lunes, 18 de marzo de 2013

Olazagutia: 1596: muere apuñalado el escultor Miguel Elizalde


El miércoles 25 de septiembre del año 1596 al anochecer es encontrado muerto “en la riba de la cequia que pasa por junto al granero de Don Antonio de Góngora... con sus vestidos ordinarios y el capotillo de dos aldas de paño verde y sus greguescos de burel y su sombrero al lado, y era negro, y estaba pasado con una estocada.”
Tenía un hermano en Logroño, Esteban Elizalde. Con su muerte quedaba viuda Marina Ortiz, y dejaba 4 hijos: “tenía oficio de escultor y que hazía imágenes y ganaba cada día más de un ducado, porque era muy buen oficial y de los buenos de este Reyno.”
Estos y otros detalles se leen en la queja, que se presenta sobre el suceso ante la Corte Mayor:
“Petición de quexa sobre muerte alevosa de Marina Ortiz, viuda por sí y sus hijos y de Esteban de Eliçalde, hermano del defuncto, vecinos de Olaçagutia, contra Miguel y Jorge de Urdiain, y consortes nombrados en la quexa, vezinos de Olaçagutia y otros pueblos. Suplican a V. Mag. provea de Alcalde de Corte o letrado por ser negocio de muerte tan alevosa y de tantos delinquentes, y siendo Regidor el muerto, y no entiendan el alguacil Jáuregui y el escribano que lleva, que son amigos de los acusados y pide justicia.”
“Marina Ortiz, viuda de Miguel de Eliçalde defuncto, vezina de Olaçagutia, en su nombre y de sus hijos, que son quatro, y Esteban de Eliçalde, vezino de Logroño, hermano del defuncto, quexan criminalmente de Juanes de Albiçu, padre e hijo, vezinos de Olaçagutia y Miguel de Aguirre, vezino de Ciordia, Antón López, vezino de Iturmendi, Miguel López de Goicoechea, vecino del dicho lugar de Olaçagutia, y Diego Ruiz de Guinez, vezino de Ciordia, Miguel de Urdiain, vecino también del dicho lugar de Olaçagutia, y Jorge de Urdiain su hijo, y los demás que se allaren culpados conforme a lo seguiente que presentan y probar entiende:
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Le habían matado hacia las siete de la tarde, y alrededor de la 12 de la noche apareció el Alcalde del Valle y empezó a tomar declaraciones.
Miguel López de Goicoechea, Jurado de Olazagutia, de 50 años, “dixo que estando este testigo descargando un carro de mixo de valagos (1) llegó a sus puertas el dicho Miguel de Eliçalde con una espada en las manos, y le dixo le hiciera compañía a casa de Miguel de Hurdiain, porque el macho, que suyo tenía en casa, le havían quitado a su hija yéndole de dar de beber y quería ver si allí habían entrado, e ydos allaron que estaban en el mimbral de las puertas de su casa el dicho Miguel de Hurdiain y Jorge su hijo, y dixeron: las buenas noches les de Dios; respondieron: vengáis nora buena; y con esto el dicho Eliçalde les dixo que habían de mirar la casa por si estava el macho allí y respondieron entrasen y mirasen, si allí estaba el dicho macho, y a esto este testigo vio que el dicho macho andaba paciendo tras la casa de Don Antonio de Góngora, Señor de Góngora, y de Antón Barrena, y dexando al dicho Eliçalde con los dichos padre e hijo fui al dicho macho, llamándole al dicho Eliçalde le siguiese, y como el dicho Eliçalde 
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Sentencia de la Real Corte del 20 de octubre de 1598.
“En la causa criminal que es y pende ante nos y los Alcaldes de nuestra Corte Mayor entre partes nuestro Fiscal y María Ortiz, viuda de Miguel de Eliçalde defunto, o Pedro Ferrer su procurador, acusante y demandantes de la una parte, y Miguel López de Goicoechea, vezino del lugar de Olazagutia, y Miguel de Urdiain y Celaya, y Juan de Albiçu mayor, vezinos del dicho lugar, o Juan Pérez de Dindart, su procurador, acusados y reacusantes de la otra parte, sobre que los acusa haber dado favor y ayuda a Jorge de Urdiain, dicho Celaya, para que matase a Miguel de Eliçalde, marido de la dicha María Hortiz, pido sean condenados en penas criminales y en los daños que la dicha María Ortiz a tenido por razón de la dicha muerte, por ser de hedad de quarenta años y muy buen oficial escultor que ganaba un ducado cada día, y sobre que los acusados le reacusan a la dicha María Ortiz por la caluniosa acusación que les a puesto y piden les pague los daños y costas y sobre otras cosas en el proceso desta causa contenidas:
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