lunes, 31 de julio de 2017

1693 Izurdiaga donación y toponimia

Contenido
  • 1693 Izurdiaga donación y toponimia
    • Bienes rayzes
    • Ganados
    • Rezibos
    • Vienes de carta de grazia
  • 1824: el 8 de marzo en un inventario de bienes anotan una “porción de molino, en el que tienen los seis lugares de la Aiza en el lugar de Erroz” y piezas en:
  • 1832: Piezas en los término de Izurdiaga el 11 de enero de 1832:
  • 1839: El 29 de abril del año 1839 firman los contratos matrimoniales de Doroteo Orayen (de Ecay) y Joaquina de Mendinueta y Mariñelarena de la casa Zamarguiñena de Izurdiaga, y aportan piezas en los siguientes términos:
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1693 Izurdiaga donación y toponimia

El 20 de mayo de 1686 Miguel de Lizarraga y Ana de Burgoa, su mujer, vecinos de Izurdiaga, donan su bienes a Inés de Munárriz, su hija adoptiva (porque no esperaban tener hijos después de 19 años de casados); era hermana de Estefanía de Munárriz casada con Juan de Bacaicoa, vecino de Villanuev

domingo, 30 de julio de 2017

1771 Izurdiaga Cofradía de San Juan Bautista de la Cendea de Aiza de Araquil

1771 Izurdiaga cofradía de San Juan Bautista de la Cendea de Aiza de Araquil
“Traslado del auto de los cofrades de San Juan Bauptista de la parroquial del lugar de Izurdiaga en el Valle de Araquil, sobre aumento de renta a su capellán con carga de confesor y gobierno de dicha cofradía”.
            “En la yglesia parroquial de San Juan Bauptista del lugar de Izurdiaga a onze de septiembre de mil setezientos setenta y uno, ante mi el escribano y testigos infrascritos se juntaron y congregaron según lo tienen de uso y costumbre los señores abades, vecinos y avitantes cofrades de la Cofradía de San Juan Bauptista fundada en dicha parroquia, y por esta vez concurrieron:
Don Martín Joseph de Huizi, abad de Urrizola, Don Juan Saigos abad de Erroz, el Bachiller Don Fermín Adrián de Jáuregui abad de Aizcorve, y Don Gabriel de Larumbe abad de Echaverri, y no concurrió Don Juan Miguel de Larrasoaña abad de Irurzun por su abanzada edad de Irurzun sin embargo de aver sido conbocado, ni tampoco Don Salbador de Alegría vicario nombrado de este lugar por residir en la ciudad de Pamplona a fin de pasar a su curato de este dicho lugar;
Don Luis Francisco de Eraso dueño del Palacio de Echaberri, Juan Joseph Larrainzar, Martín de Oderiz, Zipriano de Echauri, Joseph de Yaven, Juan Joseph de Atondo, Juan Martín de Irurzun, Francisco Thelleiechea y Antonio de Goñi, vecinos y abitantes de dicho lugar de Echeberri;
Martín de Goldaraz, Juan Joseph Beramendi, Juan Joseph Guerendiain y Manuel de Arregui, vezinos de dicho lugar de Irurzun;
Juan Miguel de Madoz, Juan Martín de Udabe, Estevan de Huarte, Juan Martín de Larumve, Juan Thomás de Aizcorve, Juan Miguel de Izurdiaga y Miguel de Erize vezinos de dicho lugar de Aizcorve;
Joaquín de Lizasoain, Feliz de Peralta, Juan Thomás Mariñelarena(1), Juan Miguel de Huarte, Juan Miguel de Irurzun, Pedro Mariñelarena, Miguel Osinaga, Juan de Zarranz, Juan de Aldaz, Juan de Ezcurdia, Miguel de Arvizu, Estevan de Ilzarbe, Juan de Andueza y Juan García de Erize, vezinos y abitantes de este lugar de Izurdiaga;
Martín de Urriza, Juan de Esain, Martín de Zia, Benito Andueza, Lorenzo Gastearena, Juan Ángel de Ezcurra y Juan Bauptista de Aguinaga, vezinos y avitantes de dicho lugar de Erroz;
Ignacio de Elso, Juan Antonio de Larumbe, Domingo de Sarasa, Juan Andrés de Ilzarve, Manuel de Larumbe, Bernardo de Marchueta, y Antonio Arraras, vezinos y avitantes de dicho lugar de Urrizola:
todos cofrades de la Cofradía fundada en la parroquial de este dicho lugar en concurso de los abades, vicarios, vezinos y avitantes, que concurrieron a la misma parroquial como parece por auto de veinte y cinco de junio de mil setezientos diez y seis por testimonio de Joseph de Satrustegui, escribano real, dada por compulsa por Don Ignacio Fernández de Medrano, Secretario de Cámara en sede vacante, a quien se remiten y propusieron que con el motivo de que el Señor Don Juan Miguel de Ansa, presbítero beneficiado de la parroquial de la villa de Huarte Araquil, como comisionado de el Ilustrísimo Señor Don Juan Lorenzo de Irigoien y Dutari, obispo de Pamplona de esta diócesis, se halla entendiendo sobre renta eclesiástica de su unión y supresión o desmembración de ellas y aviendo entendido y comprendido de dicha fundación con carta de hacuerdo de nueve del presente mes que corrió por dichos seis lugares que componen la Cendea de Aiza de este Valle de Araquil, juntados en esta dicha parroquial, los presentes por sí y los ausentes por quienes prestaron capción de rato grato et iudicatum solbendo precavidos de su disposición por mi el dicho escribano que doi fe, haviendo reflexionado después de una entera comprensión de lo que está estipulado en la citada fundación y de que no pueden los señores constituientes alcanzar a que puede ascender la tercera parte de la congrua y que solo de fixo según dicha fundación tiene el capellán, que es actualmente Don Juan Ángel de Osinaga, clérigo de órdenes menores, veinte y cinco rovos de trigo en su especie y el producto de la venta de una pieza de diez rovadas, han resuelto y determinado con fin de que prevalezca dicha fundación perpetua, el nombrar personas que con toda madurez y a fin de que por ese medio logren dichos señores otorgantes un sacerdote comfesor, no solo porque se cumpla con las cargas y obligaciones a que está constituido, sino que para que también tengan el alibio de que les oiga de penitencia, asista en las nezesidades a los señores párrocos espresados y sus subzesores con la misma perpetuidad, como en efecto lo hacen desde luego en los señores Don Martín Joseph de Huizi, abad de Urrizola, Don Juan de Saigos, abad del de Erroz, el Bachiller Don Fermín Adrián de Jáuregui abad de Aizcorbe, Don Gabriel de Larumbe, abad de Echeverri;
el citado Luis Francisco de Eraso y Juan Joseph Larrainzar, por el lugar de Echeverri;
Martín de Goldaraz y Juan Joseph Beramendi por el de Irurzun;
Juan Martín de Udave y Juan Miguel de Madoz por el de Aizcorve;
Joaquín de Lizasoain, Juan Thomás Mariñelarena y Félix de Peralta por el de Izurdiaga;
Martín de Urriza y Juan Bauptista de Aguinaga por el de Erroz;
Ignacio de Elso y Antonio de Larumbe por el de Urrizola;
a todos los quales comfieren facultad absoluta para disponer aquella renta que les parezca competente por los medios que tubieren por conbeniente gravando así a los cofrades de dicha Cofradía actuales como sus subzesores como también al capellán actual y a sus subzesores bajo las cláusulas y condiciones, que les pareciere, todo bajo el veneplácito y aprobación de dicho Ilustrísimo Señor Obispo de este obispado, su Provisor y Vicario General o oficial principal de él, y se obligan todos los otorgantes con sus vienes muebles y rayzes, derechos y acciones avidos y por aver, a tener por firme este poder y todo lo que en su virtud hicieren y obraren podatarios y de no hir ni benir contra él ni parte alguna pena de costas y daños y todos para ser compelidos a lo que ban obligados dieron su poder cumplido a los jueces y justicias de S. M. que de esta causa conozcan en forma de re iudicata a cuia jurisdicción se sometieron y renunciaron el suio propio fuero, juez y domicilio y la lei si combenerit de iurisdictione omnium iudicum y así lo otorgaron siendo testigos Diego Francisco Armendáriz, vezino de este lugar y Juan Antonio Beloqui, residente en la villa de Huarte Araquil hallado en este... SIGUE EN PDF 

jueves, 27 de julio de 2017

1611 Izurdiaga cofradía y ledanía de Aeza 1600 Cruz de plata de Izurdiaga

1611 Izurdiaga cofradía y ledanía de Aeza

Cofradía compuesta por Aizcorbe, Irurzun, Echeberri, Urrizola, Erroz e Izurdiaga, donde estaba la sede, que forman la cendea “de la Aiza de Abajo de Araquil”.
“Las constituciones de la cofradía y ledanía de Aeça: 1 de março 1611”
            “Sepan quantos estos capítulos y constituciones verán e oyrán que el abbad, alcalde, mayordomos y serviciales de la Cofradía y Ledanía de Aeza, que es en la Valle de Araquil, de los lugares de Aizcorbe, Irurçun y Echaberri, Urriçola, Erroz e Içurdiaga, estando en el dicho lugar de Içurdiaga en la Casa de su Capitulación comforme la costumbre que tienen y espezialmente estando presentes de parte de los abbades, vicarios y los demás eclesiásticos Don Joan de Hureta, vicario del dicho lugar de Içurdiaga, abbad de la dicha Cofradía y Ledanía este presente año, Don Joan de Aizpun, abbad de Erroz, Don Martín de Labayen, presbítero coadjutor del abbad de Irurçun y bicario de Echaberri, por sí y los demás sus hermanos clérigos y según dixeron como personas diputadas y nombradas por ellos y así bien Martín de Urriça, vezino de Aizcorbe, Alcalde de la dicha Cofradía y Ledanía y Pedro de Irurçun, subcesor Alcalde del año venidero, Esteban de Irurçun, v

miércoles, 26 de julio de 2017

1624 Izurdiaga Aizcorbe Gulina

1624 Izurdiaga Aizcorbe Gulina
            “Convenios de los lugares de Içurdiaga, Aizcorbe y Gulina: 19 de março 1624”
            “En la división de los términos de los lugares de Guiçurdiaga, Gulina y Aizcorve en la esquiña llamada Ainguiruchuria a diez y nuebe días del mes de março del año mil y seiscientos y veinte y quatro, en presencia de mi el escribano público y testigos abajo nombrados constituidos en persona los Jurados, vecinos y concejos de los dichos tres lugares, estando juntos y congregados para ataxar las diferencias, que tienen entre sí, en raçón de los prendamientos, que los unos a los otros les han echo y hacen y aldelante les podrían hacer en los ganados granados y menudos de los dichos lugares los unos en sus términos y los otros en los suyos, por obiar aquellos asentaron los conbenios seguientes:

martes, 25 de julio de 2017

1649 Izurdiaga Leiza Areso testamento de Catalina de Larrea

1649 Izurdiaga Leiza Areso testamento de Catalina de Larrea

“Testamento de Catalina de Larrea, viuda vecina del lugar de Içurdiaga, su data a 4 de hebrero 1649”.
            “In Dei nomine amén. Sea notorio y manifiesto a quantos la presente carta de testamento vieren como yo Catalina de Larrea, viuda de Jacue de Leyça, vecina de este lugar de Içurdiaga, estando enferma en cama, aunque en mi sano juicio y entendimiento y palabra manifiesta, recelando la muerte corporal, que es cosa natural para toda persona vibiente, revocando ante y primero qualesquiera testamento o testamentos, codicillo o codicillos, que por mi se allaren echos antes de éste, para que no balgan en juycio ni fuera de él, sino éste, que al presente ago ante Miguel de Aguinaga, vezino de el lugar de Erroz, que por no aver escribano en esta tierra y tener satisfación lo e llamado, el qual quiero balga por mi testamento y húltima voluntad en juycio y fuera de él, dándosele toda fee y crédito, como a húltima disposición de mis vienes y boluntades, poniendo todos mis dares y tomares en todo lo que alcanzo por cláusulas claras, y en lo que fuere descuydada me juzguen por ynadbertida y flaca memoria, como muchos en el mundo, y es en la forma siguiente.
            Y la dicha revocación de testamento no se entienda en la de hermandad, que hubo entre e

lunes, 24 de julio de 2017

1869 Erroz molino

Contenido
  • 1869 Erroz molino
  • 1872 Venta del molino
  • 1863: Erroz monte


1869 Erroz molino

El 3 de agosto del año 1869 se redacta una escritura para que los socios del molino lo inscriban en el Registro de la Propiedad, y luego pueda hacer lo mismo su comprador:
            “Fábrica molinar sita en la Calle de Abajo de este lugar de Erroz señalado con el número 9 de una superficie de 130 metros cuadrados, linda por derecha y espalda con el río Araquil y por la izquierda con acequia de dicha fábrica; su presa, anteparas, con además maquinaria, que existe en el interior del molino”.
            Los propietarios son 16, que están present