martes, 28 de mayo de 2013

Olazagutia: 1827: pedrada mortal



“Proceso criminal del Señor Fiscal contra Juan Tomás Gastaminza, Modesto Goicoechea y José Joaquín Galbete, naturales del lugar de Olazagutia, presos en las Cárceles Reales, sobre la herida causada a Francisco Ignacio Gastaminza, la noche del 25 de marzo y muerte que le sobrevino el día 30.” (AGN Procesos Sentenciados, Munduate, fajo 3.º 1827 n.º 21).

            Francisco Ignacio Gastaminza, labrador, de 47 años, casado con Ana María Miquélez de Mendiluce de la misma edad, tenía un hijo de 21 años, Gregorio, y una hija de 18 años llamada María Martina; acostada la familia la noche del 25 de marzo de 1827, alguien preguntaba por la joven y lanzaron algunas piedras a la casa; Francisco Ignacio se levantó de la cama, bajó hasta la puerta y al abrirla le dieron dos pedradas, siendo una de ellas realmente seria.

Era Alcalde de Burunda Miguel García de Erbiti y con el escribano Miguel de Albizu hacen las primeras pesquisas y reciben las declaraciones de información:

“Declaración del cirujano. Luego en siguiente dicho Señor Alcalde hizo comparecer a su presencia y de mi el escribano infrascrito a Juan Miguel Iturain, Maestro Cirujano conducido en este lugar, de quien se recibió juramento en forma d derecho de que yo el escribano doy fe, y para que a su fuerza declare con toda expresión y claridad la herida o heridas que tiene Francisco Ignacio Gastaminza, vecino del mismo, qué parte ocupan, con qué instrumento son ejecutadas y si por razón de ellas peligra su vida, y absolviendo ofreció hacerlo así, que es de edad de sesenta y seis años, y declara en la forma siguiente:

Que el día de hayer, entre siete y ocho de la mañana fue llamado a la casa de Francisco Ignacio Gastaminza, y acudido con la puntualidad que corresponde le halló al mismo postrado en cama, y después de hechas las preguntas generales exploró la parte ofendida con la proligidad, que exige el arte, y le halló una herida contusa, que ocupa la parte superior del hueso criboso e inferior del músculo frontal de longitud de un dedo, poco más o menos, y otro tanto de lactitud, que penetra hasta el pericráneo, observando al mismo tiempo propenso al bómito, y la mente algo airada, y un simple escoriación en medio de la nariz, causada con instrumento cortante y contundente, como piedra, palo o cosa semejante, y por esa razón y propensión al bómito, y la cavidad tan principal, cual es la cabeza para la conservación de la vida, le parece es dicha herida contusa de las dudosas y peligrosas, mas la simple escoriación de la nariz, no es de ninguna consecuencia, en cuia forma declara, sin que pueda manifestar por aora otra cosa, hasta que pasen los días críticos, durante los cuales observará cuanto le aconteciere en el discurso de su curación, para lo cual se le han hecho dos sangrías y sigue en el día sin novedad. Que es quanto debe declarar en fuerza del juramento prestado, prebiniendo que a las ocho y media de la mañana del día de hayer dio parte a los Rexidores de este lugar; leídole se afirmó, ratificó y firmó a una con el Señor Alcalde y en fe de ello yo el escribano. Juan Miguel de Iturain. Miguel Garzía de Erbiti. Ante mi, Miguel de Albizu, escribano.”
“Testigo 1.º Luego en siguiente se le hizo comparecer a Ana María Miquélez de Mendiluce, muger de Francisco Ignacio Gastaminza, vecina de este lugar, de la cual se recibió juramento en forma...
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