Juanes de Perujuaniz contra Juanes de Gastea Aguado, vecinos de Echarri, sobre inhibición de la nueva obra, que éste ha comenzado, en perjuicio del solar del demandante.
La queja se formula el 30 de marzo
de 1568 sobre un solar situado en la calle Mundiñano, que linda de una parte
“con casa de Gracia Ixurra, vecina de la dicha villa y de la otra con la caba
de la dicha villa”. El denunciado es Juanes de Gastea Aguado, alcalde de
Echarri; éste se considera dueño de esa huerta, que la cerró, sembró de
hortaliza y dice que “Juanes de Perujoaniz, sin tener respecto a la justicia
real de V. Magestad, por su persona, hijos y aderentes, de noches, ocultamente,
le han derribado y deshecho toda la cerradura de la dicha huerta y le ha
rancado y deshecho toda la hortaliza, que había y tenía en la dicha huerta,
hechándolo todo por tierra y so color que el suplicante hacía obra nueva con
información siniestra”. Por todo ello pide que le abone los daños y reponga la
huerta como estaba.
Gracia Ijurra era viuda de Martín Bacaicoa y su casa lindaba con la huerta en cuesti