jueves, 1 de agosto de 2019

1776 Cintruénigo iglesia municipal de patronato absoluto y omnímodo de la villa

Don Manuel García, vicario, contra Pedro Matías Loigorri, teniente de alcalde, sobre derecho a continuar la costumbre de tocar 3 avemarías después del rosario.
            Son equivalentes: toque, signo, señal, campanada.
Los toques o golpes con la campana mayor son:
3 para la queda o avemarías
5 para la “santa unción”, y sufragio de las almas
9 para el viático
            Con la campana menor se avisa de la misa rezada y otras funciones.
            “El 6 de julio de el año último de 1776 recurrió al Consejo Don Manuel García, presbítero vicario de la parroquial de la villa de Cintruénigo y espuso que:
            S. M. Francisco Ramón de Cáseda, procurador de Don Manuel García, presvítero y vicario de la yglesia parroquial de la villa de Cintruénigo, como de drecho mexor proceda dice que en la referida villa ay la costumbre de cantarse todos los días el santo rosario por las calles públicas de ella, el que se concluye y finaliza un cuarto de ora, con corta diferencia, antes de anochecer y en l
a misma conformidad la ay después de concluido, de rezar las tres avemarías del Ángelus Dómini, para cuio efecto se acen los tres signos tocando la campana mayor, de la que pende o cuelga una soga hasta la misma yglesia y lo mismo se hace la señal por medio de dicha campana y soga, siempre que se ha de administrar el Santo Viático, Extremaunción y otras funciones eclesiásticas y siendo lo referido así, también lo es que con el motibo de haverse publicado bando de orden del D. Pedro Matías Loigorri, que ninguna muger traxese agua de las fuentes o ríos después del toque de las avemarías, dio orden a Josef Segura, sachristán moneguillo, tocase a las ocho de la noche a la referida oración y habiéndole respondido no la tocaba él sino algún niño de la escuela o sacerdote siempre que lo mandaba el vicario, mi parte, le bolbió a prebenir se lo digese a éste, y habiéndole dado el recado le manifestó la mía advirtiese a dicho Loigorri que él no podía hacer novedades algunas en su yglesia en el toque de campanas, sin expresa orden y mandato de su superior y que se lo participase así con toda atención y modo, pero lejos de que se aquietase, le reiteró la orden, para que cumpliese con lo que le mandaba y que de no hacerlo lo pondría en un calabozo, del cual no lo sacaría mi parte; a resulta de lo que se despidió dicho Segura de serbir el referido empleo y no contento con lo referido dio comisión a Bernardo Marín, ministro de justicia, para que prebiniese a Joachín Estebe, campanero para que tocase a las oraciones desde la torre y que subiese la soga de la campana a la torre, para que no se pudiese usar de ella desde la yglesia y aunque a bista de tan extraña nobedad por medio de dicho Lucas Rández, presvítero sacristán, le dio dicho campanero la orden para que bajase la soga de dicha campana, le respondió la tenía dicho Loigorri para no baxarla y no solo ha practicado lo referido con dicha campana maior, sino que lo ha executado con otra menor, con que se hace la señal siempre que se ha de celebrar misa rezada, y se ha de combocar al pueblo al rosario y pues en esas operaciones intenta despojar al vicario mi parte de la quieta y pacífica posesión en que ha estado del uso de las referidas dos campanas para los referidos efectos, a que no es justo se de lugar en remedio de lo que a vuestra Magestad suplico mande recevir ynformación sobre los dos extremos de ynquietación y posesión y constando como de ella constará lo necesario, despachar la citación ordinaria por proceder todo ello así de drecho y justicia que pido y costas. Licenciado Ibarra”.
            “En Pamplona en Consexo sábado a seis de julio de mil setecientos setenta y seis, leída petición antecedente, el Consexo Real ha mandado y por este auto manda, que a su tenor se reciba ynformación por testimonio de qualquiera escribano real y que recebida se presente en el Real Consexo para probeer lo que fuere de justicia y despachar por auto a mi presentes los señores Lanciego, Eguia y Mariño del Consexo. Nicolás Fermín de Arrastia, secretario. Por traslado, Nicolás Fermín de Arrastia, secretario”.
            El 8 de julio de 1776 declaran los testigos:
1.º “Don Félix Barea, presbítero, fiscal eclesiástico de esta villa”, de 28 años, dice que van “haciendo tres signos o señales con la dicha campana mayor”, para las tres avemarías, según disposición del Papa Benedicto XIII (1724-1730), para ganar la indulgencia prevista el año 1724; cuenta que el día 21 de junio al volver del rosario vieron la soga de la campana mayor colgando de la torre, sin que pudiera usarse; el día 15 mandó Loigorri subir también la soga de la campana menor; explica que para las tres avemarías se sirven de la campana mayor; para el viático se tocaba también la mayor, y que hacía de sacristán menor o “sacristán moneguillo” José Segura, siendo el campanero Joaquín Esteve.
2.º “Don Antonio Rincón”, de 80 años, cree que hubo cambio para que “no se tocase a la oración de la Anunciación, subieron las sogas a el campanario”, y que Pedro Matías Loigorri le dijo “que su fin solo era, el que la oración referida de la Anunciación se tocase entre dos luces, como se acostumbra en Bilbao, San Sebastián, Pamplona, Tudela y otros pueblos”.
3.º “Don Josef Fernández, subdiácono y beneficiado”, de 22 años aclara que la campana menor avisa de las misas rezadas y llama al rosario.
4.º “Joseph Segura, sacristán menor de la yglesia parroquial”, de 35 años, testifica y que “concluido dicho rosario, el rezar las tres avemarías del Ángelus Dómini y para ello se hacen los tres signos tocándose la campana mayor”; le ordenó el teniente alcalde que tocase a las 8 de la noche a la oración; el vicario le mandó con el testigo recado de que sin orden superior no se podía hacer novedad en el toque de las campanas, a lo que le contestó “que de no hacerlo así, lo pondría en un calabozo y tendría un año y que podía yr el vicario a sacarlo y temeroso el testigo de ello y de haberle puesto preso anteriormente en la cárcel pública de esta villa con el motivo de haverse quedado... pdf 

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