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| Inza 1856 detalle de manuscrito |
Historia de Navarra. Procede la documentación especialmente del Archivo Real y General Navarra y en algunos casos de archivos municipales.
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jueves, 19 de febrero de 2015
martes, 15 de noviembre de 2011
Toponimia: Inza reparto en 1856 de la Malloa en 34 porciones para henares.
Manuscrito completo
Inza 7 de enero de 1856
Reparto y adjudicación extrajudicial de la Malloa de Inza, otorgada entre los 33 vecinos del pueblo para el aprovechamiento de las hierbas o henares.
Entre el vocabulario que glosan están:
Eroci: viene a ser un alud de nieve y tierra.
Lera: rastra.
Nartoki: senda para la conducción de hierba.
Sarobe: paraje con árboles para el resguardo del ganado.
“En el lugar de Inza del valle de Araiz a siete de enero de mil ochocientos cincuenta y seis por ante mi el escribano público y competente número de testigos que al final se nominarán: hallándose reunidos:
Martín Miguel Goicoechea dueño de la casa de Juangorena,
Miguel Pellegero de Zamarguiñenea y Perurena,
Juan Martín Saralegui de Ususarrena,
Juan Miguel Otamendi de Martinchenea,
Miguel José Otermin de Elizaldea y Contiño,
Juan José Usarbarrena de la de su apellido,
Miguel Ángel Iriarte de Goicoechea,
José Miguel Ciraco de Chartirena,
Martín José Michitorena de Barazarte,
Miguel Ignacio Otamendi de Orejarena,
Antonio Martinicorena de Usar,
Francisco Michitorena de Errotaldea,
María Josefa Larreta, viuda de Ansolena y Michelusarrena,
Miguel José Goicoechea Peruchenea,
Juana María Iriarte viuda de la de Soravilla,
Martín José Estanga de Chorroa,
Juan Miguel Saralegui de Zapatandeguia,
Martín Miguel Ochotorena de Bengoechea,
Pedro Ángel Saralegui Juansendorena,
Miguel Olasagarre de Martirena,
Esteban Olasagarre de Ubitarte, sigue en pdf
Inza 7 de enero de 1856
Reparto y adjudicación extrajudicial de la Malloa de Inza, otorgada entre los 33 vecinos del pueblo para el aprovechamiento de las hierbas o henares.
Entre el vocabulario que glosan están:
Eroci: viene a ser un alud de nieve y tierra.
Lera: rastra.
Nartoki: senda para la conducción de hierba.
Sarobe: paraje con árboles para el resguardo del ganado.
“En el lugar de Inza del valle de Araiz a siete de enero de mil ochocientos cincuenta y seis por ante mi el escribano público y competente número de testigos que al final se nominarán: hallándose reunidos:
Martín Miguel Goicoechea dueño de la casa de Juangorena,
Miguel Pellegero de Zamarguiñenea y Perurena,
Juan Martín Saralegui de Ususarrena,
Juan Miguel Otamendi de Martinchenea,
Miguel José Otermin de Elizaldea y Contiño,
Juan José Usarbarrena de la de su apellido,
Miguel Ángel Iriarte de Goicoechea,
José Miguel Ciraco de Chartirena,
Martín José Michitorena de Barazarte,
Miguel Ignacio Otamendi de Orejarena,
Antonio Martinicorena de Usar,
Francisco Michitorena de Errotaldea,
María Josefa Larreta, viuda de Ansolena y Michelusarrena,
Miguel José Goicoechea Peruchenea,
Juana María Iriarte viuda de la de Soravilla,
Martín José Estanga de Chorroa,
Juan Miguel Saralegui de Zapatandeguia,
Martín Miguel Ochotorena de Bengoechea,
Pedro Ángel Saralegui Juansendorena,
Miguel Olasagarre de Martirena,
Esteban Olasagarre de Ubitarte, sigue en pdf
lunes, 14 de noviembre de 2011
Inza: reparto hecho en el año1856 de los helechales y hojarasca entre los 33 vecinos del pueblo.
Helechales de Inza
7 De enero de 1856
Reparto y adjudicación extrajudicial de los helechales de Inza, otorgada entre los 33 vecinos de dicho pueblo para el aprovechamiento del helecho y la hoja del monte.
“En el lugar de Inza del valle de Araiz a siete de enero de mil ochocientos cincuenta y seis por ante mi el escribano público y competente número de testigos que al final se nominarán: hallándose reunidos:
Miguel Balda, dueño de la casa de Guelacho,
María Josefa Larreta, viuda, de las casas de Michelusarrena y Ansorena,
Francisco Michitorena de Errotaldea,
Miguel José Goicoechea Peruchenea,
Francisco Otermin de Calzada,
Miguel José Otermin de las casas de Contiño y Elizaldea,
Juan José Usarbarrena de la de su apellido,
Antonio Martinicorena de Usarandia,
Juan Martín Saralegui de Usesariena,
Martín José Michetorena de Barazarte,
Miguel Ignacio Otamendi de Orejena,
Miguel Pellegero de Perurena y Zamarguiñenea,
Juan Miguel Otamendi de Martinchenea,
Martín Miguel Goicoechea de Juangorena,
José Miguel Ciraco de Chartirena,
Miguel Ángel Iriarte de Goicoechea,
Miguel Olazagarre de Martirena,
Juliana Balda viuda de la de Zubieta,
Juana María Iriarte viuda de la de Soravilla,
Esteban Olasagarre de Uvitarte,
Felipe Olasagarre de Calparreguia,
Martín José Estanga de Chorroa,
Inza: toponimia y nombres de casas del año 1639.
Inza (Valle de Araiz)
Toponimia, nombres de las casas del lugar de Inza del 7 de julio de 1639.
Carta censal de Joanes de Arregui, vecino del lugar de Aldaz contra los vecinos y concejo del lugar de Inza de 100 ducados.
“In Dei nomine amen. Sea notorio y magnifiesto a quantos la presente escritura de venta imposición de censo alquitar y obligación guarentixa vieren como en el lugar de Irurçun a siete días de mes de julio del año mil y seiscientos treinta y nueve ante mi el escribano público y testigos havaxo nombrados constituydos en persona Miguel de Estanga, Miguel de Bengoechea y Joan Pérez de Ibarlucea, vecinos del lugar de Inça en la valle de Araiz y diputados y procuradores que mostraron ser de los jurados y demás vecinos del dicho lugar de Inça como consta por el poder testificado y firmado por Pedro de Larreta escribano real y del juzgado del dicho valle, su fecha en el dicho lugar de Inça a los ocho días del mes de junio próximo pasado deste presente año de seiscientos treinta y nueve, que queda en poder de mi el escribano infrascrito, quienes en virtud del juramento en su propio nombre como en el de sus dichos principales juntos de mancomún acuerdo y voz de uno et in solidum, renunciando la ley de duobus reis debendi, siendo certificados de su beneficio por mi el dicho escribano, por la presente otorgaron, conocieron y confesaron que venden, fundan, constituyen y cargan en favor de Joanes de Arregui, vecino del lugar de Aldaz y de sus herederos y subcesores y causahovientes, cinco ducados de censo y anua pensión pagaderos en cada un año para el dicho día cinco de julio de año primero veniente de seiscientos y quarenta y aldelante a los mesmos días y plaços e cada un año perpetuamente mientras no se redimiere la cantidad principal, los quales son por raçón de cien ducados de principal que por su compra les ha dado y del dicho Joanes de Arregui an recebido a censo alquitar a raçón de cinco por ciento conforme a las leyes del Reino y motu proprio de Su Santidad... para cuyo seguro y paga de los dichos censos, prorratas y costas por quanto el dicho dinero lo toman para recobrar una casa vecinal del dicho lugar que la tiene rematada don Joan de Otermin abad de Gainça y para pagar a los capitanes que en el dicho lugar de Inça están al presente alojados hipotecan especial y expresamente los propios y rentas del dicho lugar como son yerbas y aguas, montes, un molino y todos los demás aprovechamientos y a más dello los bienes seguientes:
sigue en pdf
Toponimia, nombres de las casas del lugar de Inza del 7 de julio de 1639.
Carta censal de Joanes de Arregui, vecino del lugar de Aldaz contra los vecinos y concejo del lugar de Inza de 100 ducados.
“In Dei nomine amen. Sea notorio y magnifiesto a quantos la presente escritura de venta imposición de censo alquitar y obligación guarentixa vieren como en el lugar de Irurçun a siete días de mes de julio del año mil y seiscientos treinta y nueve ante mi el escribano público y testigos havaxo nombrados constituydos en persona Miguel de Estanga, Miguel de Bengoechea y Joan Pérez de Ibarlucea, vecinos del lugar de Inça en la valle de Araiz y diputados y procuradores que mostraron ser de los jurados y demás vecinos del dicho lugar de Inça como consta por el poder testificado y firmado por Pedro de Larreta escribano real y del juzgado del dicho valle, su fecha en el dicho lugar de Inça a los ocho días del mes de junio próximo pasado deste presente año de seiscientos treinta y nueve, que queda en poder de mi el escribano infrascrito, quienes en virtud del juramento en su propio nombre como en el de sus dichos principales juntos de mancomún acuerdo y voz de uno et in solidum, renunciando la ley de duobus reis debendi, siendo certificados de su beneficio por mi el dicho escribano, por la presente otorgaron, conocieron y confesaron que venden, fundan, constituyen y cargan en favor de Joanes de Arregui, vecino del lugar de Aldaz y de sus herederos y subcesores y causahovientes, cinco ducados de censo y anua pensión pagaderos en cada un año para el dicho día cinco de julio de año primero veniente de seiscientos y quarenta y aldelante a los mesmos días y plaços e cada un año perpetuamente mientras no se redimiere la cantidad principal, los quales son por raçón de cien ducados de principal que por su compra les ha dado y del dicho Joanes de Arregui an recebido a censo alquitar a raçón de cinco por ciento conforme a las leyes del Reino y motu proprio de Su Santidad... para cuyo seguro y paga de los dichos censos, prorratas y costas por quanto el dicho dinero lo toman para recobrar una casa vecinal del dicho lugar que la tiene rematada don Joan de Otermin abad de Gainça y para pagar a los capitanes que en el dicho lugar de Inça están al presente alojados hipotecan especial y expresamente los propios y rentas del dicho lugar como son yerbas y aguas, montes, un molino y todos los demás aprovechamientos y a más dello los bienes seguientes:
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