Extracto de las Leyes y Reales Cédulas, en que se demuestran los verdaderos principios, por donde deven conducirse los informantes para una justa regulación de los comprendidos en las providencias de leva”.
  • Año: 1806: “Contestaciones entre el Virrey, la Diputación y el Tribunal de Corte acerca de la forma de realizar la leva de gente vaga, como uno de los medios acordados por dicha Diputación para llenar el servicio de los 1.498 hombres del reemplazo del ejército”.
  • Año: 1807: “3 De marzo de 1807. Reparto de los 1.498 hombres distribuidos a este Reyno para completar el Exército”
  • Año: 1807: “Pamplona 16 de diciembre de 1807. Servicio de Gente. Razón que ha pasado el Alcayde Interino de las Cárceles Reales, Domingo Sanz de Urreta, de todos los sujetos entregados por él para el Servicio de Gente.

 

Soldados: 1803: “Representación de la Diputación del Reino a S. M. para que suspenda en Navarra la ejecución de la Real Orden, que mandaba que este Reino y las Provincias Vascongadas aprontasen 2.000 hombres para el reemplazo del ejército. Quejábase también la Diputación del modo con que Don Juan Ángel Morales, Alcalde de Corte, ejecutaba la Orden de levas.”

                “Señor. La Diputación de este Reyno de Navarra, A. L. R. P. de V. M. expone que por Don José Antonio Cavallero, Secretario Interino del Despacho Universal de la Guerra, Ministro de Gracia y Justicia, se le ha comunicado en pliego de 4 del corriente la Real resolución, que se ha servido dictar V. M. para el reemplazo del exército, mandando que este Reyno, junto con las Provincias de Álaba, Guipúzcoa y Vizcaya, y por los medios que mejor les adapte, apronten en el término de un mes el número de dos mil hombres, que es el que les cabe, según los últimos Reglamentos.

miércoles, 9 de diciembre de 2015

Berriozar: 1809: asaltantes ahorcados

Berriozar: 1809
“Proceso del Señor Fiscal contra Joaquín Balcarlos, Sebastián de Ayerra y consortes sobre el robo executado en el Camino Real de la Provincia junto al lugar de Berriozar a unos montañeses”.
            Hacia las 4 de la tarde el 13 de julio de 1809 se produce un atraco contra 4 personas; fueron detenidos dos de ellos y cerca encontraron una pistola y tres puñales.
            Simón Antonio del Cano, vecino de Berriozar, de 50 años dice que cerca de las cuatro se encontraba merendando en una pieza suya, en la que escardaba maíz con Manuela Orzaiz (su mujer de 46 años) y su hijo, Francisco Elcano de 14 años, cuando “vio que de el camino llamado Zarra, que quiere decir viejo, salieron quatro hombres, que no se hizo cargo de la disposición, carácter ni vestuario”; dieron el golpe y los ladrones se fueron en dirección al alto de Santa Lucía. Por allí pasaron unos pastores, y se inició la persecución, en la que colaboraron las personas, que trabajaban en el campo.
            El asalto se llevó a cabo junto al Mojón de la Media Legua.
            José Vicondo, de Berriozar, de 43 años, trabajaba en su pieza, escardando maíz con Martín José Viguria, Martín José Azcona, Francisco Gurbindo, José Gurbindo y otro llamado

miércoles, 19 de agosto de 2015

Burunda 1811 precios y economía en crisis

Burunda: 1811
Precios y economía en crisis
21 De agosto de 1811
“Auto otorgado por el Valle de Burunda sobre las raciones contribuidas a los destacamentos franceses sin bones”.
            “En el paraje de Bazarramendi, donde se acostumbran hacer las combocatorias de este Valle de Burunda, a veinte y uno de Agosto de mil ochocientos y once:
            Por testimonio de mi, el escribano real y testigos infrascritos, comparecieron personalmente los Rexidores de los seis lugares de este Valle de Burunda, que nombradamente son Juan Thomás de Aguirre y Francisco Miguel Ochoa de Zubiría, Rexidores del lugar de Ciordia; por el de Olazagutia Juan Francisco Galvete y Juan Francisco Gainza sus Rexidores; por el Alsasua Martín Miguel de Goicoechea y Gabriel de Celaia, sus Rexidores; por el de Urdiain Francisco Miguel de Goicoechea y Echeverría y Juan Pedro Martínez de Goicoechea sus Rexidores; por el de Iturmendi Andrés de Ulaiar y Lázaro de Olasagarre sus Rexidores; y por el de Bacaicua Francisco Antonio Zubiría y Juaquín Goicoechea sus Rexidores, quienes componen el Ayuntamiento de este dicho

sábado, 15 de noviembre de 2014

Bacaicoa 1809 clasificación para el servicio de bagajes

Bacaicoa: 1809
“Bacaicua octubre 31 de 1809. Reglamento de Clases sobre la contribución de bagages hecho por la Junta de Bacaicua.”
Circular:
            “La Junta de Bagages ve con el mayor dolor la desigualdad con que recaen éstos sobre el infeliz labrador, haciéndole insoportable su peso enorme por razón del modo, y ve también las funestas conseqüencias que esto ocasiona a la Agricultura: conociendo por otra parte la precisión de no faltar a ellos por las conseqüencias inherentes a la falta, juzga de toda necesidad el entablamiento por regla general del

martes, 17 de junio de 2014

Etxarri Aranatz 1831-1850

  • En enero del año 1831 era alcalde Manuel Gayarre
  • 1832: Sobre los suministros hechos en la Guerra de la Independencia.
  • 7 De diciembre de 1833
    • José María de Orbe y Elío (Irún 6-IX-1766–Burdeos 21-VII-1850), tercer marqués de Valde-Espina, El Manchuelo de Ermua, nombró general en jefe a Zumalacarregui el 7 de diciembre de 1833 en Etxarri Aranaz.
  • 12 De enero de 1834
    • Zumalacárregui le escribía a la Junta de Gobierno de Navarra
    • Tras el grave incidente de Belate del 11 de marzo de 1835 escribe B. Jarnes que a Espoz y Mina,
  • La Desamortización se concretó por los Decretos de Mendizábal de 16 y 19 de febrero y de 8 de marzo de 1836
  • El 24 de noviembre de 1836 se dirigió a la Junta Carlista de Estella una vecina de Etxarri, sobre el embargo de su yerno, que escapando de los carlistas se había ido a Pamplona
    • Expediente de José María Bazterrica Telechea durante la guerra carlista.
    • Solicitud de José María Bazterrica del 2 abril de 1835, con nota al margen y firma de Zumalacárregui
    • Escrito dirigido a la Diputación del Reino, en el sector carlista.
  • Acto de apercibimiento hecho por el alcalde constitucional de la villa contra Gregorio Bacaicoa y otros mozos solteros el 31 de diciembre de 1841 ante el escribano Martín Francisco Saralegui:
  • El 16 de febrero de 1845 por escritura notarial se hizo el nombramiento del vicario de la iglesia parroquial por la villa y sus vecinos a favor de D. Celestino Arbizu, presbítero que hacía de vicario interino.
  • Presupuesto y plano para la construcción de la Casa Consistorial, que no llevó a cabo.
  • Equivalencias entre las pesas y medidas
    • Por ley de 19 de julio de 1849 se mandó adoptar el sistema decimal de medidas y pesas

martes, 21 de enero de 2014

Urdiain: 1809; contribución a las tropas francesas

“Reglamento de Clases sobre la contribución de bagages hecho por la Junta de Urdiain.”
“En el lugar de Urdiain a veinte y nuebe de octubre de mil ochocientos y nuebe, Félix de Gainza, Alcalde de este Valle de Burunda, por testimonio de mi el escribano real infrascrito, hizo relación que en consequencia de la orden dirigida por la Junta de Bagages en veinte y seis de mayor próximo pasado del presente año, y demás órdenes expedidas en el particular para formalizar el reglamento sobre el modo en que se debe contribuir a los que se emplean en el Servicio de Bagages, arreglando las Clases, que tengan por conducentes, y según la razón dada por la Junta establecida por este pueblo es en la conformidad siguiente.
1.ª Clase de vecinos, habitantes y moradores que son los especificados en seguida cupo por su quádruplo la cantidad combiene a saver

lunes, 1 de julio de 2013

Alsasua: 1815: difícil situación tras la guerra. Goicoechea y López de Zubiría se quejan



Alsasua: 1815: Cristóbal Goicoechea y Fernando López de Zubiría los más pudientes.

En noviembre de 1815 Fernando López de Zubiría, Francisco Antonio Galbete y Cristóbal Goicoechea, vecinos de Alsasua, se quejan del reparto hecho para el pago de los atrasos de la Guerra de la Independencia.
El 14 del mismo contesta el pueblo ante la deuda que se había acumulado: 106.707 reales y 33 maravedíes, más otras cantidades; de cerca de 200 yuntas, solo habían quedado una docena:
            “Joaquín de Barricarte, procurador del lugar de Alsasua, su Concejo y Regidores, como de derecho mejor proceda e informando sobre la solicitud hecha en vuestra Corte por Fernando López de Zubiría, Francisco Antonio Galbete y Cristóbal Goycoechea, vecinos del mismo lugar, digo que aunque los actuales Regidores entraron a servir sus cargos después de San Miguel de septiembre último, por cuya razón no se hallan enterados como tales de la disposición y acuerdo que se tomó por el pueblo sobre el particular de que se trata, no obstante con el auxilio de luces del mismo pueblo y de sus vecinos, deben hacer presente a la superior justificación del Tribunal, que sobre haber sido distinguido este pueblo en los rigores y perjuicios causados en la última Guerra de este Reyno, experimentó también los gastos de la más importante consideración.
Su principal origen tuvieron en el seis de noviembre de 1808, en que designaron los enemigos por punto de etapa y mansión, estableciendo en seguida una guarnición de fuerza armada bastante respetable, que se mantuvo por tiempo de un año, poco más o menos, haciendo que la mantuviesen, así mismo que las tropas que transitaban por él en unión con los otros cinco pueblos del Valle, sin que otro pueblo, ni Comunidad ayudase a llevar tan grabe peso; y sin perjuicio del servicio de bagajes que desde aquel estremo del Reyno se dieron para todas partes, y hasta el punto de Zaragoza infinitas veces, en cuya larga carrera no hay que adbertir las muchas yuntas que habían de perecer, o salir muy perjudicadas....


          ...  El pueblo de Alsasua pide que ambos paguen en la proporción, que se les ha asignado: habían dispuesto 1.856 clases los aproximadamente 200 vecinos que tenía Alsausa el año 1813, y que por tanto estos dos disconformes vendrían a pagar como 5 vecinos; Francisco Antonio Galbete se apartó de la reclamación:
Fernando López de Zubiría = 46 clases
Cristóbal Goicoechea = 66 clases.
            Estas vienen a ser las aclaraciones que Alsasua presenta:
Reconocen el esfuerzo de López de Zubiría por el pueblo y el Valle: “pero desde que fue Alcalde se separó enteramente de las Juntas, que hacía el pueblo para tomar sus disposiciones de gobierno, y Goicoechea nunca ha asistido a ellas. Aquel ha tenido algunas desgracias y ha padecido durante la Guerra sus trabajos; pero éste nunca ha tenido un comercio más activo y lo menos será lo que le han producido sus botigas abiertas, una en el lugar de Alsasua y otra en la villa de Ataun, porque ha tenido expediciones directas a Londres, Bristol y otras partes.”
Aluden al acuerdo de los 200 vecinos, que quieren invalidar y entonces habían de discurrir una solución:
 “y para tan justas consideraciones se conbino en aquel medio, el qual no conviene anularlo ínterin las contrarias no facilitan otro mejor; porque entonces sería un monstruosos desorden terrible en sus efectos. Finalmente si las contrarias conocen como conoce también el lugar que en el sistema de contribuciones de la última Guerra ha sido gravado este por el Valle, procuren el medio de indemnizarlo, pero a su pretesto no combiene que se imbalide la resolución general del pueblo; de un pueblo que su voto es la Ley, no chocando con las municipales o con las costumbres buenas, porque en la administración de sus ramos no está sujeto a dar cuentas a vuestro Supremo Consejo; y por eso están más ligados las contrarias a pasar por él, y a que no pueden tachar el destino de sus arbitrios mayormente quando es por un fin tan bueno, como es el de redimir en sus necesidades a los infelices que han alargado sus recursos con más abundancia, que aquellos; y por todo esto deseara el lugar que se diese un método mejor y más acertado; pero entre tanto entiende que no se deve dar lugar a las ideas arbitrarias de las contrarias de eludir su solución, sino que la verifiquen y cumplan, dejándoles para después si fuese menester lugar a quantas reclamaciones quieran, y si con ellas descubriesen un medio más importante que juntamente que sus alegados perjuicios, sea capaz de indemnizar también los de sus combecinos, y estos se darán por muy servidos y no sabrán como tributarles las gracias al ver que con sus superiores luces, suspendiendo por un momento el afán de sus negocios mercantiles, se dedican a proporcionar el bien general, quietud y pacificación del pueblo.
A todo lo qual y demás favorable a V. M. suplico mande sin embargo del citado escrito contrario y pedimiento en él comprenso, declarando no haver lugar a éste, y haciendo auto de las escrituras que presento, proveer como lo tengo suplicado que así es conforme a derecho y justicia que pido y costas. Licenciado Lecea.” (Así lo firma el 5 de junio de 1816. Folio 19)
           
            Cristóbal Goicoechea contesta que el tercero no se ha apartado de la protesta, y que otros la harían también, si no fuera por el miedo a ser insultados. Dice al respecto que él tuvo que retirarse a Ataun ante la invasión de los franceses con algunos géneros; y que a esto no se puede llamar Botiga: reconoce que con otros socios envió lanas a Inglaterra: “que llegaron a venderse, también es verdad que en retorno se perdió el barco con todos los géneros, su tripulación y dos socios, cuyo acontecimiento le obligó a enbiar a su hijo al descubrimiento del estado de la negociación, gastando crecidas sumas, que produgeron las más considerables pérdidas.” Pide que se efectúe una revisión del catastro, con lo que termina el papeleo sobre el pleito. 



martes, 25 de junio de 2013

Azagra: desventuras de José Mazquiarán de 1811 a 1816: REPROGRAFÍAS



Azagra: 1811: es acusado José Mazquiaran y Ursua de la muerte de Saturnino Berisa e Íñigo.
Transcripción del Proceso .
Firmas.






Azagra: desventuras de José Mazquiarán de 1811 a 1816



Azagra: 1811: es acusado José Mazquiaran y Ursua de la muerte de Saturnino Berisa e Íñigo.

A José Mazquiaran y Ursua, natural de Azagra, hijo de Carlos Mazquiaran y Gregoria Ursua, “de 17 años cumplidos, rostro bastante negro y abultado de cara, estatura dos varas una pulgada, quadrado, vestido de pardo, con montera, ojos negros, pelo ídem y corto”, se le acusa de la muerte violenta de Saturnino Berisa, mozo soltero ocurrida la noche del 26 de febrero del año 1811.
Habían andado esa tarde, “como tercero de carnestolendas”, “día último de carnestolendas”, con mucha gente por el pueblo “recogiendo ensainadas, y se acompañaban con música”.
Los cirujanos declararon encontrarle al muerto “una herida hecha con instrumento punzante y cortante, en la parte media externa del cuello del lado derecho, extensión o magnitud de dos dedos al través e inspeccionada la parte han encontrado erida la arteria carótida externa y la traquia arteria o conducto de los pulmones, cuya herida es de necesidad mortal”.
Fue enterrado en la parroquia “sepultura N.º 72 al entrar en la capilla de San Gregorio”.
Los testigos repetían que, estando en la puerta de la Taberna, “dijo el referido Sebastián Navarro y Allo, que aunque estaba solo no tenía miedo a ninguno, y a las resultas el difunto le pegó un bofetón y lo tiró al suelo”, y entraron en la Taberna a por una pinta de vino; fue en ese momento cuando apareció herido Saturnino Berisa.
Pedro Allo, de 28 años, que se acercó al grupo, decía: “oyó el testigo pegar un golpe y el testigo dijo para sí: Qué pastrón tan bien asentado; y vio que a él uyó un sujeto en mangas de camisa... y con la chupa al hombro”, sin percatarse de si “abia en el corro más gente.”
Bernarda Ursua, mujer de José Medrano, de 30 años, salía de casa cuando vio correr a José Mazquiarán, y oyó gritar a Julián Salvador y Martínez, de 18 años: “A caray, qué acción tan arrastrada has hecho”.
Se dice que corría uno “en mangas de camisa con la chupa al hombro y la toca puesta”, o “en mangas de camisa con la chupa al hombro y montera”; es decir toca o montera en general de paño para cubrir la cabeza.
“El día 4 del corriente (marzo de 1811) llegó a esta villa un esquadrón de tropa francesa y por abersen llevado en el de ayer, cinco, a Don Pedro Pardo teniente alcalde” se queda suspendida la investigación. El alcalde era Juan Fernández Manzanos, que llevaba ausente del pueblo varios días.....