lunes, 10 de marzo de 2014

Pamplona: plateros en 1588

El 4 de septiembre de 1588 dice Don Juan de Urdiain y Munárriz, clérigo y sacristán de la iglesia mayor de Pamplona que “las reliquias de la dicha iglesia y joyas y preseas della y de la imagen de la Madre de Dios N.ª S.ª, an estado y están a cargo y devaxo de la custodia del suplicante, y siendo esto ansí, alguna persona de mala vida y conciencia a urtado de noches a la dicha imagen de la Madre de Dios, estando en el altar mayor, tres Anusdey con sus reliquias y un cordón de ylo de plata y un rosario de corales finos y otro rosario de azabach con una cruz de oro y otras joyas”.
Al parecer quien robó las joyas y las vendió habría sido “Guillén de Larrasoaña, alias Murrua”, escriben también “Murua” y más veces “Murrue”, “que servía de tocar las campanas en la torre de la dicha iglesia mayor”.
Plateros de Pamplona
A) El 5 de noviembre de 1588

Alonso de Villaseca, soldado del Castillo Nuevo, platero, de 40 años: trabaja con el platero Martín de Agorreta, dijo que no sabía firmar.
Martín de Agorreta, platero de 40 años, tenía de criado a Juan de Funes, de 16 años, estaba en esas fechas haciendo algunos trabajos en Guirguillano.
Jerónimo de Navascués, platero de 30 años se relacionaba con Luis de Suescun, platero.
Martín y Jerónimo fueron a las Cárceles Reales por haberles llevado un mozo algunas de las joyas robadas a la Virgen de la catedral. Martín Agorreta estuvo 3 días y Jerónimo Navascués una semana; de este último salió fiador el platero Luis Suescun.
B) El 19 de febrero de 1590
José Vázquez Medrano, platero, a su servicio estaba “Juanes de Ayncioa”, de 18 años.
Juan de Gorraiz, platero de 67 años, conocía a Jerónimo de Navascués desde hacía 12 años: “Preguntado por la quarta pregunta dixo que save este testigo de cierto saver que en el tiempo que el dicho Jherónimo de Navascués defendiente compró del dicho hombre acusado la dicha plata que le acusan, no se havía publicado en esta ciudad de Panplona ni aun en aquellos quatro meses, poco más o menos, después que sucedió el hurto que se hizo en la iglesia mayor de dicha ciudad, ni jamás en todo el dicho tiempo el sacristán de la dicha iglesia ni otra persona alguna havisó de como se havía echo el dicho hurto por los plateros de esta ciudad como es costumbre para que estuviesen advertidos de ello, y no compraran la dicha plata sin darle parte de ello primero, porque al tiempo que el dicho Navascués defendiente compró la dicha plata del dicho hombre la traxo luego a la botica de Luis de Suescun platero a pesar quanta hera aquella, estando este testigo a la sazón travajando en la dicha botica en casa del dicho Luis de Suescun, y después al cavo del dicho tiempo se dixo y publicó públicamente en esta ciudad el dicho hurto, que se havía echo y que esta es la verdad por el juramento que a echo, leydole su dicho se afirmó y ratificó en él y lo firmó de su nombre. Juan de Gorraiz”.
“Lucas de Quintana, platero y soldado del Castillo Viejo de esta ciudad”, de 57 años.
Diego de Garay, platero, vecino de Pamplona, de 36 años: “Preguntado de la primera pregunta dixo que de doze años a esta parte a la continua a conocido y conoce este testigo al dicho Jherónimo de Navascués defendiente en la pregunta nombrado de vista, abla y conversación que con él a tenido y tiene por lo que así lo a comunicado y tratado save este que depone que es hombre de vien, de buena vida, fama, tratos y costumbres, buen cristiano, temeroso de Dios y de su conciencia, de tal manera que nunca le ha visto, ni oydo, ni entendido en todo el dicho tiempo que declarado tiene en esta dicha ciudad, ni fuera de ella de ninguna persona que de él tuviesen sospecha qua hubiese comprado ninguna plata, oro, ni otra cosa alguna de persona sospechosa, que hubiese sido y fuese ladrón, sino que quando aquella a comprado a sido de personas de fee y crédito, y de buen trato, y ábito y esto es cierto y verdadero sin que se aya entendido cosa jamás al contrario y en tal reputación a estado y está tenido, conocido y comúnmente reputado por todos los que lo an conocido, conocen y an tratado y tratan y esto es muy público y notorio a todos y esto responde a esta pregunta. Preguntado por la quarta pregunta dixo que los que della save y puede dezir este testigo, es que hay costumbre observada y guardada en esta ciudad entre los plateros della, que cuando algún ciudadano pierde en su casa alguna cosa de plata haya de havisar por casas a los dichos plateros de la cosa que a perdido, para que tengan cuenta de no comprarla de la persona que se la llevare a vender, sin que ante y primero dé haviso al dueño que la a perdido, para que la reconozca y vea si es aquella cosa que le llevan a vender la que a perdido y esto se entiende no siendo persona conocida y que no tiene posivilidad para poder tener semejante cosa como aquella que lleva a vender, y no de otra manera, y quando así no da este aviso se suele y acostumbra comprar con facilidad como no sea cosa de iglesia y esto responde a esta pregunta y más no save della y que lo que a dicho es verdad por el juramento que a echo, leydole su dicho se afirmó y ratificó y lo firmó de su nombre. Diego de Garay. Ante mí, Pedro Tercero, secretario”.
            El 5 de junio de 1590 se sentencia sobre el hurto y condenan a “Juana de Azparren, acusada, en 2 años destierro y al dicho Martín de Agorreta en un año de destierro y al dicho Jerónimo de Nabascués en seis meses de destierro de esta ciudad y sus términos”. Además en 100 libras a Juana de Agorreta, otras 50 a Martín de Agorreta y 14 reales que deberá pagar Jerónimo Nabascués por un trozo de plata que le compró a Murrue y en costas.
            El 23 de julio de 1590 declara “Cristóbal de Burgos, platero, vecino de esta ciudad de Pamplona”, de 21 años, que hacía un año trabajaba en casa del platero Hernando Guevara: “A la primera pregunta dixo que habrá un año, poco más o menos, que en cierto del tiempo no se acuerda, que este testigo vio como Martín de Agorreta, platero, llegó a la botiga de Hernando de Guevara, platero de esta ciudad, donde este testigo a la sazón travajava a sus pieças, y avisó a este testigo que si supiese que alguno buscase un círculo de un anusdey, que él lo tenía y él daría quenta del y esta es la verdad y lo que sabe de la pregunta. A la segunda pregunta dixo que es uso y costumbre en esta ciudad que quando alguna persona pierde alguna pieça de plata los dueños de ella acuden luego a preguntar de la tal pieça perdida a los plateros, y desta manera se save con facilidad de la tal pieça y esta costumbre se tiene en otras partes donde ay plateros, y así por esta orden se an descubierto las pieças de plata que perbienen en plateros y los que a dicho es la verdad; leídole su dicho ratificó y lo firmó. Xrobal de Burgos. Pasó ante mi, Hierónimo de Aragón, secretario.”
            El 5 de septiembre de 1590 en una nueva sentencia se alude solamente a Juan de Azparren y a Martín de Agorreta; se suprime el destierro de ellos y se mantienen las 100 libras contra Juan de Azparren, y las joyas recuperadas se repararán y se dejarán como estaban antes del robo.

            Finalmente declaró el Consejo Real el 20 de octubre de 1590 que eximía de costas a Agorreta, quedando el resto como estaba al principio: Navascués quedó con sus costas y los 14 reales. (Procesos Sentenciados, 2.ª Serie, Jerónimo Aragón, 1591, n.º 11.746).

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