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sábado, 3 de diciembre de 2016

1292 1543 1552 Yabar Villanueva Aguinarte Illarrazu hidalgos y labradores

Contenido
  • Julio de 1292: Pedro de Larreve y Martín García, Recibidores de las Rentas de Navarra, dan en arriendo a Sancho Ochoa de Garriz el monasterio de Aguinarte con todos sus derechos y pertenencias por 4 años, debiendo pagar anualmente 25 cahíces de trigo y se compromete a hacer las cuatro labores de las viñas: “podar, descalçar, cavar et avinar”.
  • 1543: El 27 de mayo de 1543 dan poderes ante el escribano Tristant de Andueza varios vecinos de Yabar, que se consideran hidalgos:
  • 1546: Yabar y Villanueva enfrentados
  • 1552:       El 22 de junio de 1552 Villanueva presenta reclamación contra Yabar para que se amojone con anchura suficiente el camino de Illarrazu, por el cual puedan pasar con su ganado; el mismo día declaran algunos testigos:
  • 1555:       Los vecinos de Yabar son acusados por el Condestable (Luis de Beaumont, cuarto conde de Lerín) de haber hecho un carneramiento al clavero, que tenía en su casa y palacio de Asiain en contravención del derecho y posesión, en que estaban, de gozar las hierbas y aguas de Yabar y de Illarrazu.



Julio de 1292: Pedro de Larreve y Martín García, Recibidores de las Rentas de Navarra, dan en arriendo a Sancho Ochoa de Garriz el monasterio de Aguinarte con todos sus derechos y pertenencias por 4 años, debiendo pagar anualmente 25 cahíces de trigo y se compromete a hacer las cuatro labores de las viñas: “podar, descalçar, cavar et avinar”.

            “Sepan quantos esta carta verán et oyrán que yo Sancho Ochoa de Guarriz recibo a tribudo de vos Maestre Pierre Larreve et Martín García, Recibidores de las Rentas de Navarra, el monasterio de Aguynart con todos sus drechos, es a saber casas, pieças, viñas et con todos los drechos qui el Seyñor Rey ha en el dicho monasterio desta primera fiesta de Sant Martín, que viene en quoatro ayños seguientes continuadament complidos cada ayño por veynt kafizes de trigo mesura de Pamplona de tribudo, los quoales yo devo paguar dentro en la villa de Aguynart a vos los sobredichos recibidores o a t

miércoles, 18 de febrero de 2015

Bacaicoa 1736 ruido por un cencerro

Robo de un cencerro
            “En el lugar de Olazagutia a treinta y uno de octubre de mil setecientos treinta y seis, ante el Señor Bernardo López de Goicoechea, Alcalde y Juez hordinario de este Valle de Burunda, por testimonio de mí, el escribano infrascrito, Antonio de Goicoechea, natural del lugar de Bacaiqua, y baquero de las vacas de él, puso su demanda berval a Andrés de Lacunza, vecino y baquero de las vacas de el lugar de Iturmendi, haviendo precedido citación suia por medio de Martín de Retena, Merino del este Valle de Burunda, diciendo que por el mes de agosto de el año último pasado Miguel de Anso, natural de el espresado de Bacaiqua, le vendió un cencerro por dos reales, el qual le puso a una vaca de Juan de Ulaiar, vecino de él, y a veinte días después poco más o menos se encontró sin él, y con el motivo de haver tenido noticia que aquel le trahía otra de el lugar de Iturmendi, para enterarse mejor hizo la dilijencia de verlo, y con efecto supo que de horden de dicho Lacunza le trahía una vaca de Joseph López de Goicoechea, vecino del lugar de Iturmendi, el qual de pedimento de el demandante se puso en depósito en poder de Andrés de Beidacar, Regidor y vecino de dicho lugar de Iturmendi, y para que en su vista puedan declarar los testigos con más

domingo, 5 de octubre de 2014

Iturmendi 1529 Clérigos que riñen por robos de trigo

Clérigos que riñen por robos de trigo.
Iturmendi: 1529
Don García de Iturmendi contra Don Juan de Zubiría, clérigos vecinos de Bakaikoa, sobre la posesión de un beneficio en la iglesia de Iturmendi de patronato de legos de sus vecinos, sin otro dueño ni conocido ni necesario.
            Don García de Iturmendi dice que el 24 de junio de 1529, después de estar percibiendo los frutos de un beneficio en Iturmendi, estando él ausente (los recibía desde hacía 16 años), Don Juan de Zubiría se le lleva sin derecho alguno su parte. Además le acusa de presentar testigos falsos en los pleitos, a quienes les incita a que no digan la verdad y les promete que él luego en confesión los absolverá.
            El beneficio rentaba al año, convertidos sus frutos en metálico: 50 libras.
            El 24 de octubre de 1529 declaran los testigos presentados por Don García:

viernes, 31 de enero de 2014

Cárcar - Urdiain: 1799: robo y muerte de un arriero

Proceso contra Sebastián Lorente y Ruiz, vecino de Cárcar, sobre hurto y agresión a Juan Miguel Goicoechea, alias Cascachuri, arriero vecino de Urdiain, con resultado de muerte.
            A finales de febrero de 1799 se dice que “se ha hallado el cadáver de Juan Miguel de Goicoechea, natural de Urdiain, Valle de Burunda, de oficio arriero en las inmediaciones de el bocal del regadío de la villa de Cárcar con ocho heridas ejecutadas las tres con instrumento cortante como puñal o guifero, y las cinco contusas todas de peligro no dudando que fue precipitado al río después de muerto”, y tres machos, uno muerto.

miércoles, 17 de julio de 2013

Olazagutia: 1829: apresan 13 carros de Alsasua cargados de duela o tablilla



Olazagutia: 1829:Puerto y bases para su composición entre Ziordia, Olazagutia y Alsasua.

En agosto del año 1829 dan poderes los pueblos Ziordia, Olazagutia y Alsasua, y en sus sesiones se anota que lo hacen los “Regidores e individuos de la Veintena”.
Era Alcalde y Juez ordinario del Valle de Burunda Miguel Ignacio Fernández de Muniain.

jueves, 26 de enero de 2012

Proceso contra Lorenzo Michelena y lo caro que salían los hurtos el año 1825

Lorenzo Michelena era natural de Aranaz, labrador y pastor, de 20 años y fue encarcelado en Santesteban por un robo cometido al atardecer del Domingo de Pascua, 2 de abril del año 1825 y por otro al día siguiente; había sustraído media docena de cencerros y ropa a una chica; llevaba una pistola descargada que decía la había ganado jugando a pelota a un mozo de Aranaz.
Por sentencia del día 19 de abril del mismo año se le condenaba “por tiempo de ocho años al honrroso servicio de las armas en uno de los Regimientos españoles”.
Admitió la sentencia para que no siguiese el proceso y poder continuar en la cárcel; el cirujano que le examinó certificó que era útil y que “tiene la talla de cuatro pies y que no posee la lengua castellana, solo el idioma vascongado”.
Por la talla se le declara no apto para el honroso servicio y el día 29 del mismo mes y año pronunció su sentencia el Consejo Real, “destinándolo por tiempo de dos años a la zequia imperial o real canal de Tauste.”
Esta es la declaración íntegra que hizo de sus andanzas, de las que son aprovechables los topónimos:
“En la villa de Santesteban y dentro de su cárcel pública, a siete de abril de mil 1825, el señor Don Juan Francisco Ariztegui, alcalde y juez ordinario de esta dicha villa, hizo comparecer ante sí y la de my el escribano público infrascrito a Lorenzo Michelena, preso en dicha cárcel, para efecto de recibirle su declaración al tenor de la culpa que contra él resulta de la información sumaria recibida por el mismo sobre el robo de seis cencerros y diferentes ropas y porque dicho Michelena es menor de los veinte y cinco años por decir no tener más que veinte, nombró por su curador ad litem a Juan José Echenique, vecino de esta dicha villa, de quien yo el escribano doy fee haberle recibido SIGUE EN PDF