domingo, 21 de octubre de 2018

1672 1777 1825 1858 1861 Echarren toponimia

Contenido
  • El 6 de abril de 1672 se hace el “inventario de los bienes que quedaron por fin y muerte de Juan de Satrustegui, vecino que fue del lugar de Echarren”. Lo hace su viuda Josefa de Beramendi. Los bienes pertenecen a la casa “Santaloriarena... afrontada con las casas de Migueldizena y Çamarguinarena y la dicha huerta pegante a la dicha casa”.
  • El 4 de febrero de 1777 se firman los “Contratos matrimoniales de D. Juan Pedro de Goicoa y D.ª María Antonia de Lezaeta, a la subcesión de la casa de Dardorena de Echarren”. Entre las propiedades citadas hay algunas:
  • El 3 de febrero de 1825 Echarren formula un requerimiento a Ecay para que sus vecinos utilicen el agua de una fuente sin pisarles los sembrados y así dicen “que en los términos del mismo y paraje llamado Esneiturri tienen una fuente del mismo nombre y los de Ecay, quando van a trabajar a sus heredades, acostumbran desde su misma jurisdicción el hir a beber y conducir agua en vasijas para llevar a sus mismas
  • El 20 de febrero de 1858 a Echarren “se le autorizó para la venta de dos casas y 68 robadas de tierra para pago de varios capitales, que se halla debiendo”. (AGN Papeles Inútiles caja 41)
  • El 1 de mayo de 1861 se firman los “contratos matrimoniales de Manuel Zaro y Juana Goñi”, que se habían casado el día anterior.



            1672

         El 6 de abril de 1672 se hace el “inventario de los bienes que quedaron por fin y muerte de Juan de Satrustegui, vecino que fue del lugar de Echarren”. Lo hace su viuda Josefa de Beramendi. Los bienes pertenecen a la casa “Santaloriarena... afrontada con las casas de Migueldizena y Çamarguinarena y la dicha huerta pegante a la dicha casa”.

Las piezas se encuentran en:
“Mendavia”, “Echarrengaray”, “otra junto a la basílica de Nuestra Señora... otra allí pegante a la hermita”, “Larrainondoa”, “otra en Echeondoa llamada Liazea”, “Zaldurain”, “Inchaurchabala”, “Sarraldea”, “Elizaurrea”, “Apadin”, “Irripagaiz gaina”, “Calçadaldea... camino real”, “Yeraburu”, “Ubarana”, “Oyanederaldea”. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Villanueva, Antonio Aguinaga, legajo 46 n.º 27)

            1777

         El 4 de febrero de 1777 se firman los “Contratos matrimoniales de D. Juan Pedro de Goicoa y D.ª María Antonia de Lezaeta, a la subcesión de la casa de Dardorena de Echarren”. Entre las propiedades citadas hay algunas:

            “En los términos de el lugar de Irurzun: una de seis peonadas afrontada a viña del errero de Irurzun y Inigorena. Otra de tres peonadas en el paraje de Aizpea, afrontada a pieza de Martijilla y Aguinagarena. Otra de quatro peonadas afrontada con viña del palaciano de Echaberri y camino. Con lo qual se da por concluido este inbentario siendo presentes por testigos D. Josef Miguel de Eiaralar, presbítero y Pedro Josef de Gamboa, vecino de la villa de Arruazu y lo firmó el dicho Eiaralar y no los demás por no saver escribir y en fee de ello firmé io el escribano en el lugar de Echarren a quatro de febrero de mil setecientos setenta y siete. Ante mi, Juan Josef de Bergera, escribano”. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Lacunza, Juan José Bergera, legajo 3 n.º 8)
            Suele aludirse a “Aizpea”, al decir “Aiza de abajo”; la versión podría ser peor con “las Dos Hermanas”, cuando en realidad es un “desfiladero”:
A) “Pamplona y los seis lugares de la Aiza de abajo de Araquil, 22 de abril de 1787: Escritura de benta de un sitio de molino sito en jurisdición del lugar d

sábado, 20 de octubre de 2018

1602 1618 1654 1713 1832 1836 1861 Eguiarreta contratos matrimoniales y toponimia 1602


Contenido
  • El 1 de julio del año 1602 firman los contratos matrimoniales de “Joanes de Andueça(1) y María de Errazquin, su mujer, vecinos de Eguiarreta”; se hace “donación de toda la ostella y ajuar de casa” y de piezas en:
  • El 28 de agosto de 1618 se efectúa la venta de piezas en:
  • El 14 de febrero de 1654 se hace “el contrato matrimonial de Joanes de Veramendi y Graciana de Lacunça, vecinos de Eguiarreta”; el marido era de Gulina; ella recibe de sus padres (Pedro Lacunza y Catalina Arbizu) la casa de Jorgerena y sus tierras en:
  • 1713
  • Piezas de la casa de “Miquelena”(2):
  • El 21 de febrero de 1832 se firman los contratos matrimoniales de Pedro Martín Lazcoz y María Antonia Larumbe, en los cuales se enumeran fincas en:
  • El 15 de febrero del año 1836 se ajustan los contratos matrimoniales de Mariano Lazcoz (de Eguiarreta) y Micaela Astiz (de Yabar), su mujer. Mariano era hijo de Martín Antonio Lazcoz, ya fallecido, y de Josefa Martija (ésta se hallaba casada en segundas nupcias con José Antonio Olagüe).
  • Firman el 11 de febrero de 1861 los “contratos matrimoniales de Benito Irurzun y Juana Lazcoz”.
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         El 1 de julio del año 1602 firman los contratos matrimoniales de “Joanes de Andueça(1) y María de Errazquin, su mujer, vecinos de Eguiarreta”; se hace “donación de toda la ostella y ajuar de casa” y de piezas en:

“Aldapa ”, “Camino de Santiago”, ”Camino de Echarren, “Mançanal de la Torre”, “Legarra”, “Iturgaiz”, “Camino de Alzo... afronta con camino real”, “Larre Çuria”, “el linar de media robada afrontada con la cequia y con el camino real, que guía a Echarre

viernes, 19 de octubre de 2018

1634 1640 1650 Eguiarreta Echarren facería

1634 1640 1650 Eguiarreta Echarren facería
Contenido
  • 1634 “Auto de entre los lugares de Eguiarreta y Echarren e ynibición de los de Eguiarreta contra los de Echarren”.
  • 1640 “Traslación y obligación de los vezinos y concejo del lugar de Echarren en favor de los jurados, vecinos y concejo del lugar de Eguiarreta”.
  • 1650 Proceso sobre el pago del importe de varios prendamientos hechos a vecinos de Echarren por haber entrado sus ganados en los términos de Larreluzea y Legarda, propios de Eguiarreta.
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1634 “Auto de entre los lugares de Eguiarreta y Echarren e ynibición de los de Eguiarreta contra los de Echarren”.

            “Los jurados y vecinos y concejo del lugar de Eguiarreta dicen que los suplicantes hasta agora tienen por acabar de seguar sus panes y cebada y no an començado en general a carrear sus panes y siendo esto así los vecinos y concejo del lugar de Echarren so color que dicen tienen facería en los términos del lugar de Eguiarreta Celaia(1) han echado todos sus ganados granados y menudos al panificado del dicho lugar de Eguiarreta, haciendo grandísimos daños en los haces particularmente sin guarda y persona que los recaudase a noche donde an hecho grande daño en los dichos panes y si no se pone remedio en esto no quedará triguo ninguno sin que los coman los dichos guanados.
            Atento lo qual suplican a vuestra merced mande a los dichos de Echarren no echen sus ganados a los panificados del término de Eguiarreta Celaia d

jueves, 18 de octubre de 2018

1644 1665 1770 Eguiarreta y la iglesia de su propiedad

Contenido
  • “Fenecimiento de quentas, carta de pago y cesión de Don Pedro de Ureta, abad de Eguiarreta y Francisco de Olmos y Andrés de Las Heras, arquitecto y pintor, vecinos de Asiain, de hobras echas en la parrochial de Eguiarreta”.
  • El 1 de octubre de 1665 nombran tasadores de la obra de “cantería y fustería” de la iglesia. Tasan “las tres partes del lienzo, que cae hacia el lugar de Madoz y en la parte de arriba tres estribos y por la misma manera lebantada toda la fachada alrededor de toda la iglesia en partes más y en partes menos y reparos que han hecho en ella a justa y común estimación conforme arte valen la suma de 11.403 reales”; descuentan la piedra de despiece y quedan así 10.918 reales, en cuanto a la cantería.
  • “Auto de resolución otorgado por los vecinos de el lugar de Eguiarreta, patronos de su yglesia parroquial, para la ejecución de varias obras en dicha yglesia: Eguiarreta año de 1770, 26 de julio”.
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“Fenecimiento de quentas, carta de pago y cesión de Don Pedro de Ureta, abad de Eguiarreta y Francisco de Olmos y Andrés de Las Heras, arquitecto y pintor, vecinos de Asiain, de hobras echas en la parrochial de Eguiarreta”.

            “En el lugar de Eguiarreta a quince de octubre del año mil y seiscientos quarenta y quatro ante Mí, el escribano y testigos infra escritos, Don Pedro de Ureta, abad del dicho lugar y Francisco de Olmos, arquitecto y Andrés de Las Heras, pintor, por sí y en nombre de Joan de Las Heras, su padre, vecino del lugar de Asiain, fenecieron cuentas cada uno de lo que tenía que aber en la yglesia parroquial del dicho lugar de Eguiarreta de obras que en ella hizieron de arquitectura y pintura, las quales obras fueron estimadas por mandado del Señor Vicario General de este obispado y admitidas en ciento quarenta y quatro ducados y ocho reales por buenas por ambas partes y resumidas queda alcançado en nombre de la dicha yglesia en la suma de nueve ducados para fin de pago de todo, confesando los dichos Francisco de Olmos y Andrés de Las Heras aber recevido tod

miércoles, 17 de octubre de 2018

1597 Eguiarreta venta de dos torres en carta de gracia perpetua

1597 Eguiarreta venta de dos torres en carta de gracia perpetua
            “Venta otorgada por Joanes de Satrustegui y Joana de Satrustegui, su mujer, vezinos de Eguiarreta en favor de Martín de Eguiarreta de la casa de Martinandi: 22 de noviembre de 1597”.
            “En el lugar de Eguiarreta a veinte y dos días del mes de noviembre del año mill quinientos nobenta y siete, por presencia y testimonio del escribano público y testigos avajo nombrados, constituidos en persona Joanes de Satrustegui de la casa de Sala, y Joana de Satrustegui, marido y muger vezinos del dicho lugar de Eguiarreta y ella con licencia y consentimiento del dicho Joanes de Satrustegui, su marido, y ambos dos vendemos y por título de venta ajenamos, transferimos y transpasamos a Martín de Eguiarreta de la casa de Martinandi, vezino del dicho lugar de Eguiarreta, dos torres de piedra que nosotros tenemos y posemos en el dicho lugar de Eguiarreta: la primera toda ella enteramente desde el suelo hasta el tejado con su fortaleza de piedra asta el húltimo sobrado afrontada con casas de los dichos vendedores y con la fuente pegante guerta de la parte del bochorno con todas los suelos, aposentos, escalera, palomar y todo lo demás que esté en el cuerpo de la dicha torre; y la segunda torre que está en la dicha nuestra casa a la parte del cierço, la quoal vendemos sola para que se aposente y sirba del palomar y le damos la entrada a la dicha torre y palomar por la puerta pequeña, que tiene la dicha casa hazia el campo llamado Ichaustia, que está en par de la dicha torre, reserbando para nos, los dichos vendedores, el cuerpo de medio de las dichas dos torres, que es la casa con sus portales pegante a la huerta, y porque la torre de hacia cierço está abierta sin suelo, n

martes, 16 de octubre de 2018

1630 Eguiarreta arca de misericordia


1630 Eguiarreta arca de misericordia
            “Escritura de convenios de la arca de misericordia del lugar de Eguiarreta”.
            “En el lugar de Eguiarreta a veinte y tres días del mes de enero del año mil seiscientos y treinta, en presencia de mí, el escribano público y testigos abaxo nombrados constituidos en persona los jurados y concejo del dicho lugar, estando juntos y congregados en su concejo y ayuntamiento conforme la costumbre, que tienen de se juntar para expedir y librar semejantes y otros negocios tocantes al bien común del dicho concejo y residentes del dicho lugar, a llamamiento de los señores jurados, donde se allaron presentes por esta bez:
Simón de Irañeta y Julián de Allinena, jurados y vecinos del dicho lugar, Christóbal de Senosiain, Pedro de Satrustegui, Pedro de Berastegui(1), Martín de Irurçun, Joanes de Cia, Juanes de Villanueva, Juanes de Villanueva de Martin Andi, Juanes de Irurçun, Miguel de Villanueva, Lope de Satrustegui, Pedro de Çuaçu, Miguel de Barebar y Juanes de Astiz, vecinos y caseros del dicho lugar de Eguiarreta y según dixieron de las tres partes de los vecinos del dicho lugar las dos y más y los presentes firmando por los ausentes por quienes hizieron caución de rato de hazer loar lo contenido en esta escritura, todos ellos dixieron que tienen una pieza concejil en los términos del dicho lugar y sembrada trigo y al delante cada año en su año y vez an de sembrar y recojer el trigo al cabo que procediere cada año y poner en una arca de misericordia para las necesidades, que se les ofreciere en el dicho lugar, para luir algún censal con el dicho trigo con esto que todos los años puedan

domingo, 14 de octubre de 2018

1660 Echarren casa de la abadía sacristía Francisco Olmos retablo 1745 sacristán

Tabla de contenido
  • 1660 Echarren casa de la abadía sacristía Francisco de Olmos retablo
  • 1745 Sacristán
  • 1660 Retablo de Francisco de Olmos
  • “Escritura de las obras de la yglesia del lugar de Echarren: en 21 de septiembre de 1670”
  • El 10 de octubre del año 1745 entre los vecinos y el abad nombran sacristán a “Miguel Antonio de Garriz, clérigo de menores órdenes”, natural del mismo Echarren, para que goce de lo correspondiente a su empleo de “ministro o sacristán”:
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1660 Echarren casa de la abadía sacristía Francisco de Olmos retablo

1745 Sacristán

            “Tasación de las obras que hiço acer Don Martín de Eraso ya difunto abad que fue de Echarren en la casa de la abadía: en 6 de septiembre de 1660”
            “Ilustre Señor. Joan de Azcarate, procurador de Graciosa de Heraso vecina de el lugar de Echarren dice que Don Martín de Heraso, abbad de Echarren ya difuncto, hiço ciertas obras de carpintería en la casa de la abbadía de el dicho lugar de Echarren mediante licencia y para que se sepa su valor suplico a V. merced mande nombrar tasador de parte de la iglesia, que tase las dichas obras y etc. Joan de Azcarate”
            “En Pamplona en audiencia a veinte y ocho de julio del año de mil seiscientos y sesenta ante el señor licenciado don Enrique de Urrias y Cruçat, oficial principal de este obispado, Azcarate presentó esta petición y leída su merced mandó que el abbad de Echarren de parte de su iglesia nonbre oficial, para que con el que nonbrare la parte, tase las obras que refiere la dicha petición y se presente ante nos y de ello mandó hacer auto a mi, Ernando de Ichaso, notario. Por traslado por el secretario Oteiza. Hernando de Ichaso, notario”.
            “En el lugar de Echarren de la Valle de Araquil leí, yntimé y notifiqué la provisión retro escrita en sus mismas personas a don Martín de Satrustegui, abad de este dicho lugar, y Graciosa de Eraso, heredera de don Martín de Eraso, abad que fue de este dicho lugar, contenidos y expresados en ella para que les conste de su tenor y cumplan con lo que se les mande, quienes conprendido lo susodicho dijeron y cumpliendo con el tenor el dicho abad nombra por y en nombre de su parrochia a Martín de Ezcurra y Elgorriaga, maestro carpintero, vecino del lugar de Azpiroz y la dicha Gracia de Eraso por y en su nombre como eredera del dicho abad difunto a Sebastián de Aguirre, maestro carpintero vecino del lugar de Erroz, y anbos puedan ber, reconocer, tantear y tasar las obras de carpintería que el dicho don Martín de Eraso hizo en la casa de abadía de ese dicho lugar a quienes quieren que yo el dicho escribano les aga notorio, si quieren aceptar el dicho nombramiento y esto dijeron responder, de lo qual fueron testigos Francisco de Olmos, maestro arquitecto vecino de Asiain y don Juan de Satrustegui, vicario de Satrustegui y firmaron los que sabían con mi el dicho escribano.
Don Martín de Satrustegui
Don Juan de Satrustegui
Francisco de Olmos
Ante my, Antonio de Aguinaga, escribano”.
            “En el dicho lugar dicho día, mes y año yo el dicho escribano hice notorio el nombramiento retro escrito en sus mismas personas a Martín de Ezcurra y Elgorriaga, maestro carpintero, vecino del lugar de Azpiroz y a Sebastián de Aguirre, maestro carpintero vecino del lugar de Erroz, nombrados para el efecto, que expresa la provisión retro escrita y por ellos oída y conprendido su contenimiento y el nombramiento, que en ellos an echo D. Martín de Satrustegui, abad de este dicho lugar y la dicha Gracia de Eraso dijeron que aceptan el dicho nombramiento en ellos echo y berán y reconocerán las dichas obras y tasarán aquellas a justa y común estimación y esto declararon siendo testigos don Juan de Satrustegui, vicario de Satrustegui y Francisco de Olmos, quienes firmaron por sí y los demás que dijeron no sabían con my el dicho