1683 1740 Erroz serora o beata para la ermita de Zelaia
Contenido
- “Nombramiento de serora de Nuestra Señora de la Llana: 22 de junio de 1683”
- 1711: 25 de agosto “Nombramiento de hermitaña de la hermita de Nuestra Señora de la Asunción otorgado por los vecinos de Erroz en favor de María Asenzio de Aldaz”.
- 1740: 23 de abril “Inventario de las alajas que el lugar entregó de la ermita de la Plaia a Inigo de Ilarregui su hermitaño”
- 1753: 2 de enero “Nombramiento de hermitaño de la basílica de la bocación de Nuestra Señora de la Asunpción del término de la Llana, sita en el término de Erroz, otorgado por sus vecinos y Concejo en favor de Juan Antonio de Aldaz, natural de Izurdiaga”.
“Nombramiento de serora de Nuestra Señora de la
Llana: 22 de junio de 1683”
“En el
lugar de Erroz a veynte y dos de junio el año mil seyscientos ochenta y tres,
ante my, el escribano y testigos abajo nombrados, parezieron presentes Martín
de Lacunza, Reguidor del dicho lugar, Juanes de Ollacarizqueta, Pedro de
Garzaron, Martín de Ilarregui, Juanes de Erroz, Juan de Arrayoz, Martín de
Gendulain, y Juanes de Beunza, todos vezinos del dicho lugar y de las tres
partes las dos y más, según dijeron, estando juntos y congregados en le puesto
acostumbrado y certificados de su derecho en la mejor bía, modo, forma y manera
que lo pueden y d
eben hazer, dixieron que en los términos del dicho lugar,
quieren, digo tienen una basílica llamada Nuestra Señora de la Llana y respecto
de estar en costumbre y posesión los otorgantes de nonbrar serora o beata, para
que acuda y resida en dicha basílica por la deboción que los susodichos tienen
y demás abitantes y moradores para el servicio de Dios y el culto divino, desde
luego por este auto y su tenor, nonbran por tal serora de la dicha basílica a
Juana de Ibiricu, doncella residenta en el lugar de Sarasate, para que sirba y
asista en dicha ermita cunpliendo con la obligación que se acostumbra y an echo
sus antecesoras y piden y suplican al Señor Probisor y Vicario General deste
obispado o a quien de esta causa pueda y deba conocer admitan dicho
nonbramiento y concurriendo las circunstancias, que se requiere, despachar
título o colación de la dicha basílica, para que sirba dicha basílica y
allándose presente la susodicha dixo que admite dicho nonbramiento y que en
agradecimiento de la merced, que los dichos vezinos le azen, promete y se
obliga con todos sus vienes así muebles como rayces habidos y por aber de que
ará todas las obras y reparos, que pudiere hazer en dicha basílica y de que así
bien cunplirá con la obligación que le toca de serbir y asistir en dicha
basílica con todo lo que se ofreciere y tocare a su dicha obligación y para
mayor seguridad renuncia las leyes que le pueden favorecer y juró en manos de
mi el dicho escribano de que doy fe, de que no irá ni bendrá con(tra) lo
contenido en este auto agora ni en tiempo alguno, pena de costas y daños y que
no pidirá absolución de este juramento a Su Santidad ni a otro Juez que sus
bezes tenga y caso la pidiere y le fuese concedida no usará de la tal
absolución pena de costas y daños y para que dello conste me requerieron
asentase por auto público de ello e yo lo hize así, siendo a todo ello
presentes por testigos Fray Martín de Satrustegui, ermitaño de Nuestra Señora
de la Trinidad de Erga y Juanes de Saldise, residente en el lugar de Erroz, a
quienes doy fe conozco a todos y así bien allándose presente Don Miguel de
Satrustegui, admitiendo dicho nombramiento y lo firmó a una con mi el dicho
escribano.
Don Miguel de Satrustegui
Ante mi, Pedro de Ziriza, escribano”. (AGN Protocolos
Notariales, Notaría de Villanueva, Pedro de Ciriza, legajo 48 n.º 21)
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1711: 25 de agosto “Nombramiento
de hermitaña de la hermita de Nuestra Señora de la Asunción otorgado por los
vecinos de Erroz en favor de María Asenzio de Aldaz”.
Se juntan
todo los vecinos, también asiste el párroco, y dicen que “son patronos de la
basílica que en los términos de él ay de la bocazión de Nuestra Señora de la
Asunción y por muerte de Juana de Ibiricu, hermitaña última que fue de dicha
hermita, se halla baca y que su nombramiento y presentación de tiempo
inmemorial a esta parte a tocado y toca a dichos otorgantes”.
Nombran a
“María Asenzio de Aldaz, dama moza natural del lugar de Azpiroz... para que
todos los día de su vida le pueda servir y gozar... llevando los emolumentos y
derechos, que gozan o debieren gozar como tales hermitañas”. (AGN Protocolos
Notariales, Notaría de Villanueva, Juan León Ibáñez, legajo 71 n.º 42)
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