El molino harinero de
Ziordia cambia de propietarios en el siglo XIX.
El 9 de julio del año 1811 vendió el pueblo su molino
harinero a 14 vecinos, que habían prestado dinero para hacer frente a las
cargas derivadas de los impuestos que los franceses asignaban; es decir: “para
pagar la contribución de 20 millones se procedió a la venta del molino
harinero, que hera propio de vecinos y particulares por la suma de 12.339
reales fuertes de a 17 cuartos.”
El 24 de febrero del año 1819 a Juan Tomás Urdiain le ceden
los demás porcionistas su parte de la propiedad, cuya compra tenía una
condición primera: “que este lugar tenga derecho de sacar y rescatar dicho
molino quando le acomode y a consecuencia de esa reserva le han requerido al
compareciente Diego Goicoechea y Francisco Esteban San Román, Rexidores de este
dicho lugar, en nombre de él y sus vecinos y Concejo reciba en metálico dichos
12.339 reales fuertes y deje libre y suelta la fábrica del mismo molino arinero
a favor de los vecinos y Concejo, a cuio favor hacen el rescate y no a favor
del lugar.” (AGN,
Protocolos, Notaría de Alsasua, Miguel Albizu, 1817 legajo 86 n.º 90; 1825
legajo 92 n.º 138).
“Ciordia y mayo 26 de 1834. Escritura de venta del Molino
del lugar de Ciordia, otorgada por la Quincena de él, a favor de Juan Andrés
Pozueta y consortes vecinos del mismo.”
“En el lugar de Ciordia a veinte y seis de mayo de mil
ochocientos treinta y cuatro: Por testimonio de mi el escribano real y
testigos, que al final serán nombrados, estando juntos y congregados los
señores Regidores y vecinos que componen la Quincena de este lugar, que
nombradamente son Juan Manuel Fernández, y Juan Miguel Pozueta, Regidores, Juan
José Pozueta, Diputado, Pedro Miguel Galbete, Ascensio Lecea, Pedro Miguel
Galarza, Manuel Francisco Otamendi, Diego Miguel Elizalde, Juan Balthasar López
de Goicoechea menor, Lorenzo Ora de Zumárraga, Juan Tomás de Urdiain, Francisco
Esteban San Román, y Baltasar de Arza, y de las tres partes las dos y más que
componen la Junta de Quincena de este insinuado lugar, los presentes haciendo y
firmando por sí y por los ausentes y venideros, prestaron capción de rato grato
et iudicatum solvendo, certificados de sus efectos por mí el escribano de que
doy fe:
Propusieron que para ocurrir a las necesidades del día, que
de resultas de la Guerra civil se esperimenta, y dar salida a los pedidos de
suministros de raziones, bagages y demás, habiendo apurado todos sus recursos,
determinaron mediante conformidad de todo el vecindario y resolución de la
Quincena, proceder a la venta del Molino Arinero de este referido lugar por la
suma de veinte mil reales vellón, y obligación de entregar estos en cuatro
plazos como son:
cinco mil reales en veinte y nueve de enero;
otros cinco mil reales en veinte de marzo;
otros cinco mil reales en veinte y tres del mismo;
y los otros cinco mil reales en veinte y uno de abril
próximo pasado, todos del presente año y dicha cantidad entregaron los vecinos
siguientes: (en reales y maravedíes)
Juan Andrés Pozueta mil cuatrocientos veinte y ocho reales
y diez y nueve y medio maravedís de vellón que es una acción entera
|
1.428
|
19½
|
Pedro Miguel Galbete otra acción entera
|
1.428
|
19½
|
Juan Miguel Pozueta mayor otra acción
|
1.428
|
19½
|
Pedro Miguel Urdiain otra acción e igual cantidad
|
1.428
|
19½
|
Bartolomé Gastaminza otra acción
|
1.428
|
19½
|
Juan Baltasar Pozueta igual suma
|
1.428
|
19½
|
Christóbal Pozueta otra acción
|
1.428
|
19½
|
Francisco Miguel Arregui igual cantidad
|
1.428
|
19½
|
Fábrica de lencería
“La Burundesa”.
El 9 de febrero de 1857 compra un molino como perteneciente
a los propio del pueblo de Ziordia. El joven de 24 años, Tomás Galbete y
Gastaminza construye con sus propios recursos una fábrica de lencería el año
1859; la inscribiría en el Registro de la Propiedad: Tomo 92 libro 1.º de
Ziordia, folio 46, finca n.º 15 .
Para ello el 25 de marzo de 1867 quiere inscribir en el
Registro el molino harinero, comprado al pueblo en escritura de la fecha
señalada (9-II-1857) ante el notario y escribano José María de Elizondo, y así
dice:
“Que el molino harinero subsiste en la calle de Santa María,
señalado con el número uno, de construcción de piedra argamasa, cal y arena,
con una habitación con suelos bovedados y entarimados de roble, orno para hacer
pan, y cocina con chimenea; tiene dos piedras de moler una para trigo y otra
para maíz; un cauce o depósito de aguas en dirección al Este de 42 y medio
metros de longitud y dos metros de latitud, a cuyo depósito se toma el agua por
una presa de madera situada en el río Álaba o Arga. La huerta pegante al molino
por la parte del Norte para ortaliza cercada de pared, tiene una extensión de
ocho centiáreas y el molino referido mide de longitud de ocho y medio metros, y
cuatro y medio metros de latitud. Afronta el referido molino y huerta del Este
a Camino carretil, Oeste al cauce o depósito de agua, Norte a terreno común y
Sur al desagüe de la cequia molinar, y pertenecía en el antiguo a los propios
de este pueblo.” (AGN
Protocolos, Notaría de Alsasua, José Miguel Goicoechea, legajo 131, n.º 71).
...
SIGUE EN PDF 5P
No hay comentarios:
Publicar un comentario