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domingo, 8 de mayo de 2022

1781 Valle de Lana sentencia

 Sentencia del 28 de septiembre del Valle y Universidad de Lana sobre hidalguía contra el Fiscal.

            “En este negocio del alcalde, regidores, jurados, vecinos y conzejo de los lugares de Gastiain, Narcue, Ulibarri, Biloria y Galbarra, de que se compone el Valle y Universidad de Lana:

Pedro Mathías Cambra y Gabiria en propio nombre y en el de padre y legítimo administrador de Juan Thomás, Pedro Juachín, Francisco Antonio, Javier Antonio y Josef Eusebio de Cambra y Bazterra, sus cinco hijos habidos de su matrimonio con Clara Bazterra;

y de Juachín Cambra y Mendaza en propio nombre y en el d

1748 Zestona molino Isturizaga Ugarte de Andoain

 23 De julio de 1748

            “Escriptura de comvenio y ajuste entre don Francisco de Martitegui, administrador del señor Marqués de Balmediano y Juan de Sarasola”.

            “En la villa de Azpeitia a veinte y tres de julio del año mil setecientos y quarenta y ocho, ante mí el escribano y testigos, que abajo se dirán, parecieron presentes de la una parte don Francisco de Martitegui, vecino de la villa de Villafranca y mayordomo y administrador del señor don Juan Raymundo de Arteaga, Marqués de Balmediano y de la otra Juan de Sarasola, maestro cantero vecino del concejo de Lazcano y residente en la villa de Zarauz y dijeron que entre sí estavan comvenidos y ajustados como por la presente carta en la forma que mejor pueden y a lugar en derecho, comvienen y se ajustan en la forma y manera siguiente:

sábado, 7 de mayo de 2022

1709 Murguindueta Eraso donación contrato matrimonial

 

Amézqueta: iglesia de patronato de los Eraso

            Miguel de Eraso y Amézqueta y su mujer María Teresa Bergara, cuyos son Amézqueta y Murguindueta contra Antonio Eraso y Amézqueta y Teresa Rodríguez de Arellano, residentes en Murguindueta, sobre el convenio del año 1706.

            La donación lleva fecha del 8 de octubre de 1704; el contrato matrimonial se firma en Larraga el 15 de noviembre de 1704 ante el escribano Esteban Del Rio, y el acuerdo es del 21 de noviembre de 1706 testificado por Fermín Huici, escribano de Villanueva.

            Se certifica el bautismo celebrado el 9 de noviembre del año 1682 en Murguindueta de “Antonio Jacinto de Eraso y Vergara, hijo legítimo de don Miguel de Eraso y Amézqueta y su señora doña Martí Theresa de Vergara... fueron sus padrinos el señor don Antonio de Eraso y Amézqueta, abad de Sarasa y su señora doña Floriana de Berrio y Eraso”, siendo abad de Murguindueta don José de Eraso.

“Rolde de los productos y rentas que tiene el

mayorazgo de Murguindueta es como se sigue:

            1 Primeramente en la Probinzia en Amézqueta tiene el patronazgo de la parroquial de dicha villa, que le reitúa (sic) cada año trescientos reales de a ocho moneda deste Reyno de Navarra,

            2 Más tiene dicho mayorazgo cinco casas en la villa de Amézqueta, que arriendan el palacio quarenta y ocho reales de a ocho y las otras quatro en junto arriendan setenta y ocho reales de a ocho.

            3 Más tiene en dicha villa de Amézqueta dos molinos a medias con la dicha villa, que para cada parte arrienda a setenta y tres reales de a ocho.

Lo que tiene en Navarra es como se sigue:

            4 En Eraso tiene un molino que le reitúa treinta y quatro robos de trigo y treinta y quatro de maíz y onze ducados en dinero.

            5 Más el palacio de Eraso que le reitúa diez ducados en dinero, ocho robos de trigo y ocho de maíz.

            6 Más una casa en el dicho señorío de Eraso con su borda, que entre ambas reitúan diez y seis ducados en dinero, ocho rovos de trigo y ocho de maíz.

            7 Más beinte rovos de trigo le da el lugar Errazquin por larrendazión de las tierras, que lleva dicho lugar del señorío de Eraso.

            8 Más el dicho palacio de Murguindueta tiene quatrocientos y veinte y quatro robadas de tierra blanca que reitúan todos los años cien robos de trigo.

Las obligaciones que tiene dicho

Mayorazgo de Murguindueta son las siguientes:

            1 Primeramente los trescientos reales de a ocho del patronazgo están enbargados en esta manera: la metad está enbargada por el Consejo Real de Castilla para redificar la yglesia de dicha villa de Amézqueta en donde es patrono, que se yzo por orden de dicho Consejo escriptura para acabar dichas obras en catorze años, con Pedro de Beroyz, maestro cantero, que durante dichos catorze años an de estar la metad de los treszientos reales de a ocho enbargados para pagar a dicho maestro y la otra metad de dichos trezientos pesos, que son del dicho patronazgo están enbargados por orden de Su Magestad, que Dios le guarde.

            2 Más tiene contra sí dicho maiorazgo mil ducados de censo con restos de setezientos ducados, poco más o menos, los quales se le deven a don Miguel de Latasa, para lo qual están consignadas las rentas del dicho señorío de Eraso, que son molinos, palacio y una casa con su borda y veinte rovos de trigo, que da el lugar de Errazquin.

            3 Más le deve dicho maiorazgo a don Leonardo de Olaegui, bezino de la Puente la Reina al pie de seiscientos ducados por una adote, que se le mandó a doña Josepha de Eraso y Amézqueta para lo qual se obligaron con las rentas, que tenían en la villa de Amézqueta y se obligaron don Miguel de Eraso y doña Mariana de Eraso y Juzmán y doña María Teresa de Bergara, madre y muger del dicho don Miguel de Eraso.

            4 Más tiene contra sí dicho el maiorazgo mil y quatrocientos reales, a poca diferencia, que se le deven a Juana García de Bidangoz, viuda de Julián de Echinique y Almandoz, los quales se le deven por aver sacado de su tienda las galas para Doña María Teresa de Vergara, agora cosa de treinta y seis años.

            5 Más se deve a Juan de Lastiri dos mil y quatrocientos reales de aver sacado recados por orden de don Miguel de Eraso para él y sus ijos.

            6 Más se le deve a Pedro Otaegui, vezino de la ciudad de San Sebastián treinta y siete reales de adesta por aver sacado las galas quando se casó don Antonio de Eraso para sus hermanas.

            7 Más ochenta reales de a ocho que se le quitaron al abad de Irañeta, trescientos reales que tomó doña María Teresa de Bergara y lo demás para pagar a don Leonardo de Otaegui con una porción de trigo, que se le quitó al dicho abad de Irañeta.

            8 Más a Juan de Chartín se le deve cien reales por deuda, que dejó doña María Teresa Vergara quan(do) se separó de su yjo.

            9 Más está enbargada la renta de los molinos, que tienen en Amézqueta, para pagar las obras, que se yzieron en dichos molinos el año de mil setecientos y cinco, concertadas en quinientos pesos por cada parte con obligazión de pagar a cincuenta por cada año.

            10 Más cien reales de a ocho que se buscaron para dar al dicho ofizial los dos primeros plazos, los quales se deven.

            11 Más ciento y onze ducados que se deven a la yglesia de Billanueba por aver tenido arrendada la primizia por tres años, que fueron el año de mil y setezientos y dos, tres y quatro.

            12 Más deve dos censales de a zien ducados el uno a los Padres de la Merced y los otros cien ducados a Miguel de Ochoa, vezino de Yabar con cincuenta de corridos entrambos”.

            “Rolde de la dote que trajo doña Teresa Rodríguez y Arellano a Murguindueta, que son cuatro mil ducados, tres mil quinientos en dinero y quinientos en galas, los quales se destribuieron en esta forma:

            1 Dos mil y trezientos ducados se le dieron con dicha dote a don Joseph Lazcano y Canbero, vezino de la villa de Erze, con dozientos de corridos, todos los quales devía dicho maiorazgo de Murguindueta.

            2 Más se luyeron quinientos ducados,que se le devían por una capellanía a don Joseph Burguete, bezino de la villade Lunbier. PDF

sábado, 26 de marzo de 2022

1737 Ciordia Olazagutia Arquiñano

 1737 Ciordia Olazagutia Arquiñano

            “Proceso del lugar de Ciordia, Miguel Elizalde, Diego Aguirre y consortes vecinos de él, contra el lugar de Olazagutia sobre apelación de unas condenaciones hechas por el alcalde de Burunda a dichos Elizalde y consortes, porque sembraron lino y no trigo en el término de Arquiñano y piden se mantenga a los vecino de dicho lugar de Ciordia en la posesión de sembrar lino o otra qualquiera simiente en sus propias heredades de dicho término”

            El 30 de septiembre de 1730 habían dado poderes para litigar los de Ciordia contra Olazagutia “sobre la propiedad del pedazo de monte robredal, que está en el paraje de Juan Denioz Larre o la llamada de Iturribedeicatu, pegante al regacho del término de Arquiñano llamado Alzirrineca (Alcinerreca), que divide las endreceras de ambos lugares”. Los topónimos presentan grafías variadas. Se trata del despoblado medieval de Arkiñano y de su iglesia de San Juan en “Jaundonizlarre” que hoy suena Fandoilar.

            Varios vecinos de Ciordia fueron multados a primeros de 1727 con 2 reales en auto decretado por el alcalde de Burunda, que era Bernardo López de Goicoechea, siendo el escribano José Galbete, por sembrar lino en Arquiñano.

viernes, 25 de marzo de 2022

1784 Irurzun Echeberri Erroz molino

 1784 Irurzun Echeberri Erroz molino

            Irurzun y Echeberri contra José Joaquín Eraso sobre que no se les impida el corte de árboles, que necesitan por su parte para la construcción de un molino y otras cosas.

            Se trataba de la construcción del molino de Erroz, cuyos planos había hecho José Aguirre, maestro albañil, vecino de Pamplona, “Cholorio”, para seis pueblos.

            En Izurdiaga había un molino aprovechando una regata, pero no podía moler más de medio año: “una regata de poco caudal, que desciende del monte, que se halla contiguo a él”; lo mismo le pasaba al molino de “Aldaz Echabacoiz”.

            A finales de 1784 Irurzun, Echeberri, Aizcorbe, Urrizola, Izurdiaga y Erroz deciden asociarse para construir un molino en Erroz.

            El 22 de diciembre de ese año el Subdelegado de Montes, José Ramón Oc

lunes, 21 de marzo de 2022

1736 Iturmendi arrieros

 1736 Iturmendi arrieros

            “Proceso de Miguel y Diego López de Goicoechea, hermanos, vecinos de Iturmendi, contra don Joseph Miguel de Bildosola, Director de la Real Compañía Guipuzcoana y demás acreedores en los bienes de los demandantes sobre que se vendan sus bienes para hazerse pago de sus respectivas cantidades y no les molesten en sus personas”.

            Miguel López de Goicoechea, casado con Graciana Goicoechea y Ciordia.

            Diego López de Goicoechea, casado con María López de Goicoechea.

            Entre los acreedores están:

Miguel de Goicoechea y Ciordia, con residencia en San Sebastián y vecino de la misma.

Eugenio Urbistondo, casado con María Josefa de Munita, comerciante en la calle Mayor de San Sebastián.

María Aguirre Larralde, vecina y comerciante de San Sebas

sábado, 22 de enero de 2022

1763 Olazagutia mus insultos

  “Proceso de Francisco Esteban de Oyarzabal contra Bernardo Miqueliz de Mendiluce sobre palabras de injuria”

            Se provocó una discusión en una partida de mus sobre si estaba bien tirado algún “amarreco” o “amarraco”. Entre siete y ocho de la tarde de un día de primeros de octubre del año 1763 jugaban al mus dos contra dos:

1ª pareja: Bernardo Miquéliz de Mendiluce y Pedro Bengoechea, de 52 años.

2ª pareja: Francisco Esteban Oyarzábal y Juan Galbete, de 27 años.

            Durante el juego se suscitó una cuestión acerca de los amarrecos, que tenia la 1ª pareja y Oyarzábal dijo que no podía ser que hubieran entrado tantos y “que hombre villano a de ser, que sin entrar, diga que están dentro la mitad de amarrecos”. A esto contestó airado y con cólera Mendiluce “que en la compañía no havía otro villano que el expresado querellante, de lo que éste puso testigos y le aseguró a aquel hera tan limpio como él y a esto accionando con el dedo le replicó que detrás sería tan

domingo, 2 de enero de 2022

1719 Villanueva Gainza Huici

 “De don Fermín Huici, escribano real, dueño de la casa llamada Martingalantena del lugar de Villanueva, contra Martín de Gainza, vecino de él, sobre inhibición de nueva obra en la huerta contigua a su dicha casa”.

            El 30 de junio de 1719 Pedro de Armendáriz, alcalde del valle de Araquil, desde Yábar, manda parar la obra, que hace Martín de Gainza, ante la protesta de Fermín Huici, por no dejar belena entre la nueva obra y la casa de Martingalantena, una de las que posee el escribano en Villanueva.

            El mismo día certifica Francisco Fernández de Mendíbil, notario avecindado en Yábar, que no hay tal obra, sino solo un hoyo para asentar un pilar y está a más distancia de lo que el fuero manda; el cantero contratado era “Miguel Dambol”.

            Martín de Gainza contesta que dejar según la ordenanza tres pies de belena es para ambas partes y cuando se construyó la casa de Martingalantena se hizo o

sábado, 1 de enero de 2022

1718 Villanueva Huici Gainza

 Escudos de Huici y Gainza

            “Proceso de Fermín de Huici, escribano real, natural y vecino de la villa de Goizueta, vecino y residente en el lugar de Villanueva del valle de Araquil, contra el señor Fiscal, jurados, vecinos y concejo del lugar de Eguiarreta, Martín de Gainza, Martín de Oroquieta, Martín de Villanueva, don Martín de Larrea y Don Luis de Eguiarreta, vecinos foranos de él, sobre admisión de vecino forano en dicho lugar de Eguiarreta”.

Casa Zibola de Goizueta

Martín de Huizi y Urdinola y Catalina de Arano

            ↆ

            Juanicote de Huizi y Catalina de Leiza

                        ↆ

                        Pedro de Huizi y Margarita de Garro

                                   ↆ

                                   Beltrán de Huizi y Catalina de Labaien

                                               ↆ

                                               Esteban de Huizi y María Beltranena

viernes, 31 de diciembre de 2021

1702 Villanueva Erice escudo

 En diciembre del año 1702 se coloca el escudo de armas de Erice en la casa Landarena de Villanueva.

            “Proceso de Juan de Erice, vecino del lugar de Villanueva del Valle de Araquil y don Martín de Erice, vicario de la parroquia de dicho lugar, hermano de aquel... sobre denunciación de escudo de armas y dichos Erices dicen corresponderles como descendientes y originarios de la casa Echeandia del lugar de Erice”, con el escudo también en una casa de Gazólaz.

            Escudo:

            “Doy fee y testimonio yo el comisario infrascr

jueves, 30 de diciembre de 2021

1774 Gastiain Arroniz Orbiso Guadalajara escudo

 

“Proceso de don Juan Francisco y don Pedro de Arróniz, naturales de la villa de Lumbreras en Castilla, residentes en Guadalajara de Indias y Pedro Arróniz en propio nombre y en el de Pedro, Juan y Agustín de Arróniz, sus tres hijos, vecino de la villa de Orbiso en Álaba, contra el Señor Fiscal, las dichas villas de Lumbreras y Orbiso y el Valle y Universidad de Lana de este Reyno, sobre que los demandantes sean declarados por oriundos y originarios de dicho Valle de Lana y su lugar de Gastiain y puedan usar de sus privilegios de nobleza, ydalguía y escudo de armas”.

            Escudo existente en el archivo de la iglesia parroquial de Galbarra, “cuio escudo tiene por insignias una media luna plateada con sus óbalos a los lados quatro bandas encima de dicha media luna y tres arcos sobre las citadas bandas, todo en campo azul”.

            Había una cofradía de la “Basílica de San Sebastián”, para pertenecer a la cual como cofrade había que justificar, según sus estatutos”, hidalguía.

lunes, 20 de diciembre de 2021

1796 Echarri Aranaz Artola Konzezio

     “Proceso de la villa de Echarri Aranaz contra el Fiscal sobre permiso de obra para reparar la calzada y la ermita de Nuestra Señora de la Concepción, propia de la villa”

            El 5 de febrero de 1796 solicita Echarri permiso al Consejo Real para que se admita el gasto de reparar la calzada situada en la misma villa y “así mismo la hermita de N.ª S.ª de la Conzepción, situada a la vista y a bastante proximidad del pueblo, siendo propia de la villa, mi parte, se halla con nezesidad de hacerse algunos reparos”.

            Designó la villa “a Juan Miguel de Lacunza, maestro de obras y arquitecto, vecino de la villa de Arruazu”, para determinar los trabajos, quien aceptó el nombramiento el 12 de febrero de 1796; dibujó dos planos, a los que se refiere en las explicaciones, pero no están en el proceso.

            Estaba estropeada la calzada “por el excesivo número de carruajes, paso y repaso de víveres y otros efectos, que se an conducido en la última guerra, se halla tan destrozada y deshecha”:

            “Sacra Magestad. Juaquín de Apesteguia, procurador de la villa de Echarri Arañaz, dize

domingo, 12 de diciembre de 2021

1734 Echalar contratos matrimoniales toponimia

 1734 Echalar contratos matrimoniales toponimia

            Bernardo de Zubiri y Ángela de Iribarren

            30 de marzo de 1734

            “En la villa de Echalar a treinta del mes de marzo del año de mil setecientos treinta y quatro, ante mí el escribano público y real de Su Magestad y de los testigos que abajo serán nombrados, fueron constituidos en persona de la una parte Martín de Zubiri y María Jazinta de Elizalde, su mujer, vezinos de esta dicha villa y en ella dueños y propietarios de la casa llamada de Thomasena y su pertenecido y de la otra Miguel de Iribarren y María de Iturvide, su mujer, así bien vezinos de la misma villa, y en ella dueños propietarios de la casa llamada de Zamatelua y su pertenecido y las dichas mujeres mediante la lizencia y venia hordinaria, que para otorgar, jurar y renunciar en forma esta escritura obtuvieron cada una de sus dichos maridos en presencia de mí el escribano y testigos de que doy fee; y usando de ella dijeron que mediante la gracia de Dios nuestro señor e intervención de personas honrradas se espera contraer verdadero y lexítimo matrimonio a la subcesión de la dicha casa de Thomasena y vienes pertenecientes a ella entre Bernardo de Zubiri, hijo lexítimo y de lexítimo matrimonio de los dichos Martín de Zubiri y María Jacinta de Elizalde, su mujer y de Ángela de Irivarren, dama moza, hija lexítima y de lexítimo matrimonio de los dichos Miguel de Irivarren y María Francisca de Iturbide, su mujer, y para que en todos tiempos conste de los bienes y dote, que cada uno de los contra

domingo, 7 de febrero de 2021

1775 1782 1807 1829 1859 1865 1986 Echarri Aranaz toponimia nombres de las casas

 

Los nombres de las casas

            El nombre, que recibe un espacio de terreno, toponimia, es tanto menor cuanto más cercano está a un núcleo urbano; así ocurre con la designación de las casas, los solares y demás elementos locales; puede llamarse oiconimia, dentro de una clasificación nada fácil por las dificultades de interpretación, que reviste su estudio.

            Ocurre a veces que en un término alejado de la población se den topónimos, que abarcan un reducido espacio y ello indica en general que se está junto a un despoblado medieval.

            Etxeaundi equivale a casa concejil o ayuntamiento, es decir que de la composición sale un concepto nuevo. Se da el valor de fortificación a la palabra “Etxarri”, bastida, malvecín, o Dorremonea, convertida en “pedrera”, al situar sus restos aprovechables en el siglo XVII. Cercanos a este significado están los Gaztelu, Kaxarna, Garate, Garmendia, Calahorra (torre exenta, según se dice al explicar la Alhambra, siendo horro, libre al aire de mozohorro) o Carasatorre, en el cual se da su traducción desde el inicial ibériko – euskériko al romance por torre; de igual modo que Car – Castillo o Castillis – Car, son nombres bilingües, o como si dijéramos para tontos.

Al decir Tierra de Arañaz se advierte de la despoblación sufrida; en

viernes, 29 de enero de 2021

1792 1829 1850 1875 1984 Arbizu toponimia nombres de las casas

 1792 1829 1850 1875 1984 Arbizu toponimia nombres de las casas




1792 (E)

“Achuanecoa”

“Aizaganecoa”

“Albaitarianecoa”

“Amasemenecoa”

“Andresenecoa”

“Andresecogoicoa”

“Andueza”

“Antonenecoa” (dos)

“Apezanecoa”

“Aragonecoa”

“Aragonecobecoa”

“Aragonecogoicoa”

“Arbizunecoa”

“Arozanecoa”

“Arritegui”

“Artechenecoa”

martes, 26 de enero de 2021

1792 1829 1850 1875 1929 1986 Lizarraga toponimia nombres de las casas

 

Lizarraga Casas

1 “Antonecoa Francisco Maiza

2 Ídem casa de Don José Pedro José Ercilla

3 Bacochanecoa Pedro Navarro mayor

4 Franciscorena Juan Bautista Ezquerra

5 Amezteguicoa Francisco Ángel Navarro

6 Antomasenecoa Juana María Urquizu

7 Lorenchonecoa Cristóbal Ezquerra

8 Mozorena María Isabel Belza

9 Jacabelzanecoa Andrés Lizarraga

10 Estebanecoa Pedro Miguel Goycoechea

11 Pastorena Juan de Torrano

12 Larracecoa Pedro Aramburu

13 Mendibenecoa Cristóbal Navarro

14 Sacristán Carlos Torrano

15 Dambian Felipe Echarri

16 Del señor Vicario

jueves, 21 de enero de 2021

1792 1829 1850 1875 1989 Unanua toponimia nombres de las casas

1792 1829 1850 1875 1989 Unanua toponimia nombres de las casas

 

1829 (A)

1 “Alduanecoa Cristóbal Navarro; el mismo tiene otra casa que afronta con la de Migueltonecoa

2 Sevastienecoa Fermín Marín

3 Viciceverri Pedro Miguel Fernandino, el mismo tiene otra casa pegante a la del Sacristán

4 Masalonecoa Juan Martín Erdocia

5 Mateonecoa Vicente Fernandino

6 Ugartenecoa Juan Ignacio Igoa

7 Navarrorena José Navarro

8 Angartecoa Martín Francisco Sola

9 Zalduanecoa Juan Simón Lizarraga

10 Memisanecoa Juan Fernando Navarro

11 Saristanecoa (sic) Martín Barrena mayor

martes, 12 de enero de 2021

1554 SATRUSTEGUI MOLINO 1562 SATRUSTEGUI CONTRA VILLANUEVA SOBRE LA PRESA DEL MOLINO 1703 SATRUSTEGUI PRESA DEL MOLINO

 1554 Satrustegui molino

1562 Satrustegui contra Villanueva sobre la presa del molino

1703 Satrustegui presa del molino

1554 Satrustegui molino

 

            “Micaela de Yabar contra los de Satostegui sobre una parte de molino”

Miguel de Beramendi y Miquela de Villanueva, con sus hijos, no vivían en Satrustegui, sino en Villanueva, pero tenían una 18ª parte del molino. Entre los porcionistas están “Lope de Garanja de Satrustegui” y “Martín el de Lope Sendoa”.

            Se discutía acerca de una sentencia, contraria a los porcionistas de Satrustegui con costas, dada por el Consejo Real el 22 de junio del año 1554:

miércoles, 22 de julio de 2020

1699 Satrustegui torre y campanario de la iglesia 1720 Murguindueta obra de cantería de la iglesia

1699 Satrustegui torre y campanario de la iglesia
1720 Murguindueta obra de cantería de la iglesia

         “Declaración jurada de maestros canteros para las obras de la torre y campanario de la iglesia del lugar de Satrustegui: año de 1699”

            “En el lugar de Satrustegui a veinte y ocho de maio de mil seiscientos noventa y nuebe ante mi el escribano y testigos infrascritos constituido en persona don Sancho de Lizasoain, vicario de la iglesia parroquial del dicho lugar, propuso que, reconoziendo la ruina que amenaza a las paredes de la torre y campanario de la dicha parroquial, a acudido ante el Muy Ilustre Señor Don León de Garro y Xavier, canónigo profeso de la santa yglesia catedral de la ciudad de Pamplona y Visitador General de este obispado, eligido y nombrado por el Muy Ilustre Cabildo de dicha santa iglesia en sede episcopal vacante, para que concediese lizencia y facultad para

martes, 21 de julio de 2020

1688 Satrustegui vecindad de Berema 1713 Deslinde de Berema toponimia

1688 Satrustegui vecindad de Berema
1713 Deslinde de Berema toponimia

            “En el lugar de Satrustegui a ocho de henero de mil seiscientos ochenta y ocho, ante mi el escribano y testigos infraescritos parezieron presentes de la una parte los jurados, vezinos y concejo del dicho lugar estando juntos y congregados en su puesto y lugar acostumbrado donde lo tienen de estilo para expedir y deliberar los negocios tocantes al buen govierno del dicho lugar, donde esta vez fueron y se allaron presentes: Hernando de Ansa, Miguel de Yarza, Joanes de Aizcorve, Martín Goicoa, Pedro de Oroquieta, Antonio de Urbizu, Martín de Villanueba, Juanes de Cia y Vítor de Irurzun, todos jurados, vezinos y concejo del dicho lugar y de las tres partes las dos y más concejo hacientes y celebrantes, los presentes haziendo y firmando por sí y los ausentes, por quienes prestaron capción de rato grato et iudicatum solvendo, de que fueron zertificados por mi el dicho escribano, juntos y de mancomún y en voz de uno y cada uno de ellos de por sí e por el todo, simul et insolidum, renunciando la auténtica hoc ita de duobus reis debendi, de que fueron zertificados por mi el dicho escribano y de la otra Martín de Ongay, mayor en días, vezino del dicho lugar y dixieron que el dicho lugar y concejantes tienen y gozan, como suyo propio, los términos del lugar desolado de Berema en concurso de otros vezinos foranos, que ay en él, en los quales dichos términos le tocaba y pertenecía al Excelentísimo Señor Duque de Alba, Condestable de este Reyno, una vezindad entera, la qual el dicho Martín de Ongay la a adquirido por compra del lizenziado don Juan Pardo, abogado de las audiencias, alcalde mayor del Estado y Condado de Lerín, administrador y governador de dic