sábado, 13 de marzo de 2021

1556 Lizarraga Torrano Unanoa juicio sobre gestión de Ergoyena

 1556 Lizarraga Torrano Unanoa juicio sobre gestión de Ergoyena

Los testigos declaran el 18 de mayo de 1556 y en días sucesivos (se trata de los restos de un proceso inserto en otro anterior):

Martín de Huarte, escribano real, vecino de Liçarraga, de 40 años dice acordarse de que el año 1545 tomó residencia el licenciado Bayona, siendo alcalde de Ergoyena “uno llamado Joan Domínguez”, vecino de Torrano.

En 1546 fue alcalde Juan Zuri, vecino de Lizarraga.

En 1547 fue alcalde Martín Sandora, vecino de Unanoa.

En 1548 fue alcalde Pedro Huarte, escribano, vecino de Lizarraga, ya difunto.

En 1549 fue alcalde Miguel Lazcoz, vecino de Torrano.

En 1550 fue alcalde “Juanto de Juana Çarra”, vecino de Lizarraga.

En 1551 fue alcalde Pedro Belza, vecino de Unanoa

En 1552 fue alcalde Adrián de Lizarraga, vecino de Lizarraga.

En 1553 fue alcalde “Joanes de Joane Lópiz”, vecino de Torrano.

En 1554 fue alcalde “Juanto de Juana Çarra”, vecino de Lizarraga.

            “En el año de 52, siendo alcalde de la dicha tierra Adrián de Liçarraga, vecino del dicho lugar, desterró a una llamada Domenja, vezina del dicho lugar, porque estaba amancebada públicamente con Miguel de Betelu, herrero, vezino así bien del dicho lugar... a visto castigar a los blasfemadores y jugadores”.

            Para las obras de Pamplona el año 1555 le correspondieron a Ergoyena 28 ducados, pagando la mitad Lizarraga.

            Las cargas las reparten por vecinos y por igual, sin distinción de ricos o pobres “y que esto se haze por razón que en los repartimientos de paztos, yerbas y otros provechos de la dicha tierra se da tanta parte al pobre como al rico y a todos ygualmente sin diferencia alguna”.

“A la dozena pregunta dixo que en cada un año primero día de henero, que es por la pascoa del Año Nuebo, suelen (juntarse) en el dicho lugar de Liçarraga en la yglesia parrochial della y (van) de los otros lugares de Torrano y Unanoa y allí se sacan quatro jurados, los dos en el dicho lugar de Liçarraga y los otros dos de los lugares de Torrano y Unanoa y la horden y forma que para ello se tiene es que uno de los jurados viejos de cada lugar hecha unos dados sobre una mesa por todos los vezinos de su lugar donde es el tal jurado a cada uno por quien hecha el tal dado y aquel a quien salen menos puntos queda por jurado del año seguiente y desta manera desque han sallido los dichos quatro jurados de los dichos tres lugares se les recibe juramento por el vicario del dicho lugar de Liçarraga que bien y fielmente husarán de sus oficios y harán la electión de alcalde en las personas más ábiles y suficientes que les pareciere que son para el dicho oficio y lo mismo se haze del almirante y que el dicho alcalde y almirante se nonbran en un año en el lugar de Liçarraga y el otro año en Torrano y en el tercero año otra vez Liçarraga, en el quarto en el lugar de Unanoa y que de tres personas que se nonbran en cada un año para alcaldes y uno para almirante ban los tales nonbrados al Señor Bisorrey y aquel que trahe título de alcalde y por lo mesmo de almirante sirben los dichos oficios por tiempo de un año en toda la Tierra de Ergoyena y en los dichos tres lugares della y que esta es la orden, que se ha tenido y se tiene en los dichos nombramientos y los bolseros se nombran por los mesmos jurados y alcalde de ay a ocho días después que se haze el nombramiento de los dichos jurados en cada uno de los dichos tres lugares sendos bolseros, los quales reciben y cobran los propios y rentas comunes de la dicha tierra”.

Dice que “no han dado salarios ni pensiones algunas a nadie, mas de lo husado y acostumbrado y a las personas seguientes, es a saber: a tres advogados, a un procurador y a un solicitador a cada uno dellos les dan a cada doze rovos de trigo por año y al alcalde de la dicha tierra veynte y quatro rovos y al escribano del concejo de la dicha tierra catorze rovos y que otros salarios ni pensiones no a visto que se ayan dado”.

“En casa de los almirantes, que en cada un año se nombran, suelen estar los presos, que se toman por delictos y otras cosas y que no ay otro aparejo alguno para los dichos presos y guarda de ellos mas de solamente unos yerros para los pies y que a causa desto algunas veces quando ay más de un preso suelen poner guardas y que sucede bexación y costa a los presos y otros vezinos que han de hazer de dicha guarda”. Cita a Pedro de Lezaun, escribano de Ergoyena, que parece había muerto hacía más de medio año por lo menos.

 

            Adrián de Lizarraga, de 60 años, es alcalde de Ergoyena este año de 1556 como lo fue hace 4 años, cuando recibió información sobre Domenja, amancebada con un hombre casado y la desterró de Ergoyena “y que no a habido blasfemadores ni rufianes en la dicha tierra ni tableros públicos de juegos”. Calcula que en Lizarraga habrá unos 80 vecinos y otros tantos entre Torrano y Unanua; respecto a los guardas dice haber “en cada un año hasta ocho personas de toda la dicha Tierra de Ergoyena, las quatro para la guarda de los montes comunes y los otros quatro para la guarda y conservación de las huertas, heredades y panificados de la dicha Tierra de Ergoyena”, lo que se percibe de las multas se consume en vino por los vecinos; entre los arriendos están los molinos: “dos molinos que ay en la dicha villa de Echarri y uno en el término de Ergoyena”. Indica que “los privilegios y escrituras tocantes a la dicha Tierra están originalmente en poder de Martín de Huarte, escribano del dicho concejo de la dicha Tierra, las quales sabe estarían mejor en un archivo en la yglesia por ser aquella de piedra y las casas de dicho lugar de tablas, a cuya causa están en peligro de ser quemadas”.

 

            “Juanto de Juana Çarra”, vecino de Liçarraga, de 50 años, sobre los salarios y pensiones explica que dan “a doze robos de trigo a los dichos adbogado, solicitador y procurador y al escribano del concejo otro tanto y al alcalde hordinario de la dicha Tierra se le dan veynte y quatro florines de moneda, con que él sea obligado a llevar los quarteles, que se deban a S. M. por los dichos lugares y Tierra de Ergoyena al recebidor de Pamplona” y añade que él paga también el título de alcalde con dicha asignación.

 

            “Pedro Belça”, vecino de Unanua, de 60 años “dixo que los alcalde, jurados, oficiales de la dicha Tierra se eligen y nombran por suertes hechando los dados a cada uno por la mesma horden y forma que el primer testigo sobre esta pregunta tiene declarado y que en los tales nombramientos no a visto que se ayan hecho cautelas ni engaños algunos, mas de que le parece a este testigo que combendría poner otra horden mejor que hasta aquí, por quanto hechándose la suerte por todos los vezinos muchas vezes salen algunos de ellos que no son hábiles ni suficientes para ... pdf

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