Dehesas Boyerales y prendamiento de ganado.
Recuerdan los de Bacaicoa los
numerosos roces que han tenido con sus vecinos; el 4 de septiembre de 1737 se
juntaron para dar cuenta de que “el día 23 de agosto último pasado andando pastando
el ganado maior y de labranza del dicho lugar en el paraje llamado Narrutuondo,
común de los seis lugares”, les prendaron los de Iturmendi y se llevaron más de
50 bueyes.
Tras el
pleito se mantuvo se les mantuvo en el derecho de pastar en “Narrutondoa,
Achimendi(1), Sarate y Inzazelaia como comunes y poder pasar desde
el referido de Inzazelaia al contiguo llamado Orolqui, enderezera del lugar de
Urdiain, por sentencia de hacia 1745.
(1) Escriben también: “Achumendi” (f. 4) y “Auchimendi” (f.
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Los de
Iturmendi el 8 de julio de 1746 vuelven a coger bueyes de Bacaicoa. Citan la
sentencia arbitraria del 3 de septiembre de 1657 entre ambos pueblos ante el
escribano Martín Viguria: se ajusta que en las dehesas boyerales de cada pueblo
(y “que aquellas son de combeniencia para el sustento de dichos bueyes, que an
de hacer el trabajo de labranza y porque de ellos se a de mirar en primer lugar
por el bien público”), solo pasten estos “desde el día de Santa Cruz de mayo
asta el día de San Martín; se fijan las penas a las infracciones. Se cita la
Escritura Compromisal de 28 de agosto de 1657.
Pleitean
por la detención, hecha por los de Iturmendi, los días 8, 9 y 10 de julio de
1746: el 8 cogieron 4 bueyes y un novillo de Diego de Garayalde; el día 9, 14
bueyes que estaban en la dehesa de Iturmendi y pagaron la multa, y el 10 se
llevaron 60 bueyes, que fueron entregados al anochecer del 14 de julio.
Declaran varios testigos sobre las ocurrencias:
Miguel de Anso, de 32 años, de Bacaicoa, da algunos datos;
dice que el hato de bueyes suele componerse de unas 150 cabezas; una yunta se
alquilaba por 2 reales de jornal al día. Pastaban en Arincoiturri los bueyes
del pueblo, cuando llegaron los bueyes de Iturmendi y los mezclaron; así, de
noche y con oposición de los que cuidaban el ganado de Bacaicoa, entre siete de
Iturmendi los empujaron hacia la Dehesa de su pueblo, donde hicieron el
prendamiento.
Francisco Jáuregui, escribano real de Echarri Aranaz, de 54
años, dice que es “nieto materno de este lugar de Bacaicoa”.
Los 14 bueyes fueron prendados a los de Bacaicoa el día 8, y
retirados el día 9, en “Isasbularra, que es terreno de la deesa del lugar de
Iturmendi.” (f. 91)
Francisco
Goicoechea y Ciordia, vecino de Bacaicoa, de 31 años, declara que, a pesar de
los dos guarda (Arbizu y Gainza), después de haber “movido e inquietado los dos
atos de bueyes de los dos pueblos litigantes, en dicho término de Orelqui, y
que de él los bajaron a fuerza a la Desa del mismo lugar de Iturmendi, sin
enbargo de las instancias que dichos Arbizu y Gainza les avían echo para que lo
suspendieran asta el amanecer y que los costieros los prendaron en ella y los
llevaron a los bueies de este lugar de Bacaiqua, como es una porción, para las
quatro de la misma mañana, y que la otra se allava en dicha Desa, y con esto el
testigo y dichos cinco mozos canteros bajaron azia el lugar, parte contraria, y
con este motibo vio como Pedro de Gainza y otros dos llevaban veinte bueies,
poco más o menos, azia dicho lugar, a cosa de las cinco y en él vio lo restante
del ato como se allava prendado y responde.
Al artículo
quinto dijo que dicho Lucas Estevan López de Goicoechea, Rejidor, Francisco de
Jáuregui, escribano real, Diego de Ondarra, y el testigo pasaron al lugar de
Iturmendi al rescate de dichos bueies con un despacho de sacapeño de la Real
Corte y aviendo estado con Antón de Goicoechea, Rejidor, le notificó a este
dicho Jáuregui para que juntase Conzejo y aviendo prometido azerlo, pasaron
después a la puerta de Francisco Galarza, escribano, los quatro referidos, y
aviendo salido a ella el susodicho le dijo el citado Jáuregui el fina a que
hiba y como dicho Antón de Goicoechea avía prometido juntar Conzejo en
cumplimiento de lo que disponía dicho Despacho, y a esto el referido Galarza
dijo que no era ora de Juntar Concejo, y que bolbiesen al otro día, y estando
en esto el dicho Lucas Estevan López de Goicoechea, dijo al enunciado Galarza
las palabras siguientes: Thío pues por qué no permite Vmd. el que se junte
Conzejo, saviendo que los bueies están padeciendo de ambre; a que dicho Galarza
le respondió: Calla tú, que tienes toda la culpa, puerco majadero; y que los
Rexidores de Bacaiqua que havían sido estos años, avían sido: Duacariq asco y
el más Duaca de ellos era él; y según conprende el testigo quieren decir dichas
palabras que los Rejidores que avían sido en este lugar avían sido malos y el
más malo de todos ellos dicho Lucas Estevan López; para lo qual es cierto que
no le dio éste ningún motibo por ser, como es, ombre pacífico, cortés y bien ablado,
y responde, lo que solo puede dezir.
Artículo
añadido. A los artículos dos, tres y quatro de dicho articulado añadido dijo
que dicho Diego de Garaialde le dijo al testigo que el prendamiento de los
quatro bueyes y novillo le hicieron entre el Espinal y Fuente de Arinco, y que
en el mismo paraje avía señalado una aya aziéndole una cruz con un cuchillo,
para que constase, quando fuese conbeniente, y el día de aier le enseñó al que
depone dicho Garaialde el referido paraje y cruz y es cierto que la dicha aia
donde ésta se alla, está entre el Espinal y Fuente, cuio parage es salida de
Inzacelaia y entrada al término de Orelqui, paso preciso y urgente para pasar
dicho término del citado de Inzacelaia, así el ato de bueyes”, como los demás.
(f. 92)
En las declaraciones
los testigos de Iturmendi dan una versión distinta de lo sucedido; pues el
aprovechamiento del terreno está en la Dehesa de Iturmendi; niegan que
quisieran sacar los bueyes, y además de los 4 implicados de Iturmendi no saben
nada; -hablan de los “pesebres o ascas que ay para beber los ganados”, en la
Fuente de Arinco. (f. 102)
“Ascas o pesebres que an servido para beber el ganado, que
se hallan a la parte de abajo de la Fuente de Arinco.” (f. 119)
“Balsa que ay en Calzadata, que se alla poco más abajo de un
Camino de carros y caballerías, que pasa azia Orelqui y el Puerto, que de la
Fuente de Arinco abrá un tiro de escopeta asta dicha Balsa azia la parte de
abajo; les dijo Lucas Fernández, ya difunto, vecino al tiempo del mismo lugar
(de Urdiain), que dicha Balsa se allava dentro de la Desa de Iturmendi.” (f.
109v)
“Parage que llaman Calzadata Azpia, que se alla más abajo de
una Calzada, que sirve de Camino para el Puerto”, que estaría en lo de
Iturmendi para su cuidado. (f. 112)
Se copia esta sentencia del
viernes 4 de septiembre de 1744:
“En la causa y pleito
que es y pende ante nos y los Alcalde de Nuestra Corte Maior, entre partes el
lugar de Bacaicoa, demandante, Gamboa su procurador, de la una y el lugar de
Iturmendi defendiente, Ruiz su procurador de la otra, sobre que dice el
demandante es cierto que sus ganados maiores, de el de Iturmendi y Urdiain,
comprensos en el Valle de Burunda, a tenido y tiene de inmemorial tiempo a esta
parte ... COMPLETO EN PDF
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