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domingo, 13 de enero de 2013

Ziordia: 1763, parentesco de los Urdiain con el Palacio de Cabo de Armería de Azcona


“Auto de confesión y reconocimiento de parentesco otorgado por Don Xabier, Don Francisco y Don Pedro Gerónimo de Azcona, hijos lexítimos y dueños propietarios del Palacio de Cavo de Armería del lugar de Azcona, en favor de Juan de Urdiain, vecino del lugar de Ciordia en el Valle de Burunda.”
“En el lugar de Azcona del Valle de Yerri a treinta de agosto de mil setecientos sesenta y tres, por testimonio de mi el escribano real infrascrito y ante los testigos que avajo serán nombrados, parecieron presentes los Señores Don Xabier de Azcona, presbítero, y Don Francisco de Azcona, hermanos, éste último dueño del Palacio de Cavo de Armería de este lugar, y Don Pedro Gerónimo de Azcona, hixo primogénito del dicho Don Francisco, los tres naturales y vecinos de este lugar, hijos lexítimos del mismo Palacio:
Y propusieron que Don Miguel de Azcona, segundo abuelo de dichos Don Xabier y Don Francisco, Señor y Dueño propietario del referido Palacio por auto que otorgó en quince de julio de mil seiscientos treinta y seis ante Juan Antonio de Segura, escribano real, expresó hera justo que los parientes y descendientes lexítimos de dicho Palacio gozasen de la Nobleza perteneciente a los dueños de él, y que entre otros vecinos de este dicho lugar reconocía por parientes verdaderos descendientes de su citado Palacio al Licenciado Don Miguel y Bertol de Urdiain, hermanos, el primero Abad que fue de la parroquial de este lugar y Capellán de la Capellanía fundada por Don Gracián de Azcona, dueño que fue del mismo Palacio, autor de los señores otorgantes, gozó aquella haviéndole nombrado dicho Don Miguel de Azcona, al relacionado Don Miguel de Urdiain, como a su pariente más cercano, y que lo referido le constava por los instrumentos auténticos de la genealogía del espresado Palacio, que los tenía vistos y que por dicha razón los reconocía por parientes suios a los enunciados Don Miguel y Bertol de Urdiain, y por consiguiente les correspondía a los susodichos gozar y usar de las Armas del dicho Palacio de Cavo de Armería, que son unas calderas, atravesadas tres barras negras en campo de oro, llevando a los remates de las asas a cada caveza de serpiente, y que todo ello únicamente declaraba de su mera voluntad, movido de su conciencia y celo christiano, y que la gente principal y deudos descendientes lexítimos de su Palacio fuesen distinguidos y conocidos por tales, sin que tubiesen motibo ni causa para lo contrario, como resulta lo que queda expuesto delSIGUE EN PDF

sábado, 12 de noviembre de 2011

Ordenanzas de la Hermandad del Reino hechas el 19 de diciembre del año 1473.

Ordenanzas de la Hermandad del Reino hechas el 19 de diciembre del año 1473.

La Hermandad General del Reino de Navarra tenía por objeto ayudar a mantener la paz y la justicia; aunque variaron las formas de organización, su esquema se mantuvo en parecidos términos, y así se aprecia en estas ordenanzas, que aprobadas por los Tres Estados son confirmadas por Leonor; había nacido ésta el año 1426 de Juan II y de Blanca de Navarra; el año 1441 se casó con Gastón, vizconde de Castelbón y futuro IV conde de Foix; a la muerte de Juan II (19 de enero de 1479) recibió Leonor el juramento de las Cortes el 28 de enero de 1479, pero falleció a los pocos días en Tudela, el 12 de febrero.

“Capítulos de la Sancta Hermandad.
En el nombre de nuestro Dios de quien todos los bienes proceden y de la gloriosa virgen María su madre, en la villa de Olit por la Illustrísima Señora Princesa Doña Leonor por la gracia de Dios Princesa primogénita de Navarra, infanta de Aragón e de Cicilia, condessa de Fox e de Bigorra, Sennyora de Bearne, lugarteniente general por el muy alto e poderoso Rey su padre, nuestros Sennyores:
Presentes los Tres Estados del Regno y especialmente con voluntad de acuerdo e consentimiento expreso de los Braços Millitar y de las Universidades y con auctoridad y mandamiento, decreto e poder de Su Alteza,
Por buenos e justos respectos e consideraciones al servicio suyo, conservación, benefficio, utilidad de la cosa pública deste dicho Regno, fue dispuesto e hordenado, que fuese asentada e firmada Hermandat General, porque mediante aquella fuese mejor e más prestament executada la Justicia en fabor y patrocinio de la qual fue hordenado el minitado quel poder, fuerça e jurisdicción dada e conferida a la dicha Hermandat se haya de stender y se estienda tan solamente a las cosas, crimines y delitos infrascriptos e contra aquellos que havrán cometido e perpetrado alguno o algunos dellos e sea executado, la dicha Hermandat en la forma y manera de los capítulos infrascritos hordenada e contenida: sigue en pdf