domingo, 8 de mayo de 2022

1837 Plata navarra a Bayona

 Pasan plata a Bayona y reciben 575.837 reales y 8 maravedíes de vellón “cuya cantidad fue invertida y aplicada a obligaciones de la guerra”, se dice el 19 de enero de 1838,

            Parte de las joyas se devolvieron y el año 1838 se quiere saber qué ocurrió en este asunto, pues las cuentas no cuadraban y las piedras preciosas, diamantes y oro carecían de fin claro. Está también la plata de Roncesvalles. Los gastos hechos por el gestor, después de jugarse la vida, andaban sin pagarse y es en lo que se funda esta documentación.

1781 Valle de Lana sentencia

 Sentencia del 28 de septiembre del Valle y Universidad de Lana sobre hidalguía contra el Fiscal.

            “En este negocio del alcalde, regidores, jurados, vecinos y conzejo de los lugares de Gastiain, Narcue, Ulibarri, Biloria y Galbarra, de que se compone el Valle y Universidad de Lana:

Pedro Mathías Cambra y Gabiria en propio nombre y en el de padre y legítimo administrador de Juan Thomás, Pedro Juachín, Francisco Antonio, Javier Antonio y Josef Eusebio de Cambra y Bazterra, sus cinco hijos habidos de su matrimonio con Clara Bazterra;

y de Juachín Cambra y Mendaza en propio nombre y en el d

1748 Zestona molino Isturizaga Ugarte de Andoain

 23 De julio de 1748

            “Escriptura de comvenio y ajuste entre don Francisco de Martitegui, administrador del señor Marqués de Balmediano y Juan de Sarasola”.

            “En la villa de Azpeitia a veinte y tres de julio del año mil setecientos y quarenta y ocho, ante mí el escribano y testigos, que abajo se dirán, parecieron presentes de la una parte don Francisco de Martitegui, vecino de la villa de Villafranca y mayordomo y administrador del señor don Juan Raymundo de Arteaga, Marqués de Balmediano y de la otra Juan de Sarasola, maestro cantero vecino del concejo de Lazcano y residente en la villa de Zarauz y dijeron que entre sí estavan comvenidos y ajustados como por la presente carta en la forma que mejor pueden y a lugar en derecho, comvienen y se ajustan en la forma y manera siguiente:

sábado, 7 de mayo de 2022

1709 Murguindueta Eraso donación contrato matrimonial

 

Amézqueta: iglesia de patronato de los Eraso

            Miguel de Eraso y Amézqueta y su mujer María Teresa Bergara, cuyos son Amézqueta y Murguindueta contra Antonio Eraso y Amézqueta y Teresa Rodríguez de Arellano, residentes en Murguindueta, sobre el convenio del año 1706.

            La donación lleva fecha del 8 de octubre de 1704; el contrato matrimonial se firma en Larraga el 15 de noviembre de 1704 ante el escribano Esteban Del Rio, y el acuerdo es del 21 de noviembre de 1706 testificado por Fermín Huici, escribano de Villanueva.

            Se certifica el bautismo celebrado el 9 de noviembre del año 1682 en Murguindueta de “Antonio Jacinto de Eraso y Vergara, hijo legítimo de don Miguel de Eraso y Amézqueta y su señora doña Martí Theresa de Vergara... fueron sus padrinos el señor don Antonio de Eraso y Amézqueta, abad de Sarasa y su señora doña Floriana de Berrio y Eraso”, siendo abad de Murguindueta don José de Eraso.

“Rolde de los productos y rentas que tiene el

mayorazgo de Murguindueta es como se sigue:

            1 Primeramente en la Probinzia en Amézqueta tiene el patronazgo de la parroquial de dicha villa, que le reitúa (sic) cada año trescientos reales de a ocho moneda deste Reyno de Navarra,

            2 Más tiene dicho mayorazgo cinco casas en la villa de Amézqueta, que arriendan el palacio quarenta y ocho reales de a ocho y las otras quatro en junto arriendan setenta y ocho reales de a ocho.

            3 Más tiene en dicha villa de Amézqueta dos molinos a medias con la dicha villa, que para cada parte arrienda a setenta y tres reales de a ocho.

Lo que tiene en Navarra es como se sigue:

            4 En Eraso tiene un molino que le reitúa treinta y quatro robos de trigo y treinta y quatro de maíz y onze ducados en dinero.

            5 Más el palacio de Eraso que le reitúa diez ducados en dinero, ocho robos de trigo y ocho de maíz.

            6 Más una casa en el dicho señorío de Eraso con su borda, que entre ambas reitúan diez y seis ducados en dinero, ocho rovos de trigo y ocho de maíz.

            7 Más beinte rovos de trigo le da el lugar Errazquin por larrendazión de las tierras, que lleva dicho lugar del señorío de Eraso.

            8 Más el dicho palacio de Murguindueta tiene quatrocientos y veinte y quatro robadas de tierra blanca que reitúan todos los años cien robos de trigo.

Las obligaciones que tiene dicho

Mayorazgo de Murguindueta son las siguientes:

            1 Primeramente los trescientos reales de a ocho del patronazgo están enbargados en esta manera: la metad está enbargada por el Consejo Real de Castilla para redificar la yglesia de dicha villa de Amézqueta en donde es patrono, que se yzo por orden de dicho Consejo escriptura para acabar dichas obras en catorze años, con Pedro de Beroyz, maestro cantero, que durante dichos catorze años an de estar la metad de los treszientos reales de a ocho enbargados para pagar a dicho maestro y la otra metad de dichos trezientos pesos, que son del dicho patronazgo están enbargados por orden de Su Magestad, que Dios le guarde.

            2 Más tiene contra sí dicho maiorazgo mil ducados de censo con restos de setezientos ducados, poco más o menos, los quales se le deven a don Miguel de Latasa, para lo qual están consignadas las rentas del dicho señorío de Eraso, que son molinos, palacio y una casa con su borda y veinte rovos de trigo, que da el lugar de Errazquin.

            3 Más le deve dicho maiorazgo a don Leonardo de Olaegui, bezino de la Puente la Reina al pie de seiscientos ducados por una adote, que se le mandó a doña Josepha de Eraso y Amézqueta para lo qual se obligaron con las rentas, que tenían en la villa de Amézqueta y se obligaron don Miguel de Eraso y doña Mariana de Eraso y Juzmán y doña María Teresa de Bergara, madre y muger del dicho don Miguel de Eraso.

            4 Más tiene contra sí dicho el maiorazgo mil y quatrocientos reales, a poca diferencia, que se le deven a Juana García de Bidangoz, viuda de Julián de Echinique y Almandoz, los quales se le deven por aver sacado de su tienda las galas para Doña María Teresa de Vergara, agora cosa de treinta y seis años.

            5 Más se deve a Juan de Lastiri dos mil y quatrocientos reales de aver sacado recados por orden de don Miguel de Eraso para él y sus ijos.

            6 Más se le deve a Pedro Otaegui, vezino de la ciudad de San Sebastián treinta y siete reales de adesta por aver sacado las galas quando se casó don Antonio de Eraso para sus hermanas.

            7 Más ochenta reales de a ocho que se le quitaron al abad de Irañeta, trescientos reales que tomó doña María Teresa de Bergara y lo demás para pagar a don Leonardo de Otaegui con una porción de trigo, que se le quitó al dicho abad de Irañeta.

            8 Más a Juan de Chartín se le deve cien reales por deuda, que dejó doña María Teresa Vergara quan(do) se separó de su yjo.

            9 Más está enbargada la renta de los molinos, que tienen en Amézqueta, para pagar las obras, que se yzieron en dichos molinos el año de mil setecientos y cinco, concertadas en quinientos pesos por cada parte con obligazión de pagar a cincuenta por cada año.

            10 Más cien reales de a ocho que se buscaron para dar al dicho ofizial los dos primeros plazos, los quales se deven.

            11 Más ciento y onze ducados que se deven a la yglesia de Billanueba por aver tenido arrendada la primizia por tres años, que fueron el año de mil y setezientos y dos, tres y quatro.

            12 Más deve dos censales de a zien ducados el uno a los Padres de la Merced y los otros cien ducados a Miguel de Ochoa, vezino de Yabar con cincuenta de corridos entrambos”.

            “Rolde de la dote que trajo doña Teresa Rodríguez y Arellano a Murguindueta, que son cuatro mil ducados, tres mil quinientos en dinero y quinientos en galas, los quales se destribuieron en esta forma:

            1 Dos mil y trezientos ducados se le dieron con dicha dote a don Joseph Lazcano y Canbero, vezino de la villa de Erze, con dozientos de corridos, todos los quales devía dicho maiorazgo de Murguindueta.

            2 Más se luyeron quinientos ducados,que se le devían por una capellanía a don Joseph Burguete, bezino de la villade Lunbier. PDF

1616 Echarri Aranaz juicio de residencia de 1606 a 1616

 Los años van de San Juan Bautista de junio a San Juan de junio de cada año

Año

Alcalde

Jurados

Tesorero

1606

1607

Miguel Urquizu

Miguel Pérez de Echarri

Joanes Lacunza

Pedro Echarri

Domingo Erdocia

Pedro de Escutari

1607

1608

Joanes Urquizu

Miguel Don García

Martín Galbar

Joanes Arbizu

Joanes Araiz