Águeda de Lanz, vecina de Pamplona, viuda de Juan de Berastegui, escribano real, contra Cristóbal de Echarri, vecino de Echarri Aranaz, sobre indemnización por estupro.
Juan Berastegui, ya difunto natural
de Arbizu, alguacil de la Corte y escribano real, tuvo pleitos en Echarri
Aranaz por la escribanía de su juzgado; ganó el pleito, pero en realidad lo
perdió, como anteriormente se dio cuenta en otros artículos y se fue a vivir a
Pamplona.
La denuncia se formula el 3 de septiembre
de 1587 por haber seducido a “Mari Joan de Berastegui”: los denunciantes son su
madre, Águeda de Lanz y su hermano Martín Berastegui Lanz. Vivían éstos en
Arbizu.
El mismo día se toma declaración a
Francisca de Arbizu, de 17 años y a Mari Joan Berastegui, de 23 años, mozas de
Arbizu.
“En la ciudad de Pamplona a tres
días del mes de septiembre de mill quinientos ochenta y siete años, por mí,
Juan de Ategui, escribano real y comisario nombrado por la Corte para recebir
información sobre la petición de quexa dada de pedimiento de Águeda de Lanz,
viuda muger por tiempo de Juan de Verastegui, escribano real difunto y Martín
de Verastegui su hijo, contra Christóbal de Echarri, residente en la villa de
Echarri Arañaz, fue recebido juramento en forma de Francisca de Arbiçu, testigo
de información presentada por parte de los sobredichos y de María Juan de
Verastegui, hija de la dicha Águeda en prueba de su petición, las quales
mediante aquel declararon como se sigue y en fe dello firmé yo. Juan de Ategui,
notario”.
“1er Testigo. Ítem la
dicha Francisca de Arbiçu, moça residente en el dicho lugar, testigo de
información presentada por los dichos presentantes en prueba de su petición de
quexa, de edad que dixo ser de dezisiete años, poco más o menos y preguntada de
su tenor dixo que esta que depone a María de Verastegui, hija y hermana de los
quexantes, la a conocido y conoçe por plática y conbersación, que con ella a
tenido y tiene, así en esta ciudad como en el lugar de Arbiçu desde su niñez, a
la qual le tubo y reputó por donzella virgen y en tal fama y reputación y
honesta y recogida a seydo y era asta que el sábado más çerca pasado, que se
contaron veynte y nuebe del mes de agosto deste presente año, la dicha María
Juan de Verastegui, vien así quexante, estando en el lugar de Arbiçu le dixo a
esta que depone de como abía dado su fe y palabra de casarse con Christóbal de
Echarri acusado, residente en la villa de Echarri Arañaz, el qual tanbién le
abía dado su fe y palabra de no casarse con otra muger, sino con ella y le abía
ynbiado a dezir que el dicho día sábado fuese a San Miguel de Eselsi, donde le
aguardaría y así la dicha María Juan de Verastegui, quexante, rogó a esta que
depone fuesen entranbas a San Miguel de Eselçi y abiendo ydo luego yncontinente
vino el dicho Christóbal de Echarri a donde la dicha María Juan quexante y esta
que depone estaban en la yglesia de San Miguel y luego que se saludaron el
dicho Christóbal de Echarri dixo en presencia desta que depone y la dicha María
Juan quexante de cómo él abía dado su fe y palabra a la dicha María Juan de
casarse con ella y la recebía por su muger y que así le abía de conplir en lo
que él quería y aunque la dicha María Juan quexante le respondió que ella no
aría tal cosa sin licencia de su madre y parientes, sin embargo el dicho
acusado replicó deziendo que pues era su muger, aunque le pesase a ella y sus
deudos, abía de azer lo que él quería y a cabo de una hora poco más o menos que
pasó lo sobredicho en el claustro de la dicha yglesia de San Miguel, oyó dezir
a la dicha María Juan que el dicho acusado abía tenido aceso y cópula carnal
con ella por una vez, de lo quoal quedó pribada de su flor y birginidad y que
no pudo azer otra cosa, porque el dicho acusado le dixo que si no lo hazía le
abía de dar una puñalada y también save y a visto esta que depone que ocho días
antes que pasó lo sobredicho, el dicho acusado haviendo ynbiado a dezir a la
dicha María Juan de Verastegui del lugar de Arbiçu con una hija del Juane
Andia, vezino del dicho lugar, que no save qual de dos hijas que tiene hera
para que se llegase a la villa de Echarri Arañaz, la dicha María Juan le roguó
a esta que depone le hiziese compañía y haviendo ydo el dicho acusado las llevó
a casa de su madre donde hizieron colación y allí los bio andar besando y
abraçándose el dicho acusado con la dicha María Juan y al tiempo dixo a su
madre el dicho acusado que se casaba con la dicha María Juan de Verastegui y la
dicha su madre que no sabe su nombre le respondió que hera contenta dello y
después que así hizieron colaçión se fueron las dos juntas a una huerta que
havía en la dicha casa donde estubieron a solas el dicho acusado y la dicha
María Juan más de dos oras y bolvieron la dicha noche esta que depone y la
dicha María Juan al dicho lugar de Arbiçu y que esta es la verdad y lo que
save; leydole este su dicho lo ratificó y se afirmó y no firmó, porque dixo no
savía escrivir y firmé yo el dicho comisario en su presencia. Valga lo
sobrepuesto: a la dicha María Juan. Pasó ante mi Juan de Ategui notario”.
“2º Testigo. Ítem la dicha María Juan de Verastegui, hija de la dicha Águeda de Lanz y Juan de Verastegui, escribano real defunto, nombrada en la dicha petición de quexa, de la qual yo el presente comisario receví juramento en forma sobre la señal de la cruz y palabras de los santos quatro ebangelios para que declare la verdad y lo que pasa açerca lo contenido en la dicha petición, absolviendo el dicho juramento dixo: Sí juro y amén; y que es de hedad de veynte y tres años poco más o menos y que lo que pasa es que el día de San Bartolomeo próximo pasado deste presente año, esta que depone y Francisca de Arbiçu, testigo precedente fueron desde el lugar de Arbiçu a una hermita de la inbocación de Sant Adrián, que está junto a la villa de Echarri Arañaz a ganar los perdones que havía el dicho día en la dicha ermita a donde fue tanbién Christóbal de Echarri acusado residente en la dicha villa de Echarri Arañaz, el qual biniendo desde la dicha ermita para la dicha villa le començó a dezir de amores y que si se quería casar con él y esta que depone reyéndose de sus palabras le dixo que hera un loco y que no se podía casar ella con él por ser deudos y el dicho Christóbal insistiendo en sus palabras binieron asta la dicha villa de Echarri y el dicho acusado las llebó a esta que depone y su dicha compañera a casa de su madre, cuyo nombre ignora, donde hizieron colación y después de haver echo colación el dicho acusado