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domingo, 31 de mayo de 2015

Izu 1715 dos retablos colaterales

Izu: 1715
Retablos colaterales
            “Tasación de dos colaterales de la iglesia del lugar de Izu a instancia de Juan López de San Martín, Maestro Arquitecto, vecino de Ororbia. En 29 de agosto de 1715.”
            Ilustre Señor. Christóbal de Huarte, procurador de Juan López, Maestro Arquitecto, vecino del lugar de Ororbia, dize que para la parroquial del lugar de Izu se trabajaron con lizencia del Tribunal dos colaterales de architectura y se otorgó escritura de obligación por los Primicieros de pagar su importe de las Rentas Primiciales, y en la húltima visita que hizo el Ilustrísimo Señor Don Juan Iñiguez de Arnedo, probeió mandato en quinze de octubre de mil setecientos y tres para que se tasasen dichos colaterales por el vedor de obras de pintado, dorado y estofado, suponiendo ser de esta calidad, con equibocazión, pues solo como ba dicho son de architectura, sin que se aian dorado dichos colaterales y para que se sepa su valor suplica a Vuestra Merced se tasen con vista de dicha escritura y lizencia por el Maestro o Maestros, que Vuestra Merced fuere serbido nombrar o que las partes nombraren y pido justicia. Christóbal de Huarte.”

            “Auto. En Pamplona en audiencia a diez y nuebe de junio de mil setecientos y quinze, ante el Señor Licenciado Don Bartolomé García Delgado, Provisor y Vicario General de este Obispado, Christóbal de Huarte, procurador suplicante, presentó esta petición y leída Su Merced mandó y por el presente auto nombra por Beedor de las obras de los dos coraterales que en ella se refieren en lo tocante a la architectura al Beedor de este obispado por parte de la iglesia de Izu a quien se le da facultad para que con el Maestro, que la parte suplicante nombrare, haciendo éste ante y primero juramento de fidelidad, puedan ambos dentro de quinze días hacer el reconocimiento de dichos dos coraterales, declarando precedente juramento, el importe de ellos en lo que mira a architectura precediendo ante todas cosas zitación de las partes interesadas, señalándoles día, ora y lugar para ello y que echo así y puesto en forma se presente dentro de dicho término ante Su Merced, para en su vista probeer justicia y de ello hacer auto a mí, Juan Antonio de Mañeru, notario.”

            “Nombramiento. En el lugar de Asiain a veinte y seis de agosto de mil setecientos y quince, ante mi, el escribano y testigos avajo nombrados pareció presente Juan López, Maestro Arquitecto, vecino de el lugar de Ororbia, nombrado en el auto antecedente y dijo que en cumplimiento de lo que por él se manda, para que tenga efecto la tasación de los dos colaterales expresados en dicho auto, nombra por tasador de su parte a Simón de Bengoechea, vezino de la ciudad de Pamplona, behedor de Obras de Arquitectura de este obispado, que es el mismo que se a nombrado por el Señor Probisor y Vicario General de él, para que asista a dicha tasación en nombre de la iglesia de el lugar de Izu, y el otorgante quiere y consiente que en su nombre concurra igualmente a dicha tasación, y se obliga con su persona y vienes, avidos y por aver a tener por bueno, firme y a perpetuo baledero quanto hiciere, obrare y declarare en este asumpto el dicho Simón de Bengoechea, y de pasar por ello sin contienda de juicio, pena de costas y daños, para lo qual le confiere su poder y facultad cumplida sin limitación alguna y así lo otorgó siendo testigos Francisco Andrés de Olmos, Maestro Arquitecto, y Joseph de Loza, Maestro Pintor, vecinos de este lugar y firmaron todos con mí, el escribano.
Juan López de San Martín
Joseph de Loza
Francisco Andrés de Olmos
Ante mí, Juan Francisco Fernández de Mendibil, escribano.”

            “Aceptación. Luego en siguiente, yo el dicho escribano, notifiqué el auto y nombramiento retroescritos a Simón de Bengoechea, Behedor de Obras de Arquitectura de este obispado, para que el conste de su tenor y vea si acepta o no los nombramientos en él echos, por ambas partes, y comprendido su contenimiento dijo que se da por notificado y admitiendo aquellos prometió hacer la tasación que se le manda justa su conciencia, esto respondió y firmó con mí, el escribano.
Simón de Bengoechea
Ante mí, Juan Francisco Fernández de Mendibil, escribano.”

            “Notificación. En el lugar de Asiain el sobredicho día, mes y año, yo el escribano infrascrito les leí e hice notorio el auto de aceptación ante escrito a Don Joseph de Olmos y Remírez y Miguel de Munárriz, Abad y Primicieros, eclesiástico y secular de la parroquial de el lugar de Izu, y a Juan López, Maestro Arquitecto, partes interesadas en esta causa, para que les conste de su tenor, y en siguiente les cité y aperciví para que si quisieren se hallen presentes al reconocimiento de los dos colaterales que an de ser tasados y baluados por Simón de Bengoechea, nombrado en los autos sobre escritos asistiendo por tasador común de ambas partes en la iglesia de el dicho lugar de Izu desde las diez de la mañana de oi data de la presente en aldelante asta que se acave de hacer dicho reconocimiento, y comprehendido lo referido dijeron que consintiendo, como consienten uniformemente en que el dicho Simón de Vengoechea aga la tasación de los dichos colaterales, se dan por notificados, esto respondieron y firmaron todos con mi, el escribano.
Don Joseph de Olmos y Remírez
Miguel de Munárriz
Ante mí, Juan Francisco Fernández de Mendibil, escribano.”

            “Declaración. En el lugar de Asiain a veinte y nueve de agosto de mil setecientos y quince, ante mi, el escribano y testigos avajo nombrados, constituido en persona Simón de Bengoechea, Behedor de Obras de Arquitectura de este obispado, vezino de la ciudad de Pamplona, y allado en este lugar, y dijo que en ejecución y cumplimiento de la comisión dada al declarante por el Señor Probisor y Vicario General de este obispado y nombramiento de tasador en él echos por las partes interesadas a visto y reconocido con particular diligencia y cuidado dos colaterales que ai en la iglesia parrochial de el lugar de Izu, en dos capillas, que se hallan a los dos lados del retablo principal, en cuia vista y de la escritura de combenios otorgada entre Juan Fermín de las Eras, Maestro Pintor, vecino que fue de este lugar, y Joseph de Iturmendi, Maestro Arquitecto, vecino que fue de el lugar de Ororbia, ambos difuntos, de data de catorce de octubre de el año pasado de mil seiscientos ochenta y nueve por testimonio de Juan Francisco de Lana y Asiain, escribano real, por la qual se obligó dicho Joseph de Iturmendi en nombre de el ... COMPLETO EN PDF

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