jueves, 10 de octubre de 2013

Alsasua, Olazagutia: 1755: disensión por Iturrioz: toponimia


El 1 de noviembre de 1755, por la tarde los guardas de Alsasua apresan una vaca de Miguel Beinaran de Albíztur, junto a una regata hacia Olazagutia; y al día siguiente prendan un rebaño de ovejas de Juan Miguel de Mendiluce en Iturrioz, que está más hacia Olazagutia que la regata anterior, y quieren los de Alsasua que sea la dividente entre ambas localidades, sobre lo cual ya llevan pleito desde el año 1748;
se refiere al de la siguiente signatura: AGN Procesos, Pendientes, Solano, fajo 1.º, 1756 n.º 18.
El 12 de noviembre presenta Olazagutia formalmente las bases de su reclamación contra Alsasua, donde dicen que cada uno de los pueblos tiene sus endreceras, y hay una entre ambos junto a una regata: “la regata llamada con los nombres de Ebaguierreca, Achimendi, Mauriturri y Ezquinarbin, que toda es una y dividente de las endreceras de ambas partes.” (f. 8)
Carátula del documento:
“Proceso del lugar de Olazagutia sus vecinos y Concejo, Miguel de Beinaran de Albistur, y Juan Miquélez de Mendiluce, vecinos de él
contra
los Rexidores, vecinos y concejo del lugar de Alsasua
sobre
querella por haver procedido a prendar una baca de dicho Beinaran, hallándose pastando en el parage de Ebaguierrecaldea, y así bien el rebaño de obejas del referido Mendiluce, hallándose en el sitio de Iturrioz ambos términos propios del mismo lugar de Olazagutia, por dividirlos la Regata de Ebaguierrecaldea, Achimendi, Mauriturri y Ezquinarbin; y los defendientes dicen que dicha Regata de Iturrioz es la dividente de los términos de ambos pueblos.”
            Alsasua, el 19 de noviembre de 1755, presenta sus razones contra Olazagutia con este articulado, y con algunos errores en la repetición de topónimos, que por evidentes se trascriben según aparecen:
            “Martín de Lasterra, procurador del lugar de Alsasua, sus Rexidores, vezinos y Concejo, como derecho mejor proceda en disculpa de la querella dada por el lugar de Olazagutia, sus Rejidores, vecinos y Concejo, y requexándose de éstos y de Miguel Sáiz de Munain, Miguel de Beinaran de Albistur, Juan Miquélez de Mendiluce, y demás que resultaren culpados, alego y probar entiendo en los artículos siguientes:
1.º Primeramente que la Regata nominada de Iturrioz, a sido y es dividiente de los términos del lugar mi parte, y de la contraria, y en prueba de ellos haze que los vezinos de mi parte aora quarenta años, poco más o menos, hizieron entrega de la efigie del Arcángel San Miguel a los de Olazagutia junto a la Regata de Iturrioz, sin embargo de que con cautela se allaban esperando en la Regata llamada vulgarmente en basquenze Andreagalduzaneco Erreca, que se halla mucho más acá hacia el lugar mi parte, y en la misma forma han avierto el camino asta la citada Regata de Iturrioz en las ocasiones que a estado con nieves, yelos u otra cosa, como es cierto, público y notorio y dirán los testigos quanto supieren en su razón.
2.º Ítem que en confirmación de lo referido hace también que desde la espresada Regata de Iturrioz sigue el término llamado Arriurdinaldea, que es propio y privativo del lugar mi parte en dominio, propiedad y posesión y en la misma forma lo es el que se intitula Ebaguierrecaldea, que está a continuación y ambos términos caen hacia el dicho lugar mi parte y el último concluye con la referida Regata de Andreagalduzanequa, y después continúa el término llamado Ubarcaaldea, que es igualmente propio de mi ....
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