martes, 15 de diciembre de 2020

1535 Satrustegui hidalguía 1563 Satrustegui y Urdaniz escudos de armas 574 Satrustegui hidalguía

 1535 Satrustegui hidalguía

1563 Satrustegui y Urdaniz escudos de armas

1574 Satrustegui hidalguía

          “Proceso de Martín Satostegui contra el Fiscal sobre hidalguía”.

            Con estos procesos se trataba de evadir los trabajos de acarreo para las fortificaciones de Pamplona.

            El 15 de febrero de 1535 se juntan en San Lorenzo de Ecay: “Miguel Berria jurado de Villanueva, Joanes de Garanja jurado de Satrustegui, Martín de Alli jurado de Eguiarreta, Pedro de Erroz jurado de Erroz, Pedro de Gastecoa jurado de Içurdiaga, Juanes hijo de Machin jurado de Urriçola, Martín de Ansa jurado de Irurçun, Martín de Aguiregui jurado de Yrayneta.”

viernes, 24 de julio de 2020

1821 1825 1850 1856 Satrustegui toponimia


1821 1825 1850 1856 Satrustegui toponimia

1821
            En escritura del 6 de marzo del año 1821 se citan fincas en:
            “Término de Saita... afrontada con el mojón del lugar de Zuazu”; pieza que se permuta por otra “pieza llamada Artamendico alorra y término llamado Arizulo”. A la pieza de Saita le dan el acceso por la “parte de Ichasburu”. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Villanueva, Pablo Cia, legajo 93 n.º 61)

1825
            Se sitúan fincas el 21 de noviembre de 1825 en:
            “Sagastigaña”, “Chaldosteguigaña”, “Santabarbaragaña”, “Endaitezulo”, “Atazulo”, “Elupea”, “Elugaña”, “Ardancepea”, “Erminpea”, “Santalucía”, “Lizasoainerrecaldea”,

jueves, 23 de julio de 2020

1674 Satrustegui de la fundación de una capellanía a la ruina de la familia

1674 Satrustegui de la fundación de una capellanía a la ruina de la familia
            “Proceso de Juanes de Granxa, vecino del lugar de Satostegui, eredero de Martín de Granxa, su tío, contra Esteban de Goldaraz, vecino del lugar de Villanueba y después Fausta Larribar, viuda, sobre que restituia éste todos los vienes y efectos de trigo, ganado y demás referidos en la memoria, que sacó el defendiente como almirante del valle de Araquil de poder del demandante y cobro de sus deudores con executoria y poder del mismo; y aviéndose sentenciado y obtenido citación para la liquidación de ella por el dicho Granxa contra Fausta Larribar, viuda del dicho Goldaraz, quedó.”
            El 14 de octubre del año 1648 se hizo el contrato matrimonial entre Juanes de Granja y María de Andueza (hija de don Juan de Andueza, por eso la dota también otro clérigo, don Simón de Gastea López).
            El caso es que con el cuento de una capellanía le fueron quitando sus bienes a Granja, hasta reducirlo a la última miseria.
            “Joseph Quadrado, procurador de Juanes de Granja en la causa que trata contra Estevan de Goldaraz, alego y probar entiendo lo necesario de los artículos siguientes:

1715 Satrustegui casa vicarial

1715 Satrustegui casa vicarial

            “Escritura de trueque y permuta de la casa vicarial del lugar de Satrustegui, tasación y baluación y obligación otorgada entre el vicario del dicho lugar y Juan y Simón de Aizcorve, vecinos del dicho lugar: Satrustegui 8 de henero de 1715”
            “En el lugar de Satrustegui a ocho días del mes de henero del año mil setecientos y quinze, por testimonio de mi el escribano y testigos avajo nombrados, constituidos en persona de la una parte don Martín de Lizasoain, presvítero y vicario de la yglesia parroquial de este lugar y de la otra Juan y Simón de Aizcorve, padre e hijo, vecinos de este lugar y dueños de la casa llamada Choancotena, sita en él y propuso dicho vicario que la casa vicarial de este dicho lugar se alla con precisa necesidad de redificar toda ella de nuevo por amenazar total ruina y con este motivo mediante visita ocular, que de ella hizo don Martín de Artajo y Hurtado, visitador nombrado por el Ilustrísimo Señor Don Pedro Aguado, obispo de este obispado; su Ilustrísima allándose en visita a los ocho días del mes de junio último conzedió lizencia y facultad para poder azer la fábrica de dicha

miércoles, 22 de julio de 2020

1699 Satrustegui torre y campanario de la iglesia 1720 Murguindueta obra de cantería de la iglesia

1699 Satrustegui torre y campanario de la iglesia
1720 Murguindueta obra de cantería de la iglesia

         “Declaración jurada de maestros canteros para las obras de la torre y campanario de la iglesia del lugar de Satrustegui: año de 1699”

            “En el lugar de Satrustegui a veinte y ocho de maio de mil seiscientos noventa y nuebe ante mi el escribano y testigos infrascritos constituido en persona don Sancho de Lizasoain, vicario de la iglesia parroquial del dicho lugar, propuso que, reconoziendo la ruina que amenaza a las paredes de la torre y campanario de la dicha parroquial, a acudido ante el Muy Ilustre Señor Don León de Garro y Xavier, canónigo profeso de la santa yglesia catedral de la ciudad de Pamplona y Visitador General de este obispado, eligido y nombrado por el Muy Ilustre Cabildo de dicha santa iglesia en sede episcopal vacante, para que concediese lizencia y facultad para

martes, 21 de julio de 2020

1688 Satrustegui vecindad de Berema 1713 Deslinde de Berema toponimia

1688 Satrustegui vecindad de Berema
1713 Deslinde de Berema toponimia

            “En el lugar de Satrustegui a ocho de henero de mil seiscientos ochenta y ocho, ante mi el escribano y testigos infraescritos parezieron presentes de la una parte los jurados, vezinos y concejo del dicho lugar estando juntos y congregados en su puesto y lugar acostumbrado donde lo tienen de estilo para expedir y deliberar los negocios tocantes al buen govierno del dicho lugar, donde esta vez fueron y se allaron presentes: Hernando de Ansa, Miguel de Yarza, Joanes de Aizcorve, Martín Goicoa, Pedro de Oroquieta, Antonio de Urbizu, Martín de Villanueba, Juanes de Cia y Vítor de Irurzun, todos jurados, vezinos y concejo del dicho lugar y de las tres partes las dos y más concejo hacientes y celebrantes, los presentes haziendo y firmando por sí y los ausentes, por quienes prestaron capción de rato grato et iudicatum solvendo, de que fueron zertificados por mi el dicho escribano, juntos y de mancomún y en voz de uno y cada uno de ellos de por sí e por el todo, simul et insolidum, renunciando la auténtica hoc ita de duobus reis debendi, de que fueron zertificados por mi el dicho escribano y de la otra Martín de Ongay, mayor en días, vezino del dicho lugar y dixieron que el dicho lugar y concejantes tienen y gozan, como suyo propio, los términos del lugar desolado de Berema en concurso de otros vezinos foranos, que ay en él, en los quales dichos términos le tocaba y pertenecía al Excelentísimo Señor Duque de Alba, Condestable de este Reyno, una vezindad entera, la qual el dicho Martín de Ongay la a adquirido por compra del lizenziado don Juan Pardo, abogado de las audiencias, alcalde mayor del Estado y Condado de Lerín, administrador y governador de dic

lunes, 20 de julio de 2020

1629 Satrustegui ermitaño de Santa Bárbara 1658 Satrustegui beata y serora de Santa Bárbara


1629 Satrustegui ermitaño de Santa Bárbara
1658 Satrustegui beata y serora de Santa Bárbara

            “Nombramiento de hermitaño para la hermita de Santa Bárbara de Satrustegui por el vicario y vezinos del dicho lugar en fabor de Martín de Aldava, residente en el dicho lugar: a 9 de março de 1629”
            “En el lugar de Satrustegui a nuebe días del mes de março del año de mil seisçientos y veinte y nuebe, ante mí el escribano infrascrito y testigos abaxo nombrados constituidos en persona don Martín de Satrustegui, vicario del dicho lugar y Miguel de Çia y Joanes de Gulia dicho Alonso, jorados (sic) del dicho lugar en este presente año, Joanes de Villanueba, Martín de Andueça, Vitor de Irurzun, Julián de Huarte, Joanes de Echarri errero, Joanes de Çia, Martín de Satrustegui y Granja y Pedro de Satrustegui, veçinos todos del dicho lugar y según dixieron de las tres partes de los veçinos del dicho lugar las dos y más, los quales dixieron que en el dicho lugar ay una ermita de la vocatión de la Señora Santa Bárbara y conbiene que aya persona que tenga cuidado de la limpieza en la dicha ermita y para este efecto los otorgantes dixieron que le nombraban y nombraron por ermitaño de la dicha ermita a Martín de Aldava, residente en el dicho lugar, y suplicaban al señor vicario general o a la persona que huviere de dar título para ello, le dé el dicho título allándole ávil y suficiente y para ello por ser persona que mereçe y ser de buena vida y prometieron de no yr contra el tenor de este auto de nombramiento en ningún tiempo, para lo qual obligaron sus personas y vienes y requerieron a mí el dicho escribano asentar por auto público todo lo sobredicho, siendo a todo ello presentes por testigos Miguel de Satrustegui y Pedro de Unanoa mozo, residentes en el dicho lugar y firmó el dicho vicario por sí y por todos los demás juntamente con mí el dicho escribano. No dañe lo borrado...