lunes, 21 de marzo de 2022

1736 Iturmendi arrieros

 1736 Iturmendi arrieros

            “Proceso de Miguel y Diego López de Goicoechea, hermanos, vecinos de Iturmendi, contra don Joseph Miguel de Bildosola, Director de la Real Compañía Guipuzcoana y demás acreedores en los bienes de los demandantes sobre que se vendan sus bienes para hazerse pago de sus respectivas cantidades y no les molesten en sus personas”.

            Miguel López de Goicoechea, casado con Graciana Goicoechea y Ciordia.

            Diego López de Goicoechea, casado con María López de Goicoechea.

            Entre los acreedores están:

Miguel de Goicoechea y Ciordia, con residencia en San Sebastián y vecino de la misma.

Eugenio Urbistondo, casado con María Josefa de Munita, comerciante en la calle Mayor de San Sebastián.

María Aguirre Larralde, vecina y comerciante de San Sebas

tián.

“Don Joseph Miguel de Vildosola, alcalde y juez de esta ciudad y director de la Real Compañía Guipuzcoana de Caracas”, el 2 de junio de 1736.

“Don Domingo Gregorio de Yunibarbia, regidor de esta ciudad y director de la Real Compañía Guipuzcoana de Caracas”, el 4 de junio de 1736.

            Los hermanos arrieros exponen que por adversas circunstancias en su negocio están en quiebra sin poder salir de ella; reconocen las cantidades que deben y dada su voluntad de pago, admiten el embargo de sus bienes, pues debido a su edad difícilmente podrán prosperar nuevamente:

            “Andrés de Muniain, procurador de Miguel y Diego López de Goicoechea, vecinos del lugar de Iturmendi, dice haze veinte y quatro años, poco más o menos, an trajinado y comerciado en géneros y mercaderías comprándolas en varias partes y haciendo su transporte a otras y por varios hazares, quiebras y desgracias an benido a menos y se hallan al presente con tan crecidas deudas que notoriamente están imposibilitados de poderlas pagar, porque están deviendo como es a

María de Larralde, vecina de la ciudad de San Sebastián ochocientos zinquenta y ocho pesos, a

Don Domingo de Yunibarbia ziento ochenta y dos pesos, a

Eugenio de Urbistondo zien pesos, a

Miguel de Goicoechea y Ziordia ziento noventa y quatro pesos, a

Don Miguel de Bidasola zinquenta y nuebe pesos, a

Miguel de Bideselaux zinquenta pesos, que todos son vezinos de dicha ciudad de San Sebastián y a

Juan Francisco de Garisoain, vezino de la ciudad de Pamplona ziento y quarenta y dos pesos y hazen las sobredichas cantidades mil quinientos ochenta y zinco pesos y aunque a la dicha María de Larralde le están debiendo dichos ochocientos zinquenta y ocho pesos, es zierto que a instancia de la susodicha se les embargó a los criados de los suplicantes en la ciudad de Vitoria sus machos yun   pdf

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