1542 Villanueva Eguiarreta en armas
Los de
Eguiarreta se dirigen a los tribunales acusando a los de Villanueva de que en
el mes de junio de 1542 unos 40 ó 50 “atacaron” el pueblo armados “con sus
armas ofensibas como lanças y ballestas, armados de espadas y otra armas
apelidando mueran, mueran y atentando de entrar en sus casas”.
El 21 de
junio se presenta un escribano en la plaza de Villanueva a obtener información;
pidieron copia de la acusación y dijeron que habían enviado a un vecino a
Pamplona a por un abogado, y que si hacía falta aquel contestaría lo oportuno.
Este mismo
día se toma declaración a varias personas, que insisten en que los de
Eguiarreta habían arrendado hierbas y aguas al carnicero de Obanos, que los de
Villanueva mataron dos “borregos” y un testigo dice (de oídas) que aparecieron
con “lanças, ballestas, porqueras y rodelas” y otro dice que con “lanças,
ballestas, rodelas, espadas y puñales”, siendo varias las incursiones que
habían hecho contra el ganado; la última el día 19 de junio de ese 1542 con
ánimo de matar más “borregos y con pensamiento que con aquel que mataban que
tenían arto para que cenaran todos los vecinos del lugar de Villanueva a una”.
Insisten en
que no pueden vender dichas hierbas, porque en los términos de la venta tienen
facería. En ese momento los de Eguiarreta trabajaban en sus campos y
aparecieron unos 60 hombres, ¿qué hicieron?: “Así como llegaron los dichos de
Villanueva, que corrieron todos los que andaban en sus labores a sus casas y
tomando sus armas se fueron azia donde estaban es
te testigo y sus compañeros
junto a un corral, que está en el dicho lugar de Eguiarreta, donde suelen
encorralar sus ganados”; añade el testigo que de haber habido alguna
imprudencia, hubiera habido muertos, pues los de Eguiarreta eran unos 20 a
defenderse y él acudió para asegurar la vida de un hijo suyo que tiene casado
en Eguiarreta; recuerda que hace dos años se comieron algún borrego más y que
están en pleito los dos pueblos desde entonces en los tribunales sobre si es o
no facería.
Dice uno de
los declarantes, “Joanes de Villanueva, cirujano... los vecinos de Billanueba y
los vezinos del lugar de Eguiarreta estaban muy cerca los unos de los otros
junto a una basílica Lupiarr con sus armas así los unos y los otros deziendo
palabras muy ynjuriosas, que si en aquel instante algún vezino del lugar de
Billanueba o de Eguiarreta hubiera tirado algún bote de lança o cuchillada,
ubiera mucho mal entre los dichos vezinos”. Al paraje aludido iban por el
puente.
Otro
testigo dice que eran 10 ó 12 los de Eguiarreta y al acudir gente de los
pueblos cercanos se evitaron con probabilidad muertes.
El
arrendador de las hierbas de Eguiarreta era Martín Sanz de Errecain, vecino de
Obanos, y su pastor, que allí andaba con el ganado, se llamaba Pedro de
Landibar; éste y el “boyarizo” de Eguiarreta, Martín Sanz de Orderiz,
declararon en secreto sobre el caso el 23 de junio de 1542.
Pedro de
Landibar, pastor de 25 años, había llegado hacía unos 20 días con 300 borregos,
para aprovechar la hierba comprada para 4 meses por su amo en 9 ducados de oro
viejos. El día 18 se le presentaron uno 40 hombres armados de Villanueva y se
llevaron un carnero de lana blanca, que cree valdría unas 20 tarjas; lo mismo
habían hecho el día anterior y repitieron el día 19; Pedro estaba junto al
puente y vio venir a unos 50 hombres y en el relato coincide con los demás
testigos.
El
escribano receptor se presenta ese día 23 de junio en Villanueva “y en el
cimiterio de la iglesia parrochial”, cita a numerosos vecinos y les manda “que
sean y parezcan ante los señores alcaldes de la Corte Mayor en la ciudad de
Pamplona para el día martes que se contarán a 27 deste presente mes de junio a
las 10 horas de la mañana a la cárcel so pena de 50 ducados”.
A raíz de
las declaraciones, los de Villanueva amenazaron a los de Eguiarreta con
maltratarlos e incluso con matarlos; con lo cual el mismo día 23 les insta el
receptor bajo multa de 200 ducados a que no hagan nada; para decírselo se
persona en ambos pueblos; leyó en Villanueva los nombres, que habían quedado
como “delinquentes y criminosos”, cuando vio que estaban todos reunidos “en el
dicho cimiterio, y que allí tenían uso y costumbre de se juntar”.
Los
alguaciles de los tribunales reales nombraron por encausados, uno a diez de Villanueva
y otro a más de sesenta, de modo que de éstos andan “asignados en las cabas de
esta ciudad trabajando en servicio de Su Magestad veinte y más”, se dice el 26
de junio de 1542, quines piden se tenga en cuenta que no ocurrió nada y que la
época apremia en las labores del campo.
El 27 de
junio piden en cambio los de Eguiarreta que se les meta en la cárcel hasta que
acabe la causa. Al día siguiente por el contrario piden la libertad para dos de
sus vecinos presos, pues ambos trabajaban en sus piezas al tiempo del alboroto.
Cuando
fueron a prender acerca de 30 de Villanueva, se refugiaron en la iglesia y no
los pudieron apresar; luego de ellos se presentaron 9 en Pamplona y el día 28
de junio pidieron los de Eguiarreta que se dictara orden de captura contra los
que no se habían personado.
Ese mismo
28 de junio de 1542 escriben los presos de Villanueva que darán fianzas por la
queja que presenten los de Eguiarreta:
“Dizen
ellos que están pressos en vuestras cárceles reales por mandado de vuestros
alcaldes a instancia de los de Eguiarreta y los llebaron pressos estando
trabajando en los fosos desta ciudad en serbicio de Su Magestad y la causa de
su dicha presión es sobre cierto carneramiento, suplican a V. Magestad y a los
alcaldes de vuestra Corte que atento lo susodicho manden a que los suplicantes
como han de estar en la cárcel que sirban a Su Magestad en los dichos fosos,
porque en aquello serbirán a Su Magestad y los suplicantes recebirán bien y
merced y darán las fianças, que mandaren de estar a juyzio y pagar lo juzgado.
Otrosí
suplican que les manden a los dichos de Eguiarreta a que si quieren les pongan
su demanda y pedimiento contra los suplicantes y sobre todo piden cumplimiento
de justicia. Eliçalde”
“Que se berá”.
“Año mil y quinientos y
quarenta y dos a veynte y ocho de junio en Pamplona en Corte en consulta de la
maynana por los señores alcaldes fue decretado SIGUE EN PDF
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