Ziordia, 5 de
diciembre de 1859: construcción de una fuente y abrevadero.
“Obligación para la ejecución de las obras de la nueva
Fuente y Abrevadero del pueblo de Ciordia, otorgada por Don Ramón Larrea,
vecino de Araya.”
“En el lugar de Ciordia a cinco de diciembre de mil
ochocientos cincuenta y nueve, ante el infrascrito escribano y competente
número de testigos, que al final se nominarán, constituidos personalmente Don
Juan Baltasar Pozueta, Don Juan Miguel Pozueta tercero y Don Juan Miguel
Pozueta segundo Alcalde y Regidores, que por ausente del Teniente Don Francisco
Pozueta y del otro Regidor Don Juan Andrés Gastaminza se compone el
Ayuntamiento de este lugar, de la una parte, y de la otra Don Ramón Larrea,
vecino de Araya, proponen que habiendo proyectado este pueblo de Ciordia la
construcción de una fuente y abrevadero dentro de su población, y obtenido al
efecto la competente autorización de S. E. la Diputación Provincial, le fue
encargado por la corporación municipal la formación del plano, presupuesto y
condiciones para la ejecución de las obras al Arquitecto Don Martín Sarasibar,
quien habiéndolas presentado se anunció el remate de ellas para el día veinte
de octubre, habiéndose adjudicado con la rebaja de la sesta parte a Antonio
Ormaechea, pero como este faltando a la esencial condición no puede
proporcionar fiador de arraigo, ni al Ayuntamiento le inspiraba confianza para
la terminación de las indicadas obras, dispuso con conocimiento y anuencia del
M. I. S. Gobernador Civil de la Provincia designar nuevo remate bajo las
formalidades legales y acostumbradas en semejantes casos para el veinte y seis
del último noviembre, en cuyo acto después de tomar parte diferentes
licitadores se le adjudicó dicho remate al espresado Don Ramón Larrea en la
cantidad de treinta y seis mil trescientos setenta y cinco reales vellón; pues
si bien esa cantidad fue mejorada con un tanto de doscientos reales por Vicente
Ochoa, vecino de Araya, no le fue admitida por carecer en el acto de fiador
suficiente, que previenen las condiciones del insinuado remate, y lo suministró
el ya citado Larrea. En su consecuencia para que conste las condiciones a que
debe arreglarse el rematante Don Ramón Larrea, y que sirvieron de base en el
remate y al forma y plazos en que debe percibir los treinta y seis mil
trescientos setenta y cinco reales, en que causó el remate, lo reducen a
escritura en la forma siguiente:
1.ª El Rematante Don Ramón Larrea soltará la pared del
mediodía de la huerta de Juan Tomás de Aguirre, y desmontará el terreno hasta
la profundidad necesaria, separando escombros y piedras a sitio combeniente,
quedando esta última a beneficio de dicho rematante.
2.ª Plantará la pared o muro en que se ha de ejecutar la
fuente y abrevadero en la forma y dimensiones que el plano formado por el
Arquitecto Don Martín Sarasibar lo manifiesta, abriendo los cimientos hasta
encontrar tierra firme, y rellenando de mampostería hasta que queden medio pie
más bajo que el terreno. Enseguida se dará principio a levantar el muro,
haciendo de sillería, la banqueta, pilares circulares de sus ángulos con sus
porrones de remate, imposta, abrevadero y fuente con su pila; la que se formará
de piedras limpias y de buena calidad, labrada con perfección a cincel y
trincheta y sentada con mezcla fina y lechada de cal. Los dibujos para las
plantillas de molduras y perfiles de pila y abrevadero, se darán por dicho
Señor Arquitecto Sarasibar, cuyas piezas, altura de hiladas y demás son las que
marca el plano. El arca de la fuente será también de sillería. Todo el resto
esterior del muro, será de sillarejo desalabeado a cincel y labrada a pico. El
interior será de mampostería ordinaria, pero compuesto de piedras crecidas,
bien enlazadas con la sillería y sillarejo.
3.ª Los caños de la fuente serán de bronce con sus mascarones y tuercas
interiores arreglados al dibujo, que se dará al tiempo de le ejecución. Detrás
del muro se hará un ...SIGUE EN PDF 4 P
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