Izu: 1715
Retablos colaterales
“Tasación
de dos colaterales de la iglesia del lugar de Izu a instancia de Juan López de
San Martín, Maestro Arquitecto, vecino de Ororbia. En 29 de agosto de 1715.”
Ilustre
Señor. Christóbal de Huarte, procurador de Juan López, Maestro Arquitecto,
vecino del lugar de Ororbia, dize que para la parroquial del lugar de Izu se
trabajaron con lizencia del Tribunal dos colaterales de architectura y se
otorgó escritura de obligación por los Primicieros de pagar su importe de las Rentas
Primiciales, y en la húltima visita que hizo el Ilustrísimo Señor Don Juan
Iñiguez de Arnedo, probeió mandato en quinze de octubre de mil setecientos y
tres para que se tasasen dichos colaterales por el vedor de obras de pintado,
dorado y estofado, suponiendo ser de esta calidad, con equibocazión, pues solo
como ba dicho son de architectura, sin que se aian dorado dichos colaterales y
para que se sepa su valor suplica a Vuestra Merced se tasen con vista de dicha
escritura y lizencia por el Maestro o Maestros, que Vuestra Merced fuere
serbido nombrar o que las partes nombraren y pido justicia. Christóbal de
Huarte.”
“Auto. En
Pamplona en audiencia a diez y nuebe de junio de mil setecientos y quinze, ante
el Señor Licenciado Don Bartolomé García Delgado, Provisor y Vicario General de
este Obispado, Christóbal de Huarte, procurador suplicante, presentó esta
petición y leída Su Merced mandó y por el presente auto nombra por Beedor de
las obras de los dos coraterales que en ella se refieren en lo tocante a la
architectura al Beedor de este obispado por parte de la iglesia de Izu a quien
se le da facultad para que con el Maestro, que la parte suplicante nombrare,
haciendo éste ante y primero juramento de fidelidad, puedan ambos dentro de
quinze días hacer el reconocimiento de dichos dos coraterales, declarando
precedente juramento, el importe de ellos en lo que mira a architectura
precediendo ante todas cosas zitación de las partes interesadas, señalándoles
día, ora y lugar para ello y que echo así y puesto en forma se presente dentro
de dicho término ante Su Merced, para en su vista probeer justicia y de ello
hacer auto a mí, Juan Antonio de Mañeru, notario.”
“Nombramiento.
En el lugar de Asiain a veinte y seis de agosto de mil setecientos y quince,
ante mi, el escribano y testigos avajo nombrados pareció presente Juan López,
Maestro Arquitecto, vecino de el lugar de Ororbia, nombrado en el auto
antecedente y dijo que en cumplimiento de lo que por él se manda, para que
tenga efecto la tasación de los dos colaterales expresados en dicho auto,
nombra por tasador de su parte a Simón de Bengoechea, vezino de la ciudad de
Pamplona, behedor de Obras de Arquitectura de este obispado, que es el mismo
que se a nombrado por el Señor Probisor y Vicario General de él, para que
asista a dicha tasación en nombre de la iglesia de el lugar de Izu, y el
otorgante quiere y consiente que en su nombre concurra igualmente a dicha
tasación, y se obliga con su persona y vienes, avidos y por aver a tener por
bueno, firme y a perpetuo baledero quanto hiciere, obrare y declarare en este
asumpto el dicho Simón de Bengoechea, y de pasar por ello sin contienda de
juicio, pena de costas y daños, para lo qual le confiere su poder y facultad
cumplida sin limitación alguna y así lo otorgó siendo testigos Francisco Andrés
de Olmos, Maestro Arquitecto, y Joseph de Loza, Maestro Pintor, vecinos de este
lugar y firmaron todos con mí, el escribano.
Juan López de San Martín
Joseph de Loza
Francisco Andrés de Olmos
Ante mí, Juan Francisco Fernández de Mendibil, escribano.”
“Aceptación.
Luego en siguiente, yo el dicho escribano, notifiqué el auto y nombramiento
retroescritos a Simón de Bengoechea, Behedor de Obras de Arquitectura de este
obispado, para que el conste de su tenor y vea si acepta o no los nombramientos
en él echos, por ambas partes, y comprendido su contenimiento dijo que se da
por notificado y admitiendo aquellos prometió hacer la tasación que se le manda
justa su conciencia, esto respondió y firmó con mí, el escribano.
Simón de Bengoechea
Ante mí, Juan Francisco Fernández de Mendibil, escribano.”
“Notificación.
En el lugar de Asiain el sobredicho día, mes y año, yo el escribano infrascrito
les leí e hice notorio el auto de aceptación ante escrito a Don Joseph de Olmos
y Remírez y Miguel de Munárriz, Abad y Primicieros, eclesiástico y secular de
la parroquial de el lugar de Izu, y a Juan López, Maestro Arquitecto, partes
interesadas en esta causa, para que les conste de su tenor, y en siguiente les
cité y aperciví para que si quisieren se hallen presentes al reconocimiento de
los dos colaterales que an de ser tasados y baluados por Simón de Bengoechea,
nombrado en los autos sobre escritos asistiendo por tasador común de ambas
partes en la iglesia de el dicho lugar de Izu desde las diez de la mañana de oi
data de la presente en aldelante asta que se acave de hacer dicho
reconocimiento, y comprehendido lo referido dijeron que consintiendo, como
consienten uniformemente en que el dicho Simón de Vengoechea aga la tasación de
los dichos colaterales, se dan por notificados, esto respondieron y firmaron
todos con mi, el escribano.
Don Joseph de Olmos y Remírez
Miguel de Munárriz
Ante mí, Juan Francisco Fernández de Mendibil, escribano.”
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