miércoles, 24 de diciembre de 2014

Bacaicoa 1757 - 1759 anteparas nuevas y daños en la presa del molino

“Escritura de obligazión sobre la construcción de las anteparas de la presa del lugar de Bacaiqua, otorgada por dicho lugar y Francisco de Garate, Maestro Carpintero.”
            “De parte del lugar de Bacaicoa se prebiene que Francisco de Goicoechea y Ciordia, y Miguel de Anso, Regidores del, a ruego y con orden de los vecinos, proponen azer nuebas anteparas en pie de las viejas, que afronta en los términos del lugar de Iturmendi, y las de éste en conformidad de lo dispuesto por Pedro de Allafor, Maestro Carpintero y vecino de este lugar, se ordena los capítulos y condiciones sus siguientes, y se encenderá la primera candela el día ocho de maio deste año y se rematará en la segunda que será el día quinze del corriente de las dos a tres de
la tarde:
            1.º Primeramente el oficial que tomare esta obra a de construir la obra conforme el arte y necesita estas anteparas en ueco de largo sesenta y ocho pies, y en centro de este ueco a menester seis jirones de a veinte y quatro pies de largo y veinte onzas e cuadro cada uno y todo el material a de ser a satisfacción del lugar.
            2.º Ítem el dicho oficial tendrá obligación de azer zanpiaduras para encajar los dichos jirones y se a de poner encima de la zanpiadura, que deberá azer con los brinbales biejos, que se allan en dichas anteparas, y estos jirones an de estar en igualdad así en la largura como en la altura encajados unos con otros sobre los binbrales de la zanpiadura.
            3.º Ítem el oficial que tomare esta obra a de poner once binbrales nuebos y estos an de ser a diez y seis pies de largo y diez y ocho de onzas de cuadro y estos se an de poner en la altura a disposición del lugar cruzando sobre los jirones y encima de estos an de ser sobre ellos veinte y dos pilares nuebos y estos deben encajar metiendo en las espigas a diez onzas y se an de coser con dos gabilas cada pilar en pie con gabilas de madero y an de ser estos pilares de largo a nuebe pies para azer en el monte y a diez y seis onzas de cuadro y en la obra a disposición del lugar y encima de estos pilares an de ser once yugos, y cada uno de a de ser a catorce pies de largo y diez y seis onzas en cuadro y estos an de tener a dos gabilas por cada pilar metiendo en la espiga en ocho onzas en cada uno de los pilares.
            4.º Ítem más necesita diez resplandos de a catorce pies de largo y siete onzas de cuadro y diez y seis onzas de ancho cada uno y estos an de ser sin gordura de satisfacción.
            5.º Ítem necesita treinta y dos estados de bandeo de largo correspondiente a los dichos resplandos y a seis onzas de grueso y todo esto a de ser sin gordura de satisfacción y se an de juntar estos uno con otro en dos onzas con plana y más de esta a de tener onza y media en la abertura de la carapeta.
            6.º Ítem más necesita una sangría con su puerta de satisfacción y los pilares que corresponde a esta a de tener sus resumas, y este a de ser por la parte de Anzapuru, en donde conbenga.
            7.º Ítem más tendrá obligación de poner del primer brinbal de la parte de la presa distante ocho pies a la presa un zapato, este se aia de encajar en el cimiento en cinco pies, a de se el zapato de quince pies de largo de los mejores que se alla en las dichas anteparas de las biejas el mejor.
8.º Ítem tendrá obligación de poner dos replandos cada uno por cada lado desde el brinbal de acia la presa al zapato en manguardia, y an de ser estos cada uno treze pies de largo, ocho onzas de grueso por cada lado y estos an de ser nuebos y más an de menester encima de estos y en par dos maderos de a once pies de largo y a pie de grueso y estos se an de poner encajando por cada punta al yugo y por las otras puntas al suelo y estos an de ser con biejos.
9.º Ítem más nesesita contra los dichos maderos se a de cerrar por las dos partes con bandeos biejos y más a menester en dicho círculo y centro del suelo quatro estados de bandeos nuebos de doze pies de largo y ocho onzas de grueso y más tendrá obligación de poner un yugo al principio por la parte de la presa encajando en los dos zapatos.
10.º Ítem el oficial o seglar que tomare esta obra a de tener a su cuenta y riesgo dentro un año, y día contando de la construcción y entrega de dicha obra.
11.º Ítem esta obra quien tomare los plazos tendrá en tres plazos, la primera será al primer y principio que se enpezare a trabajar para la dicha obra, y la segunda quando se acaba la obra, y ... COMPLETO EN PDF

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