Alsasua, Olazagutia: 1784: toponimia
“Escritura de partición, adjudicación y liquidación de
cuentas, derechos y bienes de los que eran propios de Juan Fernández de
Garaialde y Lazcano, otorgada por Domingo, Theresa, y Doña Rafaela sus hermanos
y en nombre de esta última por dicho Domingo su apoderado”. (AGN Protocolos Notariales,
Notaría de Alsasua, Martín Albizu, legajo 57 n.º 66).
Monedas citadas
1 Ducado = 11 reales
1 Real = 4,5 tarjas = 4 cuartillos = 36 maravedíes = 72 cornados
1 Real = 4,5 tarjas = 4 cuartillos = 36 maravedíes = 72 cornados
1 Cuartillo = 9 maravedíes
“Alsasua y abril 14 de 1784. Escritura de repartimiento.”
“En el lugar de Alsasua del Valle de Burunda a catorce de
abril de mil setecientos ochenta y quatro: Por testimonio de mi el escribano
real y testigos infrascritos fueron presentes Domingo Fernández de Garaialde y
Lazcano, vecino de este
lugar, tanto en propio nombre como en el de poder haviente de Doña Rafaela Fernández de Garaialde su hermana, muger de Don Agustín de Galarza, residentes en la Villa y Corte de Madrid, según ha hecho constar del otorgado a su favor en veinte y siete de marzo último del presente año, ante Don Ignacio Salaia escribano de S. M. de Cámara y Secretario de Causas del Serenísimo Señor Infante Don Gabriel, legalizado en devida forma por Juaquín Gome y Palacio y Félix Rodríguez, así bien escribanos de S. M. y del Ilustre Colegio de aquella Corte, que queda junto con esta escritura para incluir por principio en las copias, que se dieren de la misma, Martín de Goicoechea y Echeverría, y Theresa Fernández de Garaialde y Lazcano, su muger, vecinos del mismo lugar de Alsasua, asistiendo también con los mismos Christóval de Goicoechea y Echeverría, su hijo vecino así bien de él, que viven juntos en una casa, mesa y compañía y la expresada Theresa mediante licencia del referido su marido en derecho requerida, que de haver sido pedida, concedida y aceptada doi fe yo el escribano: Propusieron que por fallecimiento de Juan Fernández de Garaialde en el Ospital Real y General de Nuestra Señora de Gracia de la ciudad de Zaragoza, hermano carnal de los referidos Domingo, Doña Rafaela, y Theresa, han recaído estos en igualdad y por tercias partes en la herencia y vienes raíces y muebles que le tocavan a aquel y consta dela escritura de partición, adjudicación, liquidación, ajuste y comvenios de veinte y tres de enero de mil setecientos setenta y seis ante Lorenzo de Ibañes, escribano real, otorgada por estas tres Hermandades, y el tutor o curador del citado Juan Fernández de Garaialde por su demencia en dicho Santo Ospital, y por haverse verificado su muerte en esta forma en diez y seis de maio del año último de mil setecientos ochenta y tres, han procedido como sus herederos al reparto y sorteo de sus bienes, liquidación de cuentas y a hacer su ajuste y convenio con la posible maior justificación, sin agravio de uno a otro, antes procurando igualar cada una de las tres hijuelas de vienes, que les ha competido respectivamente en dicho reparto, y sorteo en la forma que avajo se expresará, haviendo tenido para ello sus conferencias y juntas en diferentes días con el único fin de poner en claro sus respectivas cotas partes en que han recaído como tales hermanos, y haviendo en su razón una exacta liquidación y después de tratado así largamente, han quedado conformes en el modo y forma del expresado reparto, y llevándolo a execución y práctica de una buena unió y conformidad, hacen aquel, su liquidación, ajuste, y convenio e inserción de los que a cada uno le ha sorteado en el modo siguiente.
lugar, tanto en propio nombre como en el de poder haviente de Doña Rafaela Fernández de Garaialde su hermana, muger de Don Agustín de Galarza, residentes en la Villa y Corte de Madrid, según ha hecho constar del otorgado a su favor en veinte y siete de marzo último del presente año, ante Don Ignacio Salaia escribano de S. M. de Cámara y Secretario de Causas del Serenísimo Señor Infante Don Gabriel, legalizado en devida forma por Juaquín Gome y Palacio y Félix Rodríguez, así bien escribanos de S. M. y del Ilustre Colegio de aquella Corte, que queda junto con esta escritura para incluir por principio en las copias, que se dieren de la misma, Martín de Goicoechea y Echeverría, y Theresa Fernández de Garaialde y Lazcano, su muger, vecinos del mismo lugar de Alsasua, asistiendo también con los mismos Christóval de Goicoechea y Echeverría, su hijo vecino así bien de él, que viven juntos en una casa, mesa y compañía y la expresada Theresa mediante licencia del referido su marido en derecho requerida, que de haver sido pedida, concedida y aceptada doi fe yo el escribano: Propusieron que por fallecimiento de Juan Fernández de Garaialde en el Ospital Real y General de Nuestra Señora de Gracia de la ciudad de Zaragoza, hermano carnal de los referidos Domingo, Doña Rafaela, y Theresa, han recaído estos en igualdad y por tercias partes en la herencia y vienes raíces y muebles que le tocavan a aquel y consta dela escritura de partición, adjudicación, liquidación, ajuste y comvenios de veinte y tres de enero de mil setecientos setenta y seis ante Lorenzo de Ibañes, escribano real, otorgada por estas tres Hermandades, y el tutor o curador del citado Juan Fernández de Garaialde por su demencia en dicho Santo Ospital, y por haverse verificado su muerte en esta forma en diez y seis de maio del año último de mil setecientos ochenta y tres, han procedido como sus herederos al reparto y sorteo de sus bienes, liquidación de cuentas y a hacer su ajuste y convenio con la posible maior justificación, sin agravio de uno a otro, antes procurando igualar cada una de las tres hijuelas de vienes, que les ha competido respectivamente en dicho reparto, y sorteo en la forma que avajo se expresará, haviendo tenido para ello sus conferencias y juntas en diferentes días con el único fin de poner en claro sus respectivas cotas partes en que han recaído como tales hermanos, y haviendo en su razón una exacta liquidación y después de tratado así largamente, han quedado conformes en el modo y forma del expresado reparto, y llevándolo a execución y práctica de una buena unió y conformidad, hacen aquel, su liquidación, ajuste, y convenio e inserción de los que a cada uno le ha sorteado en el modo siguiente.
Bienes
raíces y muebles que han tocado a Domingo Fernández de Garaialde en su hijuela
pertenecientes a la herencia de Juan Fernández de Garaialde su hermano, que son
los siguientes: (en reales y maravedíes)
1
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Primeramente en la Casa principal nativa de los quatro
hermanos, le tocava su mitad a dicho Juan Fernández de Garaialde, según
expresa la escritura de repartimiento general otorgada en diez de junio de
mil setecientos sesenta y seis ante dicho escribano Ibañes, y la tercera
parte de dicha mitad de casa le ha sorteado a Domingo la que está en mido de
las de Theresa y Doña Rafaela, sus hermanas, de importe de tres mil ciento
sesenta y tres reales y medio, que se sacan a la margen
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3.163
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18
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