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lunes, 26 de julio de 2021

1420 1531 1558 Echarri Aranaz Arbizu

             Al atardecer del 24 de agosto de 1558, día de San Bartolomé, se lleva a cuestas de Ustia un carnero “Miguel de Çorrobiaga”, vecino de Arbizu de 30 años, con consentimiento de su pueblo; es perseguido por Pascual Blasco, ayudante del pastor Juanes de Larranburu; con ayuda de otros pastores y de Juan Lópiz de Torrano, lo llevaron preso a Lizarraga ante el alcalde de Ergoyena, Antón Urquizu; levantó acta del caso el escribano Martín de Huarte, siendo testigos Joanes de Huarte, almirante de Ergoyena y Pedro Jáuregui, vecinos de Lizarraga; el almirante quedó encargado de la prisión de “Miguel Çorrobiaga” (una vez “Çoborriaga”) y de que se le “echase yerros”.

            El ganado pertenecía al monasterio de Irache, que había arrendado las hierbas y

aguas de la Comunidad de Arañaz. Fue trasladado a las cárceles reales de Pamplona el 30 de agosto por el almirante con tres hombres más de escolta, donde el 3 de septiembre de 1558 se atuvo a las declaraciones, que había prestado en Lizarraga.

            Ante la cuestión suscitada citan un incidente ocurrido en agosto del año 1531, en que los guardas de Arbizu, “Martie de Arbiçu y Sancho de Arbiçu”, cogieron un carnero del monasterio de Irache de los parajes de Arañaz y Bitoria, que se los quitaron a Juan de Roncal, mayoral del monasterio.

            El 18 de septiembre de 1531 celebra junta Ergoyena en “Vaçarremendia” y entre los vecinos, que acuden, están, “al llamamiento de Martín de Unanoa, almirante, constituidos personalmente:

            Guillén de Unanoa, alcalde, Martín Lópiz jurado, Micheto el de Don Micheto el de Mari Hederra(1), Sanchot, Lope de Luis, Joan de Lacunça, Martín el de Joan Suy, Joan Lópiz, Joan de Liçarraga, Joangote Moços, Joango el de Don Miguel de Unanoa, Joan de Liçarraga, Joan Ochoa, Martín Sandora, vezinos de Unanoa;

            Peru Pupillo jurado, Antón Miquele, Martín Joanto Urquiçu, Joan Çuri, Miguel de Arinto, Peru Domínguiz, Miguel de Ochote, Miguel Merioa, Joan Lópiz, Ochoa Ruiz, Peru Errota Ixurra, Peru Marin, Martie Sanz, Joan Ochoqui, Martie Ochoa, Antón Domingo, Peru Galan, Miguel Marin, Joanto Chipi, Perusqui Garcho, Perusqui de Huarte, Joanto Gabiria, Miguel de Joaneçarra, Peru Belça, Ochoa Garçía, Joan de Errota, Joan Çaldu, Miguel de Oria, Martín Laborary, Miguel de Lacunça, Peru de Jaca, Peru Lucea, Miguel de Urquiçu, Joanto de Iriarte, Miquele Marin, Miguel Garro Mendoça, Marinto Goycoa, Miguel Arroz, Miguel yerno de Joan de Oria Aytachipi, Miguel Sastre, Lope Torrano, Joan de Betelu, Joan Ruiz(2), Martín Miguel, Lope Michelot, Joan de Lacunça, Joan de Arce, Joanto Heredero, Miquele Vurunda, Joango Adiaco, Joanto Joanchipi, vezinos del lugar de Liçarraga;

            Aguirre, jurado, Michel Perucho, Peru Gaztea, Joan Lópiz Adame, Martín Goicoa, Peru Çabal, Joantoco, Pascoal Lope Gorria, Joan Gorria, Ochoqui, Joan Miguel, Joan de Unanoa, Miguel Çaldua, Joangote, Miguelico, Joan Tox, Miguel alias Nafarise de Garçía Joangoto vezinos de Torrano”.

(1) Otras veces “Micheto el de Don Micheto Elduna y Ederra”.

(2) El “Ruiz” de estos casos viene de suprimir la vocal inicial, es decir de “Arruiz”; este auto es copia del que se hizo en aquella fecha de 1531 y se ven algunas variantes, v. g. “Martín Sandora”.

            Los de Arbizu creen que pueden prendar y carnerear el ganado, que entre en las piezas y heredades del pueblo y “en la endrecera llamada Vitoria” y se aporta al juicio copia de la concordia y sentencia arbitraria del 23 de febrero de 1420: (en la copia, que es copia de otra copia, hay incorrecciones)

            “Sepan quoantos esta presente carta verán e oyrán que como pleito, debate y contienda fuese mobido y se mobía entre Garçía Lópíz de Arbiçu, Lope Garçía su hijo, Garçía Martíniz de Arbiçu, Martín Miguel de Arbiçu y Martín Díez de Arbiçu, escuderos, vezinos de Echarri de Arañaz, de Arbiçu y de Liçarraga Sarria, demandantes de una parte e Pero Miguel de Marga alcalde, Joan García de Arbiçu escudero e jurado de los fijosdalgo de la dicha villa de Echarri, Miguel Garçía del Palacio Nuevo de Liçarraga, Miguel Domínguiz de Unanoa, Pero Périz de Unanoa, Joan Sánchiz de Unanoa, jurados de los francos de la dicha villa de Echarri y todo el concejo de los fidalgos e francos de la dicha villa de Echarri defendientes de la otra parte en razón de pasçer las yerbas y de beber las aguas y del pazto de los términos, yermos y montes de Echarri, de Arbiçu e Liçarraga Sarria dallant e de la aguoa enta Ypúzcoa e daqunt e de la aguoa enta Andia e enta Estella qui, como, quoanto y en qué manera deben pascer las yerbas y beber las aguoas con sus ganados granados y menudos y pasçer y comer cada uno con sus puercos en los montes de Echarri, de Arbiçu e Liçarraga Sarria e tomar e gozar de los espleytes de las yerbas, aguoas y pazto de los dichos términos, yermos y montes de Echarri cada que fueren a vender e se vendieren, es a saber que las dichas partidas por bien de paz y concordia por aber buena amor entre sí e otrosí por escusar e esquibar costas, mesiones, daños y menoscabos y otras malquerencias y peligros de feridas o muertes de hombres que podrían contescer y seguecer lo que Dios no mande entre ellos, sí comprometieron, pusieron y dexaron todos los dichos sus pleytos, debates e contiendas, demandas y defensas que los unos an e aber podrían en quoalquiere manera o razón de la otra partida, en presencia de hombres buenos e mí notario de yuso escripto es a saber en manos y poder de los dichos Garçía de Arbiçu e de Martín Miguel de Arbiçu, escuderos y de Lope Garçía de Arbiçu, escudero, árbitros puestos por los dichos demandantes e de Pero Miguel de Mayça alcalde e de Joan de Arbiçu escudero e de Garçía Périz elguero de Miguel de emula de Miguel de Urniça de Joan de Odiaga, de Domingo de Aurria e de Miguel de Unanoa, árbitros puestos por los fidalgos e francos defendientes de la dicha villa de Echarri et en tal manera que los dichos Garçía Martíniz, Martín Miguel su primo e Lope Garçía de la una parte e Pero Miguel de Mayça, alcalde, Joan Garçía, Garçía Périz, Miguel de Unanoa. Miguel de Urrunça, Joan Diegoal, Domingo de (), Miguel de Unanoa, árbitros puestos por los fidalgos sobredichos de la otra parte e todos los dichos honze árbitros de la una parte e de la otra parte, todos en semble concordadament e juntamente oydas todas las demandas y defensas de la una parte y de la otra o no oydas y visto e examinado todos los pleitos, debates e contiendas, que an en los dichos montes y términos de Echarri y de Arbiçu y de Liçarraga Sarria en razón de pasçer las yerbas y de beber las aguas y paztos de los dichos montes, que, como, quoanto, en qué manera e forma deben andar los ganados granados y menudos y puercos en los dichos términos y montes de todos los cimientos de Echarri y así bien todo visto y examinado y sobre aquello abido consejo y deliberación con hombres cuerdos que saben de drecho e de fuero e de toda buena razón e bien así toda cosa, juyzio y sentencia e mandamiento que los dichos honze árbitros PDF 

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