1788 Yabar sepulturas o fuesas
“En el lugar de Yabar a nuebe de abril de mil setecientos
ochenta y ocho, ante mi el escribano y testigos infrascritos se juntaron y
congregaron el Rexidor, Diputado, vezinos y Concejo de este lugar con aviso
ante diem en la forma acostumbrada en la casa de dicho Rexidor, que
nombradamente son:
Lucas Andueza
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Juan Esteban Artieda
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Juan José Gargallo
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Juan José Huarte
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Juan José Legarra
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Juan Esteban Irañeta
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Manuel de Ansa
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Juan Antonio Zubiría
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Pedro José Armendáriz
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Ignacio Arvizu
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Juan Martín de Bengoechea
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Juan Martín Huarte
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Lucas de Amezqueta
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Juan Esteban Prevoste y
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Juan Antonio Madoz
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Miguel Antonio Huarte,
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y según hicieron relación de las tres partes las dos y más,
que io el escribano doi fe, enterados de el probeído del M. I. S. Lizenciado
Don Juaquín Xavier de Uriz, Provisor y Vicario General de este obispado a trece
de marzo último y presente año en la secretaría del Lizenciado Navarro
refrendado por Esteban de Errazu, notario, y enterado de el informe echo por
Don Antonio Redín y Goieneche, Abad de Arrruazu, que le antecede, enterados de
todo, haviendo pasado recado de urbanidad y atención al Señor Don Francisco
Miguel Fernández de Mendibil, Presbítero Abad de la parroquial de este dicho
lugar, si quería pasar a dicha iglesia a cumplir en hacer la lista de las
sepulturas de ella a donde pasarían luego los vezinos al mismo fin
,
inmediatamente los constituientes con asistencia del mismo Abad conformemente
todos esplicado que la sepultura para los abades de dicha iglesia es la que
exsiste en ella y en su centro próximo e inmediato al Presbiterio y por la
particularidad y distintibo que tiene la parte suplicante y en su
representación dicho Abad con uniformidad de todos los concurrentes y de mi el
dicho escribano exsiste una capilla a la parte diestra, que se halla en dicha
iglesia con un letrero que dice así:
Esta
capilla y su retablo es de Antonio Fernández de Mendibil y sus descendientes
y dentro en
la misma capilla exsiste también una sepultura perteneciente a dicha parte suplicante,
la que a costeado por sí, en cuia capilla exsiste un banco, donde se asientan
los dueños de dicha casa de Mendibil y vajo este presupuesto y para que en lo
subzesibo se sepa las sepulturas, que sus dueños tienen y conste de la claredad
en lo subzesibo, y en cumplimiento de lo mandado por dicho Señor Provisor, se
dispone y forma la lista de ella como se sigue en el cuerpo de la iglesia:
Línea primera
1
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La primera sepultura por la parte del evangelio nuevamente
dispuesta por la iglesia se le asigna a don Xavier Ángel Fernández de
Mendibil de la casa de Mendibil, parte suplicante.
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2
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La que se sigue que hera del mismo Mendibil en
compensación de la primera queda la segunda para dicha iglesia.
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3
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La tercera para Juan Esteban de Zubiría de la casa de Gorriarena
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4
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La quarta para otro Juan Esteban de Zubiría de la casa de
Chartiarena
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5
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La quinta para Juan José de Gargallo de la casa de
Andresena
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6
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La sesta para Juan José de Legarra de la de Olibarena
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7
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La séptima para Juan Miguel de Ecay, casero, también
nuebamente dispuesta por la iglesia.
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Línea segunda
1
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La primera para Manuel de Ansa de la de Ingeniorena
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2
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La segunda de Pedro José de Armendáriz de la de Martiarena
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3
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La tercera de Juan Martín de Bengoechea de la de Loperena
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4
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La quarta de Lucas de Amezqueta de la de Juanicorena
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5
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La quinta de Juan Antonio Madoz de la de Zamarguiñarena
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6
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La sesta de Juan Esteban de Artieda de la de Escribaurena
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7
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La séptima de Juan Francisco de Huarte de la de
Eunzalearena o Larrachea
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Línea tercera
1
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La primera de dicho Don Xavier Ángel Fernández de Mendibil
denominada de Aldabarena que lo fue de Churiorena
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2
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La segunda de Juan Esteban de Irañeta de la de Anduezarena
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3
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La tercera de Juan Antonio de Zubiría de la de
Beramendiarena
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4
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La quarta de Ignacia de Arvizu de la de Peraltarena
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5
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La quinta de Fernando de Lacunza de la de Sachristaurena
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6
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La sesta de Juan Martín de Huarte de la de Galarrena
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7
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La séptima de Juan Francisco de Iribarren, escribano real
y vecino de la ciudad de Pamplona, de la de Dompedronecoa
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Línea quarta
1
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La primera de María Antonia de Zarranz, dueña que fue de
la de Juanachiquiarena residente al presente en este dicho lugar
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2
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La segunda de Juan Antonio de Huarte de la de Arozarena o
Tabernazarra
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3
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La tercera de Juan Fermín de Zubiría de la de
Beltrancorena
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4
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La quarta de Ramón de Muguiro de la de Arzaiarena
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5
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La quinta de Juan Esteban de Preboste de la de Zinturio
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6
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La sesta de Lucas de Andueza de la de Arrantzalearena
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7
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La séptima de Miguel Antonio de Huarte de la de Echeberricoa
o Lopetonecoa
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Línea quinta y última
1
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La primera que es también nuebamente dispuesta por la
iglesia y está junto a la pila bauptismal por quanto a Miguel de Ecay se le
está asignada su sepultura la séptima de la ilera primera se le aplica al
Concejo de este dicho lugar con respeto a la casa de Churiorena arriba
espresada.
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2
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La segunda que es también nuebamente dispuesta por la
iglesia se le asigna así bien a María Miguel de Beraza, viuda de Esteban de
Semper, dueños que fueron de la casa de Sastrearena, cuia viuda reside en el
lugar de Ziordia.
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3
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La tercera y última nuebamente también dispuesta y queda
para dicha iglesia.
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Esta
repartición de hizo a satisfacción de todos los interesados en las sepulturas
de la parroquial de este dicho lugar según afirmaron todos los concurrentes y
con consentimiento y conformidad de los que concurrieron a este acto, y se
obligan en propio nombre y en el de los demás que no an asistido, a tener por
firme este auto en todo tiempo pena de costas y daños, y de no ir contra él en
manera alguna.
Y previno
dicho Abad que para hacerse el nuebo emplazamiento de dichas sepulturas se
obtubo del Señor Provisor licencia para costear la mitad la fábrica y la otra
mitad los vezinos y por quanto el entarimado se estendió por los dos lados de
las paredes maestras en lo ancho a ocupado los vacíos que antes havía por los
dos estremos de las cinco sepulturas, que los vecinos tenían en la primera
línea. Por tanto quedó lugar para hacer dos sepulturas nuebas en esta primera
línea, las quales a costeado por entero la iglesia; y también por el mismo echo
de haberse estendido el entarimado en lo largo a ocupado el terreno que avía al
remate de todas las sepulturas de vecinos quedó lugar para disponer otras tres
sepulturas nuebas en la primera y última línea, las quales también a costeado
por entero la iglesia, aunque es verdad que tres de los que tenían sepulturas
an quedado sin ellas, por quanto el terreno de éstas a quedado embebido en las
sepulturas de los otros vecinos, a causa de haber ocupado más terreno el
armazón o madera puesta en cada sepultura, y acaso también por aversen echo
maiores de lo que eran antes y desiguales.
No obstante
parece queda perjudicada la iglesia desapropiándose de estas nuebas sepulturas
sin dotación o a lo menos sin que los vezinos contribuian a la mitad de gastos
que por sí y por entero a tenido la iglesia en disponer y pagar estas nuebas
sepulturas; con adbertencia también que la iglesia no tiene más sepulturas de
que disponer que la segunda en la primera línea, que como se dijo antes a
dejado en recompensa Don Xavier Ángel Fernández de Mendibil, parte suplicante,
y la otra en la quinta y última línea final sepultura, ocupándola un
confesonario, que no hai lugar en la iglesia para poner en otra parte.
Todo lo qual
le a parecido combeniente a dicho Abad hacer presente a dicho Señor Provisor,
para que en vista probea lo que fuere de su agrado; y aceptando cada uno en lo
que hace en su fabor este auto, todos para ser compelidos a lo que ban
obligados, dieron todo su poder cumplido a los Jueces y Justicias de S. M., que
de esta causa conozcan en forma de re iudicata, a cuia jurisdicción se
sometieron y renunciaron su propio fuero, juez y domicilio y la Lei si
combenerit de iurisdictione omnium iudicum y así lo otorgaron siendo testigos
Juan Esteban de Preboste, vecino de este lugar y Pedro José de Urreta,
amanuense de mí, el escribano, y firmaron los siguientes por sí y los demás que
dijeron no saber escribir y en fee de todo ello y de que los conozco firmé io
el dicho escribano.
Don Francisco Miguel Fernández de Mendibil
Pedro José de Armendáriz
Juan José de Huarte
Juan Esteban de Irañeta
Pedro José de Urreta
Ante mi, Juan Francisco de Beregaña, escribano”. (AGN
Protocolos Notariales, Notaría de Huarte Araquil, legajo 20 n.º 53)
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1657 Confirmación del sitio y sepultura para los Eraso
“Auto de composición de entre el Señor Don Joan de Heraso
con Don Esteban Fernández de Mendibil y sus hermanos.”
“En el lugar de Yabar a
veinte y cinco días del mes de octubre del año mil seyscientos cinquenta y
siete, ante mi el escribano y testigos infrascritos parecieron presentes de la
una parte el Señor Don Juan de Heraso y Amezqueta, cuyos son los .. SIGUE COMPLETO EN PDF
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