sábado, 4 de noviembre de 2017

1614 ECHEBERRI ERASO PECHAS Y URETA

1614 Echeberri Eraso pechas y Ureta
“Proceso de Don Carlos Eraso, cuyo es Ichurieta y pechas del lugar de Echeberri, contra Martín de Echeberri y otros de dicho lugar, y el Fiscal y Patrimonial, oponientes sobre la paga de las pechas, que dicen los del dicho lugar y dicho Fiscal y Patrimonial piden, se le adjudiquen al Real Patrimonio y restituia y vuelva lo que hubiere cobrado por razón de la dicha pecha”.
            Se inician las declaraciones el 30 de enero de 1614, siendo el primer testigo Don Juan García, abad desde hacía 36 años de Irurzun y Echeberri, de 71 años, hijo nativo de “Guiçurdiaga”, zona donde siempre vivió, “eceptando diez años, poco más o menos, que estubo en su mocedad estudiando en las universidades de Alcalá y Salamanca”. A este testigo se le nombra en este mismo proceso y en otros por el “Licenciado Garcés”. Asegura que no ha conocido que pagaran pecha alguna los de Echeberri a los Eraso, sino únicamente los impuestos al Rey: “y en toda su memoria se a nombrado y se nombra la dicha pecha por los vecinos de Echeberri, eceptando el defendiente y su padre y abu
elo (los Eraso) regue çorra, que en romance quiere dezir deuda devida al Rey”. Comenta que ha oído decir que adquirió por compra Lorenzo de Eraso el Palacio de Ichurieta, y que la casa de Echeberri no es palacio, aunque sí el “Palacio de Haviçu”, propio de los Eraso. Se explica con estas palabras:
“Tiene para sí por cosa cierta sin duda alguna que si fuera Palacio ningunas de las dichas dos casas de Echeberria los dichos Juan y Lorenzo de Heraso, bisaguelo y rebisaguelo, que fueron del dicho Don Carlos hubieran nombrado por sus dichos testamentos palacio, como los nombraron y nombran el Palacio de Ichurieta y de Haviçu, por ser casa donde vivían y bive el defendiente por subcesión y que en el tiempo y memoria de este testigo siempre a oído dezir en cosas y algunas combersaciones que el dicho Palacio de Ichurieta abía adquirido el dicho Lorenzo de Eraso por título de compra o empeñamiento de la casa de Heraso y así lo cree este testigo fue ello así, pues no hizo mención el dicho Juan de Heraso, su padre, por su testamento del, sino de la casa de Echeberri, donde vivía y del Palacio de Haviçu, y que esta es la verdad y lo que save y a bisto y oído y no cosa alguna al contrario. Al tercer artículo dixo que tiene por cosa cierta por lo que tiene declarado en el precedente artículo, no an tenido efecto las mercedes de los Señores Reyes predecesores de Su Magestad de las dichas pechas, pues los de Echeberri no an pagado ni quieren pagar la dicha pecha al defendientes ni a sus antepasados, como lo tiene declarado y por no hazer mención por sus testamentos de las dichas pechas los dichos Juan y Lorenzo de Heraso, como hazen de los demás bienes y casas y Palacio y referiéndose a la dicha merced y testamentos y sus datas agora quoarenta y ocho años, poco más o menos, siendo este testigo estudiante, estando en el dicho lugar de Echabarri con Don Juan de Guiçurdiaga, abad al tiempo del dicho lugar de Echabarri, su tío, un día de fiesta antes de la misa popular, Charles de Heraso, aguelo que fue del dicho Don Carlos, defendiente, hizo llamar y juntar en su casa de Echaberría a los vezinos del lugar, que al tiempo heran seys, como al presente y no más, los quoales salieron a oyr la dicha misa algo alborotados, y después de haver oído aquella, en presencia deste testigo, los dichos vezinos le dixieron al dicho abad como el dicho Charles de Heraso los havía llamado a su casa aquella mañana y los havía tenido en su casa y les havía dicho que por muerte de Jil de Ollacarizqueta estaba baco el Patrimonialato y quería hir a Madrid a pretenderlo y para que mejor consiguiese su fin y deseo que tenía, le hizisen un cartel y reconocimiento de que el lugar le devía pecha para calificar su persona y que bolbiendo de Madrid lo cancelarían y que pareciéndoles hera en perjuizio de ellos y del Patrimonio Real no le havían querido conceder lo que pidía y todos havían salido enojados y cree que esto fue causa y ocasión que el dicho Charles de Heraso començó a intitularse y llamarse Señor del Palacio de Echavarri y tener pechas en los lugares de Irurçun, Goldaraz y Echarren y Echeberri, porque antes no se solía intitular y en el tiempo y memoria de este testigo save que ninguno de los dichos lugares concejal ni singularmente no an pagado ni pa(ga)n pecha a la dicha casa de Echaberri ni a las demás que dicen ser palacios, porque los de Goldaraz pagan a Su Magestad y en su nombre a su Patrimonial y los demás a nadie...” sino al recibidor del Reino.
Declara el 2 de enero de 1614 Martín de Echeberri, de la casa de “Guillenena”, de 84 años, que conoció a Charles de Eraso, a su hijo Remiro de Eraso y al hijo de éste Carlos de Eraso, el que litiga y repite lo dicho por el cura.
Siguen las declaraciones:
“En la casa de la Cofradía de Echasberri a quoatro días del mes de hebrero año de mil seiscientos y catorze, a lo que podían ser las ocho oras de la mañana el dicho Juan de Oses en el dicho nombre presentó por testigo a Juanes de Senosiain, vezino del lugar de Eguiarreta, para en prueva de lo contenido en los quoarto y quinto artículos del articulado añadido y tercero del reproduzido, el quoal mediante juramento por mi el dicho receptor recevido, dixo dirá verdad por hambas partes y ser de hedad de ochenta años, poco más o menos, y conoce a los litigantes y no es pariente de ninguno de ellos ni le empecen las demás preguntas generales de la ley y del quoarto artículo del articulado añadido dixo que este testigo es hijo natibo y natural del lugar de Satrustegui de la Valle de Araquil y en él y en el lugar de Eguiarreta, que están en distancia de un quoarto de leguoa del lugar de Echaberri, a tenido y tiene su continuoa residencia en todo su tiempo, eceptados diez años, poco más o menos, que estuvo en la ciudad de Pamplona en su mocedad enseñándose oficio de sastre, y conoció a Charles de Heraso y a Remiro de Heraso su hijo, padre y aguelo que fueron del dicho Don Carlos, defendiente, y los trató en el lugar de Echaberri y en la Valle de Araquil a ocasión de haver sido Alcaldes ordinarios de la dicha Valle y no alcançó a los antepasados ascendientes y no save ni a oído que los suso nombrados y sus antepasados hubiesen pagado quoartel por su casa de Echaberri ni por otras y se refiere a las líneas de Cámara de Comptos que el articulo haze mención y en quoanto si tubieron pechas tampoco save más de que aguora quoarenta años, poco más o menos de tiempo, el dicho Charles de Heraso, aguelo que fue del dicho Don Carlos de Heraso, defendiente, hizo ciertas jornadas en compañía de un escribano receptor, que solía residir en el lugar de Salinas de Oro, y no save de su nombre, y las dichas jornadas, según público y común dezir en los dichos lugares y Valle, las solían hazer a Madrid sobre pretensiones que el dicho... SIGUE EN PDF 

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