En el valle de Esteríbar reclaman el año 1590 una pecha sobre casas derruidas a los lugares de Tirapegui, Aquerreta e Irure.
(AGN Procesos, Sentenciados, Comptos, Francisco Huarte, 1590 n.º 36)
Tras la guerra de la convención, en el borrador que se confecciona, se dice:
“Irure: es lugar realengo al N. O., distante nueve leguas, situado a la falda de un monte, afronta con los lugares de Setuain, Larrasoaña, Imbulusqueta y Urricelqui; tiene una parroquia, un párroco y un sacristán, 3 casas útiles con 22 personas.”
“Aquerreta: es lugar realengo al N. O., distante nueve leguas, situado a la falda de un monte, afronta con Irure, Ilurdoz, Belzunegui y Errea; se gobierna lo mismo; tiene una parroquia, un párroco y un sacristán, 8 casas útiles y una arruinada con 49 personas.”
“Tirapegui: lugar realengo al N. O., distante 9 leguas, situado en un monte afronta con Imbulusqueta, Idoy, Irure y Zandio; se gobierna lo mismo; una iglesia sin párroco, que la sirve el de otro pueblo, una casa útil, otra arruinada y cinco personas”. (AGN Sección de Historia y Literatura, leg. 3 n.º 18)
En el pleito se explica la característica de un tipo de impuesto, que llaman “bat urratu” y, aunque se refieran al valle de Esteríbar, estaba también en otras zonas:
“Ítem conforme a la costumbre de la dicha valle y las sentencias declaradas en esta causa entre los labradores della y el dicho recibidor, por las casas donde no se hace fuego ni ay ni se mantienen bueyes, no se debe pecha ninguna entera, media ni quarta, porque es pecha que llaman batu urratu, que crece y mengua.” (folios 4v y 6v)
Diversos testigos que declaran el 30 de mayo de ese mismo 1590 explican con más detalle dicho pago:
“Preguntado de la quoarta sigue en pdf