domingo, 3 de julio de 2016

1725 Araquil yuntas para la Ciudadela de Pamplona

1725 Araquil yuntas para la Ciudadela de Pamplona
            Se contabilizan 250 vecinos en el Valle de Araquil, sin contar Murguindueta ni los Palacios de Cabo de Armería de Echeverri, Ecay y Eguiarreta; tiene cada localidad:

Vecinos
Yuntas
Irañeta
42
54,0
Yabar
35
44¾
Villanueva
23
29¼
Satrustegui
18
23,0
Ecay
13
16¾
Echarren
15
19¼
Urrizola
9
11½
Erroz
13
16¾
Izurdiaga
21
27,0
Aizcorbe
8
10¼
Eguiarreta
19
25¼
Irurzun
Echeverri
23
29¼
Zuazu
11
14,0

Totales
250
320

            “Berasago en 13 de junio de 1725. Auto de repartición de 320 juntas de bueyes para acarreo de maderos del Rey al Castillo de Pamplona, echo por el Balle de Araquil”.
            “En la ermita llamada de Berasago, que es de la vocación del Señor S
an Lorenzo, sita en los términos del lugar de Ecai de esta Valle de Araquil a trece de junio del año mil setecientos veinte y cinco, por testimonio de mi el escribano y testigos avajo nombrados: el Señor Juan de Astiz, Alcalde y Juez hordinario de esta Valle de Araquil, dijo su merced a tenido horden del Excmo. Señor Conde de las Torres, virrey y capitán general de este Reino, para que esta dicha Valle de Araquil conduzca a la Ciudadela y Plaza de Pamplona setenta y dos maderos, como es los cinquenta y dos de ellos a veinte y quatro pies de largo y quince onzas en quatro, y los veinte restantes de a veinte y quatro pies de largo, quince onzas de ancho y nueve de recio, todos ellos de los que se hallan cortados y labrados en el Valle de Imoz por quenta de Juan de Irazoqui, Maestro Carpintero, como parece de dicha horden, expedida el día quatro del presente que se le notificó el día nueve por Martín Joseph de Lecumberri, escribano real, que es la antecedente y para efecto de hacerse la repartición del expresado acarreto en los catorce lugares de que se compone esta dicha Valle, según el número de vecinos, porque se alla apeado a echo hacer Junta de Valle en que a una con dicho Señor Alcalde se allaron presentes:
Estevan de Echarri, cargotubiente del lugar de Irañeta,
Lope de Arruiz del lugar de Yavar,
Martín de Aizcorve del lugar de Villanueva,
Juan de Ongai del lugar de Satrustegui,
Martín de Irurzun del lugar de Zuazu,
Francisco de Gastessi del lugar de Ecay,
Juan de Aizcorve del lugar de Echarren,
Martín de Senosiain del lugar de Urrizola,
Juan Antonio de Reta del lugar de Erroz,
Fausto de Irurzun del lugar de Izurdiaga,
Julián de Apezteguia del lugar de Aizcorve,
Miguel de Atondo de los lugares de Echaverri y Irurzun, que hacen un Concejo, y
García de Lazcoz del lugar de Eguiarreta, todos cargo tubientes de dichos lugares con cuia asistencia el dicho Señor Alcalde hizo la repartición de las trescientas y veinte juntas de bueies para la conducción de los setenta y dos maderos, que espresa dicha comisión, arreglado rata por cantidad a los doscientos y cinquenta vezinos, por que se alla apeado esta dicha Valle con esclusión de los Palacios de Cavo de Armería de Echaverri, Ecay y Eguiarreta, sitos en dicho Valle en la forma y manera siguiente:
al lugar de Irañeta por sus quarenta y dos vecinos, cinquenta y quatro juntas;
al lugar de Yavar por sus treinta y cinco vecinos quarenta y quatro juntas y tres quartos;
al lugar de Villanueva por su veinte y tres vecinos veinte y nueve juntas y quarto;
al lugar de Satrustegui por sus diez y ocho vecinos veinte y tres juntas;
al lugar de Zuazu por sus onze vecinos catorce juntas;
al lugar de Ecay por sus trece vecinos diez y seis juntas y tres quartos;
al lugar de Echarren por sus quince vecinos diez y nueve yuntas y un quarto;
al lugar de Urrizola por sus nueve vecinos once juntas y media;
al lugar de Erroz por sus trece vecinos diez y seis juntas y tres quartos;
al lugar de Izurdiaga por sus veinte y un vecinos veinte y siete xuntas;
al lugar de Aizcorve por sus ocho vecinos diez xuntas y un quarto;
a los lugares de Irurzun y Echaverri, que hacen un Concejo por sus veinte y tres vecinos veinte y nueve xuntas y un quarto; y
al lugar de Eguiarreta por sus diez y nueve vecinos veinte y quatro juntas y un quarto; de forma que según dicha repartición, que se a hecho con toda igualdad, viene a cumplirse el número de dichas trescientas y veinte juntas de bueies y requirió y mandó el dicho Señor Alcalde a los espresados cargo tubientes cumpla cada uno de ellos en hacer el acarreto de dichos maderos según el número y repartición que comprehende dicha horden y este auto durante los treinta días de término prefijido por dicha comisíón que corren desde el día nueve del corriente y de averlo ejecutado así traigan y presenten recivos al dicho Señor Alcalde para su resguardo con apercibimiento que de lo contrario correrá por quenta de los que fueren omissos todos los gastos y costes que resultaren a esta dicha Valle de Araquil. De todo lo qual se dieron por apercevidos y de ello hize auto y fueron testigos Fermín de Oroquieta, vecino de Villanueva y Francisco de Vicuña, residente en él y firmaron los que savían y en fee de ello yo el dicho escribano.
Juan de Astiz
Fermín de Oroquieta
Juan Antonio de Reta

Ante mi, Fermín de Huizi, escribano”. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Villanueva, Fermín Huici, legajo 63 n.º 17). DESCARGABLE PDF

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