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miércoles, 25 de marzo de 2015

Valle de Ollo 1713 Alcaldes de Hidalgos y de Labradores

Contenido
  • Valle de Ollo: 1713 “Nombramiento de Alcaldes de la Valle de Ollo. En 10 de henero de 1713”.
  • Valle de Ollo: 1723 “Inventario de los papeles y otras cosas de el Valle de Ollo. En 4 de henero de 1723.”
  • Valle de Ollo: 1745 “Auto otorgado por los Alcaldes de Hijosdalgo y Labradores del Valle de Ollo y sus Regidores, y notificación de diferentes Leyes de este Reino, en quanto a los lugares de Eguillor y Veasoain en 13 de henero. Ollo y henero 7 del 1745.”
  • Valle de Ollo: 1745 “Ollo y mayo 21 de 1745. Provisión del Real Consejo de este Reino obtenida a instancia de Miguel de Ollo sobre el empleo de Alcalde del Estado de Hijosdalgo, notificación, auto de posesión de Alcaldes de los Estados de Hijosdalgo y Labradores y reducción a escrito de los nombramientos echos en fabor del dicho Miguel de Ollo, Alcalde del Estado de Hijosdalgo, y Juan Martín de Ibero, vecino de Anoz, del Estado de Labradores.”
  • Valle de Ollo: 1753 “Ollo marzo 10 de 1753. Sentencia del Real Consejo y diligencias echas para la posesión del enpleo de Alcalde de el Estado de Hijosdalgo a instancia de Pedro Juan de Gainza, vecino del lugar de Ollo.”
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Valle de Ollo: 1713 “Nombramiento de Alcaldes de la Valle de Ollo. En 10 de henero de 1713”.

            “En el lugar de Ilzarbe a diez de henero de mil setecientos y trece, ante mi, el escribano y testigos avajo nombrados, constituidos en persona los Señores Alcaldes y Regidores de la Valle de Ollo, que nombradamente son Antonio de Erice, Alcalde de el Estado de Hijosdalgo, Pedro de Guembe, Alcalde de el Estado de Labradores, Juan de Sagüés, Regidor del lugar de Eguillor, Gregorio de Arteta, Rexidor de el lugar de Beasoain, Juan de Belzunce, Regidor de el lugar de Anoz, Martín de Arrua, Regidor de el lugar de Saldise, Juan de Nuin, Regidor de el lugar de Ilzarbe, Martín de Irisarri, Regidor del lugar de Ollo, Sancho de Nuin, Regidor del lugar de Senosiain, Juan López de Senosiain, Regidor de el lugar de Arteta, y Miguel de Larumbe, Regidor de el lugar de Ulzurrun, y dijeron que en conformidad de los Privilegios que tiene dicha Valle y costumbre inbiolablemente obserbada, aviéndose juntado todos los vecinos en el puesto destinado, el día de los Santos Inocentes, nombraron por Alcaldes, para el presente año y el siguiente de mil setecientos y catorce, a Marcos de Munárriz, vecino del lugar de Eguillor, por el Estado de Hijosdalgo, y a Juan de Yarza, vecino de este lugar de el Estado de Labradores, cuia nominación se hizo de común consentimiento, aviendo propuesto los sujetos los Alcaldes anteriores en ejecución de lo dispuesto por la escritura de Concordia, que ai en este asumpto confirmada por el Real Consejo:
            Por tanto dicho Antonio de Erice entregó la bara de Alcalde al dicho Marcos de Munárriz, y el dicho Pedro de Guembe al referido Juan de Yarza, para que sirvan el tal empleo por dos años continuos, que son los expresados en este auto, administrando Justicia con rectitud en los casos permitidos por leies de este Reino y Privilegios, que tiene la Valle, recibiendo informaciones de oficio y ejecutando las demás diligencias, que les compete, y son obligados como tales Alcaldes, procurando el vien común de las repúblicas y obserbando sus estilos, cotos, paramentos y demás gracias y mercedes reales, que tiene la Valle, y así mismo les entregaron las llaves del Archivo de ella, los pesos y medidas dos tres pares de grillos, y un par de esposas, de lo qual se dieron por entregados los dichos Marcos de Munárriz y Juan de Yarza, y ambos precedente juramento, que prestaron en forma de derecho de que yo el escribano doi fee, ofrecieron cumplir así, y se obligaron con sus personas y vienes a que ejecutarán todo lo arriba contenido sin faltar en cosa alguna de que se hizo auto, siendo testigos Juan de Erroz, vecino de el lugar de Ollo y Juan de Sarasa, vecino de este lugar, y firmaron los que savían con mi el escribano.
Marcos de Munárriz                     Antonio de Herize              Martín de Irisarri
Ante mi, Juan Francisco Fernández de Mendíbil, escribano.” (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Villanueva, Juan Francisco Fernández de Mendíbil, legajo 77 n.º 6)
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Valle de Ollo: 1723 “Inventario de los papeles y otras cosas de el Valle de Ollo. En 4 de henero de 1723.”

“En el Cimiterio de la iglesia parrochial de el lugar de Ollo, a quatro de henero año de mil setecientos y veinte y tres, ante mí, el escribano y testigos abajo nombrados, parecieron presentes Antonio de Erice, cuio es el Palacio de el lugar de Ilzarbe, Alcalde que a sido de el Estado de Hijosdalgo de el Valle de Ollo, y Martín de Muru, vecino del lugar de Arteta, Alcalde de el Estado de Labradores, que a sido de el mismo Balle, y dijeron que ará algunos días que por los otorgantes y los Regidores y vecinos de el dicho Valle, se nombraron nuebos Alcaldes de él para dos años, que son el presente y el siguiente de mil setecientos y veinte y quatro, como es a Miguel de Ibero, vecino de el lugar de Beasoain, de el Estado de Hijosdalgo, y a Marcos de Bidaurre, becino de el lugar de Senosiain, de el Estado de Labradores, y en conformidad de la costumbre, que ay en dicho Valle, los otorgantes entregaron a dichos nuebos las dos llabes de el Archibo de el dicho Valle, que se alla en la iglesia parrochial de este lugar, con más tres pares de grillo, dos pares de esposas, un chantillón, cinco pesos de hierro con su balanza, y aviéndose abierto dicho Archibo se allaron los instrumentos siguientes.
            Primeramente dos Pribilegios, que dicho Valle tiene a su fabor, el uno antiguo y el otro moderno, ambos en pergamino.
            Ítem tres Memoriales dados por el Valle al Señor Virrey con sus decretos y una carta escrita al Valle por S. E.
            Y otros papeles que se allaron en dicho Archibo no se expresan por escusar proligidad, todos los quales con dicho Archibo se entregaron a dichos Alcaldes nuebos, y para que conste se hizo auto, siendo testigos Gaspar de Echauri, Maestro Cirujano, vecino de este lugar, y Miguel Salbador de Asiain, así bien vecino de él, y firmaron los siguientes con mi el escribano.
Antonio de Herize
Gaspar de Echauri
Ante mi, Juan Francisco Fernández de Mendíbil, escribano.” (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Villanueva, Juan Francisco Fernández de Mendíbil, legajo 77 n.º 2)
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Valle de Ollo: 1745 “Auto otorgado por los Alcaldes de Hijosdalgo y Labradores del Valle de Ollo y sus Regidores, y notificación de diferentes Leyes de este Reino, en quanto a los lugares de Eguillor y Veasoain en 13 de henero. Ollo y henero 7 del 1745.”

            “En el Cemeterio de la iglesia parrochial del lugar de Ollo a siete de henero del año de mil setecientos quarenta y cinco, ante mi el escribano y testigos infrascritos parecieron presentes los Señores Alcaldes de los Estado de Hijosdalgo y los Regidores de lo nuebe lugares de que se conpone esta Valle de Ollo haviéndose juntado como tiene de costumbre, que nombradamente son Juan Antonio de Irisarri, vecino de este lugar y Alcalde de dicho Estado de Hijosdalgo y Martín de Oteiza, vecino del lugar de Ilzarbe, y Alcalde de dicho Estado de Labradores, Sancho de Larumbe, Regidor de este lugar, Esteban de Yarza, Regidor de Ilzarbe, Juan Bauptista de Guembe, Regidor de Anoz, Miguel de Ollo, Regidor de Beasoain, Mathías de Sarasa, Regidor de Eguillor, Miguel de Zubieta, Regidor de Saldise, Juan de Larragueta, Regidor de Ulzurrun, Diego de Andueça, Regidor de Arteta, y Juan de Muru, Regidor de Senosiain:
            Y propusieron que dichos Alcaldes de los dos años últimos an ejercido sus empleos, y correspondía el entrar a ejercer nuevos Alcaldes de ambos Estados desde el día de oy, y para ello se hicieron los nombramientos el día veinte y ocho de diziembre último y sobre el que se hizo por dicho Estado de Hijosdalgo ay impedimento porque el día quatro del corriente se le a echo notorio al dicho Juan Antonio de Irisarri por Joseph de Esparza, escribano real, de una probisión del Real y Supremo Consejo de este Reino, obtenida a instancia de los lugares de Eguillor y Beasoain, referendada por Juan Bauptista de Solano, Secretari.. COMPLETO EN PDF

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