Proceso de Pedro Francisco Bergerandi y Graciana Fernández
de Garayalde y Lazcano, su mujer, contra Cristóbal Martínez de Goicoechea,
vecinos de Iturmendi, sobre palabras de injuria.
El
incidente del litigio sucedió el 24 de agosto de 1768 hacia las 9 de la noche
en la puerta de la Taberna, que la tenían Pedro Francisco Bergerandi y su mujer
Graciana Fernández de Garayalde y Lazcano.
Cristóbal
Martínez de Goicoechea le dijo a Graciana que le debía a su suegro, José
Goicoechea, “el resto de un macho y el valor de unas varas de cordellate azul”.
Graciana le contestó que no le debía nada y Cristóbal empezó a insultarla,
diciéndole que “era una puerca, puta sucia... borracha.” Cuando se iba incluso,
repetía: “Lechona de los demonios, que vives con lo
ajeno... puta sucia
probada”.
Ante la
denuncia de tan graves descalificaciones, el 12 de septiembre de 1768 la Corte
Mayor mandó que se presentara en Pamplona Cristóbal Martínez de Goicoechea; lo
debía hacer para el día 22 del mismo, según se lo notifican en Iturmendi el 16
bajo auto del escribano Martín Albizu; sin embargo no apareció, y aunque se
pidió que se decretara auto de busca y captura, la Corte determinó el 10 de
noviembre que se le diera un segundo aviso.
El 22 de
noviembre se le notifica en Iturmendi dicha orden y contesta que comparecerá en
Pamplona; pero tampoco se presentó. Así es que el 1 de diciembre se firma: “Se
despacha captura para nuestras Cárceles Reales, y no pudiendo ser havido
embargo de bienes.”
El 21 de
abril de 1769 Francisco Bergerandi se entera de que Cristóbal Martínez de
Goicoechea está preso por otro delito, y pide que se le retenga también por su
denuncia, y así se aprueba por los Tribunales.
El 29 del
mismo abril, seguía preso Cristóbal y pide que se le tome declaración acerca de
la acusación presentada por F. Bergerandi; el 1 de mayo de 1769 declara:
“Christóbal Martínez de Goicoechea, vecino del lugar de
Iturmendi, preso en dichas Cárzeles Reales, de 30 años, dixo es natural y
vezino del lugar de Iturmendi, su oficio labrador y arriero, y que estando
preso en las Cárceles Reales por una desazón que tubo con Joseph de Goicoechea,
su suegro, se le a retenido con mandato de la Real Corte”. Dice que el
matrimonio, que le acusa, es primo suyo y reconoce que son buenas personas, y
en concreto a ella “la tiene por mujer onrrada y recogida, de buena vida y
costumbres.” Confiesa que aquel día, 24 de agosto de 1768, le dijo “que hera
una puta”, pero que lo hizo por pura ofuscación, por la aspereza con que le
trató Graciana; y “vuelve a confesar es mujer horrada, onesta y recatada, sin
haber dado la menor nota en el modo de vivir”. Explica que llegaron entre las
partes a un acuerdo o arreglo de 10 pesos para pago de los gastos ocasionados,
y como no los tenía, pidió un plazo, que se lo negaron, y de aquí viene todo el
lío.
Su
procurador decía, unos días después, el 11 de mayo: “Christóbal, preso en
nuestras Cárceles dice que en causa seguida contra el Fiscal de V. M. se le
condenó en quatro años de presidio de este Castillo y estando para ser llevado,
fue retenido con mandato de vuestra Corte a resulta de querella dada contra mi
parte sobre palabras de injuria por Pedro Francisco Bergerandi y su mujer”, y
dice que está de acuerdo en reconocer, como dijo, la honradez de la querellada,
y que se encuentra sin recursos, “lo que se acredita de aver hecho cesión de
bienes en la causa seguida contra dicho vuestro Fiscal y asistiéndosele con el
socorro ordinario.”
El 10 de
mayo de 1769 llegan a un acuerdo en Iturmendi, ante el escribano Martín Albizu,
entre las partes, el matrimonio y Martín Martínez de Goicoechea, padre de
Cristóbal; por él se ve que “fue conducido por otra distinta causa, y de oficio
sobre ciertas eridas y golpes”, por lo que ha sido condenado al “Castillo y
Ciudadela de Pamplona”; ahora su padre, Martín, se compromete a pagar 11 pesos
de costas de los gastos originados para Pascua de Navidad, y a que su Cristóbal
pida perdón; y que salga a cumplir la condena que le han impuesto por la otra
causa.
Por auto
hecho el 14 de mayo en la misma cárcel, en el cual pide perdón por las
palabras, que indebidamente pronunció, quedó suspendida la denuncia. (AGN
Procesos Pendientes, R. Antoñana, fajo único 1769 n.º 23)
* * * *
Iturmendi – Bakaikoa: 1772
Restos de un proceso de Bakaikoa contra Iturmendi sobre que
éste repusiese el seto, que por decreto de la Real Corte se mandó demoler a
aquel, que lo había construido en uso del derecho que le competía en el paraje
llamado Achimendibarrena o Ilarraldi Burua, devolviéndole 111 reales, y 19
maravedíes, que pagaron de costas; y así se mandó por sentencias de la Real
Corte y Consejo.
La grafía de los topónimos da este resultado:
“Achimendi Barrena o Ilar Aldi Burua” (folio 66)
Escriben también: “Ilaraldia” (f. 65)
“Ilar Aldea” (f. 65v)
“Ilarraldiburua” (f. 70)
“Illardiburua” (f. 73
“Ilarardiburua” (f. 73v)
“Ilarrardiburua” (f.74v)
“Ilardiburua” (f. 76v)
“Illarburua” (f. 77)
Aluden a un “yermo natural o escuero y prado” (f. 72);
equivale a “erial” (f. 74), “erial y lieco” (f. 76) de común aprovechamiento;
así declaraba Joaquín Fernández de Iturmendi, de 58 años: “Son terrenos liecos
y eriales con derecho de poder gozar con todo género de ganado, granados y
menudos, no solo con los que tienen los pueblos disputantes, sino es todos los
que tienen los demás de este Valle de Borunda”. (folio 89v). Por más que
resulte errática la grafía “Borunda” por amanuenses ajenos a la tierra, en este
proceso se repite también en los folios: 79v, 84, 88, 88v, y 92.
Entre los testigos están:
“Martín de Zigordia, vecino de Urdiain”, de 45 años. (f. 83)
Martín Gastaminza, natural de Iturmendi y residente en
Ziordia, de 63 años, dice que “hasta los 14 años no son admitidos a hazer
labores concejiles”.
José López de Goicoechea, natural de Olazagutía, y vecino de
Iturmendi, de 51 años al declarar en enero de 1772.
Juan Echeverría, de 53 años, natural de Alsasua, vecino de
Olazagutia, a donde fue a vivir a los 18 años.
José Ayestarán, de 60 años, natural de Bacaicoa, vecino de
Olazagutia, a donde se caso hace 34 años.
Sebastián de Goicoechea, de 50 años, natural de Iturmendi, y
vecino de Urdiain, a donde se casó hace 25 años.
Diego de Urdiain, de 68 años, natural de Bacaicoa y vecino
de Urdiain, a donde fue por casamiento hace 27 años.
José Anso, de 54 años, natural de Bacaicoa, y vecino de
Urdiain, a donde casó hace 34 años.... COMPLETO EN PDF
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