1579 Pechas al Monasterio de Iranzu
“Ilustres Señores. Los abad y
monjes del Monesterio de Nuestra Señora de Irançu dizen que los pueblos y
personas particulares contenidos y nombrados en el rolde y memorial, que
presientan, deben al dicho Monesterio en cada un año las cantidades y cossas
contenidas y nombradas en el rolde y memorial, que presientan.
Suplican a Vs. Ms. manden darles mandato executorio de las
dichas cantidades de pechas contra los pueblos concegilmente y contra los
particulares, y piden justicia.
Otrosí
dizen que los nombrados en otro memorial que presentan deben a los suplicantes
por los años de mil quinientos setenta y dos y setenta y tres, setenta y
quoatro, setenta y cinco, setenta y seys, setenta y siete, setenta y ocho
presente las pechas y cossas contenidas en el dicho memorial.
Suplican a
Vs. Ms. manden darles tanbién executoria
contra los contenidos en el dicho memorial y piden justicia. Pedro de
Larramendi”.
“En
Pamplona en Cámara de Comptos Reales en juizio juebes a veynte y seis de
hebrero de mil y quinientos setenta y nuebe años leyda esta petición la Cámara
mandó en quanto a