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jueves, 4 de octubre de 2012

Privilegio de Burunda del año 1468, confirmado el año 1498


1468: Privilegio de Burunda.
Traído de otro proceso, para el litigio de los Elizalde se copia el Privilegio de Burunda del año 1468 que queda en estos términos:
“S. Magestad. Juan García, Procurador de Miguel y Esteban de Galarça dice que para presentar en vuestro Consejo en la causa que trata con Juan Ochoa de Errarte, y Balança su procurador tiene necesidad de treslado haciente fe de la merced y privilegio que el señor Rey Don Juan deste Reyno dio y concedió a la Villa (sic) de Burunda sobre su livertad y enfranquimiento que está presentado en vuestro Consejo en un pleito que pende en el oficio del Secretario Lecaroz, suplica a V. Magestad mande que el dicho Secretario dé a sus partes treslado feaciente del dicho Privilegio con citación de las partes contrarias o su Procurador y pide justicia. Juan García.”
“En Pamplona en Consejo en la entrada jueves a veinte y dos de setiembre de mil y seiscientos y veinte y dos, leída esta petición presentes Juan García Procurador suplicante y Balança contrario, el Consejo Real mandó que yo el Secretario infrascrito dé a los suplicantes treslado feaciente del Privilegio que por ella piden citando ante y primero a las partes contrarias o su Procurador presentes los señores Licenciados Don Gil de Albornoz, Regente, Eusa, Vayona, Morales, Cevallos y Dotor Murillo del Consejo. Juan de Lecaroz, Secretario.”
“En Pamplona lunes a veinte y seis de setiembre de mil y seiscientos y veinte y dos, yo el Secretario infrascrito notifiqué la conpulsoria y auto sobre escritos a Juan de Huarte y Balança, Procurador contrario, y en seguiente le cité y aperceví para que si quisiere se alle presente oy este día en mi escritorio entre las ocho y nueve oras de la mañana, el qual después de aver oydo y conprendido dixo que se dava por notificado y que no consiente en lo prejudiciable a su parte y protesta de inpugnar en su tiempo y lugar y esto respondió y en fe dello firmé: Juan de Lecaroz, Secretario.”
“Privilegio y merced de la Reyna Doña Leonor, confirmado por el Rey Don Juan: Don Juan por la gracia de Dios Rey de Navarra, duque de Nemox, de Gandia, de Momblanc, de Pena fiel, Conde de Fox, Señor de Bearrn, Conde de Begorra, de Rivagorça, de Pontiebre, de Peiregor, Vizconde de Limojes, Par de Francia, e Señor de la ciudad de Balaguer, etc. Doña Catelina por la misma gracia Reyna propietaria del dicho Reyno, Duquesa de los dichos Ducados, Condesa y Señora de los dichos Condados y Señoríos, a quantos la presente vieren y oyrán salut: hacemos saver que avemos visto una Gracia y Merced por Doña Leonor de ynmortal memoria aguela nuestra lugarteniente general por el Rey Don Juan de gloriosa recordación visabuelo nuestro, Rey de Navarra y de Aragón, a los moradores de nuestra Tierra de Val de Burunda, es a saver a los lugares de Vacaicoa, Iturmendia, Urdiain, Alsasua, Olaçagutia e Ayuca, fecha del cens, pecha o deuda a nuestro patrimonio por ellos devida, la qual es del tenor seguiente:
Doña Leonor, por la gracia de Dios Princesa Primogénita de Navarra, Infanta de Aragón, e de Cicilia, Condesa de Fox, e de Begorra, Señora de Bearne, Lugarteniente general por el serenísimo Rey muy mi reductable señor padre en este su Reyno de Navarra, a quantos las presentes verán salut: .... SIGUE EN PDF

lunes, 21 de mayo de 2012

Títulos de ciudad de Corella, Viana, Olite; el título de Tudela era anterior (21 de mayo de 1390)


Títulos de ciudad de Corella, Viana, Olite; el título de Tudela era anterior (21 de mayo de 1390).
Los títulos de ciudad que habían comprado algunas poblaciones les llevó a solicitar el votar y sentarse en las Cortes Generales antes que las villas. El Consejo Real señaló a Corella (15 de julio de 1637) el asiento inmediato después de las ciudades de Pamplona, Estella y Tudela, pero reservando sus derechos a la parte contraria, de modo que protestaron las villas afectadas, porque era una sentencia sin sentido, y el asunto quedó sin solución.

Corella el 6 de febrero de 1630 había obtenido, mediante el pago de 26.500 ducados de plata doble, la merced real de ser intitulada ciudad.
De tan caro título no estaría mal presumir y en febrero de 1632 la ya ciudad del Alhama pide que como tal tenga en las Cortes Generales del Reino asiento preferente a las villas, dando pie a la disputa con Aoiz, Cáseda, Lumbier, Mendigorría, Monreal, Puente la Reina, Sangüesa, Tafalla, Torralba y Villafranca.
Privilegio y título de ciudad. Don Phelipe por la gracia de Dios rey de Castilla, de Aragón, de las dos Sicilias, de Jerusalén, de Portugal, de Navarra, de Granada, etc. Al............
 Viana adquiere el título de ciudad el 14 de mayo de 1630 por 14.000 ducados de plata doble.
Privilegio y título de ciudad. Don Phelipe por la gracia de Dios rey de Castilla, de Aragón, de las dos Sicilias, de Jerusalén, de Portugal, de Navarra, de Granada, etc. Al serenísimo príncipe Don Balthasar Carlos mi muy caro y muy amado hijo y a los Infantes, Prelados, Duques, Marqueses, Condes, Ricos hombres, Priores de las hórdenes, Comendadores y subcomendadores, alcaydes de los castillos y casas fuertes y llanas y a los del nuestro Consejo, Presientes y Oydores de las nuestras Audiencias, alcaldes, alguaciles de la nuestra Casa y Corte y Chancillerías y al nuestro Virey y Capitán General del nuestro Reyno de Navarra, Regente y los del nuestro Consejo y Alcaldes de la Corte Mayor del y otros qualesquier Jueces y Justicias y a todos los concejos, Correjidores y asistente, gobernadores y otros nuestros jueces y justicias, ministros y personas de qualquier estado, condición, preheminencia o dignidad que sean o ser puedan nuestros vasallos, súbditos y naturales, así de nuestros Reynos como del de Navarra, a los que agora son y al delante fueren y cada uno…….
“En la causa y pleito que es y pende ante nos y los del nuestro Consejo en primera instancia entre partes los alcalde, jurados e universidad de la ciudad de Estella e Miguel de Erro su procurador demandantes de la una parte y los alcaldes, jurados, vezinos y concejo de la ciudad de Tudela e Sancho Ibañes de Monreal su procurador defendientes de la otra sobre que los demandantes piden se entretenidos en las posesiones de preferir a la dicha ciudad de Tudela y sus procuradores y mensajeros en todos los ayuntamientos de los Tres Estados y Cortes Generales de este Reyno y en los Juramentos y Coronamientos de los Reyes del y en todas las otras prelaciones y autos en que concurren las dichas ciudades y sus...........
 Lumbier: defiende también su puesto en las Cortes; entre sus argumentos expone que es “Plaça de Armas, y todos los años hace 2 alardes, para disciplinar la gente con sus armas, para las ocasiones que se ofrezcan, como en frontera, debajo de su bandera y del Alcalde de ella, que es su capitán, sin que se haya incorporado con otra villa ni debajo de otra bandera ni capitán.” Entre sus privilegios, además de sentarse entre el Brazo de los Caballeros, puede “batir moneda, la jurisdicción baxa y mediana ..........
Puente la Reina: el 1 de abril de 1632 explica que por su antigüedad y servicios prestados “se le debe de justicia el asiento que tiene en Cortes, prefiriendo a las dichas ciudades y otras muchas villas calificadas del Reyno, porque tienen su antigüedad desde el año de 1160, en que el señor Don Carlos fundó la dicha villa con muchas honores y preeminencias y concedió a sus moradores y pobladores muchas prerrogatibas y exemptiones así a ellos como a sus subcesores, que constará por la dicha fundación y entre otros que fueren hidalgos como los barones de Estella y el año de 1396 el señor Rey Don Carlos concedió por privilegio particular que como una de las buenas villas tubiere asiento en Cortes después de las ciudad de Olite, que entonces era villa y el año de 1433 el señor Rey Don Juan hizo merced a la villa que el Alcaydío della fuere.........
 Olite: obtiene el título de ciudad por 15.500 ducados el 28 de febrero de 1630; el escribano real Melchor Arbizu, casado con Francisca Amburz y vecinos de Olite, redacta ese año el contrato para el pago de la merced (falleció antes del 4 de abril de 1632):
Don Phelipe por la gracia de Dios rey de Castilla, de Navarra, de Aragón, de León, de Toledo, de Sevilla, de Mallorca, de Menorca, de Valencia, de Cerdeña, de Córcega, de Murcia, de Jaén, de los Algarbes, de Algecira, de Gibraltar, de las Indias Orientales y Occidentales, Islas y Tierra Firme del Mar Océano, Archiduque de Austria, Duque de Borgoña, de Brabante.............
“Charlos por la gracia de Dios Rei de Navarra, Conte de Urreux facemos saver a todos presentes y avenir que considerando el gran placer y alegría que todo gran señor et mayormente Reyes y Príncipes que usan de magestad real han y deven haver et aun en luyes Regnos y Seyñoríos, logares nobles et seyñalados, en los quales ayan gentes de gran estado et aquellos siempre abrán amar y guardar entre los otros y ellos stando mercientes e dignos de esto et sea así que nos esguardando el bueno y noble asentamiento et comarcado nuestra villa de Tudela e redificada et poblada et la grande onrra y hornamiento de virtudes que a seydo los tienpos pasados y es a presente en las buenas gentes, vecinos, moradores et avitantes en aquella faciendo cosas tocantes e pertenecientes a toda obediencia, lealdat y nobleza, poniendo peligros de muerte sus cuerpos et sus bienes a perdición guardando et defendiendo la dicha villa et los vecinos y límites de nuestro Reyno et daquella contra nuestros enemigos et otros queriéndolos remundar de esto e dar gualardón señalado et a perpetuo memoria doctar, ennoblescer et de fecho mostrar por efecto ............

domingo, 20 de mayo de 2012

Puente la Reina: copia efectuada en 1633 de algunos de los documentos, que estaban en el archivo de la villa, de los años: 1122, 1275, 1317, 1322, 1325, 1331, 1332, 1341, 1396, 1415, 1417, 1444, 1524, etc.


Copia de documentación existente en el archivo municipal de Puente la reina, que se hace el 28 de febrero del año 1633...
Año de 1396. Ítem hace presentación de un previlegio del año de mil trescientos noventa y seis, concedido por el señor Rey Don Carlos, en que como a una de la buenas villas deste Reino.........
 Año 1444. Y ítem hace presentación de otro previlegio del año de mil quatrocientos y quarenta y quatro concedido por el Príncipe Don Carlos por el qual hace gracia de la tercera parte de los quarteles
 1589. Ítem hace presentación de una horden y carta del Señor Don Martín de Córdova de once de junio de mil y quinientos y ochenta y nueve enbiada a la dicha villa
 1605 y 1616. Ítem hace presentación de dos cartas misivas la una del Señor Don Juan de Córdova de trece de abril del año mil y seiscientos y cinco dando aviso del nacimiento del príncipe nuestro señor y la otra de V. Excª. de seis de henero de mil y seiscientos y diez y seis enviando al alcalde y regidores de la dicha villa para que tubiesen prevenida la gente por si fuese menester para socorrer la villa de Ayre en Francia. A V. Excelencia suplica muy humilmente como a tan gran príncipe admita la presentación de las dichas escripturas y se sirva de hacer relación de todas ellas a Su......... 
.....con la gente de ella capitaneándola y se alló en el derrivamiento del Castillo de Maia, así bien consta por una carta de Alcaide de los Donceles escripta de Pamplona a la justicia y regimiento de la villa de la Puente, mandando que perviniesen cinquenta hombres y los tubiesen prestos para quando les avisase por si hubiese necesidad de más gente en el cerco de la fortaleça de Maya, su data año de quinientos y veinte y tres,...................
...que consta de las provanças y papeles del dicho Don Fausto de Lodosa es que de si y de Don Iñigo de Lodosa y Doña Anna Ximénez su padres, y Don Francisco de Lodosa y Doña Madalena de Larrain sus abuelos y de Don Francés de Lodosa y Doña Francisca de Oviedo sus bisaguelos y demás antepasados cavalleros nobles hijosdalgo y fueron y es el dueño y señores de las casas y palacios de Sarria y Larrain y de San Marçal, que son cerca de la dicha villa de la Puente y todos los dichos fueron y es el dicho Don Fausto copero de los Reyes sus predecesores y de Buestra Magestad en este Reino y como tales tuvieron y tiene el dicho Don Fausto acostamiento en él, es cavallero del ábito de Santiago y lo fue el dicho Don Francés de Lodosa y fueron paxes de la magestad del Rey..............
 ....Fausto siempre se an casado con personas principales y de mucha calidad y el dicho Don Fausto está casado con Doña Jerónima de Navarra y Mauleón, hija legítima del Marqués Don Miguel de Navarra y Mauleón y de la Marquesa Doña María de Goñi y Peralta, su legítima mujer y dicen que deciende de los señores reyes de Navarra la dicha Doña Jerónima.
Prueba Don Fausto los servicios que él y sus antepasados han echo y que no an conseguido equivalente merced y premio y que Vuestra Magestad se la deve hacer en ...............
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“Trueque y cambio que el Rey Don Carlos hiço con la villa de la Puente de la Reyna sobre Gomacin y La Garana.
Sepan quantos esta presente carta verán et oyrán que yo Sancho Sánchez Crespo de los Arcos, notario público et jurado por authoridad real en todo el Reyno de Nabarra, vi,.....

1399: Olivos.

“Carlos por la gracia de Dios Rey de Navarra, Conte:
A todos quantos las presentes letras verán salud: como por el grant provecho et utilidat del común pueblo de nuestro Regno Nos ayamos hordenado en nuestro Gran Consejo que nuestros súbditos et naturales de las buenas villas e otros lugares de nuestro Regno…

1315.

In Dei nomine amen. Sepan quantos esta present carta verán et eoyrám como yo Gullemin portero del muyt alto noble et poderoso señor Don Luis Rey de Francia et de Navarra, por mandamiento del noble honrrado et cuerdo señor Don Alfonso de Robray Gobernador de Nabarra vendo des oy por siempre jamás toda aquella pieça que es en el término de Garatepea de Muruçabal teniente de la una part con el pajar et huerto de Don Lope Martínez el capellán et de la otra part tenient con la pieça de Don Sancho Périz de Artoisona et de la otra part tenient con el camino, la qual pieça es de Don….

viernes, 13 de enero de 2012

Conde de Lerín 2.ª parte: abolición de sus privilegios, gracias y mercedes por sus deslealtades, rebeliones y crímenes: documentos que solicita Artajona para pleitear contra las pretensiones y megalomanía del Conde Txikirikandi

Conde de Lerín 2.ª parte.
Abolición de los privilegios, gracias y mercedes, que por sus deslealtades, rebeliones y crímenes había caído sobre el Conde de Lerín, en los documentos que solicitó a la Cámara de Comptos Reales del Reino de Navarra la villa de Artajona para pleitear contra las pretensiones e insolencias del Condestable:
“1 La concesión de la jurisdición medina y baxa de Artaxona echa por los Reyes Don Juan y Doña Catalina el año 1484 en favor de Don Luis de Veaumonte Conde de Lerín en recompensa de la pecha de San Martín.
2 En los Libros de Quentas desde el año 1484 asta el año 1520 se a de ver si ay memoria de que Don Luis de Veaumonte no poseyó la jurisdición y rentas de Artaxona sino el Rey, y no se dexen de ver las quentas de todos estos años, año por año y de a allí atrás también se vea.
3 Particularmente se a de ver si desde el año de 84 asta el de 94 ay memorias que la jurisdición mediana y baxa de Artaxona la poseyó el Rey.
4 Los procesos y sentencias que hizo Mosiur Delautre (Juan de Foix vizconde de Lautrec) Capitán de los Reyes Don Juan y Doña Catalina contra Don Luis de Veaumonte sobre las rebeliones que hizo a los dichos Reyes en diez años desde el año  de 84 asta el de 94, que por tener el dicho Don Luis desasosegado el Reyno, estubieron fuera de él los dichos Reyes y el dicho capitán echó al dicho Don Luis de su estado y del Reyno, y quales y quantos procesos y sentencias ay, y tener quenta de ver si entonces tenía a Artaxona el dicho Don Luis.
5 Otros procesos y sentencias que hizo el dicho Rey Don Juan contra Don Luis en el año de 95 o de allí adelante, por aber tomado a la villa de Olite y muerto al alcalde de ella, y fue segunda vez echado del Reyno y de su estado y advertir en saver si entonces tenía el Rey o Don Luis de Veaumonte a Artaxona.
6 La capitulaciones que se hizieron entre el Rey Católico y la Reina Doña Isabel su muger, y los Reyes Don Juan y Doña Catalina y Don Luis de Veaumonte, en que se concordó que el dicho Don Luis fuese del Reyno y le dieron los Reyes de Castilla el marquesado de Huesca(r) de Granada y ellos tomaron el estado del Condestable que tenía en Navarra, y lo tuvo por ellos Don Juan de Ribera, y tener special quenta si ay razón de los lugares que poseyó Don Juan de Ribera y ver si se hizo memoria de lo que se le entregó. SIGUE EN PDF
Conde de Lerín parte 1


miércoles, 21 de diciembre de 2011

Toponimia- Coptos y Paramentos de Lezaun hechos el año 1500 por Martín de Lizarazu, y confirmados por los reyes Juan y Catalina

Cotos y Paramentos de Lezaun del año 1500: toponimia.

 “Manifiesto sea a quantos las presentes verán e oirán que yo Martín de Lizarazu Bachiller e adbogado real de Sus Altezas otorgo que con la maior honor e reverencia que podía e debía recibir una comisión e mandamiento de la señora Infanta Lugar Theniente general escrita en papel e sellada al dorso del sello de la Chancillería y que es del thenor siguiente:
Doña Cathalina Infanta de Navarra e Lugar theniente general por los muy excelentes Príncipes Don Juan por la gracia de Dios Rey de Navarra, duque de Nemous, de Gandia, de Monblanch, de Peñafiel, conde de Fox, señor de Bearne, conde de Begorra, de Pontibre, de Perigorch, Bizconde de Imoges, señor de la ciudad de Balager e Par de Francia et por Doña Cathalina por la misma gracia Reyna de españa del dicho Reyno, duquesa de los dichos ducados, condesa y señora de los dichos condados e señoríos: Al fiel consejero e bien amado de los Rey y Reyna mis señores nuestro Martín de Lizarazu Adbogado Real de Sus Altezas, salud:
Fazemos saver que parescieron en juicio por ante nos e los Alcaldes de la Corte Mayor a voluntad e plazentería de partes son a saber Don Gonzalo de Lezaun capellán beneficiado en la iglesia parroquial del dicho lugar, el qual firmó por jurados, vezinos y conzejo del dicho lugar de Lezaun e por ciertos vezinos foranos del dicho lugar aceptado por Juana de Lezaun, viuda de Miguel de Subiza e Juan Fernández, vecinos del dicho lugar de Lezaun so cierta pena de los fazer loar e aprobar la dicha firma por él fecha de la una parte, et Juan de Baquedano estudiante vezino del lugar de Abarzuza, el qual bien así firmó por los dichos Juana de Lezaun, Miguel de Subiza e Juan Fernández e por los más de los vezinos foranos del dicho lugar de Lezaun de les fazer loar e aprobar lo que por vos el dicho Martín de Lizarazu comisario en virtud de la presente SIGUE EN PDF 

Privilegio dado a Legaria el año 1266 por el rey Teobaldo II y confirmado por los reyes Juan y Catalina en 1496

Legaria: privilegio del rey Teobaldo II del año 1266.
“Don Johan por la gracia de Dios Rey de Navarra, duque de Nemox, de Gandia, de Monblanc, de Peynafiel, conde de Fox, señor de Bearne, conde de Begorra, de Ribagorça, de Pontiebre, de Peyregort, vizconde de Limoges, Par de Francia e senñor dela ciudat de Balaguer, e Dona Catherina por la misma gracia Reyna propietaria del dicho Reyno, duquesa de los dichos ducados, condesa y senñor de los dichos condados y senñoríos: A quantos las presentes verán e oyrán salut: Fazemos saber que nos vimos un privilegio y donación por el Rey Don Tibault predecesor nuestro de gloriosa recordación a nuestros hombres de condición de nuestro lugar de Legaria fecha y otorgada en pargamino scripto y con su sello real empendiente sellado que es del tenor seguiente:
Cognoscida cosa sea a todos aquellos que son e qui serán que nos Don Tibaut por la gracia de Dios Rey de Navarra de Cany e de Bria, conde de Palazin por los ruegos e por el servicio que los hombres de Legaria nuestra villa nos fizieron mandamos les e otorgamos por nos e por todos aquellos qui regnarán después nos que la villa de Legaria non sea vendida ni empenñada ni canbiada ni allenyada a hombre nascido deste mundo por secula cuncta, mas sea realenca salvos nuestros derechos e dando a nos por pecha cadañyo a la fiesta de Sant Miguel mil sueldos de quoalquiere moneda corriente en Navarra e ellos que tengan por siempre suis, las pieças, las vinyas, las sernas, los uertos, las ruedas nuestras amejoradas e non apeoradas salvo las casas que retenemos por nos e las calonias e homicidios con los otros nuestros dreytos e ayan denies e queremos que merino ninguno non aya poder sobre ellos ni los pueda levar a labor de ningún castillo sino tan solamente por demandar nuestro dreyto e nuestra peyta e a mayor firmiza e a mayor valimiento de si donativo damos a ellos esta nuestra carta sellada con el nuestro sello pendient, la quoal fue fecha e dada en Pamplona con mandamiento del Rey viernes primero empués la fiesta de San Laurent anno Domini Millesimo duocentésimo SIGUE EN PDF

miércoles, 14 de septiembre de 2011

Año 1494: Acta de la coronación de los Reyes de Navarra: Juan y Catalina

"El Coronamiento del rey don Joan y de la reyna doña Cathelina y el juramento hecho al dicho reyno."
"En el nombre del señor Todopoderoso, Padre y Hijo y Spíritu Sancto, tres personas en una essencia et un solo Dios, rey de los reyes y señor de los señores, a perpetua memoria sea manifiesto a todos los presentes et a los que son por venir, que este público instrumento verán, leerán et oyrán, que el año del nacimiento de nuestro señor Jesu Cristo mil quatrocientos noventa y quatro, día domingo que se contava el dezeno día del mes de jenero del dicho año en la yndiction trezena y del pontificado del nuestro muy sancto padre en Jesu Cristo y señor nuestro Alexandro, por la debina providencia Papa sexto, año tercero empués que los muy excelentes y muy poderosos príncipes y princesa don Joan por la gracia de Dios, rey de Navarra, duch de Nemoux, de Gandia, de Monblanc y de Peña fiel, conde de Foix, señor de Vearne, conde de Vegorra y de Ribagorça, de Pontiebre, de Puy Regor, vizconde Limojes, par de Francia y señor de la ciudad de Balaguer y doña Cathelina por la misma gracia reyna propietaria del dicho reyno, duquesa de los dichos ducados, condesa y señora de los dichos condados y señoríos, mandaron convocar y venir al sacramento de la sancta unción et a la solemnidad de su bien abenturada coronación et elevación a la dignidad real a los perlados, nobles, varones, ricos hombres, hijosdalgo, ynfançones, hombres de ciudades y buenas villas, representantes los Tres Estados de Reyno y todo el pueblo de Navarra, como en semblantes casos y actos es acostumbrado fazer, al presente día de oy en la yglesia cathedral de sancta María de la ciudad de Pamplona, a donde la dicha solemnidad y recebimiento de las ynsignias reales se deve y se acostumbra fazer, los dichos señores rey y reyna personalmente constituidos en presencia de nos los prothonotarios y secretario y testigos de yuso escritos, se presentaron por y como Estados las personas, que se siguen, son a saber los perlados, los reverendos padres en Jesucristo y muy honestos religiosos, don Juan de Varreria, obispo de Bayona, don Veltran de Laboyria, obispo de Aex, Joan de Egues, prior de Roncesvalles, don fray Pedro de Eraso, abad de Oliba, don fray Salvador Calvo, abad de San Salbador de Leyre, don Fray Diego de Vaquedano, abad de Yrançu, don fray Miguel de Peralta, abad de Fitero y los nobles varones caballeros, hijosdalgo don Luys de Veamonte, conde de Lerin, condestable de Navarra, don Pedro de Navarra, marichal del dicho reyno, don Alonso de Peralta, conde de Santesteban, don Juan señor de Lusa, don Felipe de Viamonte, mosen Juan de Ezpeleta, vizconde de val de Erro, mosen Joan Velez de Medrano, don Joan Enrriquez de Lacarra, ricos hombres, don Luys de Veamonte, hijo del dicho condestable, don Carlos de Viamont, don Joan de Viamonte, don Juan de Mendoça, don Juan de Viamont, señor de Monteagudo, Joan Enrriquez de Lacarra, señor de Ablitas, mosen Joan de Garro, vizconde de Çolina, mosen Pierres de Peralta, merino de Tudela, mosen Martín Enrriquez de Lacarra, mosen Arnaut de Ozta, Lope de Vaquedano, merino de Stella, vizconde de Marena, mosen Phelippo, señor de Çabaleta, nobles caballeros García Pérez de Verayz, alcalde de Tudela, Martín de Goñi, Jayme-.....

....teniendo los dichos cetros en sus manos puyaron de pies sobre un escudo pintado de las armas reales de Navarra solamente enderredor del qual escudo havía doze sortijas de fierro y travando de aquellos los sobredichos nobles y ricos hombres y personajes que para ello fueron diputados y nombrados de nuestra auctoridad levantaron a sus altezas por tres vezes, clamando cada vez a alta voz: real, real, real y estando así los dichos señores rey y reyna levantados de pies sobre el dicho escudo derramaron de su moneda sobre las gentes, que estaban enderredor, cumpliendo en ello lo que el fuero dispone y fechas y cumplidas así las dichas cirimonias, el dicho obispo de Coserans, que havía echo la dicha unctión y celebrado el oficio divino y los dichos obispos de Vayona y de Aex y los otros perlados, seyendo en sus pontificados, cada uno en su grado, según las dignidades como dicho es, se acercaron a los susodichos señores rey y reyna et adestrando los guiaron y llevaron al estrado, que para su real magestad estava......
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