domingo, 29 de diciembre de 2019

1611 Villanueva Juan de Landa pintor Rey de Armas

1611 Villanueva Juan de Landa pintor Rey de Armas
            “Prozeso de Juan de Landa, Rey de Armas y Familiar del Santo Oficio, vezino de esta ciudad, contra los Señores Fiscal y Patrimonial, el Reximiento de esta ciudad, los jurados, vecinos y conzexo de Aizcorbe, Billanueba y Gulina, los regidores, vecinos y universidad de Landa en Álaba, don Juan Manrrique de Arana y don Juan Arana Manrrique, cuia dicen es la torre fuerte y solar de Landa sobre uso de escudo de armas en propiedad y posesión por parte paterna y materna, como descendiente de dicha torre fuerte y casa solar de Landa y de la casa de Echeandia de el lugar de Gulina y otras”.
            El 30 de abril de 1611 dirige esta solicitud a los tribunales:
            “Juan de Landa, Rey de Armas y Familiar del Santo Oficio de la Inquisición de esta ciudad, dize que él es hijo legítimo y natural de Pedro de Landa y Graciana de Gulina, vecinos que fueron del lugar de Villanueva de la valle de Araquil y nieto legítimo y natural de Joan de Landa (escultor) e Isabel Marsal de Villanueva y biznieto legítimo y natural de Lope de Landa y Teresa de Chinchetru, su muger, vecinos que fueron de la ciudad de Vitoria y lugar de Landa en la provincia de Álaba, Hermandad de Barrundia y el dicho Lope de Landa, su bisabuelo, fue hijo legítimo y natural de los dueños y posehedores legítimos de la casa y torre fuerte de Landa sita en el lugar de La
nda, cuyo dueño y posehedor es y son al presente don Juan Manrrique de Arana y don Antonio Manrrique de Arana y Landa su hijo, vecinos de la ciudad de Vitoria y la dicha torre de Landa es casa noble, solariega y de cabo de armería y una de las diez y siete torres fuertes y solariegas que hay en la dicha provincia de Álaba... (cuyo escudo de armas se compone de) dos lobos colorados en campo verde y una orla colorada con ocho aspas de oro”.
            El 20 de mayo presenta los siguientes artículos:
“S. Magestad. Gaspar de Eslaba y Miguel Ximeno, procuradores de Joan de Landa, Rey de Armas, vezino desta ciudad, en el pleyto que trata con vuestro Fiscal y Francisco de Andueça su denunciante, probar entiende como de drecho mejor lugar aya lo neçesario de los artículos siguientes:
            1 Primeramente que el dicho Joan de Landa es hijo legítimo y natural de Pedro de Landa y Graciana de Gulina, vezinos del lugar de Villanueba de la valle de Araquil, por tal havido, tenido, criado, alimentado y comúnmente reputado sin que en esto se aya puesto duda alguna ni oydo cosa en contrario como lo dirán los testigos.
            2 Iten que el dicho Pedro de Landa fue hijo legítimo y natural de Joan de Landa e Isavel Marsal, su legítima muger, vezinos del dicho lugar, por tal tenido y
comúnmente reputado como es notorio y lo dirán los testigos.
            3 Iten que el dicho Joan de Landa fue hijo legítimo y natural de Lope de Landa y Teresa de Chinchetru, su legítima muger, vezinos de la ciudad de Victoria en la provincia de Álaba y por tal tenido, criado, alimentado y comúnmente reputado como lo dirán los testigos espeçificando la çierta ciencia y oydas en sus mayores y más anciano personas de mucha fee y crédito y de la pública voz y fama que desto avido.
            4 Iten que todos los susodichos del renombre de Landa, padre, abuelo y bisabuelo de mi parte son decendientes por recta línea de barón de la dicha torre y casa solariega de Landa sita en el dicho lugar de Landa, la qual es casa noble solariega devengar quinientos sueldos y de cabo de armería y de las más principales, que ay en la dicha provincia, devisseras y almenas, porque demás de aver sido y ser los decendientes de la dicha casa y originarios della del renombre de Landa, que es su apellido, conocidos y indubitados hijosdalgo nobles lo muestra bien su edificio fuerte, que tiene fosso, barbacana y puente lebadiça, que denota su antigüedad de nobleça como lo dirán los testigos.
            5 Iten que los dueños de la dicha torre y casa han tenido y tienen otra a la parte del río con su escudo de armas, que es el mesmo que lleba la dicha torre de Landa y sus dueños en particular en la yglesia del dicho lugar en la llabe de la capilla mayor y en la mesma piedra de la dicha llabe y tanbién a las dos capillas colaterales y son dos lobos colorados o desollados en campo berde orla colorada con ocho aspas de oro y este mesmo escudo es el que está sobre la portada de la torre bieja, que llaman de Ayzpe y las dichas armas y escudos destos 10, 20, 30, 40, 50, 100 y más años an sido y son tenidas por armas y blasón de la dicha casa y torre de Landa y de los de su apellido y así lo saben y han oydo los que de `presente biven en el dicho lugar y fuera del y en... pdf 

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