Bacaicoa: 1778
Toponimia
“Bacaicua y febrero 9 de 1778. Contratos matrimoniales de
Agustín López de Zubiría y María Carmen de Allafor, naturales del mismo lugar.”
“En el
lugar de Bacaicua del Valle de Burunda a nueve de febrero de mil setecientos
setenta y ocho. Por testimonio de mi el escribano real y testigos infrascritos,
fueron presentes de la una parte Lucas Esteban y Agustín López de Zubiría,
padre e hijo, y de la otra Pedro de Allafor y Micaela de Sarasola, su muger, a
una también con María Carmen de Allafor, su hija, vezinos y naturales de este
lugar, y la citada Micaela de Sarasola precedida licencia ordinaria en derecho
requerida, que de haver sido pedida al expresado Pedro de Allafor, su marido, y
concedida por éste doi fe yo el escribano:
Propusieron
que dicho Agustín López de Zubiría, hijo lexítimo del referido Lucas Estevan, y
María Francisca de Zubiría, se halla conforme en contraer verdadero y lexítimo
matrimonio con la expresada María Carmen de Allafor, hija lexítima de los
dichos Pedro y Micaela de Sarasola, y para que en todos tiempos conste lo que
cada uno traee, y se le ofrece en contemplación del expresado matrimonio, y con
qué calidades, en qué especie, y forma, asentaron y capitularon acerca de ello
con asistencia del referido Lucas Estevan, padre del futuro esposo, la de
Juaquín López de Zubiría y Fausto Antonio de Albizu, su hermano y cuñado, y de
dichos Pedro de Allafor, Micaela de Sarasola, padre también de la futura esposa
y de Thomás de Allafor, su hermano, lo siguiente:
1.ª Primeramente
que dichos Agustín López de Zubiría y María Carmen de Allafor haian de ser y
sean marido y muger, como lo manda la santa madre Iglesia, y dispone el Santo
Concilio de Trento, precediendo las tres proclamas o lexítima dispensación de
ellas.
2.ª Ítem
dijo dicho Lucas Estevan de Zubiría, que como hijo maior varón, es poseedor de
la Casa titulada de su mismo nombre, Solar antiguo de este lugar y Valle, con
sus quatro escudos en su portalada principal, correspondientes a su apellido y
varonía, afrontada dicha Casa por la parte del Poniente a la Iglesia
parroquial, y por la del Oriente, mediando la Calleja a otra casa de Lucas de
Aiestarán, a una con su pertenecido de huerta, tierras y solares, y demás
vienes, que avajo se expresarán, que estos y la citada Casa Solar, an corrido y
corren como de Maiorío o Vínculo en un solo poseedor, hijo maior varón
originario y descendiente de la misma como instituido, erejido, y fundado en la
maior antigüedad, y mucho anterior a la Lei de este Reino, de suerte que su principio
no se encuentra por instrumento, ni en otra forma, y por consiguiente el
otorgante, como tal hijo maior varón y sus predecesores, an poseído dicha Casa
y bienes como de Maiorío o Vínculo perpetuo, sin que se haia hecho su división
con pretexto alguno, corriendo por la práctica y estilo de este Valle, ni en
otra forma, y este méthodo se a observado rigurosamente por la común tradición,
que de ello ha havido y ai en el lugar y Valle, y queriendo que en lo succesivo
se observe también el mismo, y los goce y posea en la expuesta forma dicho
Agustín López de Zubiría, su hijo maior varón, en contemplación del matrimonio
que con veneplácito y gusto del otorgante, y de dicha María Francisca de
Zubiría su muger, contraee con la nominada María Carmen de Allafor, desde luego
certificado de su derecho, y en la mejor forma que conforme a él lo puede y
deve hacer, da y descrive por imbentario dichos vienes con arreglo a la Lei de
este Reino, establecida en las últimas Corte de la ciudad de Pamplona en la
forma siguiente:
1.º
Primeramente la expresada Casa Solar, cuias afrontaciones y demás
circunstancias con que se halla condecorada y enoblecida como tal Solar
antiguo, se hallan expecificadas al principio de esta cláusula, y por lo mismo
se omite hacer su nueva repetición por escusar molestia, pero dan por expresa y
repetida a la letra.
2.º Ítem
una heredad de tierra blanca a las espaldas de dicha Casa de setecientas
pérticas, afrontada por una parte con la Diego de Ondarra, y por otra con la de
Miguel Arvizu.
3.º Ítem una huerta contigua a la
referida Casa de treinta y dos pérticas.
4.º Ítem una tierra solar en el
parage llamado Galzada, de quarenta y dos pérticas, afrontada por una parte con
la de Miguel de Zubiría, y por otra con dicha Calzada.
5.º Ítem otra tierra solar en
Idondoa de ciento sesenta y ocho pérticas, afrontada por una parte con la
Regata, que vaja por Iturartea, y de la otra por el Camino que vaja por
Idondoa.
6.º Ítem una pieza en Burusnia,
de duscientas quarenta y tres pérticas, afrontada por una parte con la de
Francisco de Celaia, y de la otra con la de Fermina Ochoa de Errarte.
7.º Ítem otra en Oporo, de
sesenta y quatro pérticas, afrontada por una parte con la de Francisco López, y
de la otra con la de Juan Lope de Garate.
8.º Ítem otra en el mismo término
de trescientas y ochenta pérticas, afrontada por una parte con la de Estevan
López, y de la otra con la de Francisco López.
9.º Ítem otra en el paraje
llamado Balsa, término de Echarri Arañaz, de trescientas pérticas, afrontada
por una parte con pieza de Joseph López y de la otra con la de Francisco de
Galarza.
10.º Ítem otra en Oporoburu, que
tira hasta Zulanpea, de ochocientas pérticas por una parte a la de Francisco de
Gainza, y por otra con la de Juan de Huici.
11.º Ítem otra pieza en el
término de Michelandia de ochocientas y siete pérticas afrontada por una parte
con la de Martín Joseph de Arvizu, y por otra con la de Francisco López.
12.º Ítem otra en Adaravia de
cinquenta pérticas afrontad por una parte con la de Lope de Ichaso, y de la
otra con la de Juan Estevan de Huici.
13.º Ítem otra en Aztereagaña de
veinte y cinco pérticas, afrontada por una parte con la de Miguel de Anso, y de
la otra con la de Juaquín de Goicoechea y Echeverría.
14.º Ítem otra en Galvariozarreta
de doscientas y quarenta pérticas, afrontada por una parte con la de Don Diego
de Eraso, y de la otra con la de Estevan López.
15.º Ítem otra pieza en el
término de Alcazar de cinquenta y dos pérticas, afrontada por una parte con la
de Don Martín de Garaialde y por otra a la de Juaquín López.
16.º Ítem otra cerca de la
antecedente de ochenta y dos pérticas, afrontada por una parte con la de
Francisco de Galarza, y por otra con la de Christóval López de Zubiría.
17.º Ítem otra en Idiavarren de
ciento y cinquenta pérticas, afronta por una parte con la de Diego de Ondarra,
y de la otra con la de Juan de Huici.
18.º Ítem otra en Ocaranchota, de
cinquenta y seis pérticas, afrontada por una parte con pieza de Martín de
Azpiroz, y de la otra con la de Félix de Goicoechea y Ciordia.
19.º Ítem otra en Astigarreta de ciento y diez y seis pérticas, afrontad
de la una parte con la de Lucas Estevan López de Goicoechea, y de la otra con
la de Francisco ...COMPLETO EN PDF
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