1617 Villanueva sagrario de la iglesia
1628 Villanueva contrato con el pintor Pedro de Landa
1629 Villanueva cuentas con Pedro de Landa
“A 13 de mayo de 1617. Conbenios para hazer el sagrario y un
escaño para la iglesia parroquial del lugar de Villanueba”.
“En el
lugar de Villanueba a treze días del mes de mayo del año mil seiscientos y diez
y siete, en presencia de mí, el escribano público y testigos abaxo nombrados,
constituidos en persona don Miguel de Villanueba, vicario del dicho lugar de
Villanueba y Pedro de Villanueba, primiciero de la iglesia parroquial del dicho
lugar y vezino del dicho lugar de la una parte y Fermín de Barrena,
ensamblador, vecino del dicho lugar de Villanueba de la otra parte, los quales
en razón de hazer un sagrario y un escaño para la dicha yglesia en virtud de la
licencia, que tienen del señor vicario general deste obispado de Panplona, que
es del tenor siguiente:
Nos el
Doctor Don Juan del Balle, Vicario General deste obispado de Pamplona por el
Ilustrísimo y Reverendísimo Señor Don Prudencio de Sandobal, obispo del dicho
obispado, del Consejo de Su Magestad, etc., a bos Fermín de Barrena,
ensamblador, hazemos saber que de parte del vicario y beneficiado del lugar de
Villanueva se presentó ante nos la petición seguiente:
Ilustre
Señor: el vicario y primiciero del lugar de Villanueba del balle de Araquil,
dizen que (en) la yglesia parroquial del dicho lugar ay mucha necesidad de un
sagrario para el Santísimo Sacramento, por ser el que al presente es muy viejo
y pequeño y no estar por este respeto con la decencia y reberencia que se debe
y también ay grande falta de un escaño en el coro para cantarse, el vicario y
beneficiados, mayormente quando suelen venir los clérigos circunbezinos a
entierros y onrras y porque la dicha yglesia está sobrada y sin deudas,
suplican a V. Md., atento que en el dicho lugar vibe y es vezino Fermín de
Barrena, ensamblador, persona perita para hazer estas obras, sea servido
conceder licencia para que puedan hazer el dicho sagrario y escaño por el dicho
Barrena, porque ninguno les será con más comodidad que en ello recibirán bien
() y por nos vista la dicha petición acordamos por las presentes por cuyo tenor
os damos licencia y facultad para que podáis hazer el escaño y sagrario
referidos en la dicha petición como se pide por ella para lo qual mandamos al
vicario y primicieros suplicantes que so pena de excomunión dentro de tres días
agan con bos escriptura de concierto en forma de que acabaréis bien y
perfetamente el dicho escaño y sagrario y que os pagarán su balor de los vienes
y rentas de la dicha yglesia, para que después que así se acabaren los
mandaréis tasar conforme está dispuesto por las Constituciones Sinodales deste
obispado. Dada en Pamplona a nuebe de deziembre del año mil y seiscientos y deziseis.
El Doctor Juan del Valle. Por mandado de su merced Andrés de Treviño, asentaron
los convenios seguientes:
1 Primeramente que el dicho
Fermín de Barrena, ensamblador, aya de hazer y aga un sagrario conforme a la
traza que dieron el vicario, primiciero y vezinos del dicho lugar de
Villanueba, que está firmado por el dicho vicario, Martín de Echeçarra y Joan
de Aldaz, vezinos del dicho lugar a dos días del mes de abril último pasado
deste presente y dicho año y aya de acabar bien y perfectamente dentro de
quatro años desde oy fecha desta escriptura y que así bien aya de hazer y aga
el dicho escaño para el coro de la dicha yglesia para el efeto que la dicha
licencia refiere dentro del dicho tiempo de los dichos quatro años, con que
después que así estubieren echas y acabadas bien y perfectamente se ayan de
tasar como se manda por la dicha licencia.
2 Ítem que así bien se le ayan de pagar todo lo que fueren estimados el
dicho sagrario y el escaño de las rentas y bienes de la premicia de la dicha
yglesia cada año conforme valiere la arrendación de la dicha premicia cada año,
quedando della diez ducados en cada año para otras cosas necesarias para la
dicha yglesia y la primera paga le darán para el día del Señor San Juan
Bauptista primero veniente y en adelante en cada... PDF
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