“Tasación de la obra del sagrario de la iglesia de Alsasua
por peritos nombrados de conformidad”, en 9 de agosto de 1683.
“En la
villa de Arbizu a nueve de agosto de mil seiscientos ochenta y tres, ante mi el
escribano y testigos parecieron de la una parte Don Diego López de Iriarte,
Abbad de la parrochial del lugar de Alsasua, en nombre de la iglesia y de la
otra Don Francisco de Peruzurguin y María de Peruzurguin, su hermana, muger de
Agustín de Cerio, hijos y
herederos de García de Peruzurguin, Catalina de
Peruzurguin, viuda de García de Berástegui, Andrés de Imaz, marido y conjunta
persona de Margarita de Peruzurguin, Juan Fernández de Garayalde y Lazcano en
nombre y como poder obiente de Águeda de Peruzurguin y Pedro de Peruzurguin en
nombre y como heredero de Don Pedro de Peruzurguin, presbítero, todos hijos y
herederos y subcesores de Miguel de Peruzurguin y digeron que el Señor Don
Martín de Jáuregui canónigo de la Santa Iglesia de Pamplona en la visita que
hizo en la iglesia parroquial del dicho lugar de Alsasua, dejó mandato para que
Joseph de Huyci y Joseph de Echeverría, Maestros Arquitectos, reconociesen el
sagrario que se halla echo o empezado hazer por el dicho Miguel de Peruzurguin
para la iglesia parroquial del dicho lugar de Alsasua, si se alla el dicho
sagrario echo para el sitio en que se a de asentar en el retablo, y viniendo
bien se le tase por los dichos maestros perdiendo de la tasación los dichos
acrehedores la quarta parte, y aunque de parte del dicho Abbad de Alsasua en
nombre de su iglesia a echo todas las diligencias posibles para hazer traer al
dicho Joseph de Echeverría y que en nombre de la dicha iglesia reconociese el
dicho sagrario con el dicho Joseph de Huyci, y ambos lo tasasen, no ha podido
conseguir respecto de allarse en los reynos de Castilla y considerando costaría
el hacerlo traer muchas cantidad a la iglesia y allarse informado el dicho
Abbad de otros maestros que an reconocido y tasado el dicho sagrario de la cantidad
que puede montar, mirando por la utilidad de la iglesia y combeniencia que se
sigue ha resuelto el nombrar de parte de la dicha su iglesia a Joseph de Huyci,
Maestro Arquitecto y vehedor de las obras eclesiásticas de este obispado, para
que a solas y sin asistencia de otro maestro de parte de la dicha iglesia, vea
y reconozca el dicho sagrario y declare si está echo para el puesto y sitio en
que se a de asentar en el dicho retablo, y lo que vale y el mismo nombramiento
hicieron de su parte los dichos Don Francisco de Peruzurguin y demás herederos
del dicho Miguel de Peruzurguin otorgante y allándose presente el dicho Joseph
de Huyci aceptó el dicho nombramiento y habiéndosele recevido juramento en
forma devida declaró sobre una señal de la cruz en manos de mi el dicho
escribano de que doy fe, declaró a la fuerza del dicho juramento que a visto y
reconocido muchas veces el sagrario que se alla en la iglesia de Arbizu, echo
para la parrochial de Alsasua, y que está bien echo y acabado conforme arte, según
al presente se alla en el semblaje y molduras y conforme el sitio lo pide,
aunque no esta acabado porque le faltad la escultura y talla de quatro colunas
en el segundo cuerpo y la puerta de abajo y para la iglesia combiene el que
reciba el sagrario en el ser y estado en que se alla y acabarlo por su quenta,
que allará oficiales que hagan la obra con combeniencia y en quanto a la
tasación y estimación del dicho sagrario y lo que puede valer en el estado en
que se alla declara vale justa su conciencia trescientos y diez y seis ducados,
esto declaró debajo del dicho juramento, y para que de ello conste se hizo este
auto allándose presentes por testigos Pedro de Aguado, y Martín de Lacunza,
allados en el dicho lugar y firmaron los que sabían e yo el escribano.
D. Francisco de Peruzurguin
Andrés de Imaz...
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