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sábado, 31 de julio de 2021

1587 Echarri Aranaz estupro

             Águeda de Lanz, vecina de Pamplona, viuda de Juan de Berastegui, escribano real, contra Cristóbal de Echarri, vecino de Echarri Aranaz, sobre indemnización por estupro.

            Juan Berastegui, ya difunto natural de Arbizu, alguacil de la Corte y escribano real, tuvo pleitos en Echarri Aranaz por la escribanía de su juzgado; ganó el pleito, pero en realidad lo perdió, como anteriormente se dio cuenta en otros artículos y se fue a vivir a Pamplona.

            La denuncia se formula el 3 de septiembre de 1587 por haber seducido a “Mari Joan de Berastegui”: los denunciantes son su madre, Águeda de Lanz y su hermano Martín Berastegui Lanz. Vivían éstos en Arbizu.

            El mismo día se toma declaración a Francisca de Arbizu, de 17 años y a Mari Joan Berastegui, de 23 años, mozas de Arbizu.

            “En la ciudad de Pamplona a tres días del mes de septiembre de mill quinientos ochenta y siete años, por mí, Juan de Ategui, escribano real y comisario nombrado por la Corte para recebir información sobre la petición de quexa dada de pedimiento de Águeda de Lanz, viuda muger por tiempo de Juan de Verastegui, escribano real difunto y Martín de Verastegui su hijo, contra Christóbal de Echarri, residente en la villa de Echarri Arañaz, fue recebido juramento en forma de Francisca de Arbiçu, testigo de información presentada por parte de los sobredichos y de María Juan de Verastegui, hija de la dicha Águeda en prueba de su petición, las quales mediante aquel declararon como se sigue y en fe dello firmé yo. Juan de Ategui, notario”.

            “1er Testigo. Ítem la dicha Francisca de Arbiçu, moça residente en el dicho lugar, testigo de información presentada por los dichos presentantes en prueba de su petición de quexa, de edad que dixo ser de dezisiete años, poco más o menos y preguntada de su tenor dixo que esta que depone a María de Verastegui, hija y hermana de los quexantes, la a conocido y conoçe por plática y conbersación, que con ella a tenido y tiene, así en esta ciudad como en el lugar de Arbiçu desde su niñez, a la qual le tubo y reputó por donzella virgen y en tal fama y reputación y honesta y recogida a seydo y era asta que el sábado más çerca pasado, que se contaron veynte y nuebe del mes de agosto deste presente año, la dicha María Juan de Verastegui, vien así quexante, estando en el lugar de Arbiçu le dixo a esta que depone de como abía dado su fe y palabra de casarse con Christóbal de Echarri acusado, residente en la villa de Echarri Arañaz, el qual tanbién le abía dado su fe y palabra de no casarse con otra muger, sino con ella y le abía ynbiado a dezir que el dicho día sábado fuese a San Miguel de Eselsi, donde le aguardaría y así la dicha María Juan de Verastegui, quexante, rogó a esta que depone fuesen entranbas a San Miguel de Eselçi y abiendo ydo luego yncontinente vino el dicho Christóbal de Echarri a donde la dicha María Juan quexante y esta que depone estaban en la yglesia de San Miguel y luego que se saludaron el dicho Christóbal de Echarri dixo en presencia desta que depone y la dicha María Juan quexante de cómo él abía dado su fe y palabra a la dicha María Juan de casarse con ella y la recebía por su muger y que así le abía de conplir en lo que él quería y aunque la dicha María Juan quexante le respondió que ella no aría tal cosa sin licencia de su madre y parientes, sin embargo el dicho acusado replicó deziendo que pues era su muger, aunque le pesase a ella y sus deudos, abía de azer lo que él quería y a cabo de una hora poco más o menos que pasó lo sobredicho en el claustro de la dicha yglesia de San Miguel, oyó dezir a la dicha María Juan que el dicho acusado abía tenido aceso y cópula carnal con ella por una vez, de lo quoal quedó pribada de su flor y birginidad y que no pudo azer otra cosa, porque el dicho acusado le dixo que si no lo hazía le abía de dar una puñalada y también save y a visto esta que depone que ocho días antes que pasó lo sobredicho, el dicho acusado haviendo ynbiado a dezir a la dicha María Juan de Verastegui del lugar de Arbiçu con una hija del Juane Andia, vezino del dicho lugar, que no save qual de dos hijas que tiene hera para que se llegase a la villa de Echarri Arañaz, la dicha María Juan le roguó a esta que depone le hiziese compañía y haviendo ydo el dicho acusado las llevó a casa de su madre donde hizieron colación y allí los bio andar besando y abraçándose el dicho acusado con la dicha María Juan y al tiempo dixo a su madre el dicho acusado que se casaba con la dicha María Juan de Verastegui y la dicha su madre que no sabe su nombre le respondió que hera contenta dello y después que así hizieron colaçión se fueron las dos juntas a una huerta que havía en la dicha casa donde estubieron a solas el dicho acusado y la dicha María Juan más de dos oras y bolvieron la dicha noche esta que depone y la dicha María Juan al dicho lugar de Arbiçu y que esta es la verdad y lo que save; leydole este su dicho lo ratificó y se afirmó y no firmó, porque dixo no savía escrivir y firmé yo el dicho comisario en su presencia. Valga lo sobrepuesto: a la dicha María Juan. Pasó ante mi Juan de Ategui notario”.

 

            “2º Testigo. Ítem la dicha María Juan de Verastegui, hija de la dicha Águeda de Lanz y Juan de Verastegui, escribano real defunto, nombrada en la dicha petición de quexa, de la qual yo el presente comisario receví juramento en forma sobre la señal de la cruz y palabras de los santos quatro ebangelios para que declare la verdad y lo que pasa açerca lo contenido en la dicha petición, absolviendo el dicho juramento dixo: Sí juro y amén; y que es de hedad de veynte y tres años poco más o menos y que lo que pasa es que el día de San Bartolomeo próximo pasado deste presente año, esta que depone y Francisca de Arbiçu, testigo precedente fueron desde el lugar de Arbiçu a una hermita de la inbocación de Sant Adrián, que está junto a la villa de Echarri Arañaz a ganar los perdones que havía el dicho día en la dicha ermita a donde fue tanbién Christóbal de Echarri acusado residente en la dicha villa de Echarri Arañaz, el qual biniendo desde la dicha ermita para la dicha villa le començó a dezir de amores y que si se quería casar con él y esta que depone reyéndose de sus palabras le dixo que hera un loco y que no se podía casar ella con él por ser deudos y el dicho Christóbal insistiendo en sus palabras binieron asta la dicha villa de Echarri y el dicho acusado las llebó a esta que depone y su dicha compañera a casa de su madre, cuyo nombre ignora, donde hizieron colación y después de haver echo colación el dicho acusado la llebó estando sentados sobre un banco le dixo que se echasen a dormir entranbos sobre el dicho banco y estando así echados el dicho acusado tornó a dezir a esta que depone si se quería casar con él, a lo qual le respondió que no y que si quería casarse con esta que depone havía de ser dando cuenta a su madre y parientes y no de amores y que quien avía de ser su marido avía de ser amigo de su madre y parientes y sin embargo el dicho Christóbal acusado persuadió a esta que depone se casase con él porque tenía ofrescido y voluntad de casarse por amores y a pura inportunación del dicho acusado esta que depone le dio su fe y palabra de casarse con él y de no azer a otro marido y de la mesma suerte el dicho acusado le dio la mano y su fe y palabra de casarse con esta que depone y para más segurarse juraron entrambos a la señal de la cruz en manos del uno y del otro de lo así cumplir y que estubiesen... pdf 

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