lunes, 22 de febrero de 2016

Arrieros: 1811: contrabando de papel de Bayona

Arrieros: 1811
Contra Gregorio Echeverría, de Urdiain, y Joaquín Aguirre y Félix Goicoechea, de Iturmendi sobre el comiso de varias cargas de papel y otros géneros aprehendidos sin guía.
            El 27 de febrero del año 1811 declara Gregorio Echeverría, vecino de Urdiain de 30, que el martes 19 del mismo mes, salió de su pueblo en compañía de Joaquín Aguirre y de Félix Goicoechea, ambos de Iturmendi, con destino a Bayona, llevando 7 caballerías sin carga, Aguirre otras 7 y Goicoechea 5; en Bayona compraron y cargaron papel ordinario con la idea de venderlo en Navarra o en Castilla (especialmente en Logroño y Calahorra); él cargó 168 resmas y salió de Bayona el sábado día 23; llegaron a Bera al día siguiente, en cuya Aduana se presentaron, e hizo todos los trámites en ella su compañero Joaquín Aguirre; el mismo día 24, domingo, salieron de Vera con sus 19 caballerías cargadas, “y transitando con dirección para sus casas, a las dos leguas de dicha villa, encontraron un marchante francés a quien no conoce el testigo, y le compraron como es éste, 70 piezas de bretañas ajustadas a 12 pesetas cada pieza, y 25 pañuelos de seda de varios colores, y pagando por ellos 75 pesetas, cuio ajuste lo realizaron en la villa de Sunbilla, donde se hicieron cargo de los géneros, bien que ignora qué es lo que conpraron sus citados conpañeros, por no haber puesto el maior cuidado en ello y cada uno colocó los efectos conprados entre los fardos del papel por temor a que fuesen robados en el tránsito, pero con intención de manifestarlos en la primera aduana, que tocasen, y dirigiéndosen para sus pueblos, al pasar por el puente de Irurzun los detuvieron unos gendarmes, quienes les hicieron volver a este último pueblo, donde permanecía un oficial del mismo cuerpo con otros varios gendarmes y úsares y con ellos los trageron a esta ciudad y su Real Aduana”, donde hicieron revisión de lo que llevaban, quedando todo en depósito.

            Joaquín Aguirre, vecino de Iturmendi de 29 años, dice que llevaba 7 caballerías a las que cargó en Bayona con 152 resmas de papel en 14 fardos; el día 24 en la Aduana hizo la declaración, “y aunque manifestó 400 y más resmas de papel, cuio número fijo no se acuerda haora, advirtió mucho después que en la citada guía no pusieron más que 360, pagando como pagó de derechos 720 reales vellón, en cuia Aduana padecieron esta equivocación”; luego se encontraron con un francés y le compraron su género: “Le tomaron 200 piezas de bretañas, doce cartones de cintas y 25 pañuelos, que por todo pagaron 400 duros y algún pico”; luego se encontraron con un francés y le compraron su género: “Le tomaron 200 piezas de bretañas, doce cartones de cintas y 25 pañuelos, que por todo pagaron 400 duros y algún pico”. Se repartieron los géneros “y cada uno colocó los suyos entre los fardos del papel por temor de los ladrones”; al llegar al puente de Irurzun les salieron los gendarmes, a los que mostraron la guía, que fue revisada por un oficial y “éste la bio, pero les hizo benir a esta ciudad, a la que llegaron la tarde de aier y condujeron a su Real Aduana, donde descargaron sus 19 cargas”, y les han dicho que permanezcan en la ciudad hasta nueva providencia.
            Félix Goicoechea, vecino de Iturmendi de 36 años, salió de Bayona con 5 caballerías, después de comprar “132 resmas de papel en 10 fardos”, dice que en Sumbilla colocaron entre el papel lo comprado al francés, “por temor a los ladrones, que salen con frecuencia en los caminos”.
Las caballerías quedaron depositadas en la Fonda de Antonia Goizueta, posadera viuda. Describen las características de los machos, que venían a tener 7 cuartas castellanas y unos 3 dedos de altura con sus “aparejos de baste, manta, saquerdi y cincha” y valían 69 pesos el de menor tasación hasta 132 pesos el mejor valorado. La cuarta o palmo (la cuarta parte de la vara) sería de unos 21 centímetros, que se dividiría en 12 parte iguales o dedos. Entre los defectos de los machos se anota que a uno se le notaba “haber estado en cura de la mano derecha a causa de una lupia”.
            Versión de Pedro Mendiri, Jefe de Escuadrón de la Gendarmería Imperial, encargado de la Policía Militar de Pamplona, escrita el 26 de febrero de 1811 para el Señor Don Juan Ángel Latreita, Administrador General de Rentas:
            “La noche de hayer se me presentó un confidente y me manifestó que tres arrieros burundeses conducían diez y nueve cargas de géneros, que deverían pasar por el pueblo de Erroz o sus inmediaciones con dirección a la Burunda, por lo que hice salir inmediatamente a veinte Gendarmes y otros tantos Úsares, vajo las órdenes del oficial de Gendarmes Viquenel, quienes procedieron a la aprensión de dichas diez y nueve cargas y el día de hoy las han conducido a esta ciudad y presentado en la Real Aduana de su cargo, y aunque han puesto de manifiesto la Guía, que han tomado en la Aduana de Vera, se ha bisto en la de esta capital conducen efectos, que no están declarados en la espuesta Guía, conteniendo además mayor número de resmas de papel, que las que se citan en ella, sin que con arreglo a las órdenes que Vmd. me manifestó hace como quince días havía circulado a las Aduanas de la Frontera hayan devido cobrar los derechos reales en ellas, sino afianzar el pago de ellos en la de esta capital, por lo que espero que noticiándolo a la Real Corte, se formalice la sumaria en los términos dispuestos por las Reales Órdenes.
Dios guarde a Vmd. muchos años.
Pamplona 26 de febrero de 1811
El Gefe de Escuadrón de la Gendarmería Imperial encargado de la Policía Militar
Mendiry”.

Escrito dirigido por Juan Antonio Latreita al Ilustre Señor don Xavier Arana al día siguiente miércoles, día 27:
            “Por el adjunto oficio que me ha pasado el Señor Don Pedro Mendiri, se hará V. S. cargo de la apreensión hecha por una partida de Gendarmes y Úsares a tres arrieros burundeses, que conducían diez y nuebe cargas de papel en otras tantas caballerías mayores con la guía, que tomaron en la Aduana de Bera, pero desde luego que los presentaron en esta administración la tarde de ayer se adbirtió contienen nuebe fardos, efectos, que no manifestaron los arrieros por cuia razón han quedado depositadas dichas diez y nuebe cargas en esta Real Aduana, y las caballerías en la posada de Antonia Goizueta viuda, vecina de esta ciudad, lo que me a parecido poner en noticia de V. S. a fin de que disponga en el particular lo que le parezca conducente.
Dios guarde a V. S. muchos años.
Pamplona 27 de fevrero de 1811.
Juan Antonio Latreita”.

            “Auto de Oficio. En la ciudad de Pamplona a veinte y siete de febrero de mil ochocientos y once, el M. I. S. Don Francisco Xavier de Arana, del Consejo de Su Magestad, y su Alcalde más antiguo, en la Real Corte de este Reino, por ante mí, el escribano real y del Resguardo de Rentas del mismo, infrascrito, dijo que el día de hoy se le ha pasado un oficio por el Administrador General de dichas Rentas, incluiéndole otro que con fecha de haier le dirijió el Señor Don Pedro Mendiri, Gefe de Esquadrón de la Gendarmería, encargado de la Policía Militar, por el que le da parte que la noche del veinte y cinco del corriente, a consecuencia de un abiso confidencial que tuvo dicho Señor Mendiri, de que por las inmediaciones del lugar de Erroz devían pasar diez y nuebe cargas de géneros, que conducían tres arrieros burundeses, hizo salir una partida de Gendarmes, y otra de Úsares, en su seguimiento bajo las órdenes de un Oficial de Gendarmes llamado Viquenel, y en efecto consiguieron la aprehensión de dichas diez y nuebe cargas, con otras tantas cavallerías maiores, que los condujeron a esta ciudad y su Real Aduana, y aunque exivieron los conductores una guía despachada en la Aduana de Vera, con fecha de veinte y quatro del corriente por la qual resulta adeudaron los derechos de treinta y ocho fardos, conpuestos de trescientas sesenta resmas de papel ordinario, se ha visto por el reconocimiento ejecutado en la Real Aduana de esta capital, contienen dichos fardos maior número de resmas de papel, y otros diferentes géneros, que vienen ocultos en ellos, y no los han manifestado, ni pagado los conpetentes derechos, por cuia razón han quedado depositados en la misma y las cavallerías en la Posada de Antonia Goizueta, viuda vecina de esta ciudad, hasta nueva providencia, por lo que para apurar lo ocurrido, y proceder a los que corresponda en justicia, manda S. S. se reciva información al tenor de este auto, y por mi testimonio, poniendo por principio los espresados oficios y guía tomada a mano real, y que tasadas las cavallerías aprehendidas, por el Protoalbéitar de este Reino, se entreguen a sus dueños dando fianzas de responder del valor de ellas, y de las resultas del juicio, y lo rubricó, de que yo el escribano doy fee.
Ante mi, Juan Diego Ruiz, escribano”.
Testigo 1.º
            “En siguiente yo el escribano infrascrito doi fe reciví juramento en forma de Gregorio Echeverría, vecino del lugar de Urdiain, para que dicha verdad en quanto fuere preguntado y absuelto, ofreció hacerlo así, que es de edad de treinta años, y siéndolo por el contexto del auto de oficio, que antecede dijo que el martes contados diez y nueve del corriente, salió el testigo de su pueblo en concurso de Juaquín de Aguirre y Féliz Goicoechea, vecinos de Iturmendi, con destino para Baiona, llevando siete cavallerías de vacío; Aguirre otras siete y Goicoechea cinco; y todos cargaron papel ordinario, con ánimo de benderlo en Logroño, Calaorra o algún otro pueblo de Castilla, tomando el deponente ciento sesenta y ocho resmas, ignorando las que traían sus conpañeros, saliendo de Baiona el sábado veinte y tres de este mismo mes y llegaron a Vera el veinte y quatro, en cuia Real Aduana se presentaron todos e hizieron la guía de dicho papel a nombre de los tres, sin haber descargado en ella sus cavallerías o cargas, ni menos precedió un reconocimiento formal de ellas, sin que sepa las resmas de papel que manifestaron porque quien entró en la Aduana a hacer la guía fue Juaquín de Aguirre su conpañero, y éste trahía consigo dicha guía, y el mismo pagó los derechos sin que tanpoco sepa a quanto ascendieron por no haber ajustado todavía la cuenta con él; que el mismo día veinte y quatro salieron de Vera con sus diez y nuebe cavallerías cargadas y transitando con dirección para sus casas, a las dos leguas de dicha villa encontraron un marchante francés, a quien no conoce el testigo, y le conpraron como es éste, setenta piezas de bretañas ajustadas a doze pesetas cada pieza y veinte y cinco pañuelos de seda de varios colores, pagando por ellos setenta y cinco pesetas, cuio ajuste lo realizaron en la villa de Sunbilla, donde se hicieron cargo de los géneros, bien que ignora qué es lo que conpraron sus citados conpañeros, por no haber puesto el maior cuidado en ello, y cada uno colocó los efectos conprados entre los fardos del papel por temor a que fuesen robados en el tránsito, pero con intención de manifestarlos en la primera aduana, que tocasen, y dirigiéndosen para sus pueblos, al pasar por el puente de Irurzun los detuvieron unos gendarmes, quienes les hizieron bolver a este último pueblo, donde permanecía un oficial del mismo cuerpo con otros varios gendarmes y úsares y con ellos los trageron a esta ciudad y su Real Aduana, donde descargaron sus cargas, e hizieron el reconocimiento con asistencia del Administrador General Contador, el vista y escribano infrascrito y hallaron en algunos fardos varios efectos, que no estavan declarados en la guía, que sin duda son los que conpraron al recordado francés, y según ha oído decir tanbién havía maior número de resmas de papel, que las que contiene dicha guía, sin que sepa en qué ha podido consistir esta equivocación; solo sí que todo quedó depositado en dicha Aduana, y el día de hoy se ha echo nuebo registro con maior escrupulosidad y a visto han salido en quatro fardos del testigo setenta piezas de bretañas, y veinte y cinco pañuelos de seda, de varios colores, sin que sepa si han salido más resmas de papel en sus fardos, que las que deja espuestas, y también han allado varias piezas y cartones de cintas en algunos fardo de sus conpañeros, ignorando las resma de papel que se han hallado en los de estos, haviéndoseles mandado a todos permanecer con sus cavallerías en esta ciudad hasta nueba providencia, despositando como depositaron éstas en la Posada de Antonio Goizueta, viuda vecina de la misma, y exivídole la guía tomada a mano Real, asegura no sabe si es la misma que trahía su conpañero Aguirre por no haberla visto, y es lo único que puede manifestar con berdad bajo el juramento prestado, en que leídole se afirmó, firmó y en fe de ello yo escribano.
Gregorio de Echeverría
Ante mí, Juan Diego Ruiz, escribano”.
Guía extendida en Bera de Bidasoa:

Despacho de géneros
adeudados
de 1811             Provincia de Navarra            Num. 66
                            Aduana de Vera

Administración de Rentas Generales de

Cuenta de la Real Hacienda
Pasen para Castilla con el cumplido de los
Resguardos del tránsito, después de la Contaduría de esta Aduana haya
tomado razón, y precedido el marchamo, los efecto contenidos en este Despacho,
que va sin enmienda alguna, y valdrá solamente para dos días para su salida,
debiéndose refrendar en esta Aduana si no se verificase en este plazo; y remite
Juaquín de Aguirre y compañía, vecino de Iturmendi con ...... vecino....
para vender de su cuenta habiéndose adeudado en hoja número 66 su fecha oy los
derechos que abajo se expresan en treinta y ocho fardos trescientas sesenta
resmas de papel ordinario que introduce valuados
a veinte reales vellón cada una, y pago por su diez por ciento... 720 reales vellón.
Guía por doce días Vera veinte y quatro de febrero de mil ochocientos y once
Mi intervención
Goieneche                               Ramos.
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