Mesón: impuesto del maravedí de cebada.
Urdiain: 1780-82
“Doy fe y testimonio io el
escribano real infrascrito que Pedro Miguel de Albiztur, vezino del lugar de
Urdiain, tomó en arrendación el Mesón de aquel lugar para los años de 1780, 81
y 82, pagando de renta en cada uno de ellos cinco ducados, siete reales y
veinte y quatro maravedíes, y Miguel Ochoa de Errarte, vezino de él así vien
remató el propio Mesón para los años de 1783, 84 y 85, pagando en cada uno de
arrendación tres ducados, y doce maravedíes, y el mismo Ochoa de Errarte bolvió
a recivir en arriendo el referido Mesón para los años de 1786, 87 y 88, pagando
por año ochenta y seis reales, y veinte y quatro maravedíes, como consta por
las citadas tres escrituras, que se hallan testificadas por mí, el escribano,
en los respectivos protocolos, y en fee de ello di el presente para los efectos
que combenga a instancia del lugar de Urdiain: fecha en la villa de Echarri –
Arañaz a catorce de julio de mil setecientos ochenta y ocho. Lorenzo de Ibañes,
escribano.”
Urdiain: 19-XII-1786
“Yabar y
diziembre 19 de 86. Muy Señores míos: En virtud de executoria proveída de
instancias de