martes, 7 de enero de 2014

Urdiain: 1602: origen del apellido Goicoechea y López de Goicoechea

“Proceso de Juan Martínez de Goicoechea contra Lope de Zubiría, vecinos de Urdiain, criminal sobre palabras de injuria, y vías de hecho, de que respectivamente se acusan y con dicho Zubiría lo hace el señor Fiscal”.
            El 31 de diciembre de 1602 Juan Martínez de Goicoechea presenta queja criminal contra otro de Urdiain llamado “Lope de Çubiri”; el primero dice que desciende “de la Casa y Solar de Goicoechea, sita en el lugar de Ciordia, casa conocida de hijosdalgo”; expone que el día 26 de diciembre pasado estaban juntos los vecinos en casa de Pero García Martínez; sin motivo alguno Lope Zubiría y con ánimo de injuriar al quejante, Juan Martínez de Goicoechea, y a su padre, Juan Lope de Martínez de Goicoechea, les dijo:

“Vosotros qué soys; y aviendo respondido el dicho quejante con mucha templanza y comedimiento al dicho Lope de Çubiri: Mirad Lope, lo que decís, que mi padre e yo tan honrados somos como vos; a esto respondió el dicho Lope deziendo que no heran tales, ni ellos se podían comparar con él, ni con el lodo que él pisaba, dando patadas al suelo”.
Al día siguiente insistió en que él y su padre eran “villanos çafios”.
“Martiz” aparece como correspondiente a “Martínez” en folios distintos.
Lope Zubiría a su vez presenta denuncia de haber sido agredido, así como su mujer por Juan Martínez de Goicoechea, con versión bien distinta:
“Lope de Çubiría, vezino del lugar de Urdiain, quexa criminalmente de Juan Martínez de Urdiayn y de Andrés de Mendía su cuñado, vezinos del dicho lugar, que es en el Valle de Burunda y constando el caso digo que el segundo día de Pascua de Navidad se puso en arrendación como de costumbre el proveymiento de las tavernas del dicho lugar y el suplicante entre otros deseó tomar la arrendación e yço su postura con ocho reales de prometido y el dicho Juan Martiz subió la arrendación con otros ocho reales de dones y quedó para él y saliendo cada uno para su casa sin ocasión ninguna el padre del dicho Juan Martínez que fue Jurado el año pasado siendo el suplicante el que tenía la arrendación de las dichas tavernas por injuriarle le dixo con mucho menosprecio, desdén y ademanes a modo de burlarse del que no había proveydo vien las tavernas, ni cumplido vien con su arrendamiento; y el suplicante con mucha cortesía le respondió que tampoco él, ni el otro Regidor le avían ayudado, porque havían procedido contra él con mucho rigor y executádole en muchas penas, sin que él les hubiese agraviado ni desconpuesto contra él ni dicho otras palabras; al día siguiente a caso pensado y acordado los dichos Juan Martiz y su padre en la mesma casa donde se hiço el arrendamiento le dixeron al suplicante que las palabras que havía dicho el día antes eran mal dichas y que otra vez no las dixese, ablándole a manera de amenaça, y el suplicante con buen término le respondió que no les havía agraviado en lo que havía dicho y que quando hubiese dicho algunas palabras heran ya pasadas y no havía por qué tratar dellas, y luego que dixo esto, como venían determinados para ofenderlo el dicho Juan Martiz arremetió para el suplicante y estando a su pensar salvo, le dio un grande revés en el carrillo izquierdo, con que le cortó cuero y carne y le yrió con algo que tenía en las manos y la mujer del suplicante sentida del agravio se allegó a ellos pidiendo y apellidando Justicia, y no contento con los primero ambos acusados como cuñados maltrataron al suplicante y a su mujer, y a ella estando preñada de cinco meses la hecharon en tierra con golpes y enpellones y está en peligro de malparir por el dicho maltrato, en que an delinquido gravemente, por ende a Vuestra Magestad mande recivir información de lo dicho y cometerla a quien fuere servido y prender y castigar a los acusados con el rigor que merezcan, y pide Justicia y costas, y en caso que el Alcalde de la dicha Valle aya recevido algunas informaciones mandar las tome el Comisario a su mano. El Licenciado Juan de Suescun. Por traslado Miguel de Burutain, escribano”.
“Doy fe y testimonio yo Miguel de Burutain, escribano de Corte, que por ella está mandado recevir información sobre lo contenido en la precedente petición de quexa, culpa y disculpa por ambas partes y su recepción está cometida a Miguel de Izturiz, escribano y receptor hordinario, el qual tome a su mano las informaciones, que estubieren hechas por el Alcalde de Burunda y prenda o asine a los culpados según la culpa que contra cada uno de ellos resultare, y de que hechas las dichas informaciones con relación en suma al pie de ellas signadas, firmadas, selladas y cerradas puestas en...
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