lunes, 17 de diciembre de 2012

1859 Ziordia: Contrato para la construcción de una fuente y abrevadero


Ziordia, 5 de diciembre de 1859: construcción de una fuente y abrevadero.

“Obligación para la ejecución de las obras de la nueva Fuente y Abrevadero del pueblo de Ciordia, otorgada por Don Ramón Larrea, vecino de Araya.”
“En el lugar de Ciordia a cinco de diciembre de mil ochocientos cincuenta y nueve, ante el infrascrito escribano y competente número de testigos, que al final se nominarán, constituidos personalmente Don Juan Baltasar Pozueta, Don Juan Miguel Pozueta tercero y Don Juan Miguel Pozueta segundo Alcalde y Regidores, que por ausente del Teniente Don Francisco Pozueta y del otro Regidor Don Juan Andrés Gastaminza se compone el Ayuntamiento de este lugar, de la una parte, y de la otra Don Ramón Larrea, vecino de Araya, proponen que habiendo proyectado este pueblo de Ciordia la construcción de una fuente y abrevadero dentro de su población, y obtenido al efecto la competente autorización de S. E. la Diputación Provincial, le fue encargado por la corporación municipal la formación del plano, presupuesto y condiciones para la ejecución de las obras al Arquitecto Don Martín Sarasibar, quien habiéndolas presentado se anunció el remate de ellas para el día veinte de octubre, habiéndose adjudicado con la rebaja de la sesta parte a Antonio Ormaechea, pero como este faltando a la esencial condición no puede proporcionar fiador de arraigo, ni al Ayuntamiento le inspiraba confianza para la terminación de las indicadas obras, dispuso con conocimiento y anuencia del M. I. S. Gobernador Civil de la Provincia designar nuevo remate bajo las formalidades legales y acostumbradas en semejantes casos para el veinte y seis del último noviembre, en cuyo acto después de tomar parte diferentes licitadores se le adjudicó dicho remate al espresado Don Ramón Larrea en la cantidad de treinta y seis mil trescientos setenta y cinco reales vellón; pues si bien esa cantidad fue mejorada con un tanto de doscientos reales por Vicente Ochoa, vecino de Araya, no le fue admitida por carecer en el acto de fiador suficiente, que previenen las condiciones del insinuado remate, y lo suministró el ya citado Larrea. En su consecuencia para que conste las condiciones a que debe arreglarse el rematante Don Ramón Larrea, y que sirvieron de base en el remate y al forma y plazos en que debe percibir los treinta y seis mil trescientos setenta y cinco reales, en que causó el remate, lo reducen a escritura en la forma siguiente:
1.ª El Rematante Don Ramón Larrea soltará la pared del mediodía de la huerta de Juan Tomás de Aguirre, y desmontará el terreno hasta la profundidad necesaria, separando escombros y piedras a sitio combeniente, quedando esta última a beneficio de dicho rematante.
2.ª Plantará la pared o muro en que se ha de ejecutar la fuente y abrevadero en la forma y dimensiones que el plano formado por el Arquitecto Don Martín Sarasibar lo manifiesta, abriendo los cimientos hasta encontrar tierra firme, y rellenando de mampostería hasta que queden medio pie más bajo que el terreno. Enseguida se dará principio a levantar el muro, haciendo de sillería, la banqueta, pilares circulares de sus ángulos con sus porrones de remate, imposta, abrevadero y fuente con su pila; la que se formará de piedras limpias y de buena calidad, labrada con perfección a cincel y trincheta y sentada con mezcla fina y lechada de cal. Los dibujos para las plantillas de molduras y perfiles de pila y abrevadero, se darán por dicho Señor Arquitecto Sarasibar, cuyas piezas, altura de hiladas y demás son las que marca el plano. El arca de la fuente será también de sillería. Todo el resto esterior del muro, será de sillarejo desalabeado a cincel y labrada a pico. El interior será de mampostería ordinaria, pero compuesto de piedras crecidas, bien enlazadas con la sillería y sillarejo.
3.ª Los caños de la fuente serán de bronce con sus mascarones y tuercas interiores arreglados al dibujo, que se dará al tiempo de le ejecución. Detrás del muro se hará un ...
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